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15-jun-2024Chauqui (Causa N° 9126)Un grupo de personas fueron acusadas por el delito de secuestro extorsivo. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa de unas de las personas cuestionó la admisión como prueba documental de las actas de procedimiento e informes policiales y solicitó que se admitieran solo para los fines indicados en el último párrafo del art. 289 del CPPF. También explicó que el video ofrecido por la Fiscalía que contenía el testimonio de una persona que declaró como “imputado colaborador” solo debía ser llevado a juicio como soporte para el examen y el contraexamen de esa persona, pero que no podía sustituir su declaración. Además, en esa oportunidad el fiscal ofreció nuevas pruebas que habían sido obtenidas poco antes de la audiencia. Precisó que en la vivienda colindante a la casa en la que habría estado cautiva la víctima del secuestro se había encontrado un arma, similar a la que se habría utilizado en el hecho, que no había sido descubierta antes porque la casa estaba en construcción y la obra estaba paralizada. Por su parte, las defensas se opusieron a que se admitiera la prueba nueva porque consideraron que era extemporánea. También en esa oportunidad, la fiscalía y el defensor público de víctimas solicitaron la declaración de una persona que había estado imputada por el hecho y que finalmente resultó sobreseída.
25-abr-2024Ursic y otros (causa N° 25882)En 2019, un grupo de personas se dedicaba a la venta de semillas de cannabis a través de redes sociales. El Centro de Reunión de Información −Zona Oeste− de Gendarmería Nacional, a través del “buceo” en redes sociales, elaboró un informe a partir del cual se originó una investigación penal. Como consecuencia, las personas fueron detenidas e imputadas por comercialización de semillas de cannabis, agravada por la intervención de tres o más personas. Durante la investigación, se acreditó que las semillas eran comercializadas en pequeñas cantidades (blisters de tres unidades). Además, se determinó que su genética era apta para el cultivo con fines medicinales. Por otro lado, no se profundizó sobre los usos que le daban los compradores. De hecho, los informes de Gendarmería Nacional daban cuenta de que las semillas eran adquiridas por particulares con fines medicinales. En la etapa de juicio oral, las personas imputadas fueron condenadas. Contra esa decisión, las defensas presentaron recursos de casación. Entre sus argumentos, pidieron la nulidad de la investigación atento a la ilegitimidad con que habría sido iniciada. Del mismo modo, argumentaron que la conducta era atípica por encontrarse permitida por las leyes Nº 27.669 y Nº 27.350 aunque, al momento de los hechos, no se encontraran reglamentadas. En subsidio, plantearon la ausencia del elemento subjetivo del tipo relativo al comercio de estupefacientes. Por último, invocaron un error indirecto de prohibición. Sobre ese punto, sostuvieron que habían actuado convencidas de que su conducta no se encontraba prohibida.
12-abr-2024Sánchez (Causa N° 680)Una persona había sido condenada a una pena de tres años cuyo cumplimiento fue dejado en suspenso por lo que se encontraba en libertad. Tiempo después, comenzó a sufrir hostigamientos diarios por parte del personal policial de su localidad. Las fuerzas de seguridad se presentaban en su domicilio y la detenían en la calle para consultarle por el hecho que había cometido. En una oportunidad, le levantaron el pantalón para observar si llevaba una tobillera electrónica. Luego, la policía comenzó a hostigar a sus hijos. En una ocasión, uno de ellos fue detenido con la excusa de averiguar sus antecedentes y le secuestraron una motocicleta, pidiéndole una suma de dinero para devolverle el vehículo. En otro momento, aprehendieron a su hijo menor de edad y le revisaron la mochila. En ese contexto, la persona interpuso una acción de habeas corpus pero el tribunal la desestimó. Entre sus argumentos, expuso que debería realizar la denuncia penal pertinente. Contra dicha resolución, su defensa planteó un recurso de apelación.
11-abr-2024Paz (Causa N°16850)Una mujer fue acusada por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación de las constancias documentales correspondientes a otro legajo de investigación que se encontraba en trámite contra la acusada por un hecho distinto. Además, la fiscalía se opuso a la admisión del informe sobre la caligrafìa de la acusada elaborado por un Licenciado en crimanalística convocado por la defensa.
15-mar-2024Martínez y otro (causa N° 6279)Dos mujeres que se desempeñaban laboralmente en el Centro de Detención Judicial de Mendoza −Unidad N° 32− del Servicio Penitenciario Federal sufrían distintos tipos de violencia con motivo de género por parte de dos superiores jerárquicos. Por un lado, C.C. comenzó a recibir mensajes del director de la unidad con contenido ambiguo y sexual. El hombre la invitaba de manera constante a salir y a pasar tiempo a solas. Controlaba sus movimientos dentro de su lugar de trabajo, sus horarios de entrada y salida, y la relevaba de tareas con el fin de llevarla hasta su casa. En una oportunidad, al saludarla corrió la cara y le pasó la lengua por los labios. En otra ocasión, la abrazó cruzándole los brazos por la espalda y apretándola contra su cuerpo y sus zonas íntimas. En un tercer hecho, la mujer fue convocada a la oficina de su jefe y repentinamente la golpeó con la mano abierta a la altura del muslo. Luego de esos hechos, el hombre le solicitaba que borrara los mensajes de whatsapp que le había enviado. La mujer intentó tomar distancia de la situación. Sin embargo, su jefe comenzó a maltratarla y denigrarla frente a sus compañeros de trabajo. Incluso amenazó con golpearla y trasladarla a otra unidad penitenciaria, para lo que utilizaría el contacto de su hermano que trabajaba en la Dirección de Recursos Humanos. Por esa razón, C.C. acudió a la subdirectora del establecimiento, que elevó un informe institucional y le aconsejó realizar una denuncia penal. Ese mismo día, la mujer intentó salir de la unidad a tal efecto, pero un compañero se lo impidió por orden directa del director. Finalmente, radicada la denuncia, la mujer sufrió represalias y fue trasladada a otra unidad penitenciaria. Por otro lado, F.C. había solicitado una licencia psiquiátrica como consecuencia de un episodio violento realizado por el director de la unidad. En esa oportunidad, la había sometido a gritos y humillaciones frente a compañeros de trabajo. Otorgada el alta, su médico tratante le prescribió la continuidad de un tratamiento farmacológico. F.C. aportó todos los certificados médicos en tiempo y forma. Sin embargo, al reincorporarse a sus tareas laborales, recibió maltratos por parte de director y de otro compañero. Esos maltratos incluyeron cambios en su horario de trabajo, que F.C. no podía cumplir a consecuencia de su tratamiento. Además, el director se presentaba en el lugar donde ella ejercía funciones para vigilarla. Asimismo, fue víctima de burlas sobre su aspecto físico y de gaslighting en relación a sus funciones en el ámbito laboral. Como consecuencia, solicitó el pase a otra institución y, una vez obtenido, realizó la denuncia penal. Los dos hombres fueron imputados por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público en contexto de violencia de género. Además, el director de la unidad fue acusado por el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido por un funcionario de la fuerza de seguridad en ocasión de su función, también en contexto de violencia de género.
14-feb-2024Rojas (Causa N°12081)Una mujer fue acusada por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación del informe de la AFIP que calculaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado porque consideró que era impertinente. Además, señaló que el acta de detención y de secuestro no debían ser admitidas con el carácter de prueba documental sino que debían ser incorporadas a través de la declaración de los testigos.
1-feb-2024MMM (Causa N° 17163)Una mujer que estaba embarazada decidió que, durante todo el proceso de gestación, sería atendida y controlada en un sanatorio público que tenía como política hospitalaria el parto respetado. Tiempo después, cuando comenzó con el trabajo de parto, se presentó en el área de maternidad de ese hospital para internarse. No obstante, luego de varias horas de trabajo de parto, le informaron que no había camas disponibles para su ingreso. En ese sentido, le comunicaron que, dado que ella contaba con una obra social, las camas quedaban reservadas para personas que no tenían cobertura médica. Por ese motivo, la mujer acordó con la ginecóloga de turno una derivación a una institución privada. Así pues, al ingresar a la nueva institución se dirigió a la sala de partos. Allí le realizaron diferentes ejercicios para generar las contracciones de forma natural, pero no hubo resultado. Por esa razón, la mujer aceptó la colocación de oxitocina para estimular a su útero, aunque no era lo que deseaba. Luego de cuarenta horas de trabajo de parto los médicos le sugirieron llevar a cabo una cesárea. Si bien no era el proyecto de la mujer, lo aceptó por su cansancio y el peligro que podía correr su hijo. Debido a que el procedimiento se realizó pasada la medianoche, la institución tuvo que llamar al personal de salud que realizaba guardias pasivas, entre ellos, a un anestesista. Cuando la mujer ingresó al quirófano todo el personal la saludó de forma amable, excepto el anestesista quien le reprochó la hora en la que estaban realizando la cesárea. Esa conversación ocurría mientras el hombre estaba a espaldas de la mujer con una jeringa en la mano y ella semidesnuda sin poder verlo. En consecuencia, el trato del anestesista generó en la mujer angustia e intranquilidad y le impidió disfrutar el momento del parto. Con posterioridad, la mujer tomó dimensión del impacto de lo acontecido e inició una acción judicial por violencia de género contra la institución y el anestesista. El juzgado de primera instancia hizo lugar al reclamo y ordenó a todo el personal que se capacitara sobre la Ley de Parto Humanizado Nº 25.929. Asimismo, dispuso una multa para la institución médica. Por su parte, el denunciado presentó un recurso de apelación.
1-ene-2024WS v. BulgariaUna mujer turca de origen kurdo arribó a Bulgaria y presentó una solicitud de protección internacional. Durante el proceso, declaró que había sido obligada a casarse en Turquía a los 16 años y que, en ese contexto, era víctima de violencia de género. A su vez, manifestó que había escapado del domicilio conyugal y tras abandonar Turquía, se divorció de su esposo a pesar de la constante oposición de su familia. En consecuencia, manifestó temer que él la matara o ser víctima de un crimen de honor si regresaba a su país de origen. La Agencia Nacional para los Refugiados de Bulgaria denegó la solicitud de protección internacional. En su decisión, señaló que el caso no podía subsumirse en ninguno de los motivos de “persecución” contemplados en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (Convención de Ginebra) ni en la Ley de Asilo y Refugiados que transpone la 2011/95/UE del Parlamento Europeo al derecho búlgaro. Ante esa situación, la mujer presentó una nueva solicitud de protección internacional. Allí, alegó pertenecer a un "grupo social determinado" en los términos de la Convención, por ser una mujer víctima de violencia de género y que podía ser víctima de crímenes de honor. La Agencia Nacional para los Refugiados denegó la reapertura del procedimiento. Contra esa decisión, la mujer presentó un recurso. Entonces, el tribunal de alzada planteó una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
28-dic-2023RLA (Causa N° 136205)Un hombre contrató un plan de ahorro para la compra de un automóvil. En ese marco, mantuvo conversaciones por la red social WhatsApp con una agente comercial. Sin embargo, con posterioridad el hombre inició una acción judicial por daños y perjuicios ante un supuesto incumplimiento del contrato. En su presentación, solicitó como medida de prueba anticipada un reconocimiento judicial que resguardara el historial de conversaciones contenido en su teléfono móvil. Manifestó que temía que la compañía demandada eliminara los mensajes ya enviados y, de esa manera, se perdiera prueba que consideraba fundamental. Además, pidió el beneficio de gratuidad previsto en el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, para que se lo eximiera de abonar todos los gastos del proceso. Por su parte, el juzgado rechazó el pedido de producción de prueba anticipada. Consideró que el actor no había acreditado una imposibilidad o dificultad para producir la prueba en la etapa procesal correspondiente. Asimismo, solo admitió el beneficio de gratuidad con respecto a los gastos de inicio del proceso, pero excluyó las costas posteriores. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación.
28-dic-2023CGMG (Causa N°5734233)Dos hombres escuchaban música de un auto y conversaban con otras personas en la vía pública, cuando fueron interceptados por la policía provincial. En ese momento, tres agentes descendieron del patrullero y les pidieron los documentos de identidad. Uno de los oficiales estaba exaltado y comenzó una requisa de los presentes. En ese marco, pidió revisar el vehículo a su dueño, quien primero se negó por falta de orden judicial pero luego cedió ante su insistencia. Después exigió a otro hombre que se quitara la vestimenta. Como se negó, le pegó en el rostro con una escopeta. El hombre se defendió y empujó al oficial, que respondió con mayor agresión. Ante ello, el hombre huyó hacia su casa, y fue perseguido por el oficial. Mientras tanto, otros dos hombres del grupo corrieron en defensa del agredido y el policía disparó e hirió a uno de ellos con balas de goma. Una vez en el domicilio, el oficial disparó hacia el interior de la casa donde se encontraban la pareja y la hija del hombre. Ante esa situación, el hombre salió para calmarlo, pero fue reducido por el policía y otros miembros de las fuerzas de seguridad provincial que llegaron al lugar. Tras derribarlo, el agente lo golpeó una y otra vez hasta romper el arma y le disparó en las piernas. Con posterioridad, se inició una causa penal y los hombres fueron imputados por los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones. Al labrar el acta, los policías declararon haber sido agredidos con piedras durante la persecución. Sin embargo, ello no surgía de la inspección ocular en el lugar del hecho, y los hombres fueron sobreseídos. A su vez, el policía agresor fue imputado por el delito de vejaciones. En ese contexto, una fiscalía especializada en violencia institucional comenzó a investigar los hechos. A raíz de las secuelas psicológicas de ese episodio, uno de los hombres perdió su trabajo, que tenía hacía más de veinte años. En ese marco, con el patrocinio de la defensoría pública oficial local, ambos hombres iniciaron una demanda civil contra la provincia y solicitaron una indemnización. Luego, la provincia contestó la demanda y solicitó su rechazo. Entre sus argumentos, sostuvo que los daños eran producto de la exclusiva responsabilidad de las víctimas, por la reticencia y agresividad ante la requisa. Más tarde, el juzgado hizo lugar a la demanda de forma parcial. Contra esa decisión, los actores apelaron por considerar bajo los montos del resarcimiento. Uno de ellos, además, objetó que se había considerado como no patrimonial el daño por haber perdido su empleo y no tener posibilidades de encontrar otro. Sobre esa cuestión, indicó que había una afectación patrimonial. Por su parte, la provincia apeló, pues señaló que la culpa de las víctimas en los hechos la eximía de responder por los daños.