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FechaTítuloResumen
6-nov-2023FERNANDEZ ( Causa N° 67783)Un hombre fue imputado por el delito de estafa en concurso ideal con uso de documento falso destinado a acreditar la identidad. En la etapa de instrucción, la defensa y el representante del Ministerio Público Fiscal presentaron un acuerdo conciliatorio. El día de la audiencia de conciliación no asistieron ni la víctima ni el organismo de recaudación AFIP/DGI, que era la parte afectada. En el trascurso de la audiencia, la defensa ofreció pagar 9 UMAS en favor de la Unidad N° 15 del Servicio Penitenciario Federal. Asimismo, requirió que fuera levantado el requisito de comparendo mensual impuesto a su asistido. El fiscal aceptó la propuesta e instó el sobreseimiento del imputado. El juzgado interviniente homologó el acuerdo y dispuso que se abonara la suma ofrecida. Por último, la defensa aportó los comprobantes de pago correspondientes.
19-dic-2022CÓRDOBA (Causa nº 364)Un hombre se desempeñaba laboralmente como efectivo en la Policía Federal Argentina. En el mes de enero de 2021, presentó a su empleador un certificado de detección de SARS-Cov2 con resultado “detectado” de su pareja. En el marco de los protocolos sanitarios vigentes en ese momento, y por resultar contacto estrecho de una persona con diagnóstico positivo de COVID, el funcionario policial gozó de una licencia médica de 14 días con percepción de su salario. Tiempo después, el Hospital Churruca-Visca informó a la Policía Federal que el hisopado en cuestión en realidad había dado como resultado “No detectado”. En consecuencia, se imputó penalmente al hombre por el delito de defraudación contra la administración pública en concurso ideal con el delito de uso de documento falsificado. En la etapa de juicio oral, se celebró un acuerdo conciliatorio entre el imputado y el Ministerio Público Fiscal en el que se propuso la donación de la suma de $600.000 al Hospital de Pediatría S.A.M.I.C. Prof. Dr. Juan P. Garrahan. El acuerdo fue presentado al tribunal oral interviniente para su homologación.
11-nov-2022LBG (causa N° 16743)Una mujer que carecía de recursos socio–económicos y que no sabía leer ni escribir había sido imputada por el delito de contrabando de mercadería. La defensa solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 76 bis del Código Penal y la suspensión del juicio a prueba para su asistida. Asimismo, indicó que debía valorarse su situación de vulnerabilidad. Además, requirió que se la eximiera de realizar tareas comunitarias porque debía encargarse del cuidado de sus seis hijos menores de edad. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal prestó conformidad y solicitó que el caso se resolviera con perspectiva de género. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó el planteo de inconstitucionalidad y negó la suspensión del juicio a prueba. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, indicó que el artículo 76 bis del Código Penal vulneraba el derecho de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad.
12-oct-2022OC y otro (causa N° 46267)Dos jóvenes fueron imputados por el delito de abuso sexual simple contra una mujer. Una vez elevada la causa a juicio oral, sus defensas solicitaron que se les concediera la suspensión del juicio a prueba. En su presentación ofrecieron realizar tareas comunitarias y la suma de $20.000 como reparación simbólica. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un informe de la Dirección de Acompañamiento, Orientación y Protección de Víctimas de la Procuración General de la Nación (DOVIC) en el cual constaba que la víctima había brindado su consentimiento para la concesión de la suspensión del juicio a prueba. En particular, la mujer expresó que le resultaba más reparadora la alternativa propuesta que ir a la instancia de juicio oral y, específicamente, solicitó que los jóvenes realizaran talleres sobre perspectiva de género. Por otra parte, manifestó que las agresiones de los jóvenes imputados no se habían reiterado y que no mantenía vínculo con ellos. Luego, la víctima fue citada a una audiencia con la jueza interviniente en la que ratificó todo lo manifestado en el informe. En la audiencia de probation, ambas defensas ratificaron las solicitudes y ampliaron el ofrecimiento de reparación simbólica a $30.000 cada uno y la realización de un taller sobre perspectiva de género. La fiscalía se pronunció de manera favorable.
6-sep-2022Nadal (causa N° 32722)En el marco de una causa penal se investigaban maniobras efectuadas en perjuicio del Banco de la Nación Argentina. En la etapa de investigación, uno de los involucrados propuso un acuerdo conciliatorio. En ese contexto, se ofreció el pago de la suma de $2.000.000 a la entidad bancaria. La fiscalía dictaminó de modo favorable y los representantes legales del banco aceptaron el ofrecimiento. Acreditado su cumplimiento, la defensa solicitó el sobreseimiento del imputado. El juzgado interviniente rechazó el pedido. Para decidir así, consideró que el hecho de que un coimputado revistiera la calidad de funcionario público impedía la extinción de la acción penal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que se habían violado las garantías constitucionales de defensa en juicio, imparcialidad y debido proceso. La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución apelada. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado, lo que motivó la presentación de un recurso de queja. En 2019, la defensa acreditó el cumplimiento de un acuerdo conciliatorio entre las partes a favor del Banco de la Nación Argentina mediante el cual se abonó la suma de 2.000.000 de pesos en el marco de un acuerdo de conciliación otorgado con consentimiento de la fiscalía. El juzgado rechazó la extinción de la acción penal por considerar que uno de los imputados era funcionario público. La defensa recurrió la decisión. La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia del Juzgado Federal de Río Cuarto. Entonces, la defensa interpuso un recurso de casación que, rechazado, dio lugar a la presentación de un recurso de queja.
30-may-2022Acosta (Causa nº 18.467)Un hombre había sido acusado de encubrimiento en el marco de una causa penal en la que se investigaban hechos de violencia de género. Durante la etapa de instrucción, su defensa solicitó la aplicación del instituto de reparación integral y presentó un acuerdo al que había arribado con la víctima. El mismo consistía en el pago en favor de la víctima de la suma de setecientos mil pesos ($700.000) pagaderos en dos cuotas iguales y consecutivas de trescientos cincuenta mil pesos ($350.000). Sin embargo, el juzgado interviniente no hizo lugar al planteo. Para así decidir, sostuvo que el artículo 28 de la ley 26.485 disponía la prohibición de efectuar audiencias de mediación o conciliación en casos de violencia de género. En la etapa de juicio oral, la defensa del hombre insistió con el planteo. El representante del Ministerio Público Fiscal adhirió a la solución propuesta. En su dictamen, sostuvo que, si bien los fundamentos brindados oportunamente por la instrucción eran correctos, la situación del imputado que proponía el acuerdo era distinta a la de los coimputados dado que su conducta había sido calificada como encubrimiento. Asimismo, hizo hincapié en la insistencia de la víctima en celebrar dicho acuerdo. En consecuencia, se convocó a una audiencia entre todas las partes. Allí la víctima hizo saber que el acuerdo era la expresión de su libre voluntad. Una vez abonadas las sumas de dinero, la defensa del hombre solicitó su sobreseimiento.
23-abr-2021Castillo (causa Nº 15676)Una persona se encontraba detenida en un establecimiento penitenciario. Su defensa solicitó que se le conceda el arresto domiciliario. El representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó de manera favorable con respecto a esa solicitud. Sin embargo, el tribunal interviniente rechazó el pedido. Ante esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, no hizo lugar al recurso. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Planteó que dicha resolución era arbitraria, contraria al principio acusatorio y a las previsiones del Código Procesal Penal Federal en materia de medidas de coerción. El Fiscal General ante la Cámara de Casación Penal no expresó su posición en la oportunidad prevista por el artículo 465 bis, de acuerdo con los artículos 454 y 455 del Código Procesal Penal de la Nación.
17-mar-2021Reartes (causa N° 13580)Dos hombres fueron imputados por delitos en contra de la hacienda pública comprendidos en el régimen penal tributario y por delitos de intermediación financiera no autorizada. Durante la etapa de instrucción, la AFIP se había constituido como parte querellante. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio por los delitos de intermediación financiera no autorizada. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó que se dispusiera el apartamiento de la AFIP como querellante por falta de legitimación. En se sentido, sostuvo que sólo había consentido su intervención en relación con la supuesta comisión de delitos fiscales. Además, peticionó que se declarara la nulidad absoluta de todo lo actuado por esa parte y se prohibiera su intervención en la etapa de juicio respecto del delito de intermediación financiera no autorizada. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó que asistía razón a la defensa. Sobre este aspecto, señaló que la AFIP había sido aceptada como querellante en la etapa de instrucción debido a la supuesta comisión de delitos en contra de la hacienda pública, comprendidos en el régimen penal tributario. Luego, explicó que a los imputados se les había atribuido la comisión del delito de intermediación financiera no autorizada y que ese ilícito resultaba parte del ámbito de protección del Banco Central, entidad que no había solicitado constituirse como parte querellante.  El tribunal oral rechazó el pedido de la defensa. Para decidir de esa manera, indicó que la AFIP no había efectuado un requerimiento de elevación a juicio sobre los hechos que no incumbían de forma directa a su interés procesal. En ese sentido, consideró que no se observaba una violación concreta a los derechos fundamentales de los imputados. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Por su parte, el representante fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal consideró que la AFIP no resultaba particular ofendida por el delito de intermediación financiera no autorizada en los términos del artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación. En consecuencia, solicitó que se hiciera lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa.
16-dic-2020Silvero Ybarra (causa N° 49004962)Un hombre había sido condenado a la pena única de 20 años y 9 meses de prisión. Durante la ejecución de su condena, en el marco de una visita familiar, comenzó una discusión con el personal penitenciario. Ante esta situación, fue trasladado a una celda de aislamiento. En el lugar, recibió golpes, le retiraron sus prendas y le introdujeron un elemento en el ano. Por este hecho, cuatro agentes penitenciarios fueron procesados en calidad de autores del delito de torturas en concurso ideal con abuso sexual agravado. Luego de este suceso, en diversas oportunidades, el hombre sufrió traslados, torturas y amenazas. La defensa solicitó la modificación del cómputo de la pena impuesta en los términos del artículo 504 del CPPN. A su vez, requirió que se adelantara a su asistido en el régimen de progresividad de la pena a fin de que pudiera acceder a la libertad condicional. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó en favor de la propuesta de la defensa. Sin embargo, el juez de ejecución del tribunal oral interviniente no hizo lugar al pedido de la defensa. Por este motivo, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-oct-2020Martínez (causa nº 73253)Una mujer denunció a su expareja por hechos que fueron calificados como lesiones leves agravadas por el vínculo en concurso ideal con los delitos de amenazas simples y daño. Al concurrir a la comisaría, la mujer dijo que no quería instar la acción penal. De forma posterior, la Oficina de Violencia Doméstica la citó y ella no concurrió. Lo mismo sucedió cuando la citó el Departamento de Medicina Legal de la Policía Federal Argentina. Luego, la mujer declaró ante el juzgado de instrucción y reiteró su voluntad de no instar la acción penal. La causa fue elevada a juicio oral. En el marco del debate, la damnificada sostuvo que “no pensó en causar un daño semejante”. En sus alegatos, la fiscalía descartó los dos delitos de acción pública y acusó al hombre imputado por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo. A su turno, la defensa planteó la nulidad de todo lo actuado con relación al delito de lesiones leves agravadas por el vínculo. En ese sentido, sostuvo que la damnificada nunca había instado la acción penal. El tribunal oral rechazó el planteo de la defensa y condenó al hombre por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.