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FechaTítuloResumen
14-oct-2022Lebos (Causa N° 14040)Se inició una causa por una presunta infracción a la ley de residuos peligrosos N° 24.051 por la acumulación de residuos domiciliarios y el humo que provenía de la quema de tabiques de ladrillos en un predio que estaba ubicado en la localidad de La Florida. El Juzgado Federal N°1 de San Miguel de Tucumán consideró que no había prueba sobre la existencia de residuos peligrosos y tampoco de que el humo hubiese trascendido los límites de la provincia. Por este motivo, declaró que la competencia era del juzgado local. Por su parte, el Juzgado de Instrucción del Centro Judicial Capital, provincia de Tucumán, rechazó esa atribución con fundamentos en artículo 58 de la ley Nº 24.051 sobre la competencia federal en este tipo de infracciones. En consecuencia, se generó un conflicto de competencia entre los dos juzgados.
14-oct-2022Fundación Ciudadanos Independientes c/ San Juan (Causa N° 121)La fundación Ciudadanos Independientes interpuso una acción declarativa en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la provincia de San Juan y un grupo de empresas mineras concesionarias de tres proyectos mineros. En esa oportunidad, solicitó una declaración de certeza acerca de la legalidad de las autorizaciones que explotaban los emprendimientos. Además, sostuvo que se encontraban ubicados en una zona cordillerana donde existían glaciares que requerían protección. En ese sentido, pidió que cesara la actividad minera hasta tanto se determinara la inexistencia de riesgo o peligro para la salud y la vida de las personas.
14-oct-2022Fabrica Militar Río Tercero (Causa N° 588)Se investigaba una presunta infracción a la ley 24.051 por parte de las empresas Fábrica Militar Río Tercero y Petroquímica Río Tercero, a raíz de la descarga de emanaciones gaseosas superiores y efluentes líquidos sin el adecuado tratamiento al río Tercero, afluente del río Carcarañá, que desembocaba en el río Paraná. El Juzgado de Control, Niñez, Juventud y Penal Juvenil y Faltas de Río Tercero decidió que la competencia era de la justicia federal. Para decidir así, sostuvo que la afectación al ambiente podría extenderse fuera de los límites de la provincia. Por su parte, el juzgado federal rechazó la atribución de la competencia. Entre sus argumentos, sostuvo que las conductas investigadas no afectaban intereses nacionales. En consecuencia, se generó un conflicto de competencia entre los juzgados.
14-oct-2021Mendoza c. Valle de las Leñas S.A y Otros (Causa N °1771)La provincia de Mendoza interpuso una acción por daño ambiental colectivo contra Valle de Las Leñas S.A., Valles Mendocinos S.A., Altos Cerros S.A., Nieves de Mendoza S.A. y otros. Entre sus argumentos, expuso que se había provocado un daño al Cóndor Andino. Agregó, en este sentido, que se lo había declarado Monumento Natural Provincial y estaba en peligro de extinción. Igualmente, destacó que la finalidad que perseguía su accionar era la recomposición ambiental o en su defecto una indemnización sustitutiva.
14-oct-2022Liendro (Causa N° 41222)Una mujer inició una demanda por despido contra la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) ante el fuero laboral. En consecuencia, el juzgado que intervino opuso excepción de incompetencia. Para decidir así, sostuvo que la causa debía tramitar ante el juzgado federal que estaba a cargo de la ejecución de la sentencia en la causa “Mendoza” o, en su defecto, ante la Justicia Federal en lo Contencioso Administrativo en virtud del carácter público del organismo. La Cámara Nacional de Apelaciones en el Trabajo desestimó la excepción opuesta. Contra esa decisión, la demandada interpuso recurso extraordinario que fue denegado. En consecuencia, presentó un recurso de queja.
14-oct-2021Ullate (Causa N° 73543)Un hombre interpuso una acción de amparo contra el municipio Serrano y el Comité Interjurisdiccional de la Región Hídrica del Noroeste de la Llanura Pampeana. Dado que, el hombre era damnificado de la contaminación que se había denunciado en una causa anterior interpuso su reclamo ante el ante el Juzgado Federal de Rio Cuarto que había intervenido en la causa anterior. En esa oportunidad, solicitó que se declarara la nulidad de las obras de canalización y liberación de residuos peligrosos que se encontraban en la laguna de Gregoris. Asimismo, pidió que se ordenara la realización de estudios de impacto ambiental sobre la laguna. Por su parte, el juez federal se declaró incompetente. Para decidir así, expresó que la competencia era originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Nacional.
14-oct-2022Corrientes c/ Estado Nacional (Causa N° 660)La provincia de Corrientes inició una demanda contra el Estado Nacional con la finalidad de que se declarara la nulidad e inconstitucionalidad de la resolución 1238/11 dictada por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de la resolución 1149/11 dictada por la Jefatura de Gabinete de Ministros. Entre sus argumentos, expreso que las disposiciones abusaban del dominio originario de los recursos naturales provinciales y violaban el debido proceso y las competencias que se establecían en las normas federales. Asimismo, resaltó que el arroyo Ayuí Grande y el río Miriñay integraban su dominio originario y, por lo tanto, el Estado Nacional no podía impedir su uso racional y productivo para la economía provincial.
14-jun-2020Municipalidad de Faimallá (Causa N° 401484)A raíz de un basural que se encontraba en la localidad de San José, provincia de Tucumán se inició una causa donde se investigaba la infracción a la ley N° 24.051 sobre residuos peligrosos. En esa oportunidad, se destacó que uno de los recursos ambientales que se encontraba afectado era el río Famaillá. El juzgado federal declinó su competencia a favor de la justicia local. Para decidir así, sostuvo que la investigación no encuadraba en la normativa dado que los residuos no reunían la calidad de peligrosos, sino que se trataba de desechos domiciliarios. Por su parte, el juzgado local rechazó esa atribución de competencia al considerar que si se había constatado la presencia de residuos que encuadraban en la categoría que menciona la ley Nº 24.051. En ese marco, se generó un conflicto de competencia entre los juzgados.
22-ago-2019Fernández s/ Infracción a la ley 24.051 (Causa N° 1531)Se inició una causa a raíz de una posible infracción a la ley 24.051 de residuos peligrosos. En esa oportunidad, se investigaba a una cooperativa de trabajo ganadera por los efluentes industriales y cloacales que se encontraron en el arroyo San Francisco de la localidad de Quilmes. Por su parte, la jueza de garantías se declaró incompetente. Para decidir así, expuso que le correspondía la competencia a la justicia federal en virtud de que trataba de residuos peligrosos y así lo regulaba el artículo 58 de la ley 24.051. No obstante, el juzgado federal decidió que no tenía competencia dado que no se había afectado ningún recurso natural interjurisdiccional en los términos de la Ley General del Ambiente N° 25.675. En ese marco, se produjo un conflicto de competencia entre los juzgados.
4-abr-2019Bazán (causa Nº 4652)Un juzgado en lo penal, contravencional y de faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un juzgado nacional de menores se declararon incompetentes para entender en una causa sobre los delitos de lesiones y daños. Por esa razón, se produjo un conflicto negativo de competencia y el expediente fue remitido a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.