Buscar


Filtros actuales:

Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 10.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
27-may-2021Salvatierra (causa Nº 17409)Un hombre almacenaba y trasportaba droga. Para realizar esta actividad utilizaba un vehículo que pertenecía a su pareja. El hombre fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes en concurso real con el de almacenamiento de estupefacientes. Durante el proceso penal, las partes firmaron un acuerdo de juicio abreviado. La propuesta del representante del Ministerio Público Fiscal incluía el decomiso de los bienes secuestrados, entre los que se encontraba el vehículo. En la audiencia de visu, el imputado manifestó como único deseo que el rodado sea devuelto a su propietaria. En ese sentido, explicó que el auto era de su ex mujer, que ella no tuvo que ver con los hechos investigados y que el vehículo le resultaba indispensable para el cuidado de sus hijos. En particular, destacó que uno de los niños tenía problemas de salud. El tribunal interviniente condenó al hombre por los delitos atribuidos y ordenó el decomiso del automóvil. Contra esta resolución, la defensa de la mujer interpuso un recurso de casación.
30-nov-2020De Vido y otros (causa Nº 9608)En noviembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la ley Nº 27.304 que había modificado el artículo 41 ter del Código Penal. Esa modificación amplió el catálogo de delitos que autorizaban la utilización de la figura de “arrepentido”. En el marco de una investigación penal, un grupo de personas se acogió a esta figura y prestaron declaraciones que incriminaban a funcionarios del Estado por delitos de corrupción. Fue así que se suscribieron acuerdos de colaboración con el representante del Ministerio Público Fiscal. Los documentos fueron homologados por el juzgado y se remitieron copias digitalizadas de las actas y de los acuerdos de colaboración celebrados. A partir de sus declaraciones, varias personas fueron imputadas por hechos ocurridos entre los años 2008 y 2015. Durante el proceso, las defensas plantearon la inconstitucionalidad de la Ley del Arrepentido. El tribunal interviniente rechazó los planteos. Por ese motivo, las defensas impugnaron la decisión. Ante un nuevo rechazo, interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, sostuvieron que la norma violaba las garantías de prohibición de autoincriminación, igualdad ante la ley y debido proceso. En ese sentido, afirmaron que una vez que el imputado “arrepentido” declaraba en esos términos, si se desdecía o mentía debía afrontar una imputación en los términos del artículo 276 bis del Código Penal. Entonces, argumentaron que esa situación derivaba en una violación a la garantía de no autoincriminación. Así, plantearon que la ley Nº 27.304 no podía aplicarse de manera retroactiva porque no resultaba más benigna que la vigente al momento de la supuesta comisión de los hechos investigados. Por último, las defensas criticaron la forma en que las declaraciones de los imputados “arrepentidos” habían sido tomadas ya que no se habían registrado por un medio técnico idóneo que garantizara su posterior contralor. Por ese motivo, solicitaron la nulidad de las declaraciones de los imputados “arrepentidos”.
18-oct-2018Martínez Hassan (reg. Nº 1103 y causa Nº 7158)Una mujer boliviana intentó cruzar la frontera de Villazón–La Quiaca a través de un paso no habilitado. Allí fue interceptada por personal de la Gendarmería Nacional, que le solicitó que exhibiera su documentación y el contenido de la mochila que transportaba. La mujer mostró su cédula de identidad y, al abrir la mochila, los agentes observaron en su interior paquetes con 6 kilos de cocaína. La mujer se angustió y explicó que el bolso no le pertenecía y que su vida corría peligro. Finalmente, fue detenida e imputada por el delito de contrabando de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización. Al declarar en las etapas de instrucción y de juicio oral, la mujer manifestó que su hijo se encontraba enfermo y necesitaba una operación. En tal sentido, explicó que carecía de los medios económicos para afrontar la intervención y que, por tal razón, se le ofreció ejercer la prostitución. En tal sentido, relató que viajó desde La Paz a Villazón, donde fue recibida por un hombre que la alojó en una habitación. Al manifestar su deseo de regresar a su ciudad, el hombre le manifestó que había generado gastos de traslado, comida y alojamiento que debía compensar. En ese contexto, fue trasladada a la frontera con Argentina, donde le indicaron que –para saldar la deuda– debía entregar una mochila y, luego, regresar a Bolivia. La defensa planteó que su asistida había sido coaccionada por una red de prostitución y tráfico de estupefacientes que se había aprovechado de su situación de vulnerabilidad. En tal sentido, consideró aplicable el artículo 5 de la Ley de Trata de Personas (N° 26.364) y solicitó su absolución. El Tribunal Oral condenó a la mujer a la pena de seis años de prisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el relato de la imputada resultaba falaz, mendaz y absurdo. Además, entendió que la imputada había contado con libertad ambulatoria y que no se habían configurado los medios comisivos necesarios para demostrar que había sido víctima del delito de trata de personas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
29-jun-2017M, MTUn ex juez federal de Tucumán fue imputado por tres hechos presuntamente constitutivos de delitos de lesa humanidad. En el identificado como hecho 1, el magistrado tomó conocimiento personalmente de un allanamiento ilegal cometido por las fuerzas armadas a un domicilio, acción que tuvo como desenlace la muerte de cinco personas vinculadas a la organización “Montoneros”, y, sin embargo, no realizó ni promovió la investigación correspondiente. Asimismo, el juez ordenó la detención del locador de ese inmueble. El detenido fue interrogado por la policía y retenido por más de cuarenta y ocho horas antes de la indagatoria, que se realizó sin la presencia de un defensor. Luego, lo procesó con prisión preventiva (hecho 2). Finalmente, de acuerdo a la acusación, formó parte de una asociación ilícita en connivencia con las fuerzas armadas (hecho 3). Esta última imputación reunía una cantidad de conductas genéricas entre las que se encontraban la demora en la tramitación de hábeas corpus y la visita a lugares de detención donde funcionaban centros clandestinos. Durante el debate quedó acreditado que en el período de tiempo en que tuvieron lugar aquellos delitos el ex magistrado sufrió un atentado en su domicilio mediante el uso de un artefacto explosivo y, por este motivo, intentó renunciar a su cargo. Asimismo, se produjo prueba testimonial que daba cuenta de la cercanía del imputado con personas perseguidas por las fuerzas militares. Entre ellos, se encontraban su esposa, que figuraba en una lista negra y cuya hermana tuvo que exiliarse, y uno de sus amigos, que desapareció durante la dictadura. Finalmente, a través de la incorporación por lectura de distintos expedientes judiciales, se constató el trámite expedito que el ex magistrado daba a las presentaciones de hábeas corpus y que su visita a los centros de detención obedecía a las distintas solicitudes de los accionantes. Por último, se verificó que el ex juez sobreseyó a muchos de los imputados por delitos regulados en la ley de Seguridad Nacional y restituyó a sus familiares los cuerpos de las víctimas relacionadas con la agrupación “Montoneros”. La fiscalía fundó la acusación en un comunicado emitido por el comandante de infantería Vilas, quien se encontraba a cargo del “Operativo Independencia”. En aquel documento, el militar describía las memorias del Operativo entre enero y diciembre de 1975, criticaba a la justicia provincial por obedecer, por miedo o complicidad, las órdenes de “elementos subversivos” y proponía un cambio de jueces federales de primera y segunda instancia por personas de su confianza. Este material no había sido autenticado. El Tribunal Oral condenó al ex juez a la pena de dieciséis años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal y encubrimiento (hecho 1); privación ilegal de la libertad, por abuso de las funciones, agravado por grave daño en la persona y a la salud y por superar la misma un plazo mayor a un mes, abuso de autoridad y prevaricato (hecho 2) y asociación ilícita (hecho 3). Adicionalmente, se lo excluyó del haber jubilatorio que recibía en su calidad de ex juez federal. Contra aquella decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
15-dic-2016B, FFUna persona se encontraba imputada por la comisión del delito de robo agravado por el uso de un arma. El Tribunal Oral en lo Criminal la absolvió. Contra ese pronunciamiento, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación y condenó al imputado a la pena de siete años de prisión. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación –por aplicación de la doctrina del caso “Duarte”– declaró procedente la impugnación y devolvió el caso a la Cámara a fin de que revisara la sentencia.
17-ago-2016Chiarelli, Ricardo Marcelo y otroLas autoridades del Establecimiento Penitenciario Nº 2 de Villa María, Córdoba, habían restringido el derecho de visitas del condenado mediante una sanción disciplinaria que no fue oportunamente informada a la defensa. El Juez de Ejecución Penal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Córdoba confirmó la sanción impuesta. La defensa interpuso recurso de casación contra esa decisión, cuya denegación motivó el ejercicio de la vía directa.
3-feb-2016Yegros, MirthaEn el presente caso, el Juzgado de Ejecución, frente a una sanción disciplinaria impuesta por el SPF, había declarado la nulidad absoluta del acta de notificación y descargo y de todos los actos realizados consecutivos. En razón de ello, ordenó que se instruya el proceso disciplinario nuevamente. Frente a ello, la defensa interpuso un recurso de casación en el que alegó, entre otras cuestiones, que se vulneraron las garantías de defensa en juicio, ne bis in idem y debido proceso.
1-dic-2015Viera, Carlos AlbertoUna persona condenada a la pena de cinco años y seis meses de prisión por una sentencia que aún no había adquirido firmeza solicitó su excarcelación de conformidad con lo establecido en el artículo 317 inciso 5º del CPPN. El tribunal rechazo el planteo, entre otras cosas, porque el imputado no contaba con un pronóstico de reinserción social favorable, su falta de apego a las reglas que se le impusieron con la concesión una libertad condicional anterior, que podría eludir el accionar de la justicia y que brindó un nombre falso al momento de ser detenido. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación.
25-ago-2015A, DA (CFCP)El Tribunal Oral había denegado la solicitud de prisión domiciliaria por considerar que su estado de salud no estaba comprendido dentro de los supuestos establecidos en la ley Nº 24.660. Frente a esto, la defensa interpuso un recurso de casación. Acompañó a su pedido un informe médico del que surgía la inexistencia en el penal de instalaciones adecuadas para asistir a las personas con movilidad reducida. A su vez, adjuntó un dictamen favorable a la implementación de un sistema de vigilancia electrónica por parte de la Dirección Nacional de Readaptación Social del Ministerio de Justicia de la Nación.
6-feb-2014Ferrari, Daniel y otrosDos hombres y una mujer fueron condenados como coautores del delito de robo agravado por el uso de armas de fuego en grado de tentativa. Las defensas interpusieron recursos de casación. En particular, la defensa de la mujer alegó que en la sentencia impugnada se lesionaron las reglas de participación criminal, y que a su respecto correspondía una condena como partícipe secundaria.