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12-mar-2024ARE c. Swiss Medical (Causa N° 1096)Una mujer tenía una cobertura de salud privada. La mujer tenía afecciones de salud que afectaban su movilidad y contaba un certificado de discapacidad. A su vez, transitaba un tratamiento de salud mental. En ese marco, requería seguimiento médico constante y debía tomar medicación. Además, era titular de una pensión por discapacidad. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio del sistema de salud de la medicina prepaga– la cobertura de salud aumentó de forma significativa las cuotas a sus afiliados. Así, en el transcurso de dos meses incrementó en un 158% su valor. Sin embargo, a lo largo de esos meses, los ingresos de la mujer no aumentaron. En ese contexto, con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Rio Grande, interpuso una acción de amparo contra la cobertura de salud. Por su parte, solicitó una medida cautelar para que se suspendieran los aumentos durante el proceso.
11-mar-2024Pastor (causa N° 74769)En 2020, durante la pandemia del virus Covid-19, una persona que se encontraba imputada acordó la suspensión del proceso a prueba por el término de un año. Entre las reglas de conducta impuestas, el tribunal interviniente dispuso la realización de tareas comunitarias. En 2022, el juzgado de ejecución penal tuvo por extinguido el término de control de las reglas de conducta. Devuelto el legajo ante el tribunal oral, se corrió vista al representante del Ministerio Público Fiscal en orden a la posible extinción de la acción penal. El fiscal solicitó que se fijara una audiencia en los términos del artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación debido a que la persona no había cumplido las reglas impuestas. Por su parte, la defensa planteó la extinción de la acción penal y postuló el sobreseimiento de la persona asistida. Sin embargo, se fijó fecha para la realización de la audiencia y, durante su sustanciación, la defensa planteó su nulidad. Entre sus argumentos, explicó que el tribunal oral no tenía jurisdicción para su realización debido a que la decisión del juzgado de ejecución penal había hecho cosa juzgada respecto de las reglas de conducta.
9-mar-2024NVE c. OMINT (Causa N°4229)Una mujer tenía una pensión por discapacidad y estaba afiliada a una cobertura de salud privada. En ese contexto, utilizaba diversas prestaciones médico–asistenciales que tenían un alto costo si se abonaban de forma particular. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga– la empresa realizó un fuerte incremento de las cuotas, lo que le dificultó afrontar su pago. En ese marco, la mujer interpuso una acción de amparo contra la cobertura y solicitó una medida cautelar a fin de limitar los aumentos durante el proceso. En su presentación, la actora señaló que se encontraba en una situación de vulnerabilidad por su edad, por su discapacidad y por no tener la capacidad económica de afrontar el pago de las cuotas, lo que hacía peligrar su afiliación.
5-mar-2024RNS c. Galeno (Causa N° 1192)Una mujer y su hija menor de edad estaban afiliadas a una cobertura de salud privada. La niña tenía una discapacidad psicosocial y requería prestaciones educativas, de apoyo escolar y de rehabilitación. A su vez, los únicos ingresos del grupo familiar provenían del trabajo en relación de dependencia del progenitor. Luego del dictado del DNU 70/23 –que desreguló el marco regulatorio del sistema de salud– su cobertura aplicó aumentos importantes en las cuotas mensuales. De esa manera, la cuota llegó a representar la mitad de los ingresos del grupo familiar. En ese marco, la mujer inició un amparo contra la cobertura para que no se aplicaran esos incrementos. A su vez, interpuso una medida cautelar para la suspensión de los aumentos durante el proceso. Luego, el juzgado de primera instancia corrió traslado de la demanda a la accionada por un plazo breve. En esa oportunidad, la cobertura de salud expresó que existía un gran retraso en el valor de las cuotas de los asociados. Manifestó que había procedido de forma legal al momento de implementar y notificar los aumentos a los afiliados.
5-mar-2024NGR (Causa N°14535)Un joven de diecisiete años fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes sin prisión preventiva. Durante la etapa de instrucción, no se dio intervención al asesor de menores. Antes de ser elevada la causa a juicio, el imputado cumplió la mayoría de edad. En la etapa de juicio la Defensoría Pública de Menores e Incapaces solicitó que se declarara la nulidad absoluta de todo lo actuado y el sobreseimiento del joven.
27-feb-2024¿Puede un decreto de necesidad y urgencia derogar normas vigentes? Posibilidad de un abordaje alternativo ante los aumentos por parte de las empresas de medicina prepaga.En diciembre de 2023 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el DNU Nº 70/2023, denominado “Bases para la reconstrucción de la Economía Argentina”. El decreto introduce diversas reformas en numerosos aspectos, que incluyen –entre otros– el Estado, la economía y la salud. Con respecto a esta última materia, la norma elimina ciertas funciones de la Autoridad de Aplicación (Ministerio de Salud) previstas en la Ley 26.882 de Marco Regulatorio de Medicina Prepaga, como el control de los aumentos fijados por las empresas de medicina prepaga. En este marco, el trabajo tiene como objetivo analizar si el DNU de referencia puede modificar o incluso derogar leyes nacionales vigentes teniendo en cuenta que, a la fecha, no ha sido ratificado por Congreso tal como lo prevé la Constitución Nacional.
24-feb-2022Kulanczynsky (Causa N°1252)Un grupo de personas inició una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional a fin de que se declarase la inconstitucionalidad de la Ley N°27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En su presentación, afirmaron que la norma lesionaba y amenazaba el derecho a la vida de las personas por nacer. Además, justificaron su legitimación para representar a ese colectivo en su calidad de ciudadanos. Luego, el juzgado de primera instancia rechazó la acción. Para resolver de esa manera, entendió que era necesario que los actores acreditaran que la norma cuestionada les provocaba un daño concreto para que hubiera un caso judicial, según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De esa manera, el juez consideró que la condición de ciudadano no era suficiente para demostrar un interés concreto, inmediato y sustancial. Contra esa decisión, los actores presentaron un recurso de apelación. En esa oportunidad, expresaron que el artículo 1 de la Ley Nº26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes otorgaba una legitimación extraordinaria a cualquier ciudadano para restituir el goce de derechos de las personas menores de edad. Además, sostuvieron que era una norma de orden público y que estaba involucrado el interés superior. A su vez, señalaron que las madres que decidían abortar no podían representar a las personas por nacer, dado que existían intereses contrapuestos. Con posterioridad, el fiscal general dictaminó y consideró que los actores no tenían legitimación para iniciar el amparo. En concreto, sostuvo que no se habían reunido los requisitos de la legitimación extraordinaria ya que los argumentos eran genéricos y no referían a un caso concreto. Luego, los demandantes denunciaron como hecho nuevo una sentencia de Salta en la que se había reconocido legitimación activa a los accionantes para representar a niños, niñas y adolescentes en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Nº26.061.
23-feb-2024PA c. Swiss Medical (Causa N° 1635)Un hombre y una mujer tenían una cobertura de salud privada. La mujer era jubilada. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga– la cobertura impuso un aumento considerable en las cuotas de los planes. En ese marco, ambos interpusieron un amparo contra la empresa. En su presentación, solicitaron la inconstitucionalidad del DNU 70/23. A su vez, expresaron que con sus ingresos no podían solventar la cuota ni vivir de forma digna. Además, solicitaron una medida cautelar para suspender los aumentos mientras transcurriera el proceso.
21-feb-2024Wilson c. Estado Nacional -PEN (Causa Nº 19506)Un hombre tenía una cobertura médica prepaga. Ante el dictado del DNU 70/2023, la cuota de su plan de salud aumentó de manera notoria. Por esa razón, el hombre inició un proceso de amparo contra el PEN. En concreto, pidió que se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU, que introdujeron modificaciones en el sistema de salud. Solicitó una medida cautelar para que se mantuviera el régimen de aumentos establecidos por la autoridad de aplicación, de acuerdo con los artículos 5° inciso g y 17 de la Ley Nº 26.682. Además, manifestó que la fijación discrecional de incrementos por parte de las empresas de medicina prepaga modificaba la ecuación económica prevista al inicio del contrato y que, por lo tanto, se trataba de una cláusula abusiva. Afirmó que se lesionaba así el derecho a la salud y a la vida. Añadió que la situación ocasionaba un daño individual y colectivo. Por su parte, el juzgado consultó en el Registro Público de Procesos Colectivos si existía un proceso de esas características en trámite.
21-feb-2024Mendieta (Causa N° 164149)Una persona había sido condenada a la pena de veintiún años de prisión por el delito de homicidio simple. Durante su detención, realizó varios cursos y obtuvo una reducción de 20 meses de su pena de prisión en concepto de estímulos educativos. Cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional del SPF se expidió de manera favorable al planteo. Sin embargo, la fiscalía propició el rechazo del pedido. En ese contexto, el juzgado interviniente rechazó la solicitud y propuso incorporar a la persona al régimen de salidas transitorias bajo su propia tutela. En ese marco, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que el juzgado no valoró en forma correcta los informes del Consejo Correccional y las pruebas aportadas. A su vez, destacó que la persona había sido calificada con conducta diez y concepto ocho, que en el plazo de diez años jamás resultó sancionada, que transitaba el período de prueba desde el año 2019 y que realizaba tratamiento psicoterapéutico. Además, destacó que había realizado más de cuarenta salidas transitorias exitosas.