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FechaTítuloResumen
9-may-2019Ingenieros (causa Nº 9616)El 5 de mayo de 1977 se produjo, por parte de un grupo de tareas del gobierno nacional, la desaparición forzada de una persona en las instalaciones de la empresa en la que trabajaba. En el año 2008, su hija inició una demanda con el objeto de obtener una reparación patrimonial y fundó su reclamo en la ley Nº 9688, de accidentes de trabajo. Al contestar la demanda, la empresa opuso una excepción previa de prescripción por encontrarse extinguido el plazo bienal previsto en la referida ley. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la excepción y rechazó la demanda. Apelada la resolución, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, revocó –por mayoría– la sentencia y consideró imprescriptible el reclamo patrimonial originado en un delito de lesa humanidad. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, dio lugar a la presentación de un recurso de queja.
2-may-2019Álvarez (Reg. N° 488 y causa Nº 9785)Las personas detenidas en la Unidad 28 y el CPF de la CABA se encontraban en condiciones de hacinamiento. En ese marco, el SPF había dispuesto el alojamiento de cien in-ternos de la Unidad 28 en el gimnasio del CPF de la CABA, denominado “Pabellón 53”. Por tal razón, se interpuso una acción colectiva de habeas corpus. El juzgado federal hizo lugar a la presentación respecto de la Unidad 28, rechazó la del CPF de la CABA, declaró su incompetencia y remitió las actuaciones para que un juzgado del fuero ordinario continuara con su trámite. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional mantuvo la competencia federal, confirmó de manera parcial la resolución y ordenó que se reacondicionara el Pabellón 53 del CPF de la CABA como gimnasio y espacio recreativo. Contra esa decisión, la defensa, la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria de la Nación y el Servicio Penitenciario Federal interpusieron recursos de casación. Durante la audiencia, se señaló que el uso del gimnasio como pabellón de alojamiento había provocado el incremento de la violencia entre las personas detenidas, la falta de cupo para actividades laborales y educativas, complicaciones para la recepción de visitas, deficiencias en la atención médica y falta de provisión de sanitarios suficientes. Por su parte, el representante del Servicio Penitenciario Federal señaló que no poseía información actualizada sobre el cupo del CPF de la CABA. Entonces, la Procuración Penitenciaria de la Nación exhibió la página web del SPF, de donde surgía que se registraban 1754 plazas y había 1808 personas alojadas.
29-abr-2019GC (Causa n°51563)Una niña sufrió, entre los 5 y 10 años de edad, tocamientos por parte del marido de su tía. Los hechos ocurrieron entre los años 1988 y 1993. En septiembre del 2018, la mujer lo denunció. El hombre fue imputado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, agravados por ser la víctima menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud. El Tribunal Oral declaró extinguida la acción por prescripción y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, la fiscalía y la querella interpusieron recursos de casación. En sus presentaciones sostuvieron que debían aplicarse al caso las leyes 26.705 y 26.706 que, si bien habían sido sancionadas con posterioridad a los hechos denunciados, respondían a la interpretación armónica del derecho constitucional y los acuerdos internacionales vigentes en ese momento. En ese sentido, consideraron que la acción penal se hallaba vigente. De modo subsidiario, se solicitó la aplicación de la doctrina del “derecho a la verdad”.
26-abr-2019Campo (Causa Nº 31024)Un juzgado civil de Neuquén había decretado una medida de prohibición de acceso a un campo ubicado sobre la ruta provincial N° 17 contra la comunidad Lof Campo Maripe. Tres meses más tarde, algunos de sus miembros ingresaron al campo y cortaron el acceso a la empresa YPF. Además, construyeron una casa y criaron animales en un espacio cercado con un alambrado. Por ese hecho, fueron imputados por el delito de usurpación. Durante la audiencia de debate, la defensa sostuvo que el campo era una propiedad comunitaria y que los hechos imputados se trataban de actos de defensa del territorio. En tal sentido, entendió que no se daban los elementos típicos del delito reprochado y que, en consecuencia, correspondía la absolución de sus asistidos.
24-abr-2019Reyes (Expediente 14861)La señora Reyes solicitó a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) la integración de las diferencias existentes entre el haber que percibía y el haber mínimo vigente. Ante la respuesta negativa, interpuso una demanda de reajuste en la que, además de la integración, requirió el pago de las sumas devengadas durante los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo. La ANSeS, por su parte, interpuso excepción de falta de legitimación pasiva y prescripción del pago de las sumas devengadas por el paso de dos años, de conformidad con el Código Civil y Comercial de la Nación. El juzgado de primera instancia rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva, hizo lugar a la demanda interpuesta y ordenó a la ANSeS a que integrara las diferencias existentes entre el haber que percibía la actora y el mínimo vigente. Sin embargo, hizo lugar a la excepción de prescripción. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
17-abr-2019LVM (Expte 167635)El niño M., de once años de edad, padecía obesidad mórbida y su vida corría riesgo. La administración de salud le planteó durante seis años diferentes estrategias para combatir esa enfermedad que resultaron infructuosas. Su grupo familiar, que también se encontraba en situación de vulnerabilidad producto del sobrepeso y la obesidad (su padre era obeso, su madre y hermana menor tenían sobrepeso y su abuelo materno sufría diabetes tipo II), no podían garantizar el cumplimiento de las indicaciones médicas e interdisciplinarias atinentes al estado físico del niño. Por este motivo y ante el cese de la intervención de la instancia administrativa, el asesor de Incapaces interpuso una demanda en la que solicitó la continuidad del tratamiento y la evaluación de nuevas estrategias de actuación para garantizar el derecho a la salud y a la vida de M. La jueza de primera instancia rechazó in límine la demanda y dio intervención a los Servicios Local y Zonal de Promoción y Protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Además, con base en el principio de desjudicialización de las cuestiones familiares, consideró que el accionante no denunció una situación de riesgo que ameritara la intervención judicial. Contra esta decisión, el Asesor de Incapaces interpuso un recurso de apelación.
16-abr-2019Mendoza (Reg. Nº 398 y causa Nº 90940)Un varón y una mujer (expareja) se encontraban en un vehículo cuando se provocó un incendio. El hombre sufrió severas quemaduras, fue atendido por una ambulancia y trasladado a un hospital, donde falleció tres días más tarde. La mujer salió del auto, corrió hacia un campo y fue detenida. En el informe médico practicado se consignó que poseía quemaduras en el dorso de una mano. Por ese hecho, fue imputada por el delito de homicidio agravado por haber ocasionado la muerte de quien había sido su pareja. La mujer había denunciado a su expareja en diversas ocasiones por violencia psicológica y económica. Al prestar declaración indagatoria, explicó que el día del hecho habían discutido y el hombre estaba furioso, golpeaba el volante y le había dado un cachetazo, agarrado de la cabeza y gritado que la iba a matar. Además, indicó que había sido el hombre quien había intentado prenderla fuego a ella, que se había protegido con sus manos y había logrado escapar del vehículo. Durante la audiencia de debate, prestó declaración testimonial uno de los testigos del hecho. El hombre declaró que había observado mucho fuego sobre el asiento del conductor, que la imputada estaba tranquila y que su ropa no estaba dañada. El Tribunal Oral la condenó a la pena de prisión perpetua. Para decidir de ese modo, sostuvo que el incendio se había iniciado en el asiento de la víctima y que la declaración prestada por la imputada dejaba “preguntas sin responder”. En tal sentido, señaló que la quemadura en el dorso de su mano y su indumentaria “intacta” indicaba una participación activa en el hecho. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-mar-2019Institutos Medicos Antartida (causa Nº 344)BMF sufrió una mala praxis médica durante su nacimiento (25/5/1990) que le provocó una parálisis cerebral. En ese momento, sus padres iniciaron una acción civil por daños y perjuicios contra el médico, el sanatorio y la obra social. En ese marco, el 20 de agosto de 1998 el juez de primera instancia condenó solidariamente a los codemandados a pagar $380.000 a BMF y $20.000 a sus padres. Esta decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil el 30 de mayo de 2003. El 10 de febrero de 2003, Institutos Médicos Antártida decretó su quiebra. Por este motivo, los actores debieron solicitar la verificación del crédito de la indemnización. El juzgado de primera instancia en lo comercial declaró la inconstitucionalidad del régimen de privilegios concursales previstos en los arts. 239, primer párrafo, 241, 242 parte general y 243 parte genera e inc. 2º de la ley Nº 24.522 y verificó el crédito a favor de BMF con privilegio especial prioritario de cualquier otro privilegio. Sin embargo, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia y le asignó a la acreencia el carácter de quirografaria, lo que importó dejar sin efecto también el pronto pago dispuesto por el magistrado de primera instancia. Finalmente, la incidentista y la Defensora Pública de Menores e Incapaces ante la Cámara interpusieron un recurso extraordinario federal.
26-mar-2019HC-PGN (Causa Nº 40716)A partir de numerosos hechos de violencia ocurridos en los Complejos Penitenciarios Federales I y IV y en las Unidades Carcelarias Nº 19 y 31 del Servicio Penitenciario Federal, representantes del Ministerio Público de la Defensa y Fiscal interpusieron una acción de habeas corpus colectivo. Allí, se solicitó que se reparara la situación y que se estableciera un mecanismo para evitar su reiteración. Luego, los representantes del Ministerio Público Fiscal ampliaron su presentación y denunciaron que el personal médico de los establecimientos incumplía sus deberes, lo que constituía un agravamiento en las condiciones de detención de las personas detenidas. El juzgado hizo lugar a la acción de habeas corpus y ordenó al Servicio Penitenciario Federal que conformara un equipo de trabajo con la Procuración Penitenciaria de la Nación y otros organismos estatales. Entre otras tareas, el equipo debía elaborar de un protocolo de actuación que respetara los parámetros internacionales para la atención de la salud. Asimismo, dispuso que se arbitraran los medios para que las aéreas médicas de las unida-des ajustaran su actuación a la normativa vigente, hasta tanto se realizara el documento encomendado. Contra esa decisión, el Servicio Penitenciario Federal interpuso un recurso de apelación. En particular, consideró que el pronunciamiento violaba el principio de la división de poderes del Estado. La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la resolución. Contra esa decisión, interpuso un recurso de casación.
19-mar-2019Tallarico (causa Nº 6530)Una mujer celebró con la obra social de su marido, Tallarico (adulto mayor con discapacidad), un convenio por el que la entidad se obligaba a pagarle un subsidio por gastos de geriatría. Con posterioridad, Tallarico fue institucionalizado y recibió tratamiento y rehabilitación en el centro Re-Crear. En este contexto, su hija solicitó a la obra social de su padre la cobertura íntegra del centro en el que se encontraba institucionalizado debido a que el monto del subsidio no alcanzaba a cubrir los costos. Sin embargo, la obra social no respondió el planteo. En ese marco, la peticionante inició una acción de amparo contra la obra social y requirió, como medida cautelar innovativa, la cobertura íntegra del hogar en el que se encontraba su padre. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y obligó a la obra social a dar cobertura en el centro Re-Crear y extendió el monto hasta los límites que indica el Nomenclador de Prestaciones Básicas para las Personas con Discapacidad correspondientes al módulo Hogar Permanente, categoría “A”, más el 35% en con-cepto de dependencia hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Contra esa resolución, interpuso un recurso de apelación la parte actora porque consideró que debían aplicarse los valores correspondientes a Hogar Permanente con centro de día, categoría “A”, más el 35% en concepto de dependencia.