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16-jul-2019Echenique (reg. Nº 935 y causa Nº 11487)Echenique y su hermano menor de edad interceptaron a un joven por la espalda y lo obligaron a caminar hacia una esquina, donde se incorporó otro sujeto. Las tres personas le arrebataron el celular y se fueron. Unos compañeros de colegio del joven vieron la situación, persiguieron a los hermanos y dieron aviso a un agente policial que, finalmente, los detuvo. Por ese hecho, Echenique fue imputado por el delito de robo cometido en poblado y en banda. En la etapa de juicio, el damnificado y sus compañeros no pudieron describir al tercer sujeto. Por otra parte, el agente preventor señaló que si bien le habían referido que había una tercera persona, él no la había visto. El Tribunal Oral condenó a Echenique por el delito imputado, en concurso con otras figuras, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
2-may-2019Álvarez (Reg. N° 488 y causa Nº 9785)Las personas detenidas en la Unidad 28 y el CPF de la CABA se encontraban en condiciones de hacinamiento. En ese marco, el SPF había dispuesto el alojamiento de cien in-ternos de la Unidad 28 en el gimnasio del CPF de la CABA, denominado “Pabellón 53”. Por tal razón, se interpuso una acción colectiva de habeas corpus. El juzgado federal hizo lugar a la presentación respecto de la Unidad 28, rechazó la del CPF de la CABA, declaró su incompetencia y remitió las actuaciones para que un juzgado del fuero ordinario continuara con su trámite. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional mantuvo la competencia federal, confirmó de manera parcial la resolución y ordenó que se reacondicionara el Pabellón 53 del CPF de la CABA como gimnasio y espacio recreativo. Contra esa decisión, la defensa, la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria de la Nación y el Servicio Penitenciario Federal interpusieron recursos de casación. Durante la audiencia, se señaló que el uso del gimnasio como pabellón de alojamiento había provocado el incremento de la violencia entre las personas detenidas, la falta de cupo para actividades laborales y educativas, complicaciones para la recepción de visitas, deficiencias en la atención médica y falta de provisión de sanitarios suficientes. Por su parte, el representante del Servicio Penitenciario Federal señaló que no poseía información actualizada sobre el cupo del CPF de la CABA. Entonces, la Procuración Penitenciaria de la Nación exhibió la página web del SPF, de donde surgía que se registraban 1754 plazas y había 1808 personas alojadas.
3-dic-2018Buscaroli y otro (causa N° 48140)Dos personas habían ingresado al domicilio de un adulto mayor. Luego de golpearlo de manera reiterada, le sustrajeron dinero y una serie de bienes. En ese contexto, le realizaron una herida mortal en el tórax y ocasionaron un incendio en el hogar. Ambas personas resultaron condenadas a una pena de prisión perpetua por el delito de robo con efracción en concurso ideal con el delito de homicidio ‘criminis cause’. Entre sus argumentos, el tribunal interviniente consideró que la muerte ocasionada se conectaba con la finalidad de lograr la impunidad. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-ago-2018Gallo (reg. Nº 949 y causa Nº 9554)Dos policías habían sido sobreseídos por el delito de vejaciones agravadas por la comisión de lesiones graves. Con el objeto de investigar su encubrimiento, el Tribunal Oral ordenó la extracción de testimonios. Luego, se dictó el procesamiento de los policías por los delitos de encubrimiento calificado, falso testimonio, privación ilegítima de la libertad calificada, violación de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de instrumento público, en concurso real. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución y modificó la calificación legal de los hechos. Por esa razón, la defensa interpuso un recurso de casación que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. En particular, consideró que el sobreseimiento de los imputados había adquirido carácter de cosa juzgada. En consecuencia, sostuvo que existía una misma unidad fáctica que no podía ser separada en dos expedientes y que, por lo tanto, su prosecución infringía el principio ne bis in ídem.
14-jun-2018Gónzalez (causa N°167129)Un hombre había sido condenado como autor del delito de homicidio en grado de tentativa. En cumplimiento de la pena que se le impuso, solicitó que se lo autorizara a tener visitas periódicas de acuerdo con lo que establece el artículo 166 de la ley N° 24.660. De esa forma, explicó que el pedido se vinculaba con que su madre –una mujer con discapacidad– tenía problemas de salud derivados de haber sufrido dos accidentes cerebrovasculares. Entonces, acompañó certificados médicos y un certificado de discapacidad. La representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó de manera desfavorable al pedido. Entendió, al igual que la licenciada en trabajo social del Centro Penitenciario Federal, que los certificados médicos no fueron avalados por la División de Asistencia Médica del estable-cimiento y, por ese motivo, no estaban cumplidos los requisitos para que prosperara el pedido. El tribunal interviniente rechazó el planteo. Para decidir de ese modo, sostuvo que este instituto tenía lugar en caso de enfermedad "gravísima" que pudiera derivar en el deceso del pariente y que, en este caso, no se cumplía ese supuesto. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
27-dic-2017SLC (causa Nº 73.877)Una persona se comunicó con el servicio de emergencias médicas por la tarde y pidió una ambulancia. Al momento de indicar la dirección, cortó el teléfono. Luego, reiteró el llamado e informó que su madre tenía convulsiones. Una vez en el lugar, los médicos encontraron a la mujer muerta, con varios moretones. Su hijo comentó que eran producto de una caída. Sin embargo, los médicos dieron aviso a la policía, que consultó con la fiscalía. De ese modo, se dispuso el envío de la unidad criminalística al lugar del hecho y se dio intervención a la morgue judicial. De las investigaciones realizadas surgió que no se había forzado la puerta y que el lugar se encontraba limpio y ordenado. A su vez, la junta médica determinó que la muerte de la mujer había ocurrido durante la mañana del día en que su hijo se comunicó con el servicio de emergencias, y que en el interior de su cuerpo había fosfatasa ácida prostática (una enzima circulada por el líquido seminal). Según el estudio pericial, la enzima podía provenir de un hombre o de algún tipo de hongo vaginal. Asimismo, se detectó suciedad en los pies de la víctima. El hijo, imputado por el delito de abuso sexual y homicidio agravado por el vínculo, prestó declaración indagatoria en cinco oportunidades y presentó diversas contradicciones en su relato. Sin embargo, sus dichos no se incorporaron por lectura al debate. En el juicio, la defensa sostuvo la existencia de un abuso sexual previo o concomitante con el homicidio y señaló que pudo haberlo cometido una persona distinta al imputado. Además, consideró que la suciedad descubierta en los pies de la víctima daba cuenta de que los hechos se desarrollaron en un lugar diferente de aquel en el que apareció en cuerpo. En esa línea, cuestionó que no se hubiera investigado ese aspecto. El representante del Ministerio Público Fiscal, a su turno, acusó al imputado por el delito de homicidio agravado por el vínculo. Respecto del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, no mantuvo la acusación. El Tribunal Oral tuvo en cuenta que la cerradura no había sido forzada y sostuvo que el autor del hecho debía conocer a la mujer. Asimismo, consideró que cuando el imputado llamó a emergencias médicas su madre ya estaba muerta. Así, concluyó que había procedido de esta forma para encubrir lo que sucedido. A su vez, la enzima encontrada en el cuerpo de la víctima fue atribuida a la presencia de una infección vaginal. De esa manera, condenó al imputado como autor del delito de homicidio agravado por el vínculo a la pena de prisión perpetua y lo absolvió, por falta de acusación fiscal, respecto del delito de abuso sexual. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-dic-2017LJA (causa Nº 9372)Dos personas fueron imputadas por el delito de robo con armas en grado de tentativa. Una de ellas poseía una condena anterior, en el marco de la cual había cumplido pena como condenado. La otra, por su parte, había sido declarada reincidente en otra causa. El Tribunal Oral las condenó a la pena de tres años y cinco meses de prisión. Para agravar la pena tuvo en cuenta, entre otras cuestiones, que uno de los imputados se encontraba armado. Además, uno de ellos fue declarado reincidente y al otro se le mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, consideró arbitraria la aplicación de los artículos 40 y 41 del Código Penal y entendió que el criterio del tribunal violaba el principio non bis in ídem. Asimismo, impugnó la interpretación del artículo 50 del CP, en lo referente a las declaraciones de reincidencia.
8-nov-2017MPS (causa N° 37295)Entre los años 1992 y  1998 una niña sufrió abusos sexuales por parte de un hombre. En el año 2014, cuando tenía 29 años, la mujer denunció el hecho.El juzgado declaró extinguida por prescripción la acción penal y sobreseyó al imputado. La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para resolver de esa manera, señaló que correspondía contabilizar doce años desde la fecha en que el delito había dejado de cometerse. En ese sentido, indicó que desde el año 1998 había transcurrido en exceso el plazo establecido en dicha normativa. Contra esa resolución, la querella interpuso un recurso de casación. En particular, consideró aplicables las reformas introducidas por las leyes 26.705 y 27.206 que modificaron el régimen de prescripción y sostuvo que la acción penal se hallaba vigente.
23-may-2017Rocca Clement (reg. Nº 395 y causa Nº 32795)Un hombre había sido condenado por el delito de promoción a la corrupción de menor de edad, agravado por tratarse de un menor de trece años de edad, a la pena de once años de prisión. Luego, fue condenado por otro tribunal a la pena única de trece años y diez meses de prisión. Cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad penitenciaria expidió un pronóstico favorable de reinserción social. El juzgado de ejecución rechazó la solicitud por considerar que no se podía asegurar que el imputado no fuera a repetir su conducta delictiva. Asimismo, sostuvo que no había finalizado de manera integral el tratamiento específico tendiente a morigerar sus impulsos sexuales. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-oct-2016C, RAUna mujer había denunciado a su esposo por agresiones violentas y lesiones ante la Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN. Dicha oficina, a su vez, remitió las actuaciones al juzgado penal de turno. Desde la primera citación, y en sucesivas ocasiones, la denunciante manifestó su voluntad de no continuar con el proceso ya que no se habían producido nuevos hechos de violencia. Sin embargo, el Juzgado Nacional en lo Correccional condenó al imputado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso casación. Entre otros argumentos, sostuvo que la Oficina de Violencia Doméstica no es una autoridad competente para recibir denuncias.