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Título : Foucher v. Francia
Fecha: 18-mar-1997
Resumen : Un hombre fue identificado como el autor de insultos contra efectivos de fuerzas de seguridad. Por este hecho, se le labró una infracción y fue citado a concurrir a una sede policial. El hombre decidió presentarse y defenderse sin la representación letrada de un abogado. Con posterioridad, en dos oportunidades solicitó a la oficina judicial consultar el expediente y realizar copias de la documentación. Sin embargo, el fiscal rechazó el pedido por considerar que no podían entregarse copias a personas particulares sin la intermediación de un abogado. El hombre solicitó la nulidad del procedimiento y el tribunal interviniente hizo lugar al planteo. Contra esa decisión, el órgano acusador interpuso un recurso de apelación. Entonces, el tribunal de apelaciones revocó la nulidad del procedimiento y condenó al hombre imputado. Contra esa resolución, el hombre interpuso un recurso de casación, que fue rechazado. Luego, sometió su caso ante la Comisión Europea de Derechos Humanos.
Decisión: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos encontró a Francia responsable por el hecho de haber impedido al imputado el acceso a su expediente penal y de las piezas que lo integraban (artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en relación con el artículo 6.3.b del mismo instrumento).
Argumentos: Derecho de defensa. Acceso al legajo. Investigación penal preparatoria.
“La Comisión también consideró que denegar al acusado el acceso al expediente, cuando ni siquiera estaba representado por un abogado, constituía una afectación sustancial del derecho a un juicio justo [fair trial], habida cuenta de la vulneración del principio de igualdad de armas y de la restricción de los derechos de defensa que eso implicaba” (párr. 27).
“[E]ra importante para [el acusado] acceder a su expediente y obtener copia de los documentos que contenía para poder controvertir el acta oficial labrada en su contra. [Como se señaló anteriormente] [...] ‘debió haberse permitido a los demandados acceder a su expediente a fin de preparar su defensa [ya que] el valor de dicho acceso queda suficientemente demostrado por el uso que de él hacen los representantes legales […] ’. [...] [C]omo no pudo acceder a su expediente, el demandante no pudo preparar una defensa adecuada y no se le aseguró igualdad de armas, en contra de las exigencias del artículo 6 § 1, del Convenio en relación con el artículo 6 § 3…” (párr. 36).
Tribunal : Tribunal Europeo de Derechos Humanos - TEDH
Voces: ACCESO AL LEGAJO
DERECHO DE DEFENSA
INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6324
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6213
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2199
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6260
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