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Título : Kuopila v. Finlandia
Fecha: 27-oct-2000
Resumen : Una mujer fue acusada por fraude y malversación por hechos relacionados a una obra de arte. Durante el juicio, la defensa solicitó una pericia para comprobar la autenticidad de la obra. El tribunal rechazó la petición y condenó a la mujer. La defensa apeló la decisión. En esa etapa, la policía obtuvo un certificado oficial que comprobaba la falsedad de la pintura. En consecuencia, el fiscal incorporó el informe al expediente pero ocultó la prueba a la defensa. El tribunal de apelaciones confirmó la condena sin celebrar una audiencia oral y sin invitar a la mujer a hacer comentarios sobre esa prueba.
Decisión: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que Finlandia era responsable de la violación del derecho a un juicio justo y del principio de igualdad de armas por la falta de divulgación de pruebas materiales a la defensa (artículo 6.1, del Convenio Europeo de Derechos Humanos).
Argumentos: Derecho de defensa. Acceso al legajo. Investigación penal preparatoria.
“El Tribunal recuerda que, bajo el principio de igualdad de armas, como una característica del concepto más amplio de un juicio justo [...], a cada parte se le debe conceder una oportunidad razonable de presentar su caso en condiciones que no la coloquen en desventaja frente a su oponente…” (párr. 37).
“En el presente caso, el fiscal había expresado su opinión sobre la relevancia del informe al Tribunal de Apelación, pretendiendo con ello influir en el fallo del tribunal. El [Tribunal] considera que la equidad procesal [procedural fairness] requería que a la demandante también se le hubiera dado la oportunidad de evaluar la relevancia y el peso del informe policial suplementario y de formular cualquier comentario que considerara apropiado. También se señala que la demandante había solicitado una investigación suplementaria y que durante todo el procedimiento la había considerado importante. A la luz de estas consideraciones, el [Tribunal] determina que no se permitió a la demandante participar adecuadamente y de conformidad con el principio de igualdad de armas en los procedimientos ante el Tribunal de Apelación. En consecuencia, ha habido una violación del Artículo 6 del Convenio” (párr. 38).
Tribunal : Tribunal Europeo de Derechos Humanos - TEDH
Voces: ACCESO AL LEGAJO
DERECHO DE DEFENSA
INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6324
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6213
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2199
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6260
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6325
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6326
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6327
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6329
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6330
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6331
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