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10-ene-2018Da?tan vs. TurquíaSuat Da?tan fue arrestado por las autoridades turcas bajo la sospecha de pertenecer al Partido de Trabajadores de Kurdistán, una organización ilegal. Tras su detención, brindó una declaración en la que admitió su relación con el partido y dio información sobre otros miembros. Posteriormente, fue acusado de intentar socavar el orden constitucional y sustraer parte del país del control del Estado mediante su participación en dos ataques con explosivos. El tribunal que intervino citó a varios testigos a declarar. Tras tomar conocimiento que uno de ellos, DT, se encontraba detenido en Kirklareli, solicitó a un juez de esa jurisdicción que le tomara declaración y la remitiera por escrito. Si bien todos los testigos confirmaron que el peticionario pertenecía al partido, DT fue el único que lo vinculó a los ataques. La defensa de Da?tan solicitó contra-examinar a DT; sin embargo, se le denegó la petición. El tribunal lo condenó a la pena de prisión perpetua y la Corte de Casación de Turquía confirmó la decisión.
29-jun-2017Lorefice v. ItaliaUna persona había sido acusada por la comisión de varios delitos en razón de las declaraciones de dos individuos, X, que era una presunta víctima, e Y. Ambos testigos fueron interrogados durante la investigación preliminar en una audiencia en la que estuvieron presentes los representantes de las partes. El tribunal de primera instancia estableció que los testimonios de los testigos X e Y no resultaban creíbles ni habían sido corroborados por otra evidencia, por lo que no se había podido probar, fuera de toda duda razonable, que el peticionario fuera, en efecto, el autor del hecho. La acusación apeló la decisión. El tribunal de apelación reexaminó los testimonios brindados en primera instancia sin realizar una nueva audiencia, revocó la sentencia absolutoria y condenó al peticionario. El tribunal entendió que los testimonios resultaban precisos, creíbles y corroborados. Argumentó que Y había explicado satisfactoriamente las inexactitudes de sus dichos y que X se había mostrado, en un principio, reticente a declarar debido al temor a sufrir represalias. El tribunal de casación confirmó la resolución.
16-feb-2017Favela Nova Brasilia v. BrasilEn octubre de 1994 se realizó un procedimiento policial en la Favela Nova Brasilia, Río de Janeiro. Durante la operación, policías civiles y militares invadieron casas y dispararon a los ocupantes. A su vez, otras personas fueron detenidas y, luego, asesinadas. Los cuerpos fueron llevados a la plaza principal de la comunidad. En dos de las casas invadidas, los integrantes de las fuerzas de seguridad cometieron actos de violencia sexual. En mayo de 1995, otro grupo de policías incursionó en la misma favela. En principio, esta operación tenía como objetivo detener un cargamento de armas que sería entregado a traficantes de droga de la localidad. Como resultado de esas irrupciones, veintiséis personas resultaron muertas, cuatro de las cuales eran niños. Las muertes fueron registradas, respectivamente, bajo la categoría de “resistencia al arresto resultante en la muerte de los opositores” y “tráfico de drogas, banda armada y resistencia seguida de muerte”. La investigación de los hechos estuvo a cargo de la División de Represión de Robos y Hurtos de la Policía Civil de Río de Janeiro. Con posterioridad, los casos se remitieron al Ministerio Público. Respecto de la incursión de 1994, durante más de cuatro años no se desarrolló ningún acto procesal y, finalmente, en 2009, se solicitó su archivo por “extinción de punibilidad por la prescripción”. En 2013, a raíz de un Informe de Fondo emitido por la CIDH, se solicitó el desarchivo de la investigación. Sin embargo, no se esclarecieron las muertes y nadie fue sancionado por los hechos. Las autoridades nunca investigaron los actos de violencia sexual. Por otro lado, la segunda operación, la de 1995, fue archivada por pedido del Ministerio Público. De este modo, la investigación sobre la segunda incursión también quedó inconclusa.
15-feb-2017Zegarra Marín v. PerúAgustín Bladimiro Zegarra Marín desempeñó el cargo de Subdirector de Pasaportes de la Dirección de Migraciones y Naturalización peruano del 10 de marzo al 28 de septiembre de 1994. Entre los meses de agosto y octubre de ese mismo año se dio a conocer, por medios de prensa, la existencia de pasaportes presuntamente tramitados de manera irregular, entre ellos, el del señor Manrique Carreño, quien tenía una orden de captura. Según los medios de comunicación, su pasaporte habría sido expedido con la firma del señor Zegarra Marín. El peticionario fue condenado en primera instancia por los delitos de encubrimiento personal, falsificación de documentos y corrupción de funcionarios a una pena de prisión en suspenso. Para adoptar esa decisión, se tomaron en cuenta, únicamente, las declaraciones de sus coimputados. El peticionario interpuso un recurso de nulidad. La Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia de primera instancia, le impuso una multa y fijó en tres años el plazo de prueba de la pena suspendida. Finalmente, el peticionario interpuso un recurso de revisión ante el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República que fue declarado improcedente.
14-feb-2017P?tra?cu v. RumaníaEn febrero de 2007, en el marco de una investigación policial por tráfico de estupefacientes, un oficial encubierto se acercó a una persona en un club nocturno y le preguntó si podía conseguir drogas. Ante el pedido, este sujeto expresó que podría conseguirlas y que lo llamaría luego. En abril de ese año, el fiscal para la investigación del crimen organizado inició un proceso judicial para la investigación de ese delito. A su vez, el juez del condado autorizó la intercepción del teléfono del imputado. Ese mismo día, el fiscal autorizó el uso de un agente encubierto para determinar los hechos del caso, identificar a los delincuentes y obtener prueba. Luego de que el oficial encubierto se comunicara en reiteradas oportunidades con la persona investigada, se coordinó la entrega de los estupefacientes. En esa oportunidad, el fiscal y diez policías intervinieron y arrestaron al imputado, que fue procesado y condenado a la pena de seis años de prisión por tráfico de estupefacientes. La condena se fundó –principalmente– en las conversaciones telefónicas grabadas. La decisión fue apelada. La Cámara de Apelaciones y, posteriormente, el Alto Tribunal de Casación y Justicia consideraron que al momento de autorizar la operación encubierta existían motivos serios de sospecha y rechazaron la impugnación.
14-feb-2017Hokkeling v. Países BajosUna persona fue detenida en abril del año 2006 en Países Bajos, acusada de haber transportado estupefacientes y haber dado muerte a una persona. La fiscalía solicitó que se le aplique una pena de ocho años de prisión. El tribunal regional dio por corroborada parte de la hipótesis acusatoria y condenó al imputado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa sentencia, se interpusieron recursos de apelación. La audiencia convocada en el trámite de los recursos fue suspendida en numerosas ocasiones. En marzo del 2009 el imputado recuperó la libertad. Sin embargo, se lo volvió a detener en Noruega en el marco de otro procedimiento judicial. Por esa razón, su defensa solicitó que se lo traslade a Países Bajos para que esté presente cuando se reanude la tramitación de las impugnaciones. El tribunal de apelación de Países Bajos rechazó la petición con el argumento de que la extradición no era posible y que se había autorizado al abogado –de manera expresa– para presenciar y ejercer la defensa del imputado, con quien había tenido tiempo suficiente para preparar la estrategia de litigio. En ese contexto, el tribunal sostuvo que debía prevalecer el derecho a finalizar el proceso en un plazo razonable por sobre el derecho del imputado a presenciar la audiencia. Finalmente, el proceso en Países Bajos se reanudó en 2010 en ausencia del acusado. El tribunal de apelación revocó la resolución del tribunal regional y lo condenó a ocho años de prisión. Esa decisión motivó la interposición de un recurso de casación. Entre otras cuestiones, el peticionante sostuvo que se había violado su derecho a asistir a la audiencia en persona. En diciembre de 2011, la Corte Suprema rechazó el planteo.
20-sep-2016Hernández Royo v. EspañaEl caso refiere al reclamo efectuado dos personas a las que se les atribuía la comisión de los delitos de estafa y falsedad. Los dos imputados fueron condenados a la pena de nueve meses de prisión y al pago de una multa. Las condenas fueron confirmadas por el tribunal de apelación. Los peticionarios, sin embargo, reclamaron que se les negó la posibilidad de ser oídos en audiencia por el tribunal que resolvió sus recursos.
1-sep-2016Herrera Espinoza y otros v. EcuadorLos señores Herrera Espinoza, Jaramillo, Revelles y Cano fueron detenidos el 2 de agosto de 1994 en el marco de una serie de allanamientos realizados en la ciudad de Quito, Ecuador. El 3 de agosto la policía ordenó “legalizar” tales detenciones mediante la confección de unas ‘boletas’ requeridas por la legislación vigente en ese entonces y prolongarlas por 48 horas. En ese contexto, las víctimas fueron sometidas a tortura y forzadas a admitir la comisión de actos delictivos. Al prestar declaración indagatoria en sede judicial, las víctimas denunciaron que sus confesiones habían sido obtenidas bajo coacción. Sin perjuicio de ello, después de haber permanecido cuatro años en prisión preventiva, Jaramillo y Revelles fueron condenados a las penas de 5 y 6 años de prisión, respectivamente. Durante su detención, Revelles interpuso una acción de hábeas corpus. El recurso fue rechazado por las autoridades judiciales a los seis meses de su presentación. Dicha decisión confirmó lo resuelto por la alcaldía en cuanto a que el tiempo de prisión preventiva de la víctima no resultaba excesivo. Herrera Espinoza y Cano se fugaron durante el curso de la investigación penal por lo que se suspendió el proceso penal en su contra.
29-mar-2016Pai? v. CroaciaZoran Pai?, de nacionalidad croata, fue interrogado en septiembre de 2005 por un juez de instrucción bajo sospecha de haber robado el teléfono móvil de una turista checa, ER. El peticionario negó los cargos. No obstante, en junio de 2006, por medio de un pedido de asistencia jurídica internacional, se exhortó a las autoridades judiciales de la República Checa para que le tomaran declaración a ER, quien manifestó que el imputado había sido el autor del robo. En el marco del juicio oral, el peticionario reiteró la declaración que había brindado ante el juez de instrucción y rechazó la imputación. Sin embargo, el tribunal oral admitió como prueba la grabación del interrogatorio de la testigo y lo condenó a la pena de cuatro meses de prisión, suspendida por un año. La condena se fundó única-mente en la declaración de ER.
1-mar-2016Gorbunov y Gorbachev v. RusiaEl primero de los peticionarios fue detenido por la presunta comisión de un homicidio. El 24 de julio de 2006, el tribunal determinó su culpabilidad y lo condenó a la pena de nueve años y medio de prisión. Su abogado –designado por el estado– decidió no apelar la decisión. El 6 de diciembre de 2006, insatisfecho con la defensa que se le proporcionó, el imputado decidió que lo representara otro letrado. El defensor interpuso contra la condena un recurso de apelación que fue denegado. En el marco de este proceso, además, se le impidió al peticionario reunirse con su abogado para preparar su estrategia de defensa. Asimismo, se alegó que el equipo de videoconferencia –instalado para garantizar su participación en el proceso– fue retirado de la sala y la audiencia de apelación tuvo lugar sin que pudiera intervenir. El segundo peticionario cumplía una pena de diecisiete años prisión por la comisión de un homicidio y un robo. Entonces, interpuso un recurso en el que indicaba que no era culpable del hecho que se le atribuía y que el tribunal de primera instancia había cometido un error en la evaluación de las pruebas. El 12 de abril de 2007, solicitó que el Tribunal Supremo (que actúa como tribunal de apelación) procediese a designarle un abogado para que lo representara. La petición fue rechazada y, posteriormente, se confirmó la condena. El 16 de marzo de 2011, el Tribunal Supremo ruso aceptó un recurso de revisión jerárquico interpuesto por el Fiscal General Adjunto. El tribunal reconoció que se había violado el derecho del peticionario a ser provisto de un defensor y anuló la sentencia. Remitido el caso al tribunal de apelación se le designó un abogado defensor. Finalmente, el Tribunal Supremo le redujo la condena a dieciséis años y medio de prisión.