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FechaTítuloResumen
16-sep-2024Observaciones Finales sobre Argentina correspondientes al séptimo períodoEl Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas examinó el séptimo informe periódico de la Argentina y emitió las observaciones finales correspondientes.
4-sep-2024Leite de Souza y otros v. BrasilDesde hace varias décadas, se registra en Brasil la existencia de milicias integradas por agentes estatales vinculados a la violencia contra sectores vulnerables y marginalizados de la población. En ese contexto, en 1990 ocurrió la “Masacre de Acari”, en la que once jóvenes afrodescendientes de una favela fueron secuestrados y desaparecidos por personas que se identificaron como policías. Desde el comienzo de la investigación penal, las autoridades catalogaron a los jóvenes como ‘criminales’ y atribuyeron a ello sus desapariciones. Las familiares de las víctimas formaron el grupo “Madres de Acari” y denunciaron ante las autoridades judiciales la participación policial en las desapariciones. Al poco tiempo, dos de ellas fueron asesinadas. Asimismo, otras familiares denunciaron que en sus labores de búsqueda y demanda de justicia fueron maltratadas por las autoridades por ser afrodescendientes y residir en favelas. Las tareas de investigación relativas a las desapariciones y homicidios se realizaron de forma tardía e inconsistente, por lo que al día de hoy los hechos permanecen impunes.
4-sep-2024Pueblos indígenas Tagaeri y Taromenane v. EcuadorTagaeri y Taromenane es la denominación de los grupos Waorani no contactados que viven en la Amazonia ecuatoriana. En esa zona, desde 1955 se iniciaron operaciones petroleras. En 1967, la petrolera estadounidense Texaco encontró cantidades rentables de petróleo al norte de los territorios Waorani. En 1999, el Estado ecuatoriano emitió un decreto con el fin de delimitar el territorio ancestral de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV). De acuerdo con esa normativa, el área sería una “zona intangible de conservación vedada a perpetuidad a todo tipo de actividad extractiva” y contaría con una zona de amortiguamiento a fin de “establecer un área adicional de protección que […] contribuya a proteger a los grupos en aislamiento voluntario”. La definición de sus límites debía ser realizada en el plazo de 120 días por una comisión especializada, pero recién en 2007 se hizo la delimitación. En ese período, el Estado avanzó con proyectos que autorizaban la explotación petrolera en la zona. Asimismo, las concesiones generaron formas asociadas de explotación como la extracción de maderas que favorecieron la llegada de terceros en el área y representaron cambios significativos en la composición territorial, ecológica, social y cultural. Por otra parte, en 2013 un grupo de personas ejecutaron un ataque en contra de los PIAV para vengar la muerte de sus parientes ocurrida en una disputa territorial. Durante este ataque, perdieron la vida entre 30 y 50 personas, incluidos niños y niñas. Asimismo, en el curso de la acción, dos hermanas de aproximadamente dos y seis años fueron llevadas por los atacantes y entregadas a dos familias. El contacto forzado de las dos niñas y su consecuente permanencia en una sociedad diferente a la suya resultó en una pérdida irreparable de su condición de aislamiento. En ese marco, el reintegro de las niñas era imposible, ya que implicaba ponerlas en riesgo tanto como a los miembros del PIAV al que se pretendiera retornar. Esto conllevó entonces una situación de asimilación forzada.
28-ago-2024Caso Hidalgo y otros v. EcuadorUna persona intentó ingresar a una fiesta pública, pero los organizadores no lo permitieron. Luego, llegaron al lugar cuatro agentes policiales y, ante el intento de detenerlo, se inició un altercado. La persona se resistió y los agentes lo golpearon y arrastraron por la vía pública hasta la comisaría. El hermano de la persona arribó al lugar y encontró a su hermano ensangrentado, boca abajo, en el calabozo. Ante esa situación, mandó a llamar a un médico que le confirmó que su hermano había fallecido. El hecho fue investigado por la justicia local. En ese sentido, se tomaron declaraciones testimoniales y se designaron peritos. Sin embargo, el proceso duró diez años y, al momento de dictarse sentencia, la acción penal fue declarada prescripta. Esta decisión fue confirmada por la Corte Superior de Justicia de la jurisdicción. En simultáneo, la madre de la persona interpuso un recurso de amparo con el objetivo de que se declarara la responsabilidad del Estado ecuatoriano. De todos modos, el tribunal interviniente denegó la acción y, luego, el Tribunal Constitucional confirmó la decisión.
14-ago-2024Mitrevska v. Macedonia del NorteUna mujer fue adoptada cuando era niña. Años después, le diagnosticaron una problemática de salud mental y en el habla. Por ese motivo, sus médicos le solicitaron sus antecedentes familiares para determinar si tenía una enfermedad hereditaria. En ese marco, la mujer solicitó en sede administrativa información sobre su nombre de origen, lugar de nacimiento e historia clínica de su familia biológica, entre otros datos. También requirió copia del expediente en el cual había tramitado su adopción. Sin embargo, no obtuvo la información. En ese sentido, las autoridades le comunicaron que el artículo 123-a de la Ley de Familia local prohibía suministrar datos relativos a adopciones completadas porque constituían un secreto oficial. Además, le hicieron saber que, como había sido adoptada bajo la modalidad plena, no existían derechos ni obligaciones entre ella y su familia de origen. En consecuencia, la mujer presentó una demanda que no tuvo acogida favorable. Una vez agotadas las instancias recursivas internas, sometió el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
22-jul-2024Los niños son ante todo niños. La protección de los derechos de la infancia en contextos migratoriosEl Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes presentó un informe vinculado a los niños, niñas y adolescentes en contextos migratorios. En el documento pone de relieve la amplia protección de los derechos del niño que brinda el derecho internacional independientemente de su situación migratoria. Asimismo, analiza los problemas contemporáneos a los que se enfrentan los niños en contextos de migración en lo que respecta a los derechos humanos. Por último, presenta las bases para una acción prioritaria en el futuro.
19-jul-2024Formas contemporáneas de la esclavitud que afectan a las personas encarceladas y previamente encarceladasEl Relator Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos presentó un informe vinculado a las formas contemporáneas de la esclavitud que afectan a las personas encarceladas y previamente encarceladas. En el documento examina en qué medida los Estados recurren a las personas encarceladas para la realización de trabajo obligatorio y qué prácticas pueden equivaler a formas contemporáneas de la esclavitud y a otras violaciones o abusos de los derechos humanos. Asimismo, evalúa el riesgo de que las personas previamente encarceladas sean sometidas a formas contemporáneas de la esclavitud.
18-jul-2024Acceso a la información sobre el cambio climático y los derechos humanosLa Relatoría Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos en el contexto del cambio climático emitió un informe en el que analizó las particularidades, dificultades y buenas prácticas relacionadas con el acceso a la información sobre el cambio climático y los derechos humanos. Asimismo, aclaró las obligaciones internacionales de los Estados, a título individual y en el marco de la cooperación internacional, y las responsabilidades empresarias. También se formularon diversas recomendaciones específicas para que los Estados, las empresas y el sistema de las Naciones Unidas mejoraran el acceso a la información como prerrequisito para que los procesos decisorios sobre el cambio climático sean transparentes, inclusivos y eficaces a todos los niveles.
18-jul-2024Capacidad jurídica y consentimiento informadoLa Experta Independiente sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edad elaboró un informe en el que abordó las restricciones a la capacidad jurídica de las personas mayores y los obstáculos al ejercicio del consentimiento informado. A partir de su análisis, realizó recomendaciones a los Estados para garantizar la autonomía y respetar la voluntad de estas personas.
18-jul-2024Hanovs v. LetoniaUna pareja de hombres estaba de paseo por un mercado cuando se acercó otro hombre y comenzó a proferir insultos homofóbicos. Luego, el agresor se puso violento e intentó golpear a uno de los hombres de la pareja pero este logró refugiarse en un local, aunque los insultos y amenazas continuaron. La víctima denunció los hechos y el agresor fue identificado por la policía. En su declaración en sede policial, admitió que se había sentido ofendido por las demostraciones de afecto de la pareja, que consideraba “inaceptables”, y que por eso había insultado y agredido al hombre. La policía archivó las actuaciones por considerar que no se trataba de un delito sino de una mera ofensa administrativa. La víctima apeló el archivo y alegó que debería investigarse como un crimen de odio. Sin embargo, la fiscalía consideró que los hechos no tipificaban como tal porque no hubo una incitación directa al odio y la agresión fue contra un individuo y no contra un grupo minoritario. Contra esa decisión, la víctima presentó nuevos recursos que no prosperaron. En paralelo, al agresor se le impuso una sanción administrativa por vandalismo y una multa de 70 euros.