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5-oct-2023D'Amato (causa N° 18560)En 1977, una pareja había adoptado de manera irregular a un niño recién nacido. El bebé había sido entregado por una mujer desconocida a través de un intermediario y anotado como hijo biológico en el registro civil. Años después, la Asociación Civil Abuelas de Plaza de Mayo realizó una denuncia ante la Unidad Especializada para casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado. Por esa razón, se inició una investigación preliminar en donde se recabó una serie de indicios que sembraron dudas acerca de la identidad del niño. Entre otras cuestiones, la alusión a un “parto domiciliario” en el certificado de nacimiento, y que el médico que lo había firmado estaba vinculado con prácticas médicas ilegales. Frente a ese cuadro de sospecha, el representante del Ministerio Público Fiscal formuló la denuncia. Entonces solicitó la realización del examen genético ante el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG). El resultado arrojó que no compartía vínculo biológico con los grupos familiares que integran el Archivo Nacional de Datos Genéticos, víctimas de desaparición forzada entre los años 1976−1983. Sin embargo, se imputó al padre adoptivo por los delitos de retención y ocultamiento de un menor de diez años, de hacer incierto y alterar la identidad de un menor de diez años y de falsedad ideológica de instrumento público destinado a acreditar la identidad de las personas. Luego, la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo dio a conocer su desinterés y desistió de su intervención como querellante. Durante el juicio, el hombre adoptado declaró que siempre había sabido que no era hijo biológico de las personas que lo habían criado. Del mismo modo, hizo hincapié en que estaba agradecido con ellas y que no quería que nada malo les ocurriese. Por su parte, el imputado manifestó que no conocía a la madre biológica del niño ni había tenido ningún contacto con ella. Al respecto, afirmó que la entrega se había realizado a través de un conocido en común, amigo de la familia. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó una condena de cinco años de prisión y consideró que los delitos imputados eran de lesa humanidad. Por su parte, la defensa planteó, entre otras cuestiones, la atipicidad de las acciones descriptas en el artículo 146 del Código Penal y la prescripción de los delitos previstos en los artículos 139, inciso segundo, y 293 del Código Penal por tratarse de delitos de consumación inmediata.
8-ago-2023Vazquez (causa N° 22542)Siete hombres vivían y trabajaban en un aserradero. A partir de una denuncia anónima, se inició una investigación por conductas compatibles con el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por el abuso de la situación de vulnerabilidad y pluralidad de personas. En ese marco, los trabajadores expresaron que recibían dinero por su trabajo, por un monto y en condiciones que habían sido pactadas de manera previa. Además, afirmaron que ninguno de ellos había entregado documentación personal ni tenían restricciones de salidas del lugar de trabajo ni endeudamientos con el empleador. Por otra parte, manifestaron que no habían recibido ningún tipo de agresión física, incluso refirieron tener buen concepto del imputado. El tribunal oral condenó al hombre que empleaba a los trabajadores a seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, alegó que se habían valorado de manera arbitraria las pruebas producidas durante el debate.
8-ago-2023Delgado (causa N° 3258)En el marco de una investigación penal se individualizó un cargamento de estupefacientes que iba a ser transportado desde la provincia de Jujuy con destino final a Buenos Aires. Según la información recabada, la droga iba a ser trasladada en una camioneta y un auto iba a viajar unos kilómetros delante como “punta” para alertar posibles controles policiales. El juez de instrucción ordenó la interceptación de los vehículos identificados y la detención de sus tripulantes. Fue así que el control policial de la ruta Nacional N° 9 detuvo la marcha de la camioneta. A bordo circulaban tres hombres que fueron retenidos. Cinco minutos después, se detuvo al otro vehículo. Allí viajaban un hombre y una mujer. Luego, se requisaron los automotores y se secuestraron 416,310 kg. de cocaína. Al momento de declarar, la mujer afirmó que debía viajar a la provincia de Córdoba para solicitar unos certificados médicos para su hija con discapacidad. Con ese fin, aprovechó un viaje que tenía planeado su esposo, de quien ya estaba separada. Afirmó que no sabía el motivo del viaje del hombre y que desconocía al resto de los imputados. Durante la investigación surgió que la imputada había extendido, a pedido de su ex pareja, una autorización para conducir su vehículo a uno de sus consortes de causa. Sin embargo, ese coche no era el involucrado en el hecho. En la etapa de juicio oral, se condenó a los cuatro hombres como coautores el delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención en el hecho de tres o más personas organizadas para cometerlo. Por otro lado, se condenó a la mujer como partícipe secundaria del mismo delito. Para así decidir, el tribunal afirmó que la mujer conocía plan delictivo de su marido y al menos a uno de los coimputados. Contra la sentencia, la defensa de la mujer presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había probado la intervención dolosa de su defendida en la maniobra de transporte de estupefacientes. Asimismo, invocó un análisis sesgado de la prueba que no había tenido en cuenta la situación de vulnerabilidad de la mujer. Por último, sostuvo que la sentencia había carecido de una adecuada perspectiva de género.
5-jul-2023Guerrero (causa N° 1735)Una mujer, luego de ingerir bebidas alcohólicas y pastillas de clonazepam, se acostó a dormir junto a su hijo de dos años, en la misma cama. En ese contexto, la mujer dormida apoyó todo su peso sobre su hijo. En consecuencia, produjo una compresión toracoabdominal en el cuerpo del niño, que falleció. Por este hecho, la mujer fue imputada y detenida con prisión preventiva por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía. La fiscalía sostuvo en su hipótesis acusatoria que la mujer había presionado con intencionalidad el pecho del niño. Fundó su pretensión, entre otras cuestiones, en distintas declaraciones en donde la mujer, con anterioridad al episodio, había anunciado a su ex pareja que iba a matar a su hijo. Durante el juicio, los médicos forenses señalaron que era probable que la muerte se hubiera producido como consecuencia de que la madre se hubiera quedado dormida sobre el cuerpo del niño de manera involuntaria.
18-may-2023Vega Martínez (causa N° 197)La mañana del 30 de diciembre del 2017, cuatro hombres buscaron a un individuo con el que habían tenido una discusión en la intersección de dos calles de un barrio de emergencia. Al verlo, uno de ellos le disparó con un arma de fuego y, de manera posterior, los otros tres realizaron la misma acción contra el damnificado y otras personas que se hallaban en el lugar. El hombre que recibió el primer disparó falleció y otras cuatro personas resultaron heridas con lesiones leves y graves. Por estos hechos, el tribunal oral interviniente condenó a los cuatro hombres a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por haber sido cometido con el concurso premeditado de más de dos personas en concurso real con los delitos de lesiones leves y lesiones graves, todas ellas agravadas por ser cometidas para facilitar y asegurar el resultado del homicidio procurando su impunidad y, a su vez, por la comisión mediante un arma de fuego. Contra esa decisión, las defensas de los hombres imputados interpusieron recursos de casación. Entre otras cuestiones, plantearon que no era suficiente la actuación de una pluralidad de sujetos activos en un hecho para calificarlo como homicidio agravado, en los términos del artículo 80 inciso 6 del Código Penal. Asimismo, agregaron que no se pudo determinar que los disparos efectuados al resto de los damnificados hubiesen tenido como fin asegurar la fuga de los imputados, por lo cual impugnaron la aplicación del agravante previsto en el artículo 80 inciso 7 del Código Penal.
27-feb-2023PaineUna mujer había sido encontrada muerta en un descampado. Por ese hecho, su suegra resultó procesada por el delito de homicidio simple. En la etapa de juicio oral, distintos testigos declararon que la imputada estaba en contra del vínculo que tenían su hijo y la víctima. Además, la describieron como impulsiva, rencorosa, vengativa y violenta. Por otro lado, el doctor a cargo de la Dirección de Análisis Criminal y Tecnología de Información del Gabinete de Análisis de Comportamiento Criminal de Córdoba explicó, entre otras cuestiones, que la persona que había agredido a la víctima debía tener una altura similar o superior. El tribunal oral condenó a la imputada a la pena de doce años de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, se agravió por la utilización del estereotipo de mujer violenta y de “mala suegra” para valorar las pruebas genéricas aportadas la fiscalía. Por esa razón, consideró que se vulneró el principio de inocencia de su asistida y el de motivación de las decisiones judiciales.
19-sep-2022Palacios ArceEn el año 2015, una mujer proveniente de un vuelo de Argentina fue detenida en el aeropuerto de Bulgaria al intentar ingresar 2 botellas que contenían ocultos 2.505,71 gramos de cocaína. La mujer fue imputada en el país europeo por delitos vinculados al tráfico de estupefacientes. En ese marco, explicó que un hombre le había entregado las botellas en Buenos Aires y que ella desconocía su contenido. La justicia ordenó su libertad y se clausuró el proceso penal iniciado en ese país. En Argentina, el hombre señalado en la declaración de la mujer fue imputado como participe necesario del delito de contrabando de estupefacientes. En el marco del juicio oral, la mujer declaró bajo reserva de identidad y presentó algunas contradicciones en su relato. Asimismo, durante el juicio se aportó como prueba de cargo un informe policial del que surgía que en el año 2012 el hombre había registrado una detención vinculada al tráfico de estupefacientes y que, al momento del juicio, no contaba con procesos penales pendientes. La defensa del hombre imputado solicitó su absolución. Por su parte, al momento de ejercer su derecho a réplica, la fiscalía modificó la acusación y solicitó que se lo condenara por su calidad de autor mediato del delito de contrabando de estupefacientes.
15-sep-2022Chazarreta y otro (causa N° 1923)Dos hombres circulaban a bordo de una motocicleta. Uno de ellos descendió, le exhibió a una mujer un arma de fuego que llevaba en el pantalón y le sustrajo su cartera. Luego, volvió a la moto y ambos intentaron retirarse del lugar. Unos minutos más tarde, los hombres fueron detenidos por personal de gendarmería, que les secuestraron el arma de fuego que contenía un solo cartucho en su recámara y la cartera que había sido sustraída. Durante la etapa de instrucción, el arma secuestrada fue peritada pero no así la munición que contenía en su interior. Por estos hechos, el tribunal oral interviniente condenó a los dos hombres como coautores del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación que fue concedido. Entre sus argumentos, planteó que la exhibición fugaz de un arma no configuraba el agravante de uso de arma de fuego. Además, manifestó que no se había acreditado que el único cartucho con el que estaba cargada el arma utilizada en el robo fuese apto para ser disparado.
3-may-2022PalaciosLuego de una discusión con su pareja, una mujer presentó quemaduras en su cuerpo y su novio solicitó auxilio médico para asistirla. Una vez en el hospital, la mujer indicó que el responsable de las lesiones había sido su pareja. Luego, la víctima se retractó y planteó que había sido ella la que se había autolesionado producto de un estado de intoxicación por consumo de sustancias estupefacientes y de alcohol. En la etapa de juicio oral, la fiscalía endilgó al hombre la responsabilidad por las lesiones y solicitó que se lo condenara por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género, en grado de tentativa. Por su parte, la defensa solicitó su absolución y ofreció, dentro de otras pruebas, el testimonio ofrecido por la víctima en el marco del debate oral. En ese sentido, la mujer reiteró su propia responsabilidad en las quemaduras. Además, agregó que el hombre había sido quien apagó el fuego en su cuerpo y solicitó la ayuda médica. Por último, la defensa ofreció como prueba el testimonio de las médicas del área de salud mental que atendieron a la víctima. Sobre ese aspecto, las profesionales indicaron el cuadro de la mujer al momento de los hechos y respaldaron que la víctima no había indicado que el hombre fuera responsable de los hechos.
26-abr-2022Nocelli y otro (causa N° 21-08131556-3)Un hombre y una mujer a bordo de una motocicleta intentaron sacarle una mochila a una joven. Personal policial que patrullaba la zona advirtió la situación e intervino. El hombre realizó un disparo con un arma de fuego e intentó huir. Entonces, uno de los agentes disparó para “neutralizar” el ataque y la mujer se cayó al suelo con la moto. Luego, otro policía le disparó por la espalda dos veces. Asimismo, disparó al hombre una cantidad indeterminada de veces y también provocó su caída. El hombre estaba tendido en el suelo boca abajo cuando el policía disparó desde corta distancia en tres oportunidades y le provocó lesiones que ocasionaron su muerte. En el acta de procedimiento se asentó que hubo un intercambio de disparos en tres oportunidades. Por esos hechos, el primer policía –HDL– fue imputado por el delito de falsedad ideológica, incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento. Por su parte, el segundo agente –LMN– resultó imputado por el delito de homicidio calificado por haber sido cometido en abuso de sus funciones en dos oportunidades, en concurso real con el delito de falsedad ideológica. Durante el debate, se incorporó la filmación del hecho en el que se observó que la mujer no estaba armada, permanecía pasiva y sentada en la motocicleta. Luego se vio que fue arrojada al suelo cuando su compañero intentó huir hasta que recibió los dos disparos por la espalda.