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24-nov-2022CF (Causa N° 18561)Una niña sufrió reiterados episodios de abuso sexual por parte de su padre. Cuando tenía 10 años le contó a su madre lo que había padecido. En consecuencia, se inició una causa penal en la que el progenitor fue condenado a la pena de 10 años de prisión por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo. Con posterioridad, la madre –en representación de la niña– inició una demanda en sede civil. En su presentación, reclamó al hombre una indemnización por el daño material, psicológico y moral que la violencia sexual le había ocasionado a su hija. A su vez, la progenitora demandó un resarcimiento en el carácter de damnificada directa debido al daño psicológico y moral que los abusos hacia su hija le habían causado. En ese contexto, el juez hizo lugar al planteo de forma parcial. En ese sentido, condenó al hombre a abonar a su hija y a la madre una indemnización. No obstante, rechazó el daño moral solicitado por la progenitora. Para decidir de esa manera, indicó que el artículo 1078 del Código Civil de la Nación –que estaba vigente al momento de los hechos– sólo permitía a la víctima formular su reclamo por daño moral. Luego del dictado de la sentencia, la joven alcanzó la mayoría de edad. Contra lo decidido, las actoras interpusieron un recurso de apelación. En esa oportunidad, consideraron que los montos que se habían fijado eran bajos, por lo que solicitaron su elevación. Por su parte, la progenitora requirió que se hiciera lugar al daño moral a su favor. En ese sentido, cuestionó la constitucionalidad del artículo 1078 del Código Civil.
15-nov-2022AS (Causa N° 35569)Una mujer convivía con un hombre, con quien tuvo un hijo. El hombre la golpeaba, la insultaba y la amenazaba de manera constante. En ese contexto, se separaron. Sin embargo, las agresiones contra ella y su hijo continuaron. Por ese motivo, la mujer lo denunció ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). En esa oportunidad, manifestó que buscaba una medida de protección que le prohibiera al denunciado tomar contacto y acercarse al niño y a ella. Además, pidió que se obligara al hombre al pago de los alimentos para la manutención de su hijo. El equipo interdisciplinario de la OVD consideró que el nivel de riesgo era moderado. Luego, la mujer requirió el patrocinio del Programa de Asistencia y Patrocinio Especializado en Violencia de Género de la Defensoría General de la Nación. En ese marco, el juzgado hizo lugar a las medidas solicitadas y fijó una cuota alimentaria provisoria a favor del niño. Además, dispuso la intervención del Cuerpo Interdisciplinario contra la Violencia Familiar para que evaluara la situación y el riesgo en el que se encontraban expuestos la mujer y su hijo. Si bien el hombre había sido notificado de la resolución judicial, siguió con las amenazas hacia la mujer y su entorno familiar. A raíz de los hechos denunciados, se inició una causa penal. Con posterioridad, la jueza en lo civil prorrogó las medidas de prohibición de contacto y acercamiento por cuatro meses. Además, ordenó al demandado que abonara los alimentos provisorios que adeudaba. Contra esa decisión, el accionado interpuso un recurso de apelación.
20-oct-2022BAL (Causa Nº 100918)Una mujer y un hombre tuvieron dos hijos. La mujer durante la unión convivencial renunció a su trabajo y abandonó sus estudios para dedicarse a las tareas de cuidado de sus hijos y del hogar. Sin embargo, a raíz de numerosos hechos de violencia de género ejercidos por el hombre, la mujer se fue del hogar que compartían. Luego, la mujer realizó una denuncia de violencia familiar y el juzgado interviniente ordenó medidas de protección a su favor. Con posterioridad a la separación, la mujer le reclamó a su ex pareja una compensación económica en virtud de la situación de vulnerabilidad socio económica en que se encontraba tras el cese de la convivencia y el tiempo que le había dedicado a la crianza de los hijos comunes.. El juzgado interviniente hizo lugar al reclamo y fijó un monto en concepto de compensación. Para decidir de esa manera, se valoró –entre otras cuestiones– la capacidad económica antes y después de la separación, la edad y el estado de salud de las partes, y las dificultades de la mujer para reisertarse laboralmente. Contra esa decisión, el demandado interpuso un recurso de apelación. En su presentación, manifestó que la situación económica de los dos había empeorado y que los ingresos familiares nunca habían sido abultados. Sobre ese aspecto, señaló que el monto que se había establecido resultaba excesivo, ya que no se había tenido en cuenta los patrimonios de ambos tanto al inicio como al fin de la relación.
12-oct-2022OC y otro (causa N° 46267)Dos jóvenes fueron imputados por el delito de abuso sexual simple contra una mujer. Una vez elevada la causa a juicio oral, sus defensas solicitaron que se les concediera la suspensión del juicio a prueba. En su presentación ofrecieron realizar tareas comunitarias y la suma de $20.000 como reparación simbólica. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un informe de la Dirección de Acompañamiento, Orientación y Protección de Víctimas de la Procuración General de la Nación (DOVIC) en el cual constaba que la víctima había brindado su consentimiento para la concesión de la suspensión del juicio a prueba. En particular, la mujer expresó que le resultaba más reparadora la alternativa propuesta que ir a la instancia de juicio oral y, específicamente, solicitó que los jóvenes realizaran talleres sobre perspectiva de género. Por otra parte, manifestó que las agresiones de los jóvenes imputados no se habían reiterado y que no mantenía vínculo con ellos. Luego, la víctima fue citada a una audiencia con la jueza interviniente en la que ratificó todo lo manifestado en el informe. En la audiencia de probation, ambas defensas ratificaron las solicitudes y ampliaron el ofrecimiento de reparación simbólica a $30.000 cada uno y la realización de un taller sobre perspectiva de género. La fiscalía se pronunció de manera favorable.
4-oct-2022Suárez (Causa n° 7459073)Una mujer embarazada se encontraba privada de su libertad. Entonces, solicitó que al momento del parto se le respetaran los derechos previstos en la Ley de Parto Respetado (ley N° 25.929). En particular, requirió ser acompañada por el padre de su bebé que también estaba privado de la libertad. La administración rechazó el pedido y la mujer parió sin que se le garantizaran los derechos previstos en la norma. Luego, presentó una acción de habeas corpus. Entre otras consideraciones, planteó que a algunas mujeres embarazadas alojadas en la unidad penitenciaria provincial se les habían colocado medidas de sujeción durante el preparto, parto y posparto. También señaló que no se les había respetado el derecho a ser acompañadas por personas de su elección y su confianza, que se les había impedido permanecer con su bebé recién nacido luego del alumbramiento y que personal penitenciario había presenciado todo el proceso asistencial. Por esas razones, la mujer requirió que se elaborara un protocolo para que las mujeres embarazadas en prisión pudieran acceder a los derechos previstos en la norma mencionada, así como los establecidos en la Ley de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia (ley N° 27.611). El juzgado de ejecución rechazó la acción de habeas corpus. Respecto del pedido de la mujer de ser acompañada durante el parto por el padre de su hija, el tribunal fundamentó su negativa en cuestiones de seguridad. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia hizo lugar al planteo y reenvió las actuaciones al tribunal de origen a fin de que dictase una nueva resolución.
30-sep-2022BNNUna mujer de 18 años vivía en un campo de la provincia del Chaco con su concubino. Tenían un hijo menor de edad. El hombre golpeaba, amenazaba y ejercía violencia sexual contra su pareja y el niño. Su hijo falleció a causa de diversas lesiones. Por ese hecho, la madre fue condenada por el delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo a la pena de diez años de prisión. Para decidir de esa manera, el tribunal interviniente sostuvo que la imputada había violado su deber de cuidado. La defensa de la mujer no recurrió la sentencia condenatoria. Luego, el Observatorio de Derecho Penal del Ministerio Público de la Defensa de la provincia del Chaco entrevistó a la mujer. En esa oportunidad, manifestó que no había sido informada sobre la posibilidad de recurrir el fallo. Ante esa situación, la Defensora General Adjunta del Poder Judicial de la provincia del Chaco interpuso un recurso de casación. En su presentación, explicó que la valoración de la prueba se había realizado en base a estereotipos de género. En ese sentido, remarcó que la incorporación de la perspectiva de género en los procesos judiciales era obligatoria en virtud de los tratados internacionales.
26-sep-2022Torres (causa N° 6718)Una joven de 19 años se encontraba en una relación de pareja con un hombre que la doblaba en edad, desde sus 15 años. El hombre era asiduo consumidor de estupefacientes y ejercía violencia física contra la mujer. En varias oportunidades obligó a la joven a cultivar marihuana tanto para su propio consumo como para la venta. Asimismo, la coaccionó para que hiciera entrega de un frasco de flores de cannabis a un comprador que concurriría a la vivienda que compartían. En una oportunidad, dispusieron el allanamiento de su domicilio. Del operativo se secuestró material estupefaciente, teléfonos celulares y dinero en efectivo. Ambas personas fueron imputadas por el delito de tráfico de estupefacientes. Al momento de recibirle declaración indagatoria, la mujer sostuvo que era ajena al hecho investigado. Manifestó que su pareja le había exigido que entregara el frasco con flores de cannabis y que había cumplido la orden por la presión y violencia que ejercía sobre ella. Durante la investigación, se determinó que la imputada había interactuado una única vez con un comprador. A través de un informe social elaborado por el Programa de Atención a las Problemáticas Sociales y Relaciones con la Comunidad de la Defensoría General de la Nación, la defensa de la joven dio cuenta de la relación de desigualdad y violencia en que se encontraba inmersa. Sin embargo, el juzgado interviniente procesó a ambas personas. No obstante, a la hora de requerir la elevación a juicio, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el sobreseimiento de la joven. Fundamentó la petición en que de las pruebas reunidas surgía un compromiso menor de la nombrada con los hechos investigados. Además, tuvo por acreditado que la conducta de la mujer se encontraba condicionada por circunstancias constitutivas de violencia de género en los términos de la ley N° 26.485 que tornaban procedente la aplicación del artículo 34, inciso 2°, del Código Penal.
26-sep-2022GGJJ (Causa Nº 29921)Un hombre no cumplía con el pago de los alimentos a su hija. Por ese motivo, la progenitora inició un reclamo judicial, en el que se fijó una cuota. Sin embargo, el incumplimiento continuaba. En el marco de la ejecución de la sentencia, el hombre fue intimado en reiteradas oportunidades, pero guardó silencio. En consecuencia, la actora solicitó que –a modo de sanción– se le prohibiera salir del país hasta que abonara lo adeudado. Para ese momento, su hija ya había alcanzado la mayoría de edad.
16-sep-2022SMV (Causa N° 10122)Una mujer se separó de su pareja, con quien tenía un hijo, por encontrarse en una situación de violencia de género. En esa época, la mujer percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). Luego de la denuncia, la mujer se quedó al cuidado exclusivo del niño. El progenitor no cumplía con la obligación alimentaria a su cargo y tampoco mantuvo el vínculo con su hijo. Con posterioridad, la mujer dejó de cobrar la asignación y tampoco recibió información respecto de su situación. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que se restableciera el pago de la AUH. Asimismo, se acompañó un informe elaborado por Programa de Atención a las Problemáticas Sociales y Relaciones con la Comunidad perteneciente a la Defensoría General de la Nación, en el que se dio cuenta de la situación de vulnerabilidad socio económica en que se encontraba la mujer y el niño. Por su parte, la ANSES contestó la demanda y señaló que la mujer no tenía derecho al cobro de la asignación dado que el padre del niño se encuentra inscripto en AFIP como autónomo. Además, se opuso a la admisibilidad del amparo.
6-sep-2022CGA (Causa Nº 59609)Una mujer migrante se encontraba a cargo de sus cuatro hijos argentinos menores de edad. El grupo familiar tenía dificultades socio-económicas y la mujer era su único sostén. A su vez, había sido condenada a una pena de cuatro años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de tráfico de estupefacientes. Con posterioridad, le fue concedida la prisión domiciliaria. Sin embargo, se vio imposibilitada de cumplirla en su hogar debido a que allí vivía su ex pareja y ejercía violencia de género. En virtud de la condena penal, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Por ese motivo, la mujer, -con la asistencia de la Comisión del Migrante- recurrió la orden de expulsión en sede administrativa. Entre sus argumentos, destacó razones de reunificación familiar. La DNM rechazó el planteo. En consecuencia, la actora presentó un recurso judicial a fin que se dejara sin efecto la disposición dictada. Tanto el juzgado interviniente como la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal no hicieron lugar a lo solicitado. Para decidir de esa manera, consideraron que no había acreditado contar con residencia permanente. Asimismo, destacaron que la dispensa por motivos de reunificación familiar –prevista en la última parte del artículo 29 de la ley Nº 25.871– quedaba a criterio del órgano administrativo. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso extraordinario y, ante su rechazo, un recurso de queja. En su presentación, sostuvo que se había omitido considerar que la expulsión del país ocasionaría un daño irreparable a sus hijos, que se desmembraría la familia y los niños quedarían desprotegidos. También señaló que hubo una intromisión abusiva por parte del Estado en su vida familiar y que no se había tenido en cuenta el interés superior de los niños.