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3-feb-2022AJA (Causa Nº 42291)Un hombre tenía una discapacidad psicosocial y realizaba un tratamiento de salud mental en forma ambulatoria en el Hospital Álvarez. A su vez, percibía una pensión por discapacidad, alquilaba una habitación en un departamento que compartía con otras personas y realizaba trabajos ocasionales remunerados. Con posterioridad, debió ser internado de manera involuntaria y, tiempo después, se inició un proceso para la determinación de su capacidad jurídica. En esa oportunidad, el juzgado interviniente ordenó la apertura a prueba de las actuaciones, designó a su madre como apoyo provisorio y a la Defensoría Pública Curaduría a fin que ejerza su defensa técnica. En los informes interdisciplinarios elaborados, los profesionales indicaron que el hombre podía trasladarse por su cuenta, vivir solo, trabajar, administrar, percibir su beneficio previsional y dar su consentimiento para los tratamientos médicos. Sin embargo, advirtieron que necesitaba apoyo y acompañamiento para la organización de la cotidianeidad del hogar. El juez interviniente entrevistó al hombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 35 del Código Civil y Comercial de la Nación. El hombre manifestó su deseo en torno a que no se restringiera su capacidad jurídica y solicitó que se cerrara el expediente. En ese sentido, la Defensora Pública Curadora refirió que el hecho de vivir solo no revestía la condición de acto jurídico. Además, solicitó que su cobertura de salud le proporcionara la asistencia de un acompañante terapéutico en virtud de lo sugerido en los informes.
28-dic-2021Reynal (Causa n° 1875)En una causa penal se investigaba una serie de delitos cometidos durante la última dictadura militar. En el año 2000, el juzgado interviniente dispuso la prescripción de la acción penal y sobreseyó al hombre imputado. Contra esa decisión, la querella solicitó la nulidad del sobreseimiento. Entre otras cuestiones, planteó que los hechos investigados eran delitos de lesa humanidad. El juzgado rechazó el planteo y la querella interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó lo resuelto por el juzgado. La querella interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y anuló la decisión. Entonces, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su denegación, interpuso un recurso de queja.
28-dic-2021BazánUna joven había sido abusada sexualmente y asesinada. Luego, su cuerpo fue hallado. Por esos hechos, a un hombre se le impuso una pena de prisión perpetua por considerarlo coautor de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, homicidio triplemente agravado por alevosía, criminis causa y por violencia de género, y abuso sexual agravado por acceso carnal. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación en el que solicitó su absolución. Entre sus argumentos, consideró que el pronunciamiento condenatorio era arbitrario dado que se había apreciado la prueba pericial y testimonial de manera sesgada, y que no se encontraba probada la intervención del hombre en los hechos investigados.
21-dic-2021Maier (Causa N° 7140)En el marco de una investigación, se había ordenado el allanamiento de un domicilio. En el lugar, se encontró marihuana fraccionada, papelillos, un picador y una balanza digital. En el acta de secuestro figuraba que se había encontrado un total de 409 gramos de marihuana. El único testigo del procedimiento había sido un bombero que conocía a los agentes policiales intervinientes. Sin embargo, los policías no habían consignado en el acta los motivos que habían impedido convocar a dos testigos civiles. Por ese hecho, se imputó a una persona por el delito de tenencia de estupefacientes. En la declaración indagatoria, explicó que fumaba entre 15 a 20 cigarrillos de marihuana diarios. Luego, se efectuó un informe psicológico que concluía que el acusado tenía un consumo problemático de sustancias psicoactivas. Por otro lado, se realizó una pericia química que indicaba una cantidad mayor de material estupefaciente que la informada en el acta de secuestro. Además, el peritaje presentaba irregularidades en la medición del contenido de THC del material estupefaciente. Durante la etapa de juicio oral, las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado.
13-dic-2021SG (causa Nº 8646912)Una adolescente cursaba el quinto año de la escuela secundaria. Durante la clase de computación a cargo de la vicedirectora del colegio, el docente auxiliar se acercó a ella para supervisar su trabajo. Entonces, con una mano la agarró del hombro y, con la otra, del busto. En ese momento, la estudiante se quedó paralizada y le contó lo sucedido a una compañera. Esa compañera le comentó que había vivido una situación similar. Por este motivo, la madre de la adolescente se dirigió al colegio y fue entrevistada por la jefa de preceptores. La adolescente narró una vez más lo sucedido. Entonces, la joven fue acompañada hasta la dirección del instituto y reiteró lo ocurrido a la vicedirectora del colegio. Luego de escuchar el relato, la vicedirectora le ofreció a la joven las disculpas del docente auxiliar pero la estudiante se negó. Por último, la directiva le prometió tomar medidas en el asunto y le dijo que la llamaría ante cualquier novedad. Dos semanas más tarde, la directora del instituto citó a la madre. En esa oportunidad, la progenitora le solicitó que apartara al docente auxiliar del aula a la que concurría su hija hasta que se aclarase lo sucedido. Sin embargo, esta solicitud fue denegada. Dos meses después del hecho, la progenitora fue citada una vez más por la directora. En este encuentro, la directora le advirtió que, de insistir con el apartamiento del docente auxiliar y la divulgación de lo ocurrido, se pondría en riesgo la matrícula de la adolescente en el instituto para el año siguiente. Asimismo, el docente auxiliar se mantuvo en diferentes cursos a los que asistía la joven. Con posterioridad, la progenitora y la adolescente fueron otra vez citadas por la dirección y reiteraron la situación que había atravesado la joven. Por otra parte, de ninguna de las reuniones a las que asistieron se labró un acta de lo ocurrido. Por último, la madre, en representación de la niña, realizó una denuncia por violencia de género y solicitó medidas de restricción entre el denunciado y la víctima, así como el cese en los actos de perturbación o intimidación que de manera directa o indirecta realizase hacia la adolescente. Luego, la propia damnificada, en ejercicio de su capacidad progresiva y con patrocinio propio, inició una demanda en contra del docente por violencia de género de tipo sexual y en contra de la institución educativa por violencia de género de modalidad institucional.
18-nov-2021Casco (reg. N° 1901 y causa N° 3870)En la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes, se allanaron tres locales nocturnos. Allí, se encontraron mujeres de distintas nacionalidades que ejercían la prostitución. Por tal razón, cinco personas fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. A una de ellas, CMA, se le imputó haber recibido y acogido a las víctimas, como también haber administrado y regenteado uno de los negocios. Por otro lado, MYC, SC, CKR e IP fueron imputados por el delito de trata de personas agravada por mediar abuso de una situación de vulnerabilidad, por ser las víctimas más de tres y haberse consumado la explotación. Según los testimonios incorporados al expediente, el trabajo de CMA consistía en cobrar y anotar las “copas” y los “pases” de las víctimas. Luego, entregaba el dinero a la dueña del local. Durante el debate, MYC, SC y CKR expresaron que a lo largo de sus vidas sufrieron distintos tipos de violencia, que ejercieron la prostitución y que no consideraban que el regenteo de prostíbulos fuera delictivo cuando mediaba el consentimiento de las personas que allí trabajaban. En particular, MYC señaló que de haber sabido que estaba prohibido hubiera cerrado el local de manera inmediata. Por su parte, SC reconoció encontrarse a cargo del local, pero indicó que sólo se podían cobrar las “copas” debido a que el lugar no estaba habilitado para efectuar “pases”. A su vez, IP explicó que era la pareja de SC desde hacía más de veinte años y se habían conocido cuando ella ejercía la prostitución, pero no participaba de ninguna manera en el local. Por último, CKR sostuvo que era trabajadora sexual, que en 1994 le habían ofrecido administrar un local en donde permaneció hasta 2007, cuando le cedió el espacio a otra persona. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, por unanimidad, absolvió a CMA y condenó a las restantes cuatro personas imputadas a penas de entre ocho y diez años de prisión por el delito de delito de trata de personas, agravada por mediar abuso de una situación de vulnerabilidad, por ser las víctimas más de tres y haberse consumado la explotación. Asimismo, ordenó el decomiso de los tres locales nocturnos. Contra esa decisión, las defensas de las personas condenadas interpusieron recursos de casación.
18-nov-2021LJ (Causa N° 17516)Dos hombres –J. y M.– estaban en pareja y convivían desde 1983. En el 2005 decidieron incorporar a la relación a D. De esa manera, los tres hombres conformaron una unión convivencial poliamorosa y se dedicaron al cuidado de sus sobrinos, que por entonces eran menores de edad. En el 2020, falleció M. Por ese motivo, al año siguiente J. inició una información sumaria a fin de acreditar la convivencia que había mantenido con aquel. El juzgado interviniente hizo lugar a lo solicitado y la sentencia quedó firme. En septiembre del mismo año murió D. En consecuencia, J. promovió una nueva información sumaria con el fin de tramitar la solicitud de pensión derivada por el fallecimiento de D. A su vez, señaló que no había declarado la unión convivencial en la anterior oportunidad ya que temía ser discriminado y que no se reconociera el vínculo poliamoroso. En ese sentido, planteó la inconstitucionalidad del artículo 509 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establecía un número cerrado de dos personas para las uniones convivenciales. Luego tomó intervención la Fiscal, que dictaminó en contra de lo peticionado por el actor. Entre sus argumentos, advirtió la existencia de contradicciones en los testimonios de los vecinos en cuanto a la convivencia de los tres hombres, y que nada surgía al respecto en la anterior información sumaria. Concluyó que no surgía con claridad el vínculo con la persona fallecida que invocaba el accionante.
11-nov-2021Cabrera López (causa N° 37628)Una noche un hombre fue abordado por tres personas mientras regresaba de un bar. Las personas descendieron de un auto y lo interceptaron en un pasillo de su barrio. Uno de los hombres le preguntó al transeúnte acerca del paradero de la motocicleta que le había sido sustraída. Él contestó que no tenía conocimiento ni información del tema. Luego de un breve intercambio comenzaron a discutir y dos de los hombres regresaron al auto. El tercer integrante insistió sobre la discusión e hizo un gesto que dio a entender que estaba armado. Ante ese gesto, el transeúnte sacó un arma y efectuó al menos siete disparos hacia el hombre. Cuatro de los disparos ocasionaron la muerte del hombre que permaneció en la escena e hirió a otro de ellos. Por este hecho, se le imputó al transeúnte el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal de acuerdo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron lugar los hechos. Al momento de la declaración indagatoria, la persona mostró una clara dificultad para expresarse. A su vez, informó que consumía marihuana y pastillas de rivotril con alcohol, y que había repetido cuatro veces el cuarto grado de la escuela primaria. Respecto de lo sucedido, sostuvo que creía que la víctima tenía un arma. Asimismo, señaló que el arma que portaba la había obtenido de un vendedor de drogas de su barrio. Durante la audiencia de debate, declaró una referente comunitaria del barrio. La mujer manifestó que la víctima formaba parte de una banda peligrosa, que solía tener actitudes agresivas, que era habitual que portara armas de fuego y que era una persona temida por los vecinos. El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación más allá de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron lugar los hechos y solicitó una pena de diecinueve años de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que la autoría y materialidad de los hechos se encontraban probadas y admitidas por el imputado. En ese sentido, señaló que no realizaría cuestionamientos sobre esos aspectos. Su alegato giró en torno a la existencia de una causa de justificación y la atipicidad de las conductas de tentativa de homicidio.
4-nov-2021BPMB (causa Nº 13-04199742)Una mujer había ingresado a trabajar en el Registro Automotor en febrero de 2010. En diciembre de 2016, la trabajadora denunció ante la Oficina de Violencia Laboral de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo que sufría acoso psicológico por parte de sus compañeros. En esa oportunidad, manifestó que durante mucho tiempo había sido presionada para que presente a su pareja. A su vez, señaló que sus compañeros la insultaron y descalificaron luego de tomar conocimiento de que su pareja era del mismo sexo. A partir de esta situación, comenzó una licencia psiquiátrica porque padecía síndrome depresivo ansioso. En enero de 2017, denunció su patología ante su Aseguradora de Riesgo de Trabajo, pero su cobertura fue rechazada debido a que no se encontraba en el listado de enfermedades a cubrir. Por otra parte, su empleador dejó de abonarle los salarios en tiempo y forma. En mayo de 2017 la mujer se consideró despedida y, en octubre de ese año, suscribió un convenio con el empleador ante la Subsecretaría de Trabajo por los rubros salariales adeudados. Por último, la trabajadora demandó a su empleador y a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo por daño moral por los actos de discriminación. La Cámara Primera del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza rechazó la demanda. Entre los argumentos de la decisión, el tribunal tuvo en cuenta que una de las pericias médicas incorporadas a la causa no había sido llevada a cabo por un médico psiquiatra. Contra esa resolución, la actora interpuso un recurso extraordinario provincial.
3-nov-2021Vallejos Meneses (Causa N° 60581)Un hombre, VM, fue acusado de haber agredido a una mujer, AMLL. Según la acusación luego de que AMLL, le anunciara a VM que quería poner fin a la relación, tuvieron lugar varias discusiones que terminaron en las agresiones señaladas. El 14 de octubre de 2015, la mujer fue entrevistada por la Brigada Móvil de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia. El 15 de octubre, la mujer denunció en la Oficina de Violencia Doméstica que hacía dos días VM había abusado de ella, la había golpeado y amenazado. AMLL prestó declaración testimonial durante la etapa de instrucción, previo a que el hombre contara con asistencia técnica. Con anterioridad al debate se realizaron múltiples diligencias para establecer el paradero de la denunciante. Sin embargo, ninguna medida tuvo éxito y AMLL no asistió al juicio oral. Por este motivo, la fiscalía solicitó la incorporación de la declaración brindada por la mujer durante la instrucción y el tribunal hizo lugar a ese pedido pese a la oposición de la defensa. El hombre fue condenado a una pena de prisión en suspenso por el delito de amenazas coactivas. Para decidir de esa manera, el tribunal valoró la declaración de AMLL prestada en la etapa de instrucción y también la que prestó ante el equipo interdisciplinario de la Oficina de Violencia Doméstica. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.