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16-sep-2022SMV (Causa N° 10122)Una mujer se separó de su pareja, con quien tenía un hijo, por encontrarse en una situación de violencia de género. En esa época, la mujer percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). Luego de la denuncia, la mujer se quedó al cuidado exclusivo del niño. El progenitor no cumplía con la obligación alimentaria a su cargo y tampoco mantuvo el vínculo con su hijo. Con posterioridad, la mujer dejó de cobrar la asignación y tampoco recibió información respecto de su situación. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que se restableciera el pago de la AUH. Asimismo, se acompañó un informe elaborado por Programa de Atención a las Problemáticas Sociales y Relaciones con la Comunidad perteneciente a la Defensoría General de la Nación, en el que se dio cuenta de la situación de vulnerabilidad socio económica en que se encontraba la mujer y el niño. Por su parte, la ANSES contestó la demanda y señaló que la mujer no tenía derecho al cobro de la asignación dado que el padre del niño se encuentra inscripto en AFIP como autónomo. Además, se opuso a la admisibilidad del amparo.
6-sep-2022CGA (Causa Nº 59609)Una mujer migrante se encontraba a cargo de sus cuatro hijos argentinos menores de edad. El grupo familiar tenía dificultades socio-económicas y la mujer era su único sostén. A su vez, había sido condenada a una pena de cuatro años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de tráfico de estupefacientes. Con posterioridad, le fue concedida la prisión domiciliaria. Sin embargo, se vio imposibilitada de cumplirla en su hogar debido a que allí vivía su ex pareja y ejercía violencia de género. En virtud de la condena penal, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Por ese motivo, la mujer, -con la asistencia de la Comisión del Migrante- recurrió la orden de expulsión en sede administrativa. Entre sus argumentos, destacó razones de reunificación familiar. La DNM rechazó el planteo. En consecuencia, la actora presentó un recurso judicial a fin que se dejara sin efecto la disposición dictada. Tanto el juzgado interviniente como la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal no hicieron lugar a lo solicitado. Para decidir de esa manera, consideraron que no había acreditado contar con residencia permanente. Asimismo, destacaron que la dispensa por motivos de reunificación familiar –prevista en la última parte del artículo 29 de la ley Nº 25.871– quedaba a criterio del órgano administrativo. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso extraordinario y, ante su rechazo, un recurso de queja. En su presentación, sostuvo que se había omitido considerar que la expulsión del país ocasionaría un daño irreparable a sus hijos, que se desmembraría la familia y los niños quedarían desprotegidos. También señaló que hubo una intromisión abusiva por parte del Estado en su vida familiar y que no se había tenido en cuenta el interés superior de los niños.
25-mar-2022De Jesús (causa N° 15-01-024098-16 y reg. N°2491)Una mujer lesbiana había ido a visitar a su familia. Durante el encuentro, consumió alcohol. Mientras se dirigía a comprar más bebidas, fue interceptada por un grupo de vecinos que la insultó y la golpeó por su orientación sexual. Cayó al suelo por los golpes y escuchó que habían agarrado un palo y le decían “te vamos a hacer mujer”. En ese momento, tomó un cuchillo que tenía escondido en su corpiño y con el brazo izquierdo le dio una puñalada en el pecho a uno de los hombres que la atacaban. De esa manera, le provocó la muerte. Cuando arribó la policía, encontró el cuerpo del hombre tirado en el suelo, a un amigo tapándole la herida con una remera y un cuchillo al lado. Luego, otros vecinos le indicaron que la autora del hecho se encontraba adentro de la casa. Sin embargo, la encontraron tirada debajo de un árbol junto a un grupo de vecinos a su alrededor que querían golpearla. Luego, la trasladaron a la comisaría. Por ese hecho, fue imputada por el delito de homicidio. En la etapa de juicio oral, la mujer reconoció su participación en el hecho. En ese sentido, explicó que había sufrido agresiones físicas y verbales en otras oportunidades debido a su orientación sexual y reconoció que llevaba una cuchilla consigo para protegerse. Así, admitió haber blandido el cuchillo como acto de defensa. Por otro lado, un amigo de la víctima declaró que ese día se encontraba muy alterada porque había discutido con su sobrino y, en el momento en que intentaba calmarla, vio un brazo que pasaba por su hombro derecho y le asestaba dos puñaladas. Entonces, giró la cabeza hacia su derecha y pudo ver a su costado a la imputada. Luego, explicó que su amigo le pegó un golpe de puño en el rostro y ella cayó al suelo. El testigo relató que el hombre se desvaneció, advirtió que brotaba sangre de su pecho, tapó la herida con su remera y lo llevó al hospital. Asimismo, los agentes policiales que intervinieron esa noche narraron que vieron a la imputada muy golpeada, que se notaba que estaba bastante alcoholizada y que lo único que decía era “me pegaron, me pegaron”. Al ser interrogada la médica forense, explicó que la herida que había recibido la víctima había perforado un músculo importante, que había perdido gran cantidad de sangre y que no hubiera podido pegarle a la imputada luego de haber recibido la puñalada. Luego, la psicóloga que asistió a la imputada declaró que la había notado muy angustiada, que insistía en que se había defendido y que no había sido su intención ocasionarle la muerte a la víctima. La licenciada aclaró que, si bien no era perito, el relato le resultaba veraz. Asimismo, los peritos que intervinieron en el caso coincidieron en que la imputada padecía de estrés postraumático consecuencia de su historia vital signada por el maltrato, abusos, discriminación y violencia, tanto verbal como física, basada en su orientación sexual. También, descartaron la mendacidad en su discurso e indicaron que era factible que una circunstancia cualquiera disparara en su psiquis, en estado de alerta de hipervigilancia, angustia y temor de revivir situaciones traumáticas pasadas. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la evidencia acreditaba que la imputada había tenido claras intenciones de quitarle la vida a la víctima. Por su parte, la defensa no cuestionó la intervención de su asistida en el hecho, pero afirmó que había actuado en legítima defensa. En ese sentido, explicó que había intentado repeler los golpes que le infringían y evitar la consumación de una agresión sexual correctiva. Por esa razón, solicitó su absolución.
13-dic-2021SG (causa Nº 8646912)Una adolescente cursaba el quinto año de la escuela secundaria. Durante la clase de computación a cargo de la vicedirectora del colegio, el docente auxiliar se acercó a ella para supervisar su trabajo. Entonces, con una mano la agarró del hombro y, con la otra, del busto. En ese momento, la estudiante se quedó paralizada y le contó lo sucedido a una compañera. Esa compañera le comentó que había vivido una situación similar. Por este motivo, la madre de la adolescente se dirigió al colegio y fue entrevistada por la jefa de preceptores. La adolescente narró una vez más lo sucedido. Entonces, la joven fue acompañada hasta la dirección del instituto y reiteró lo ocurrido a la vicedirectora del colegio. Luego de escuchar el relato, la vicedirectora le ofreció a la joven las disculpas del docente auxiliar pero la estudiante se negó. Por último, la directiva le prometió tomar medidas en el asunto y le dijo que la llamaría ante cualquier novedad. Dos semanas más tarde, la directora del instituto citó a la madre. En esa oportunidad, la progenitora le solicitó que apartara al docente auxiliar del aula a la que concurría su hija hasta que se aclarase lo sucedido. Sin embargo, esta solicitud fue denegada. Dos meses después del hecho, la progenitora fue citada una vez más por la directora. En este encuentro, la directora le advirtió que, de insistir con el apartamiento del docente auxiliar y la divulgación de lo ocurrido, se pondría en riesgo la matrícula de la adolescente en el instituto para el año siguiente. Asimismo, el docente auxiliar se mantuvo en diferentes cursos a los que asistía la joven. Con posterioridad, la progenitora y la adolescente fueron otra vez citadas por la dirección y reiteraron la situación que había atravesado la joven. Por otra parte, de ninguna de las reuniones a las que asistieron se labró un acta de lo ocurrido. Por último, la madre, en representación de la niña, realizó una denuncia por violencia de género y solicitó medidas de restricción entre el denunciado y la víctima, así como el cese en los actos de perturbación o intimidación que de manera directa o indirecta realizase hacia la adolescente. Luego, la propia damnificada, en ejercicio de su capacidad progresiva y con patrocinio propio, inició una demanda en contra del docente por violencia de género de tipo sexual y en contra de la institución educativa por violencia de género de modalidad institucional.
4-nov-2021BPMB (causa Nº 13-04199742)Una mujer había ingresado a trabajar en el Registro Automotor en febrero de 2010. En diciembre de 2016, la trabajadora denunció ante la Oficina de Violencia Laboral de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo que sufría acoso psicológico por parte de sus compañeros. En esa oportunidad, manifestó que durante mucho tiempo había sido presionada para que presente a su pareja. A su vez, señaló que sus compañeros la insultaron y descalificaron luego de tomar conocimiento de que su pareja era del mismo sexo. A partir de esta situación, comenzó una licencia psiquiátrica porque padecía síndrome depresivo ansioso. En enero de 2017, denunció su patología ante su Aseguradora de Riesgo de Trabajo, pero su cobertura fue rechazada debido a que no se encontraba en el listado de enfermedades a cubrir. Por otra parte, su empleador dejó de abonarle los salarios en tiempo y forma. En mayo de 2017 la mujer se consideró despedida y, en octubre de ese año, suscribió un convenio con el empleador ante la Subsecretaría de Trabajo por los rubros salariales adeudados. Por último, la trabajadora demandó a su empleador y a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo por daño moral por los actos de discriminación. La Cámara Primera del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza rechazó la demanda. Entre los argumentos de la decisión, el tribunal tuvo en cuenta que una de las pericias médicas incorporadas a la causa no había sido llevada a cabo por un médico psiquiatra. Contra esa resolución, la actora interpuso un recurso extraordinario provincial.
3-nov-2021Vallejos Meneses (Causa N° 60581)Un hombre, VM, fue acusado de haber agredido a una mujer, AMLL. Según la acusación luego de que AMLL, le anunciara a VM que quería poner fin a la relación, tuvieron lugar varias discusiones que terminaron en las agresiones señaladas. El 14 de octubre de 2015, la mujer fue entrevistada por la Brigada Móvil de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia. El 15 de octubre, la mujer denunció en la Oficina de Violencia Doméstica que hacía dos días VM había abusado de ella, la había golpeado y amenazado. AMLL prestó declaración testimonial durante la etapa de instrucción, previo a que el hombre contara con asistencia técnica. Con anterioridad al debate se realizaron múltiples diligencias para establecer el paradero de la denunciante. Sin embargo, ninguna medida tuvo éxito y AMLL no asistió al juicio oral. Por este motivo, la fiscalía solicitó la incorporación de la declaración brindada por la mujer durante la instrucción y el tribunal hizo lugar a ese pedido pese a la oposición de la defensa. El hombre fue condenado a una pena de prisión en suspenso por el delito de amenazas coactivas. Para decidir de esa manera, el tribunal valoró la declaración de AMLL prestada en la etapa de instrucción y también la que prestó ante el equipo interdisciplinario de la Oficina de Violencia Doméstica. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-oct-2021RSA (Causa Nº 18020)Un hombre y una mujer pactaron la cuota alimentaria a favor de su hijo. Luego, en el marco del proceso de alimentos, la progenitora practicó una liquidación que contenía la deuda que se había acumulado. En su presentación, efectuó el cálculo en base a los recibos de sueldo del hombre. Por su parte, él prestó conformidad con la suma reclamada y la abonó. No obstante, su empresa empleadora acompañó los recibos de sueldo. En ese momento, la mujer advirtió que el hombre había adulterado la documentación a fin de ocultar sus verdaderos ingresos. Por esa razón, realizó una nueva liquidación, pero el demandado se opuso. En ese sentido, sostuvo que el error invocado por la actora no podía ser admitido ya que la liquidación había sido aprobada y saldada en su oportunidad. El juzgado interviniente aprobó la liquidación readecuada presentada por la mujer. Por último, en virtud de la violencia económica ejercida por el hombre, el juez ordenó de manera oficiosa que se formara un incidente.
2-sep-2021PSS (causa Nº 31074)Una mujer conoció a un hombre en 1983 mientras cursaba sus estudios secundarios y comenzaron una relación de noviazgo. Cuando tenía 26 años quedó embarazada y la relación presentó dificultades. Entre diversas cuestiones, la mujer recibía agresiones e injurias de manera permanente. En el 2000, tuvo lugar un primer episodio de agresión física. Luego, con la mejoría en la economía familiar, ambos decidieron que ella dejase su empleo formal y se dedicase al trabajo doméstico. En 2007, quedó embarazada de su segunda hija mientras continuaron las situaciones de violencia psicológica. En diciembre de 2015, ante un nuevo episodio de violencia emocional y física, la mujer presentó una denuncia ante la Oficina de Violencia Domestica. Luego de la entrevista, la OVD calificó la situación como de alto riesgo. Por otro lado, del informe médico realizado, se desprendió que presentaba diferentes hematomas y secuelas de la violencia ejercida. Por último, en 2016 la mujer demandó al hombre por daños y perjuicios, y solicitó una indemnización. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa resolución ambas partes interpusieron, respectivamente, un recurso de apelación. En su presentación, la mujer cuestionó los montos reconocidos.
23-ago-2021Osorez (causa N° 303252)Una mujer vivía con su pareja y sus tres hijos menores de edad. Ella sufría violencia de género por parte del hombre de forma regular. En una oportunidad, luego de que sonara una notificación en el teléfono celular de la mujer, el hombre la asfixió, la golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el pecho. El hombre falleció en el momento. Al arribar la policía, la mujer indicó que unas personas habían querido robarles y, en el intento, habían herido a su concubino. La mujer fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas en los brazos. Luego, en la declaración indagatoria, la imputada relató que sufría violencia de género, que su pareja tenía un consumo problemático de estupefacientes y que había intentado defenderse de las agresiones ejercidas por su pareja. Asimismo, agregó que había mentido sobre el robo porque se encontraban presentes sus hijos y no quería asustarlos. En la etapa de juicio oral, la mujer reiteró su relato. Por su parte, la fiscalía aportó un informe psicológico que indicaba que la pareja mantenía una relación tóxica, pero que la mujer tenía una posición dominante. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal y la querella afirmaron que la acusada había tenido la intención de dar muerte a su pareja. Sin embargo, explicaron que existían circunstancias extraordinarias de atenuación dada la “violencia cruzada” que existía en el vínculo. En ese sentido, solicitaron que se la condenara a una pena de ocho años de prisión. La defensa sostuvo que la mujer se encontraba inmersa en un contexto de violencia de género y que se había defendido de una de las tantas agresiones sufridas. Sobre este aspecto, argumentó que la mujer había actuado en legítima defensa y solicitó su absolución.
22-mar-2021BLE (causa Nº 145770)En 2019, una mujer había celebrado una audiencia de mediación con el padre de su hijo en la que acordaron el pago de una cuota de alimentos a cargo del progenitor. Sin embargo, el acuerdo no se cumplió. En 2020, la madre inició una demanda por alimentos en contra del progenitor y de la abuela paterna. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y determinó que el hombre debía pagar la suma acordada con una actualización del 10% semestral. A su vez, impuso la obligación a la abuela codemandada en caso de pago parcial o incumplimiento. Contra esa decisión, la parte actora interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, expresó que el valor de la cuota estipulada no resultaba adecuado ni suficiente para cubrir las necesidades básicas de su hijo. Asimismo, manifestó que resolución carecía de perspectiva de género.