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FechaTítuloResumen
11-mar-2024Pastor (causa N° 74769)En 2020, durante la pandemia del virus Covid-19, una persona que se encontraba imputada acordó la suspensión del proceso a prueba por el término de un año. Entre las reglas de conducta impuestas, el tribunal interviniente dispuso la realización de tareas comunitarias. En 2022, el juzgado de ejecución penal tuvo por extinguido el término de control de las reglas de conducta. Devuelto el legajo ante el tribunal oral, se corrió vista al representante del Ministerio Público Fiscal en orden a la posible extinción de la acción penal. El fiscal solicitó que se fijara una audiencia en los términos del artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación debido a que la persona no había cumplido las reglas impuestas. Por su parte, la defensa planteó la extinción de la acción penal y postuló el sobreseimiento de la persona asistida. Sin embargo, se fijó fecha para la realización de la audiencia y, durante su sustanciación, la defensa planteó su nulidad. Entre sus argumentos, explicó que el tribunal oral no tenía jurisdicción para su realización debido a que la decisión del juzgado de ejecución penal había hecho cosa juzgada respecto de las reglas de conducta.
13-jun-2023Bulacio (causa N° 6260)En el marco de una causa penal se investigaba a un grupo de cinco personas por la posible venta de estupefacientes. Entre ellas había un hombre y una mujer que habían mantenido una relación de pareja. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio respecto de la mujer por considerarla partícipe secundaria del delito de comercialización de estupefacientes agravada. En la etapa de juicio oral, su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Allí, argumentó que el tribunal debía considerar que su asistida había sido víctima de violencia de género por parte de su ex pareja. En ese momento, aportó al tribunal copias de la sentencia que condenaba al hombre en ese sentido y diversos informes que daban cuenta de la situación de violencia. Por otro lado, solicitó que se tuviera en cuenta la revictimización a la que podía ser sometida en un eventual juicio oral. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Afirmó que, si bien la escala penal permitía la aplicación del instituto, las características del hecho eran de suma gravedad. Por otro lado, sostuvo que la aplicación de la suspensión del juicio a prueba contrariaba los fines de los instrumentos internacionales de lucha contra el narcotráfico. Respecto a la posible revictimización de la mujer, aseguró que existían alternativas para que la imputada no tuviera que cruzarse con su agresor durante el juicio. El tribunal interviniente hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. Para así decidir, sostuvo que el fiscal no había invocado circunstancias de política criminal que justificaran su oposición en el caso concreto. Destacó que se encontraba acreditado el contexto de violencia de género y la sumisión de la mujer, circunstancia que el fiscal no había desconocido. Del mismo modo, consideró que no era posible asimilar un tratado sobre narcotráfico a la CEDAW, que reconocía y protegía los derechos humanos de la imputada. Afirmó también que el fiscal no había tenido en cuenta lo ocurrido en la audiencia de visucelebrada, donde hubo que contener emocionalmente a la mujer cada vez que se nombraba a su ex pareja. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación. Además de remitirse a sus argumentos anteriores, sostuvo que al conceder la probation se le negaba a la imputada la posibilidad de ser absuelta.
26-abr-2023Torres (causa n° 7348)En diciembre de 2018, una persona había sido condenada a la pena de tres años de prisión dejada en suspenso por el delito de homicidio con exceso en la legítima defensa agravado por el empleo de un arma de fuego. Contra esa decisión, la defensa y la parte querellante interpusieron recursos de casación. En mayo de 2022, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó la sentencia y modificó la calificación legal por la de homicidio simple. Además, dispuso la designación de un nuevo tribunal para que fijara la pena correspondiente. Contra esa decisión, la persona condenada presentó un recurso extraordinario federal que fue declarado inadmisible. Por esa razón, presentó una queja, pendiente de resolución. La querella requirió al tribunal que fijara una audiencia para determinar la pena conforme a la nueva calificación legal. Sin embargo, el tribunal sostuvo que no se había agotado la vía recursiva y que la sentencia aún no se encontraba firme ni ejecutable. Entonces, la querella interpuso un recurso de casación contra la resolución del tribunal. Al respecto, indicó que la decisión resultaba arbitraria y perjudicaba el derecho de la víctima a que el proceso concluyera en un plazo razonable.
11-nov-2022LBG (causa N° 16743)Una mujer que carecía de recursos socio–económicos y que no sabía leer ni escribir había sido imputada por el delito de contrabando de mercadería. La defensa solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 76 bis del Código Penal y la suspensión del juicio a prueba para su asistida. Asimismo, indicó que debía valorarse su situación de vulnerabilidad. Además, requirió que se la eximiera de realizar tareas comunitarias porque debía encargarse del cuidado de sus seis hijos menores de edad. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal prestó conformidad y solicitó que el caso se resolviera con perspectiva de género. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó el planteo de inconstitucionalidad y negó la suspensión del juicio a prueba. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, indicó que el artículo 76 bis del Código Penal vulneraba el derecho de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad.
12-oct-2022OC y otro (causa N° 46267)Dos jóvenes fueron imputados por el delito de abuso sexual simple contra una mujer. Una vez elevada la causa a juicio oral, sus defensas solicitaron que se les concediera la suspensión del juicio a prueba. En su presentación ofrecieron realizar tareas comunitarias y la suma de $20.000 como reparación simbólica. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un informe de la Dirección de Acompañamiento, Orientación y Protección de Víctimas de la Procuración General de la Nación (DOVIC) en el cual constaba que la víctima había brindado su consentimiento para la concesión de la suspensión del juicio a prueba. En particular, la mujer expresó que le resultaba más reparadora la alternativa propuesta que ir a la instancia de juicio oral y, específicamente, solicitó que los jóvenes realizaran talleres sobre perspectiva de género. Por otra parte, manifestó que las agresiones de los jóvenes imputados no se habían reiterado y que no mantenía vínculo con ellos. Luego, la víctima fue citada a una audiencia con la jueza interviniente en la que ratificó todo lo manifestado en el informe. En la audiencia de probation, ambas defensas ratificaron las solicitudes y ampliaron el ofrecimiento de reparación simbólica a $30.000 cada uno y la realización de un taller sobre perspectiva de género. La fiscalía se pronunció de manera favorable.
1-jul-2022Soto (causa N° 2091)Un integrante de la policía había sido imputado por el delito de encubrimiento de contrabando. En el marco del proceso, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El juzgado interviniente no hizo lugar al pedido. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta el carácter de funcionario público de la persona imputada y consideró que el último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal restringía la aplicación del instituto respecto de los delitos previstos en la ley N° 22.415. En consecuencia, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que debía declararse la inconstitucionalidad de la norma en tanto la exclusión establecida resultaba irrazonable. Durante su trámite ante la cámara interviniente, la causa fue elevada a juicio.
22-feb-2022Giancola (Causa n° 7837)Un joven de diecisiete años había sido imputado por el delito de uso de documento público falsificado. La defensa solicitó la concesión de la suspensión de juicio a prueba y que se tuviera por cumplido el año de tratamiento tutelar previsto en el régimen penal juvenil, las pautas de conducta requeridas para las penas en suspenso y el plazo mínimo de suspensión de juicio a prueba establecido por el Código Penal. Además, ofreció en concepto de reparación económica la donación de comida a una asociación civil sin fines de lucro y aportó un informe socio ambiental en el que surgía que el joven se trabajaba en la panadería familiar y que contaba con un grupo familiar que lo apoyaba. Por su parte, la fiscalía se pronunció a favor del pedido de la defensa.
2-ago-2021Diaz (Causa N° 2878)Una persona había sido imputada por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro en concurso real con el delito de uso de documento público falso. En el marco del proceso, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a lo solicitado. En consecuencia, el tribunal interviniente rechazó la solicitud. Luego de una serie de impugnaciones contra esa decisión, en diciembre de 2020, el tribunal citó a las partes a juicio. En febrero de 2021, el tribunal advirtió que la persona imputada era menor de edad al momento del hecho. Por ese motivo, le corrió vista al asesor de menores y le notificó la citación a juicio. El defensor de menores planteó la nulidad de lo decidido en el trámite de la suspensión del juicio a prueba y de todo lo actuado en consecuencia. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había dado intervención al defensor de menores en la audiencia de suspensión de juicio a prueba. Sin embargo, el tribunal rechazó el planteo. Para resolver de esa manera, entendió que esa omisión podía subsanarse con la inmediata disposición tutelar del imputado. Contra esa decisión, el defensor de menores presentó un recurso de casación. En su presentación, señaló que la condición de menor no había sido ponderada ni por el Fiscal ni por el tribunal al momento de resolver la denegatoria de la suspensión de juicio a prueba.
30-mar-2021Riquelme (causa N° 2405)Durante el control aduanero y migratorio de una lancha proveniente de la República del Paraguay se encontraron 266 gramos de marihuana y un frasco con 50 mililitros de ketamina. Por este motivo, una mujer embarazada fue imputada por el delito de contrabando de estupefacientes en grado de tentativa. Las partes solicitaron la suspensión del proceso a prueba. Dentro de las reglas de conducta, se acordó la culminación del colegio secundario y la asistencia a un Taller del Servicio de Nutrición dictado en el Hospital de la Madre y el Niño. Ante la falta de acreditación del cumplimiento de las pautas, el juez interviniente intimó a la Defensoría Pública Oficial. La defensa alegó que la mujer se vio imposibilitada de concurrir a los talleres debido a la situación de pandemia y porque había dado a luz a su hija. Asimismo, manifestó que su asistida cursaba el secundario de manera semipresencial. Luego, se corrió vista al representante del Ministerio Público Fiscal. En ese sentido, señaló que las pautas habían sido consentidas por la mujer y que su inasistencia al curso se debía a su falta de buena voluntad. Por ese motivo, solicitó que se revoque la suspensión del juicio a prueba. El tribunal adhirió a los argumentos de la fiscalía y revocó la suspensión del proceso a prueba por incumplimiento de las condiciones impuestas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
18-feb-2021Alanis (causa Nº 39358)En el marco de un proceso penal, un tribunal concedió la suspensión del proceso a prueba a una mujer. Durante la investigación, se había secuestrado un vehículo. Una vez cumplidas las reglas de conducta impuestas, se ordenó la extinción de la acción penal. Luego de que el sobreseimiento quedara firme, la defensa solicitó la devolución del auto. El juez dio tratamiento al pedido de devolución en una audiencia. En esta oportunidad, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la devolución. Frente a eso, el tribunal no hizo lugar al pedido de entrega del automotor. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta el inciso 6° del artículo 76 bis del Código Penal que determina que se deben abandonar los bienes que presumiblemente hubieran sido objeto de decomiso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.