Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1471-1480 de 4396.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
30-sep-2020Mbaye (causa Nº 11636)Una persona se encontraba en la vía pública y exhibía prendas de vestir para la venta. Ante la presencia de personal policial que cumplía funciones en el Servicio de Manteros, levantó la mercadería e intentó darse a la fuga. La persona fue detenida. En el procedimiento se incautaron ochenta y seis shorts con la inscripción de marcas deportivas. Un informe pericial determinó que las prendas no se correspondían con los indubitados obrantes en el archivo marcario de la División Scopometría de la Policía Federal Argentina. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de poner a la venta productos con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada, previsto en el artículo 31, inciso d, de la ley Nº 22.362 de Marcas y Designaciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó la atipicidad de la conducta atribuida debido a que las características de las prendas y el lugar en donde eran vendidas no resultaban idóneas para provocar un error en los consumidores.
29-sep-2020Sala (causa N° 45293)Una persona había intentado robarle la bici a otra. Ante la oposición de la víctima, le disparó con un arma de fuego y ocasionó su muerte. Luego, escapó del lugar. La persona fue condenada por el delito de homicidio criminis causae en razón de haber sido cometido para consumar otro delito..
28-sep-2020DSR (causa N° 41982)Un juzgado intimó a la madre y el padre de una niña para que concurriesen a un establecimiento médico, centro de vacunación u hospital público a fin que le aplicasen a la niña una serie de vacunas. La intimación dispuso el plazo de 48 horas para el cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación de la RepúblicaArgentina. Además, les ordenó que acompañaran al expedientecopia de la libreta de vacunación que acreditase su cumplimiento,bajo apercibimiento de disponerse su aplicación en formacompulsiva con intervención del SAME y de la policía. Contra esa resolución, la madre de la niña interpuso un recurso de apelación. Con posterioridad, informó que no se oponía a la vacunación de su hijay solicitó que se efectuase en su domicilio por serun ámbito de mayor protección para la niña.
25-sep-2020SAM (causa Nº 98030)Una mujer contrajo matrimonio con un hombre de nacionalidad argelina. El matrimonio no podía concebir hijos y comenzó los trámites necesarios a fin de realizar una kafala en Argelia. La kafala es una institución del derecho islámico por la que se asume el compromiso de proteger, educar y mantener a un/a niño/a desamparado/a. En ese marco, una persona que profesa el islam se hace cargo de modo voluntario de las necesidades de un/a niño/a que fue privado/a de su familia y se compromete a educarlo/a en la religión musulmana. En el año 2017, la Embajada de Argelia les informó sobre una niña en situación de kafala y les requirió que viajasen a la ciudad de Meskiana para iniciar el proceso judicial y administrativo. En julio del 2019, la Corte Judicial de Oum El Boughu Tribunal de Ain El Beida de la ciudad de Meskiana, República de Argelia, otorgó la kafala definitiva respecto de la niña. En el mes de octubre, la pareja regresó a la Ciudad de Buenos Aires junto a la niña y solicitó el reconocimiento judicial de la sentencia extranjera. En la presentación argumentó que si bien el instituto en cuestión no era reconocido por nuestro ordenamiento jurídico, solicitaba el reconocimiento de la sentencia, conforme los alcances previstos por el instituto de la tutela judicial.
24-sep-2020Puig (causa N° 57589)Un hombre que trabajaba en una empresa de minería comunicó a su empleador que el 18 de marzo de 2010 contraería matrimonio. El 25 de junio de ese año la empresa lo despidió sin motivo. Por esa razón, interpuso una demanda y alegó que el despido fue causado por la circunstancia de haber contraído matrimonio. Entonces, solicitó la indemnización especial prevista en el artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo. El juzgado rechazó el reclamo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión. Para decidir de esa manera sostuvo que, aunque se acreditó que la empleadora había tomado  conocimiento de la celebración de su matrimonio, no se logró probar que el despido ocurriera por esa razón. Además, argumentó que era necesario que se acreditara tal circunstancia porque, a diferencia de lo que ocurría con la trabajadora mujer, no operaba la presunción iuris tantum que establecía el artículo 181 de la ley. Por último, destacó que dicha interpretación no resultaba contraria a los derechos constitucionales invocados por la parte actora porque se encontraba respaldada por las disposiciones de la Constitución Nacional. Contra esa resolución, la parte actora interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
24-sep-2020Cofre; VB; A (causa N° 15586)A partir de una investigación realizada por la policía de Neuquén se dispuso el allanamiento del domicilio en el que convivían Cofre y su pareja VB, madre de tres hijos. En el lugar se secuestraron 249 gramos de marihuana. En una edificación lateral, donde vivía A, se hallaron 18 gramos de cocaína y 0, 5 gramos de marihuana. Las tres personas fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante la instrucción del expediente VB declaró haber sido víctima de violencia física y psicológica por parte de su pareja, quien era adicto al alcohol y a las drogas. En ese sentido, manifestó que, con anterioridad, lo había denunciado. Las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación respecto del Cofre y solicitó la absolución de su pareja, VB, y de A. Entre sus argumentos analizó las circunstancias personales de VB, tuvo en cuenta las declaraciones sobre la situación de violencia de género y su especial vulnerabilidad y destacó los artículos 7, 8 y 9 de la Convención de Belem do Pará. A su vez, señaló que la situación de violencia que VB atravesaba impedía afirmar que su voluntad fuera libre para tomar alguna determinación sobre la conducta que se le imputaba. En esa línea, consideró que la situación guardaba similitud con aquellos supuestos contemplados en el artículo 5 de la ley 26.364 que exime de responsabilidad penal a las víctimas de trata de personas por los delitos cometidos como consecuencia de la explotación sufrida. Respecto de A. la fiscalía valoró la escasa cantidad de estupefaciente secuestrado y la ubicación de su domicilio, distinto a donde se habían llevado a cabo las observaciones judiciales. Por último, en relación a Cofre, modificó la calificación legal por la de tenencia simple de estupefacientes. Sobre este aspecto señaló que, por un lado, no aparecía inequívocamente destinada la tenencia para su uso personal, aunque tampoco existían elementos que permitieran brindar certeza sobre el dolo de tráfico que exigía el tipo penal agravado. Asimismo, consideró que la cantidad de la sustancia secuestrada no podía por sí sola determinar la finalidad de comercio. De esa manera, acordó la imposición de la pena de dos años de prisión en suspenso.
24-sep-2020Vega (Causa Nº 34718)Un hombre (HOV) fue acusado de haber irrumpido en el hogar de su ex pareja (MGTR) para golpearla y de haberle provocado lesiones (hecho A). Además, fue acusado de haberla amenazado de muerte para que no lo denuncie (hecho B). A raíz de esos hechos, a HOV le impusieron una medida de prohibición de acercamiento. Según la acusación, algunas semanas después de esos hechos, HOV irrumpió nuevamente en el hogar de MGTR -violando la prohibición de acercamiento (hecho C)-, en compañía de su hermano (JDV) quien la amenazó de muerte (hecho D). MGTR realizó denuncias y declaró ante la OVD y también en una fiscalía de la justicia de la CABA. En el juicio oral, MGTR no asistió pese a que fue debidamente citada y ordenada su comparecencia al debate por medio de la fuerza pública. La fiscalía solicitó la incorporación por lectura de sus declaraciones ante la fiscalía de la justicia de la CABA y ante la OVD. El tribunal lo autorizó pese a la oposición de la defensa. HOV fue condenado por los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por haber mediado violencia de género, amenazas coactivas (hecho B) y por el delito de desobediencia a funcionario público (hecho C). Por otro lado, JDV fue condenado por el delito de amenazas (hecho D). Para decidir de esa manera, el tribunal valoró las declaraciones previas de MGTR. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
24-sep-2020Barrios Rojas (causa N° 2091169)En 1999 una mujer de nacionalidad peruana había sido condenada a la pena de seis años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la participación de tres o más personas. Tras el cumplimiento de la condena, la mujer cursó estudios y tuvo diversos trabajos. Además, su grupo familiar radicado en el país estaba integrado por su concubino, dos hermanos, su madre, su hijo mayor de edad, sus nietos y sus sobrinos. En 2009, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) canceló su residencia precaria, ordenó su expulsión y le prohibió el reingreso por el término de quince años. Para decidir de esa manera, sostuvo que la situación de la mujer encuadraba en el artículo 29, inciso c, de la ley N° 25.871 que establecía que tener una condena penal por tráfico de estupefacientes constituía una causa impediente para la permanencia de extranjeros en el territorio nacional. La mujer recurrió la orden expulsión en sede administrativa en base a razones de reunificación familiar. La DNM rechazó el recurso. En su decisión, sostuvo que los hechos esgrimidos no tenían suficiente entidad para desvirtuar los impedimentos previstos en el artículo 29 de la Ley de Migraciones. Por esa razón, la mujer interpuso un recurso de alzada que fue rechazado por el Ministerio del Interior. Contra ese acto administrativo, dedujo un recurso de apelación. En ese contexto, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de la resolución del Ministerio del Interior. Para resolver de esa manera, indicó que en el caso se presentaba un supuesto de reunificación familiar. En ese sentido, explicó que el terminó “podrá” utilizado en la última parte del artículo 29 de la ley N° 25.871 debía entenderse como una facultad discrecional de la DNM. Así, concluyó que en el caso la denegación de la dispensa por razones de reunificación familiar no había resultado razonable. Por último, estimó que la mujer tenía un grupo familiar en el país y que una vez cumplida la condena penal se había reinsertado en la sociedad, había obtenido un trabajo y había formado pareja. Sobre ese último punto, agregó que habían pasado diecisiete años desde la comisión del delito que había motivado la medida de expulsión. El Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario federal. En su planteo, argumentó que se encontraba en discusión la validez de un acto estatal y la interpretación de la Ley de Migraciones. A su vez, cuestionó que la cámara de apelaciones había sustituido competencias que la ley le atribuía a la Dirección Nacional de Migraciones y había violado el principio de división de poderes.
23-sep-2020Teitiota v. Nueva ZelandaUna persona vivía en la isla de Tarawa, Kiribati. Como consecuencia del cambio climático, la isla se vio afectada por la elevación del nivel del mar. Asimismo, el agua se encontraba contaminada por agua salada y existía un problema habitacional debido a la erosión de las tierras habitables. Esta situación generó distintos conflictos violentos entre los habitantes del lugar. En ese contexto, la persona solicitó su reconocimiento como refugiado en Nueva Zelanda. En un primer momento, el Tribunal de Inmigración y Protección de Nueva Zelanda no había excluido la posibilidad de que la degradación ambiental pudiera “dar pie a acogerse a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados o a la jurisdicción de persona protegida”. Sin embargo, luego sostuvo que el riesgo de violación de derechos no resultaba inminente en el caso y rechazó la solicitud. Ante las distintas impugnaciones presentadas por la persona, los tribunales intervinientes confirmaron la decisión. En consecuencia, la persona fue expulsada a Kiribati.
22-sep-2020RWNV (causa N° 31166)Una mujer se desempeñaba como personal civil en la Armada Argentina. En marzo del 2010 faltó nueve días a su trabajo y, por esa razón, fue intimada para que se presentase y justificase las inasistencias. La mujer se presentó y la administración se negó a recibir la documentación médica que acreditaba sus faltas. Luego, asistió a su lugar de trabajo hasta el mes de mayo de ese año. A fin de julio la mujer envió un telegrama a su empleador, informó que las inasistencias habían sido por razones médicas y acompañó certificados médicos. Además, hizo saber que estaba embarazada. En el mes de septiembre la Armada Argentina emitió una disposición que decretó su cesantía. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso jerárquico que fue desestimado. Entonces, presentó una demanda con el objeto de que se declarase la nulidad de la disposición y se la reincorporase a su puesto de trabajo. El juzgado rechazó la acción. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación.