Buscar


Filtros actuales:

Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 20.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
27-oct-2023Cifarelli (Causa N° 49884)Tres varones y una mujer iban a bordo de un vehículo, detuvieron la marcha y dos de los hombres descendieron para amenazar a una mujer y a su hijo. Luego de hacer ademanes de tener armas entre las ropas, le sacaron un celular de sus manos y tiraron de la cartera que llevaba cruzada sobre su torso. Ese accionar provocó que la víctima cayera al piso y resultara golpeada a fin de quitarle sus pertenencias. Entonces corrieron hacia el vehículo en el que los aguardaban sus compañeros y se dieron a la fuga. Veinticinco minutos más tarde fueron detenidos. En el interior del rodado se encontraron el celular y un monedero de cuero que pertenecía a la víctima. En la etapa de juicio oral, fueron condenados por el delito de robo en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
7-jul-2023Sakal (causa N° 77552)Un hombre fue condenado a la pena de nueve años y seis meses por ser coautor del delito de robo doblemente agravado por haberse cometido con un arma de fuego y por la participación de un menor de dieciocho años, en concurso real con el delito de daño agravado. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de casación in pauperis que luego fue fundamentado por su defensa. Entre otras cuestiones, postuló la nulidad parcial de la sentencia y la absolución de su asistido por uno de los hechos atribuidos y la reducción al mínimo de la pena aplicada en función del hecho restante. Subsidiariamente, solicitó que no se fijara una pena superior a los tres años de prisión dejada en suspenso. Por último, pidió que se descartara la agravante prevista en el artículo 41 quater del Código Penal.
1-sep-2020Rivero (causa N° 30329)R fue imputado como coautor del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y por la participación de un menor de dieciocho años de edad. En la etapa de juicio oral, la persona damnificada explicó que caminaba por la calle cuando fue abordado por varias personas que le sustrajeron el celular y que luego otro individuo lo golpeó en la cabeza con una botella. Por otro lado, se incorporó la filmación del Centro de Monitoreo donde se observaba que un grupo de personas se encontraban en una esquina e interceptaba a quienes circulaban por la vereda. Allí se podía ver que a la víctima se acercan R y A —de diecisiete años— para quitarle el celular y minutos después M, de trece años, con una botella en la mano. El tribunal interviniente condenó a R a la pena de cuatro años de prisión por el delito imputado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, explicó que no existía elemento probatorio que permitiera afirmar una división de tareas planificada ni la intención de sustraer las pertenencias de la víctima en grupo para asegurar las posibilidades de consumar el delito. Además, indicó que los imputados vivían en situación de calle y en el video se los observaba consumiendo estupefacientes y en mal estado. Por otro lado, postuló una errónea aplicación de la ley sustantiva con respecto a la agravante del artículo 41 quater del Código Penal. En ese sentido, sostuvo que no era suficiente la mera presencia de un menor de edad en el hecho, sino que además resultaba necesario un interés de aprovecharse de esa presencia por parte del adulto y descargar en aquél la responsabilidad. Por esa razón, solicitó que se modificara la calificación legal por la de robo simple.
20-ago-2020Medrano (Causa N° 59011)Una persona se encontraba en una parada de colectivo junto a su pareja y su hija. En ese momento, se les acercó un auto con tres pasajeros. Un hombre y una mujer se bajaron del vehículo y se acercaron a la familia. El hombre portaba un cuchillo de gran tamaño y se acercó a la persona e intentó quitarle el celular. Forcejearon y el celular cayó al piso. Luego, la hija de la pareja tomó el celular. Sin embargo, fue atacada por la mujer que le quitó el teléfono, se subió al auto y huyó. A continuación, el hombre que portaba el cuchillo comenzó a correr pero fue detenido por distintos transeúntes. Por ese hecho, fue condenado por el delito de robo agravado por el uso de armas y por haber sido cometido en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
11-ago-2020GP (Causa N° 500000609)Un joven menor de edad junto a dos adultos se acercaron y abalanzaron sobre una mujer. Uno de ellos la golpeó en la cabeza y otro introdujo la mano en uno de los bolsillos de la campera, y se apoderaron del dinero que tenía. El tribunal oral de menores interviniente declaró responsable al joven por el delito de robo agravado por su comisión en banda. Para decidir de esa manera, afirmó que el concepto de “banda” se aplicaba cuando intervenían tres personas en el suceso y que no era necesaria la constatación de elementos adicionales como los descritos en el tipo penal de asociación ilícita. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
8-jul-2020Sosa (Causa N° 59156)Cuatro personas se acercaron a dos jóvenes en la calle. Allí, los golpearon y les sustrajeron un celular. Luego, se alejaron. En ese momento, los damnificados comenzaron a perseguirlas y dieron aviso a la policía. Al advertir la situación, los atacantes corrieron en distintas direcciones. Sin embargo, los jóvenes y un agente policial siguieron a quien tenía el celular y la detuvieron. Por ese hecho, la persona fue condenada por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
30-jun-2020Malier (Causa N° 22069)Cuatro individuos se acercaron a un jóven que estaba sentado en la calle. Allí, lo golpearon y le sustrajeron un celular del bolsillo del pantalón. Luego, huyeron del lugar. En ese momento, personal policial advirtió el hecho y persiguió a los atacantes. Minutos más tarde, los detuvieron. A continuación, entre las pertenencias de uno de ellos encontraron la campera del jóven. Por ese hecho, fue condenado por el delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
22-abr-2020Bartolini (causa N° 12958)A través de una cámara de seguridad del Centro de Monitoreo Urbano se observó a un hombre que le arrebató un objeto a una persona que se encontraba en la vía pública. Dos horas más tarde, se lo vio vestido de modo diferente y acompañado de una mujer. Una hora después, personal policial los detuvo y requisó. Entre sus pertenencias sólo se halló indumentaria. Al labrar el acta de detención, les solicitó que aportaran sus domicilios. Ambos dieron la misma dirección. En ese sentido, indicaron que eran pareja y que tenían cuatro niños, los que se encontraban al cuidado de la mujer. Por ese hecho el juzgado dispuso su procesamiento, con prisión preventiva, por el delito de robo. Para decidir de ese modo, tuvo en consideración el monto de la pena en expectativa y el riesgo de entorpecer la investigación. Además, fundamentó la participación de la mujer en la circunstancia de que era la pareja del hombre. En el requerimiento de elevación a juicio, la fiscalía acusó al hombre de haberse apoderado de un tele?fono celular cuyas caracteri?sticas y titular se desconocían y a la mujer de haber cooperado. El expediente fue elevado a juicio.
26-feb-2020Franco (causa N° 25901)Una mujer ingresó a un maxikiosco y le solicitó a la empleada un helado ubicado en un freezer cerrado fuera del local. Cuando fue a buscarlo, la clienta hizo que su hijo de ocho años se ubicara frente a la caja registradora para sustraer unas tarjetas telefónicas y las guardara en su bolsillo. La empleada advirtió la maniobra e increpó a la mujer, que la golpeó en la cara. A raíz de la discusión, otros comerciantes retuvieron a la involucrada y al niño hasta que llegó la policía. Las tarjetas telefónicas fueron recuperadas y la empleada del comercio perdió dos piezas dentales como consecuencia del golpe. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de robo en grado de tentativa, en concurso ideal con lesiones graves. En la etapa de juicio oral, fue condenada a la pena de seis años de prisión por el delito de robo calificado por haber causado lesiones graves y con la participación de un menor de edad. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió porque el tribunal oral condenó a su defendida por una pena más gravosa que la solicitada por la representante del Ministerio Público Fiscal. Además, atacó la calificación jurídica escogida.
12-nov-2019Castro (reg. Nº 1650 y causa Nº 72983)En julio de 2016, una persona había sido condenada a la pena única de ocho meses de prisión y declarada reincidente. Luego, fue imputada por el delito de robo cometido en poblado y en banda en grado de tentativa. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena única de un año y ocho meses de prisión. En noviembre de 2016, el Tribunal Oral condenó en esos términos y mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad. En su presentación, la defensa sostuvo que el tipo penal contenido en el artículo 167, inciso 2º del Código Penal era inconstitucional en tanto no establecía una definición precisa del concepto de banda. Ese sentido, sostuvo que violaba el principio de legalidad. De manera subsidiaria planteó que, en caso de que se considerara que la tipicidad de la figura se configuraba a partir del artículo 210 del Código Penal correspondiente al delito de asociación ilícita, sus requisitos no se encontraban presentes en el hecho atribuido a su asistido. Por último impugnó la declaración de reincidencia, puesto que no había sido pactada en el acuerdo de juicio abreviado.