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FechaTítuloResumen
20-abr-2022Quispe (causa Nº 134745)Un hombre había sido condenado a la pena de diecisiete años de prisión por los delitos de homicidio agravado por la utilización de arma de fuego, en concurso real con el de homicidio doblemente agravado en grado de tentativa. Mientras cumplía la condena, la defensa planteó la inaplicabilidad y la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 del Código Penal. En ese sentido, solicitó la libertad condicional de su asistido. El tribunal interviniente denegó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que el delito de homicidio agravado se encontraba dentro de los supuestos excluidos para la concesión del instituto conforme la reforma legal introducida por la ley N° 25.892. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
15-abr-2021Giménez (reg. N° 478 y causa N° 46714)Un hombre que tenía antecedentes penales fue detenido y procesado por el delito de robo en concurso real con lesiones leves agravadas por el vínculo. En la etapa de juicio oral, el imputado suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El tribunal oral lo condenó a una pena de ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento y a una pena única de dos años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento. Entre las penas abarcadas, la pena única comprendía penas de tres meses, de un mes y de veinte días que le habían sido impuestas en noviembre de 2014, y en abril y diciembre de 2017 respectivamente. Además, lo declaró reincidente. Para decidir de esa manera, sostuvo que el hombre había cumplido pena de prisión en calidad de condenado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la situación de su asistido encuadraba en el primer párrafo del artículo 58 del Código Penal. A su vez, se agravió por la errónea aplicación del artículo 50 del Código Penal debido a la falta de constancias que acreditaran el avance y el tratamiento penitenciario recibido durante el cumplimiento de la pena como condenado.
15-sep-2020Manzanelli (causa N° 12001371)Una mujer había sido condenada a una pena de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y guarda de elementos para la producción de estupefacientes. Su grupo familiar estaba integrado por dos hijos, de uno y siete años, y su esposo. Debido a que el hombre era electricista y trabajaba en distintas obras en construcción, la mujer tenía a su cargo de manera exclusiva el aseo, la alimentación y la educación de los niños. Por este motivo, la defensa solicitó su arresto domiciliario. Asimismo, se dio intervención al Defensor Público de Menores e Incapaces en representación de los niños. En ese sentido, emitió su opinión favorable a la concesión de la prisión domicilia. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal también dictaminó que correspondía otorgar lo solicitado.
13-ago-2020Lezcano (causa Nº 1646)Una persona se encontraba detenida desde junio de 2015. En noviembre de 2018 fue condenada a la pena de ocho años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada. La sentencia fue impugnada. La persona se encontraba incorporada al período de consolidación, registraba conducta ejemplar y concepto bueno y se había inscripto en el Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena. Además, por aplicación del régimen de estímulo educativo, se le habían reducido dos meses en el plazo del régimen de progresividad. El Consejo Correccional señaló que, si bien era viable su alojamiento en un régimen semiabierto, no se podía establecer un pronóstico de reinserción social toda vez que aún revestía la condición de procesada. La defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Para dictaminar de esa manera sostuvo que no correspondía la aplicación del estímulo educativo a la libertad condicional ni a la excarcelación concedida en esos términos. En ese sentido, consideró que los períodos a los que correspondía aplicar la reducción de los plazos que establecía el artículo 140 de la ley de ejecución N° 26.695 eran el de observación, el de tratamiento y el de prueba. Además, estimó que no se contaba con los elementos suficientes para determinar si existía posibilidad de trazar un pronóstico de reinserción favorable. Por último, consideró que existía un peligro de fuga ya que la sentencia, si bien no se encontraba firme, lo había condenado a una pena de prisión elevada.
24-jul-2020Puga Tamani (causa n°13333)Dos personas fueron detenidas e imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Luego de dos años y nueve meses, suscribieron un acuerdo de juicio abreviado con la fiscalía por una pena de cuatro años de prisión. El acuerdo fue homologado por el Tribunal Oral. Al cumplir con las condiciones previstas en la ley, la defensa solicitó su excarcelación en los términos del artículo 317, inciso 5° del Código Procesal Penal de la Nación. Además, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 14, inciso 10 del Código Penal y 56 bis de la ley N° 24.660 que vedaban la concesión del instituto para las personas imputadas por infracción a la Ley de Estupefacientes. La presentación consideró, entre otras cuestiones, que dichas normas colisionaban con el principio de igualdad. La fiscalía dictaminó de forma negativa al planteo.
22-may-2020Ramírez (Causa n°12773)Un hombre había sido condenado a la pena única de cinco años y cuatro meses de prisión y se encontraba alojado en el CPF de la CABA. El tribunal dictó el cómputo del tiempo de detención y fijó el vencimiento de la pena para el día 31 de agosto de 2021. La defensa lo impugnó. Durante su detención, el imputado concluyó sus estudios secundarios, aprobó cinco materias del Ciclo Básico Común universitario y realizó veinte cursos anuales y cuatrimestrales. Asimismo, a lo largo del 2019 fue calificado con conducta ejemplar y no registró sanciones. Por ese motivo, su defensa solicitó que se aplicara el estímulo educativo y se le otorgase la libertad asistida. La fiscalía se opuso, entre otras cuestiones, por considerar que no se contaba con los informes del organismo técnico-criminológico y del Consejo Correccional del establecimiento exigidos por la ley para la concesión de la libertad asistida.
10-may-2020Llanquinao (Causa n° 11463)En 2017 un hombre fue detenido e imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En 2018 fue condenado a la pena de cuatro años de prisión y a la pena única de seis años y seis meses de prisión. El imputado había estado detenido de forma previa y había obtenido una reducción de veinte meses en los plazos para acceder a las salidas anticipadas por aplicación del régimen de estímulo educativo. En mayo de 2020, cumplidos los requisitos temporales, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad se expidió por unanimidad de modo favorable. A su turno, la fiscalía rechazó el pedido por considerar, entre otras cuestiones, que no correspondía su otorgamiento en atención a la reforma que en 2017 se había efectuado del artículo 14, inciso 10 del Código Penal. La norma dispuso que no se concedería la libertad condicional a personas condenadas por los delitos previstos en el artículo 5 de la ley 23.737.
6-abr-2020Boudou (causa N° 1302)Un funcionario público había sido detenido y condenado a la pena de cinco años y diez meses de prisión por los delitos de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública. La sentencia no se encontraba firme. El hombre se hallaba alojado en la Unidad 31 del SPF. Su familia se encontraba constituida por su concubina e hijos mellizos menores de edad. La mujer era el único sostén económico y emocional de los niños. En marzo de 2020, la defensa solicitó la excarcelación del imputado. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la defensa requirió que se reemplazara su encierro en la unidad penitenciaria por el arresto en su domicilio. Entre otras cuestiones, fundamentó su pedido en la falta de firmeza de la condena y expuso que el hombre debía participar de la crianza de sus hijos.
6-abr-2020Fuentes (causa N° 32010725)Un hombre fue condenado a la pena de cuatro años de prisión, que se agotaba en abril de 2022. Por aplicación del estímulo educativo, podía acceder a la libertad condicional el 9 de noviembre de 2020. El imputado se encontraba incorporado al período de prueba y registraba conducta ejemplar y concepto muy bueno. Durante su detención se lesionóuna rodilla y recibió una deficiente atención médica. Además, frente a la situación de emergencia sanitaria se interrumpió su régimen de salidas transitorias. Por esa razón, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario hasta tanto pudiera acceder ala libertad condicional. En tal sentido, señaló que tal morigeración sería respetuosa del avance en su resocialización. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al pedido.
3-mar-2020MF (causa N° 39548)Una persona había sido condenada a la pena de cuatro años por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el cumplimiento de la pena, solicitó el acceso a las salidas transitorias. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la concesión del instituto se encontraba vedada por el artículo 56 bis de la ley N 24.660 y se opuso a lo requerido. El Tribunal Oral declaró la inconstitucionalidad de la norma invocada y concedió las salidas transitorias. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. Al momento de su intervención, la fiscalía actuante ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió el recurso.