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20-abr-2022Quispe (causa Nº 134745)Un hombre había sido condenado a la pena de diecisiete años de prisión por los delitos de homicidio agravado por la utilización de arma de fuego, en concurso real con el de homicidio doblemente agravado en grado de tentativa. Mientras cumplía la condena, la defensa planteó la inaplicabilidad y la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 del Código Penal. En ese sentido, solicitó la libertad condicional de su asistido. El tribunal interviniente denegó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que el delito de homicidio agravado se encontraba dentro de los supuestos excluidos para la concesión del instituto conforme la reforma legal introducida por la ley N° 25.892. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-ago-2020Lezcano (causa Nº 1646)Una persona se encontraba detenida desde junio de 2015. En noviembre de 2018 fue condenada a la pena de ocho años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada. La sentencia fue impugnada. La persona se encontraba incorporada al período de consolidación, registraba conducta ejemplar y concepto bueno y se había inscripto en el Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena. Además, por aplicación del régimen de estímulo educativo, se le habían reducido dos meses en el plazo del régimen de progresividad. El Consejo Correccional señaló que, si bien era viable su alojamiento en un régimen semiabierto, no se podía establecer un pronóstico de reinserción social toda vez que aún revestía la condición de procesada. La defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Para dictaminar de esa manera sostuvo que no correspondía la aplicación del estímulo educativo a la libertad condicional ni a la excarcelación concedida en esos términos. En ese sentido, consideró que los períodos a los que correspondía aplicar la reducción de los plazos que establecía el artículo 140 de la ley de ejecución N° 26.695 eran el de observación, el de tratamiento y el de prueba. Además, estimó que no se contaba con los elementos suficientes para determinar si existía posibilidad de trazar un pronóstico de reinserción favorable. Por último, consideró que existía un peligro de fuga ya que la sentencia, si bien no se encontraba firme, lo había condenado a una pena de prisión elevada.
10-may-2020Llanquinao (Causa n° 11463)En 2017 un hombre fue detenido e imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En 2018 fue condenado a la pena de cuatro años de prisión y a la pena única de seis años y seis meses de prisión. El imputado había estado detenido de forma previa y había obtenido una reducción de veinte meses en los plazos para acceder a las salidas anticipadas por aplicación del régimen de estímulo educativo. En mayo de 2020, cumplidos los requisitos temporales, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad se expidió por unanimidad de modo favorable. A su turno, la fiscalía rechazó el pedido por considerar, entre otras cuestiones, que no correspondía su otorgamiento en atención a la reforma que en 2017 se había efectuado del artículo 14, inciso 10 del Código Penal. La norma dispuso que no se concedería la libertad condicional a personas condenadas por los delitos previstos en el artículo 5 de la ley 23.737.
6-abr-2020Fuentes (causa N° 32010725)Un hombre fue condenado a la pena de cuatro años de prisión, que se agotaba en abril de 2022. Por aplicación del estímulo educativo, podía acceder a la libertad condicional el 9 de noviembre de 2020. El imputado se encontraba incorporado al período de prueba y registraba conducta ejemplar y concepto muy bueno. Durante su detención se lesionóuna rodilla y recibió una deficiente atención médica. Además, frente a la situación de emergencia sanitaria se interrumpió su régimen de salidas transitorias. Por esa razón, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario hasta tanto pudiera acceder ala libertad condicional. En tal sentido, señaló que tal morigeración sería respetuosa del avance en su resocialización. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al pedido.
13-may-2019Cañarima (Causa Nº 39417)Una persona había sido condenada por el delito de homicidio en ocasión de robo a una pena privativa de la libertad. Cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. La unidad penitenciaria informó que registraba conducta ejemplar y concepto muy bueno. El Consejo Correccional indicó que, si bien se había adaptado de manera favorable al régimen progresivo de la pena, no se encontraba en condiciones de acceder al instituto en virtud de lo estipulado en el artículo 14, segunda parte, del Código Penal. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado rechazó el planteo. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de apelación. La Sala II del Tribunal de Impugnación rechazó la impugnación y confirmo la decisión. Por tal razón, el imputado interpuso un recurso de inconstitucionalidad in forma pauperis. Al fundamentar la presentación, la defensa consideró que los artículos 14, segunda parte, del Código Penal y 56 bis de la ley N° 24.660 eran incompatibles con el régimen de progresividad de la pena y el fin de  reinserción social.
8-may-2018Mendoza (reg. Nº 500 y causa Nº 164637)Una persona cumplía una pena de efectivo cumplimiento. Había pasado casi diez meses en esa situación sin haber sido incorporada al régimen de condenados, por lo que no le fue impuesto ningún tipo de tratamiento. Cumplido el requisito temporal y los reglamentos carcelarios, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional no pudo elaborar un informe positivo ya que no se le había aplicado un tratamiento como condenado. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Consideró que el condenado no contaba con un pronóstico de reinserción social favorable. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
24-abr-2018Molina (reg. Nº 402 y causa Nº 15366)Molina fue condenado a una pena única de tres años y seis meses de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe que, por mayoría, se expidió de manera favorable al pedido y recomendaba continuar con un tratamiento extramuros para la problemática de adicciones. Sin embargo, la división de servicio criminológico indicó un pronóstico de reinserción “desfavorable” que se fundó en cuestiones vinculadas a la personalidad y en los antecedentes judiciales y adictivos del condenado. Además, tuvo en cuenta un informe psicológico efectuado un año antes en otra unidad penitenciaria. Luego, la defensa solicitó un informe aclaratorio. En esa oportunidad, el servicio criminológico modificó el diagnóstico de reinserción social por uno “dudoso”. El Ministerio Público Fiscal no fue notificado del último informe, por lo que se opuso al pedido de libertad condicional. Por esa razón, el juzgado de ejecución penal rechazó la solicitud e indicó que Molina debía realizar un tratamiento intramuros por sus adicciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-oct-2017Chavez (reg. Nº 1079 y causa Nº 9142)Un hombre había sido condenado por la comisión de un delito constitutivo de violencia de género a una pena de prisión. Tenía conducta ejemplar (10), concepto muy bueno (8) y transitaba el período de prueba. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe favorable y propició, por unanimidad, la incorporación del penado al instituto en cuestión. En el informe psicológico se afirmó que el tratamiento terapéutico se encontraba cumplido. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que el requirente debía realizar un tratamiento psicológico específico que abordara cuestiones de violencia de género. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
23-may-2017Rocca Clement (reg. Nº 395 y causa Nº 32795)Un hombre había sido condenado por el delito de promoción a la corrupción de menor de edad, agravado por tratarse de un menor de trece años de edad, a la pena de once años de prisión. Luego, fue condenado por otro tribunal a la pena única de trece años y diez meses de prisión. Cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad penitenciaria expidió un pronóstico favorable de reinserción social. El juzgado de ejecución rechazó la solicitud por considerar que no se podía asegurar que el imputado no fuera a repetir su conducta delictiva. Asimismo, sostuvo que no había finalizado de manera integral el tratamiento específico tendiente a morigerar sus impulsos sexuales. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
24-feb-2017Chalco Chilaca (reg. Nº 104 y causa Nº 927)Una persona había sido condenada por la comisión de un delito constitutivo de violencia de género. Durante su detención, la persona registró una calificación de conducta ejemplar (10) y de concepto bueno (5). Luego de cumplir dos tercios de su condena y dado que no había sido declarado reincidente ni se le había sido revocada una libertad condicional con anterioridad, la defensa solicitó la incorporación de su asistido al régimen de libertad condicional. La División de Asistencia Social del Servicio Penitenciario sugirió la realización de un tratamiento psicológico a fin de abordar su problemática de violencia y la División Servicio Criminológico señaló que la persona no evidenciaba una autocrítica del delito cometido. De ese modo, el Consejo Correccional rechazó la incorporación al período requerido. En ese sentido, el Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 no hizo lugar a lo solicitado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.