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19-sep-2023ALB (Causa N° 15755)Un hombre no cumplía con los alimentos a favor de su hijo. Por ese motivo, en el marco de un proceso de alimentos, la progenitora del niño presentó una liquidación de lo adeudado. El juzgado de paz interviniente aprobó esa presentación. Sin embargo, el progenitor no cancelaba la deuda. En consecuencia, la actora solicitó que se le aplicaran medidas a modo de sanción de acuerdo con lo previsto en el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación.
14-jun-2023LVL (Causa N° 367)Un hombre y una mujer acordaron los alimentos a favor de su hijo menor de edad. Ese convenio fue homologado en sede judicial. Sin embargo, durante tres años el progenitor no cumplió con el pago de la cuota. En consecuencia, el juzgado dispuso la retención de las sumas adeudadas de su recibo de haberes, pese a que el hombre cambió de empleo en varias oportunidades. A su vez, ordenó su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la jurisdicción. Con posterioridad, la madre del adolescente pidió que se dictaran las medidas establecidas por el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En concreto, solicitó que se le prohibiera el ingreso a un club al que asistía con regularidad y que se le impidiera salir del país.
26-sep-2022GGJJ (Causa Nº 29921)Un hombre no cumplía con el pago de los alimentos a su hija. Por ese motivo, la progenitora inició un reclamo judicial, en el que se fijó una cuota. Sin embargo, el incumplimiento continuaba. En el marco de la ejecución de la sentencia, el hombre fue intimado en reiteradas oportunidades, pero guardó silencio. En consecuencia, la actora solicitó que –a modo de sanción– se le prohibiera salir del país hasta que abonara lo adeudado. Para ese momento, su hija ya había alcanzado la mayoría de edad.
18-abr-2022ZMB (Causa Nº 35179)En el marco de un proceso de divorcio, un hombre y una mujer acordaron los alimentos a favor de su hijo. Luego, el juzgado fijó una cuota con carácter cautelar a cargo del progenitor. Si bien éste apeló la decisión, la Cámara la confirmó. Con posterioridad, el monto de la cuota fue actualizado dos veces, por lo que el hombre volvió a apelar en cada oportunidad. Por su parte, la Cámara confirmó lo dispuesto. En ese contexto, la jueza interviniente dispuso la inscripción del hombre en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y le otorgó cinco días para abonar lo adeudado bajo apercibimiento de tomar nuevas sanciones. Debido a que la situación no se modificó, la progenitora –en representación de su hijo– pidió que se le impusieran al demandado otras medidas coercitivas. Sobre esa cuestión, solicitó que se le suspendiera su licencia de timonel de yate. También requirió que se le prohibiera el ingreso a un club de veleros que frecuentaba hasta que cancelara la deuda. El juzgado hizo lugar a lo solicitado. En consecuencia, el demandado interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que lo resuelto lo afectaba ya que el club de veleros era el único sitio al que podía concurrir con su familia. Además, indicó que necesitaba su carnet de timonel para participar en competencias, prácticas y tareas de rescate que solía realizar.
10-feb-2022MTM (Causa N° 32942)Un hombre no cumplía con el pago de los alimentos que se habían fijado en sede judicial. Por ese motivo, la progenitora denunció el incumplimiento. En consecuencia, el juzgado ordenó que fuera inscripto en el registro de deudores alimentarios. Luego, se lo intimó en varias oportunidades a abonar lo adeudado, bajo apercibimiento de imponer una multa diaria u otras medidas conminatorias. En ese marco, de acuerdo a lo que preveía el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación, la actora solicitó que se le revocaran y retuvieran los permisos de manejo (cédula azul) de varios vehículos que eran de titularidad del demandado. También pidió que se suspendiera su licencia, debido a que el demandado se dedicaba al transporte automotor de cereales.
19-ago-2021AJM (Causa Nº 1466717)Un hombre adeudaba los alimentos a favor de su hijo. Por ese motivo, la madre del niño –en su representación– inició un reclamo judicial. Frente al reiterado incumplimiento del progenitor, la mujer solicitó el dictado de una serie de medidas a modo de sanción, según lo previsto por el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En concreto, pidió que se inscribiera al hombre en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que se le prohibiera la salida del país y que se le quitara la licencia de conducir hasta que cancelara la deuda. Por su parte, el demandado requirió que no se hiciera lugar al pedido. Entre sus argumentos, aseguró que había abonado las cuotas y que incluso las había incrementado mientras estaba desempleado con ingresos provenientes de trabajos informales. Sobre esa cuestión, señaló que, si se le retiraba su carnet de conducir, no podría trabajar ni subsistir.
15-abr-2021ARV (Causa Nº 238344)Un hombre y una mujer acordaron en sede judicial los alimentos a favor de su hijo en común. En esa oportunidad, pactaron que el progenitor debía abonar una cuota equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil, ya que no contaba con empleo formal. Además, el hombre se comprometió a solventar los gastos escolares y de salud del niño. Pese a lo acordado, el progenitor incumplía sus obligaciones. Por ese motivo, en forma mensual la madre lo comunicaba al juzgado. En concreto, denunció que el hombre había efectuado pagos irregulares o parciales, que no incluían los intereses correspondientes. En ese contexto, la jueza ordenó la prohibición de salida del país del demandado y su inscripción en el Registro de Deudores Morosos. Luego, como la situación no se modificaba, la progenitora solicitó que se le suspendiera la licencia de conducir. La medida fue admitida. Contra esa decisión, el demandado interpuso un recurso de reposición y apeló en subsidio. En su presentación, planteó que hubo mala fe por parte de la accionante. Sobre esa cuestión, indicó que la mujer sabía que él tenía inconvenientes laborales. Además, destacó que había realizado pagos mediante depósitos bancarios.
18-ago-2020RAV (Causa N°3308387)Un hombre no cumplía con los alimentos correspondientes a sus dos hijos. En consecuencia, la madre de los niños inició un reclamo judicial y se dictó sentencia. Sin embargo, el hombre seguía sin abonar la cuota alimentaria. Por ese motivo, el juez interviniente le prohibió la salida del país y dispuso el corte de su línea telefónica. Con posterioridad, la mujer se enteró dónde trabajaba el hombre y manifestó que había renunciado apenas lo notificaron que le retendrían las cuotas alimentarias futuras. Ante esa situación, la accionante solicitó que se ordenara el corte de las líneas de celulares a nombre del demandado y que se le impidiera obtener otras hasta que cumpliera con su obligación. Asimismo, requirió que se le retirara la licencia de conducir ciclomotores. Sobre esa cuestión, sostuvo que lo peticionado no le impedía trabajar al hombre porque para sus empleos anteriores siempre había manejado maquinaria agrícola, mientras que la motocicleta la usaba en momentos de ocio.
6-jul-2020ORC (Causa N° 708790)En el marco de un proceso judicial, una mujer denunció que el progenitor de sus tres hijos no cumplía con sus obligaciones alimentarias. En esa ocasión, planteó que el hombre trabajaba como chofer de camiones pero que no contaba con bienes registrables a su nombre. Además, pidió como medida cautelar que se le suspendiera su licencia de conducir hasta que acreditara el efectivo pago de los alimentos. El juzgado interviniente intimó al hombre a abonar una cuota provisoria equivalente al 70% del Salario Mínimo Vital y Móvil, pero no obtuvo resultados. Por esa razón, la actora pidió que se le impusieran una serie de sanciones, como la prohibición de salida del país, de concurrencia a estadios de fútbol o la suspensión de la licencia de conducir. A su vez, señaló que el hombre estaba trabajando en esa época y que su pareja de ese momento era quien facturaba los servicios de transporte que realizaba.
13-nov-2019NNV (Causa Nº 336)Un hombre no cumplía con su obligación alimentaria con respecto a su hija adolescente. En ese contexto, la madre de la joven lo demandó por alimentos. En su presentación, manifestó que no le alcanzaba para cubrir las necesidades de su hija, que requería asistencia médica. Asimismo, sostuvo que desconocía los ingresos del demandado, ya que trabajaba en un negocio familiar pero no estaba registrado. En consecuencia, el juzgado intimó al hombre a proveerle cobertura de salud a la joven. Sin embargo, no fijó una cuota alimentaria provisoria. En ese sentido, consideró que la actora no había probado la situación económica del accionado ni había aportado datos sobre su empleo o recursos. Contra lo dispuesto, la mujer presentó un recurso de revocatoria, que fue admitido. En ese marco, se determinó una cuota provisoria. Luego, la mujer solicitó que se le descontara el 15% del monto fijado de la jubilación que cobraba el abuelo paterno de la joven. Con posterioridad, se presentó el abuelo. En esa ocasión, señaló que no podía hacerse cargo de lo dispuesto debido a su edad y estado de salud. Por su parte, el progenitor de la joven planteó que tampoco podía abonar una cuota alimentaria dado que no tenía bienes ni trabajo. Ante esa situación, el juzgado intimó al abuelo para que asumiera los costos de la cobertura de salud de su nieta. Frente al incumplimiento, se le impuso una multa.