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13-ago-2015CMYC (Causa Nº 56.001)Una defensoría dependiente del Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes dispuso, en julio de 2012, una medida de protección especial de derechos a favor de 4 hermanos y los alojó en un hogar convivencial por noventa días. Con posterioridad, un juzgado corroboró el grado de vulnerabilidad de los niños –víctimas de maltrato psicológico, violencia física y abuso sexual– y estableció una medida cautelar de no acercamiento para los progenitores. Finalmente, cumplido el plazo de la medida, el tribunal declaró el estado de adoptabilidad de los niños. Contra esa decisión la progenitora interpuso un recurso de apelación.
4-feb-2016CNB (Causa N° 31000757)“[L]a imputada declaró que ‘…es una copera más en el salón, asistía momentáneamente en la cantina en los momentos que [su coimputada] no se encontraba. Que […] trabajaba como el resto de las coperas, es decir que cobraba el 50% de las copas que le servían al cliente. Que […] no era ni encargada ni tenía algún tipo de interés en la ganancia del comercio, tampoco fue a buscar chicas para que trabajaran en el local y de eso se encargaba la dueña […], que lo único que hizo fue estar en algunos momentos a cargo de la barra, tarea que le encomendó su patrona y que no le significaba en modo alguno un beneficio económico ya que lo que le daba su jefa como contraprestación por estar detrás de la barra era menor al dinero que ella podía obtener con el rol de copera que ejercía con habitualidad…”. “’[T]odas las testigos la señalaban como una compañera más en la espuria labor que desarrollaban en el lugar’”. “[N]inguna de las conductas pudo ser acreditada en su cabeza en cuanto a que la única diferencia con el resto de las víctimas es que percibía la suma de $100 por anotar en un cuaderno los pases y copas que hacían sus compañeras, lo que de ninguna manera queda atrapado por las normas penales”.
12-ago-2016CNB (causa N° 3384)Varias personas fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el debate, una de las imputadas solicitó prestar declaración en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. Allí, reconoció el hecho y aportó datos y una fotografía de un agente policial involucrado en el delito investigado. En oportunidad de alegar, la defensa consideró que, si bien su asistida había declarado en la etapa de juicio, debía tenerse en cuenta la relevancia de su colaboración. En particular, solicitó que se la eximiera de pena. La fiscalía rechazó el planteo y propuso la reducción de un año de prisión.
nov-2016CNCCC - Informes anualesJurisprudencia del año 2016 y finales de 2015 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (informes anuales).
11-feb-2015CNJALa Cámara Penal del Centro Judicial Concepción había rechazado el pedido formulado por la Defensora de Menores e Incapaces del Centro Judicial Monteros de continuar en la representación de N.C. Ello, con fundamento en que el imputado había adquirido la mayoría de edad, motivo por el cual, a su criterio, debía cesar la intervención promiscua de la asesora. La defensa interpuso recurso de casación contra esa decisión. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar al recurso y revocó la resolución.
29-jul-2016CNM (Causa N° 15011)Una mujer vivía con su pareja y su hija de un año y sufría violencia de género del hombre de forma regular. El varón la golpeaba, insultaba de manera constante, amenazaba de muerte y encerraba en el domicilio. Además, le había provocado la pérdida de su primer embarazo por los golpes que le daba. Al día siguiente de navidad, la mujer junto a su hija fue a visitar a su cuñada. Le contó que el día anterior no había podido ir porque su pareja se había alcoholizado y estaba muy agresivo. En ese momento, el hombre se presentó en la vivienda de su hermana y le exigió a los gritos que se fueran de allí. La mujer, con su hija en brazos, salió de la habitación y recibió un golpe de puño en la zona del pecho. Luego le entregó a la niña, pero él le dio otro golpe, la tomó de los cabellos y la arrastró por el suelo de la cocina. Entonces, la mujer tomó un cuchillo e hirió a su pareja a la altura del tórax. Le tapó la herida con un repasador para que no se desangrara, pero el hombre falleció. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. Durante la instrucción, la cuñada de la mujer declaró que su hermano era muy agresivo y violento y que había presenciado hechos de violencia hacia la acusada. En varias oportunidades le había recomendado que se fuera de la casa, pero ella le tenía miedo porque la amenazaba con matarla o quitarle a la hija. Recordó que la expareja de su hermano se había ido del hogar dejándole a su hija porque también era muy violento con ella. En particular, al relatar el hecho explicó que la imputada en ningún momento discutió o golpeó a su hermano, sino que intentó irse del domicilio para contentarlo. Asimismo, la madre del hombre declaró que cuando ingresó al domicilio observó que la mujer apretaba la herida que tenía su hijo con un repasador y vio que en la mesada había un cuchillo manchado con sangre. Por otra parte, se incorporó el informe médico que corroboraba lesiones en el cuerpo de la imputada. Además, el informe psicológico concluyó que la mujer había tenido “una actitud pacifista y conciliadora durante la convivencia con su pareja, a pesar de los constantes maltratos físicos y psicológicos recibidos”.
14-may-2020CNMD (causa N° 13017)Una persona inició una demanda de filiación y solicitó que se fijase una cuota de alimentos de carácter provisorio. Con el objeto de acreditar la verosimilitud del derecho invocado, acompañó la declaración de dos testigos. El juzgado los citó a que ratificasen sus dichos. A raíz del aislamiento social, preventivo y obligatorio, los testigos no pudieron concurrir. La parte actora solicitó la habilitación de feria judicial extraordinaria para que se tengan por válidas dichas declaraciones. El juzgado desestimó el pedido. Contra esa resolución, interpuso un recurso de apelación.
24-sep-2020Cofre; VB; A (causa N° 15586)A partir de una investigación realizada por la policía de Neuquén se dispuso el allanamiento del domicilio en el que convivían Cofre y su pareja VB, madre de tres hijos. En el lugar se secuestraron 249 gramos de marihuana. En una edificación lateral, donde vivía A, se hallaron 18 gramos de cocaína y 0, 5 gramos de marihuana. Las tres personas fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante la instrucción del expediente VB declaró haber sido víctima de violencia física y psicológica por parte de su pareja, quien era adicto al alcohol y a las drogas. En ese sentido, manifestó que, con anterioridad, lo había denunciado. Las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación respecto del Cofre y solicitó la absolución de su pareja, VB, y de A. Entre sus argumentos analizó las circunstancias personales de VB, tuvo en cuenta las declaraciones sobre la situación de violencia de género y su especial vulnerabilidad y destacó los artículos 7, 8 y 9 de la Convención de Belem do Pará. A su vez, señaló que la situación de violencia que VB atravesaba impedía afirmar que su voluntad fuera libre para tomar alguna determinación sobre la conducta que se le imputaba. En esa línea, consideró que la situación guardaba similitud con aquellos supuestos contemplados en el artículo 5 de la ley 26.364 que exime de responsabilidad penal a las víctimas de trata de personas por los delitos cometidos como consecuencia de la explotación sufrida. Respecto de A. la fiscalía valoró la escasa cantidad de estupefaciente secuestrado y la ubicación de su domicilio, distinto a donde se habían llevado a cabo las observaciones judiciales. Por último, en relación a Cofre, modificó la calificación legal por la de tenencia simple de estupefacientes. Sobre este aspecto señaló que, por un lado, no aparecía inequívocamente destinada la tenencia para su uso personal, aunque tampoco existían elementos que permitieran brindar certeza sobre el dolo de tráfico que exigía el tipo penal agravado. Asimismo, consideró que la cantidad de la sustancia secuestrada no podía por sí sola determinar la finalidad de comercio. De esa manera, acordó la imposición de la pena de dos años de prisión en suspenso.
22-feb-2017COGUna persona había sido condenada a una pena única de prisión perpetua. Esa sanción comprendía una pena por el delito de homicidio y otra por el delito de violación. Al momento de fijarse los objetivos del Programa de Tratamiento Individual no se contempló su incorporación al Programa para Internos Condenados por Delitos de Agresión Sexual (CAS). Luego de cumplir con el requisito temporal para acceder a la libertad condicional, la defensa solicitó su concesión. El condenado registraba una calificación de conducta muy buena (siete) y concepto ejemplar (nueve) y no poseía otras causas en las que interesara su detención. Por otra parte, el Consejo Correccional de su lugar de alojamiento dictaminó de manera favorable respecto de lo solicitado. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución Penal no hizo lugar al pedido de la defensa. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta que la persona condenada no había participado en el programa CAS. A su vez, consideró que se trataba de “una persona con un trastorno de personalidad antisocial” y era necesario que “transite un lapso mayor en el programa de tratamiento a fin de lograr una adecuada reinserción social”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-mar-2021Cohendoz (Causa N° 44634)Una mujer con antecedentes de parto prematuro cursaba un embarazo de alto riesgo. Por este motivo, se atendió en un instituto médico de obstetricia desde octubre de 2013. En febrero de 2014, se presentó en el centro médico con dolores. Ante los síntomas de la mujer, el médico obstetra decidió realizar una cesárea. Según el profesional, la interrupción del embarazo se realizaba para evitar la ruptura del útero. De esa manera, nació una niña de 28 semanas. La bebé no tenía maduración pulmonar. En consecuencia, fue derivada a cuidados intensivos neonatales con asistencia respiratoria mecánica. Además, sufrió descompensaciones y una infección intrahospitalaria llamada “staphylococcus epidermis”. La beba falleció. La mujer inició una demanda por daños y perjuicios contra el sanatorio, el equipo médico y su obra social. Entre sus argumentos, expuso que existía una responsabilidad objetiva y que la atención médica recibida fue deficiente. Además, incorporó en su reclamo un dictamen médico que resaltaba la negligencia de los demandados en el manejo de la cesárea y el control, diagnóstico y tratamiento de la bebé. Sobre este aspecto, señaló que no se habían suministrado corticoides para la maduración pulmonar de su hija. A su vez, el dictamen médico consideró que tuvo lugar una inadecuada manipulación del material que produjo la infección intrahospitalaria. Por su parte, los demandados negaron su responsabilidad. El juzgado de primera instancia consideró que la prueba presentada no había acreditado la culpa de los médicos de manera que posibilitara responsabilizarlos por la muerte de la bebé. Contra esta decisión, la actora presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que el juez había realizado una interpretación parcial de las pruebas. También resaltó que la cuestión no se reducía al plano neonatológico, sino que abarcaba el plano obstétrico. En ese sentido, manifestó que los médicos no habían realizado un correcto tratamiento para disminuir las contracciones y prolongar la gestación. Por este motivo, le atribuyó responsabilidad a los médicos  en el parto y nacimiento de su hija. Asimismo, agregó que la muerte de su hija se debía a las decisiones inadecuadas que llevó adelante el equipo médico.
16-jun-2016Colectivo del Pabellón C y D (causa Nº 8891)El Servicio Penitenciario Federal resolvió trasladar a las personas del colectivo trans que se encontraban en un complejo penitenciario en el que se alojaban hombres a otro en el que se alojaban mujeres. Dos hombres homosexuales no estaban de acuerdo con el traslado dispuesto. Sostenían que eran gays y no trans y que preferían quedarse en el mismo penal. En consecuencia, interpusieron un habeas corpus a fin de ser reintegrados a su lugar de alojamiento anterior. El juzgado de primera instancia no hizo lugar a la acción. Contra esa decisión, interpusieron un recurso de apelación.
13-jul-2020Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (causa Nº 10068)El Colegio Público de Abogados de la ciudad de Buenos Aires solicitó en dos oportunidades al Gobierno de la Ciudad que se exceptuase a sus profesionales de cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio. La administración no contestó el pedido. Entonces, el colegio interpuso una acción de amparo. En su presentación consideró irrazonable la limitación por tiempo indeterminado del acceso de los abogados a sus oficinas y señaló que se hallaba afectado el derecho de todos los ciudadanos de acceder al servicio de justicia. En ese sentido, solicitó como medida cautelar que se dispusiese la excepción de los abogados del cumplimiento del  aislamiento para que pudiesen desempeñarse en su profesión.
5-dic-2023Colman (causa N° 973/23)Un hombre y una mujer ingresaron a un local comercial, redujeron a la vendedora y le robaron distintas pertenencias. Entre los objetos sustraídos se encontraba un bolso color negro con detalles blancos. Una hora y media después, se detuvo a un hombre que juntaba cartones al lado de un volquete de basura y que tenía el bolso en su poder. El fiscal interviniente dio al procedimiento el trámite de flagrancia. Antes de la primera audiencia, la defensa pidió que la víctima no se encontrara presente para preservar la validez de una eventual rueda de reconocimiento. Sin embargo, la jueza rechazó el pedido. Durante el juicio oral, la víctima declaró que, después del robo, efectivos policiales le habían exhibido fotos de dos hombres sospechosos. En ese momento, reconoció al acusado. Sin embargo, ese accionar no había sido documentado en las actas de procedimiento. Por otro lado, surgió de las moderaciones de los preventores que los horarios de ese reconocimiento y de la detención del imputado no coincidían con las plasmadas en las actas. El tribunal interviniente condenó al hombre a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de robo y a la pena única de seis años y seis meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió de las circunstancias en que su asistido había sido detenido y requisado. Así, argumentó que no existían motivos o circunstancias que permitieran presumir que acababa de cometer un delito. Por otro lado, cuestionó el proceso de identificación y planteó que se había valorado de manera arbitraria la prueba aportada.
27-mar-2020Colman (causa n°10014)Una mujer que tenía asma, diabetes e hipertensión arterial se encontraba detenida en un Complejo Penitenciario Federal. Ante la declaración del Coronavirus como pandemia, el SPF elaboró un listado de personas en situación de riesgo de contagio e incluyó a la mujer. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliara en atención a sus problemas de salud y ante el riesgo de contagio del virus. El Tribunal Oral rechazó el pedido por considerar que el establecimiento poseía las herramientas para contrarrestar las eventuales complicaciones de salud de la mujer. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación consideró, entre otras cuestiones, que la decisión vulneraba el derecho a la salud de su asistida y los principios pro homine y de humanidad de las penas.
5-jun-2018Coman y otros v. RumaniaEl Sr. Coman, de nacionalidad rumana, estaba en pareja con el Sr. Hamilton, de nacionalidad estadounidense. Luego de contraer matrimonio en Bruselas, se dirigieron a la Inspección General de Inmigración a fin de que el Sr. Hamilton –nacional de un Estado ajeno a la Unión Europea– obtenga el derecho a residir en Rumania por un período superior a los tres meses (residencia temporaria). El argumento de los peticionarios se basaba en que a partir del casamiento, el Sr. Hamilton era miembro de la familia del Sr. Coman. La Inspección rechazó la solicitud. Entre sus argumentos, sostuvo que el matrimonio entre personas del mismo sexo no estaba reconocido por la legislación rumana y, por ese motivo, no podía concederse la residencia prolongada en concepto de reagrupación familiar. Contra esa decisión, la pareja interpuso un recurso ante un juzgado de primera instancia. El juzgado sometió el asunto al Tribunal Constitucional del país para que se pronuncie. El Tribunal Constitucional consideró que en el caso debían interpretarse diversos aspectos de la Directiva 2004/38 del Parlamento y del Consejo Europeo, y remitió el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta directiva, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, prohíbe la discriminación por razón de la orientación sexual y establece el derecho de residencia para los miembros de la familia que acompañen a un ciudadano de la Unión. Asimismo, en lo que respecta al concepto de familia, esta normativa considera cónyuge a la pareja del ciudadano europeo que haya celebrado su unión registrada según la legislación de un Estado miembro.
abr-2019Comentario al precedente `González Victorica´ de la CSJN. Cuando lo esencial es invisible a los ojosEl trabajo pretende analizar el modo y las condiciones en las que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sentado postura en relación con las nociones de igualdad, autonomía personal y asistencia familiar, respecto de las personas con discapacidad.
26-sep-2015Comisión de carceles. Habeas Corpus (causa Nº 56451)La Comisión de Cárceles, el Programa contra la Violencia Institucional y la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, interpusieron una acción de habeas corpus por la existencia de un contexto general ofensivo, degradante y de invasión de la privacidad en las condiciones de detención y relación con las fuerzas de seguridad de la población trans alojada en el Complejo I (Módulo 6) y en el Complejo IV del Servicio Penitenciario Federal.
15-abr-2020Comisión de cárceles (reg. N° 389 y causa N° 19607)El Complejo Penitenciario Federal de la C.A.B.A. no contaba con los suficientes alimentos ni insumos de higiene y limpieza. Frente a la situación de emergencia sanitaria, los representantes de la Comisión de Cárceles promovieron una acción de hábeas corpus en favor de las personas alojadas en esa unidad. El juzgado requirió informes al complejo para corroborar la situación denunciada. Recibida la respuesta, rechazó la acción sin realizar la audiencia prevista en el artículo 14 de la ley N° 23.098. Para decidir de esa manera sostuvo que no había existido un agravamiento arbitrario de las condiciones de detención. Contra esa decisión, la Comisión de Cárceles interpuso un recurso de apelación, que fue rechazado. Por ese motivo, interpuso un recurso de casación. En esa oportunidad expresó su disconformidad con los informes aportados por el servicio penitenciario. Por su parte, la Procuración Penitenciaria de la Nación presentó un informe de monitoreo de la unidad y requirió constituirse como amicus curiae.
28-jun-2016Comisión de Tierras Fiscales Nacionales Programa Arraigo c. José DanuzzoLa Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes había concedido un recurso extraordinario deducido por la parte actora en el marco de una acción de desalojo. En aquella oportunidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la nulidad de lo resuelto por considerar que la Cámara se había limitado a recordar una vaga e imprecisa cuestión federal invocada por el apelante. En consecuencia, ordenó la devolución de las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento relativo a la admisibilidad del recurso extraordinario. En su nueva intervención, el tribunal descartó la existencia de un supuesto de arbitrariedad. Sin embargo, admitió el recurso extraordinario ya que –a su criterio– la decisión adoptada podría trascender los intereses particulares de las partes y expandir sus efectos sobre una comunidad de personas más amplia de aquellos que se encontraban implicados en el litigio.
28-jun-2016Comita, Nilda Eloisa c. Aguiar, Gabriel EstebanEn el marco de un juicio por daños y perjuicios, el juzgado de primera instancia declaró inoponible a la víctima la franquicia estipulada en el contrato de seguro del transporte público de pasajeros y extendió la condena a la aseguradora por el monto total del pago. La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil –por mayoría– confirmó la decisión. La citada en garantía dedujo un recurso extraordinario que fue concedido.