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FechaTítuloResumen
8-ago-2013Renzi, Walter GabrielLa Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la CABA revocó parcialmente la decisión del juez de instrucción por la que se dispuso la falta de mérito del imputado y lo procesó sin prisión preventiva. Contra esa decisión interpuso recurso de casación la defensa.
25-ago-2015A, DA (CFCP)El Tribunal Oral había denegado la solicitud de prisión domiciliaria por considerar que su estado de salud no estaba comprendido dentro de los supuestos establecidos en la ley Nº 24.660. Frente a esto, la defensa interpuso un recurso de casación. Acompañó a su pedido un informe médico del que surgía la inexistencia en el penal de instalaciones adecuadas para asistir a las personas con movilidad reducida. A su vez, adjuntó un dictamen favorable a la implementación de un sistema de vigilancia electrónica por parte de la Dirección Nacional de Readaptación Social del Ministerio de Justicia de la Nación.
22-oct-2015Reston, LlamilEl tribunal oral había resuelto no hacer lugar a la separación y suspensión del proceso penal respecto del imputado en los términos del artículo 77 del CPPN. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación.
16-may-2016Industrias AlimenticiasLa Sala IV Cámara Nacional de Apelaciones revocó el sobreseimiento y dispuso el procesamiento de tres personas. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación que fue denegado. En razón de ello, se presentó un recurso de queja. Allí, entre otras cuestiones, se alegó la afectación del derecho al recurso de los imputados.
25-oct-2016Carrera, Fernando ArielUn hombre cometió un robo y huyó en su automóvil. En ese momento, personal policial que no se había identificado ocasionó una maniobra de evasión por parte del hombre, que huyó en su vehículo. En ese contexto, el hombre recibió un disparo y perdió la conciencia. De esa manera, con una disminución de sus facultades, continuó la marcha y ocasionó lesiones y la muerte a algunas personas. Finalmente, colisionó contra otro vehículo. Luego del choque, los policías le habrían disparado dieciocho veces, alcanzándolo con ocho impactos y provocándole lesiones gravísimas. Desde el comienzo del proceso penal, la defensa había denunciado distintas irregularidades en la actuación de la policía que habrían determinado la imputación del hombre. En la etapa de juicio oral, el hombre fue condenado a la pena de treinta años de prisión por los delitos de robo agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado reiterado en tres oportunidades, lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, abuso de armas de fuego y portación ilegal de arma de guerra. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CFCP confirmó la sentencia. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto esa resolución y dispuso el reenvío para el dictado de un nuevo fallo. En tal oportunidad, la misma Sala de la CFCP –con distinta conformación– absolvió al imputado por el delito de abuso de armas y lo condenó a la pena de quince años de prisión como coautor del delito de robo agravado por su comisión con armas de fuego, en concurso real con homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas y con lesiones culposas graves y agravadas por esas mismas circunstancias y lesiones culposas leves, también en concurso real con portación de arma de guerra, sin la debida autorización legal. Frente a esa resolución, la defensa interpuso recurso extraordinario. Luego de ser rechazado, presentó un recurso de queja.
1-sep-2017Shabelnik v. Ucrania (Nº 2)Shabelnik se encontraba detenido de manera preventiva por el secuestro y asesinato de S. Paralelamente, en el marco de otra investigación, fue interrogado como testigo por la muerte de K. Durante el interrogatorio no contó con la asistencia de un abogado y confesó haber cometido el homicidio. Posteriormente, aún como testigo, participó –sin un abogado defensor– en una reconstrucción en el lugar del hecho y de dos nuevos interrogatorios. El investigador del caso solicitó un informe psiquiátrico para ahondar en su estado de salud mental. Este informe concluyó que no contaba con ninguna afección psiquiátrica. Entonces, fue condenado a prisión perpetua por el homicidio de K y el secuestro y asesinato de S. La sentencia condenatoria fue ratificada por la Suprema Corte de Ucrania. Shabelnik acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En su petición alegó que su condena se fundó en evidencia obtenida en violación de su derecho a permanecer en silencio y de su derecho contra la autoincriminación. El TEDH consideró que hubo una violación al derecho de defensa del peticionario y solicitó a la Suprema Corte que revise su decisión. La Suprema Corte de Ucrania aceptó las directivas, anuló la condena y ordenó que se dicte una nueva sentencia que no tome en cuenta las confesiones del peticionario. La Suprema Corte, en un proceso casatorio, consideró que el resto de la evidencia era suficiente para sostener la culpabilidad del Shabelnik y volvió a condenarlo. Frente a esto, el peticionario se presentó nuevamente ante el TEDH por considerar que la revisión del caso violó su derecho a un proceso equitativo.
13-jun-2018BCN (causa Nº 15483)Una niña de tres años le comentó a su madre que su padre –expareja de la mujer– la había obligado a practicarle sexo oral. La mujer denunció a su expareja por el delito de corrupción de menores, agravada por su condición de ascendiente respecto de la víctima y se constituyó como querellante. Durante la entrevista realizada en Cámara Gesell, la niña se refirió a “cosas feas” que le tenía que hacer a su padre, como “pegar figuritas” en su miembro. De los peritajes realizados surgió una posible influencia no voluntaria de la madre sobre la niña. A su vez, una psiquiatra del Cuerpo Médico Forense destacó expresiones de la niña en alusión al miembro de su padre y acciones que éste la obligaba a hacer. De ese modo, afirmó, como posibilidad, la ocurrencia del hecho. El Tribunal Oral absolvió al imputado. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta las conclusiones periciales respecto de la posible influencia de la madre sobre el relato de la niña. Contra esa decisión, la querella, con el patrocinio del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos (Defensoría General de la Nación), interpuso un recurso de casación. La Comisión sobre Temáticas de Género (Defensoría General de la Nación) también suscribió la impugnación. Entre sus argumentos, sostuvo que el tribunal había efectuado una valoración arbitraria de la prueba.
26-dic-2019Vázquez (causa Nº 367)En el año 2001, en la provincia de Misiones, una persona se presentó de noche a la casa de una mujer, le sustrajo sus pertenencias y la mató con un martillo. Durante el trámite del expediente prestaron declaración testimonial varias personas. Por un lado, S. manifestó que el día de los hechos había observado a V. junto a C. G. cerca de la casa de la víctima. Otra persona, Z., indicó que una noche V. había ido a dormir a su casa y le había contado que había herido con un martillo a la víctima. Por esa razón, V. y R. fueron detenidas e imputadas por el delito de homicidio criminis causa. Al prestar declaración indagatoria, sostuvieron su ajenidad a los hechos. V. indicó que se encontraba en compañía de su amiga C. G. y que había pasado la noche en la casa de su padre, a ocho kilómetros del lugar. Durante la audiencia de debate, el testigo Z. declaró que si bien reconocía como propia la firma de la declaración prestada durante la instrucción, había firmado sin leer, lo habían engañado y no recordaba que V. le hubiese efectuado esa confesión. El Tribunal Oral condenó a V. y R. condenó a la pena de prisión perpetua. Para decidir de ese modo, ponderó las declaraciones testimoniales. Además, consideró que la víctima era una persona muy cautelosa, por lo que era entendible que le hubiera abierto la puerta de su casa a V., a quien conocía. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación. El Tribunal Superior de Justicia de Misiones confirmó la sentencia. Entonces, interpusieron un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la decisión y dispuso la devolución del expediente al tribunal de origen a fin de que dictara un nuevo pronunciamiento. En tal sentido, concluyó que no se habían satisfecho los estándares de revisión de la sentencia. Devueltas las actuaciones, el tribunal confirmó la resolución. En particular, tuvo en consideración las declaraciones testimoniales y señaló que V. junto a otra mujer habían caminado por la calle en la que se vivía la víctima y “marcado” su casa. Asimismo, concluyó que V. había utilizado un martillo para matarla. Contra esa resolución, las defensas interpusieron recursos de casación. La decisión fue confirmada, por lo que interpusieron recursos extraordinarios federales. Las defensas sostuvieron que el tribunal no había efectuado un control integral de la condena, lo que había afectado el derecho a recurrir la sentencia condenatoria.
7-dic-2023Sandoval (causa Nº 1341)Un hombre había sido procesado por los delitos de robo con arma de fuego, dos hechos de abuso sexual agravado y dos homicidios calificados. En la etapa de juicio oral, un tribunal de Salta lo absolvió. El representante del Ministerio Público Fiscal y uno de los acusadores particulares impugnaron la decisión. El primero requirió la anulación de la absolución y el reenvío para un nuevo juicio, mientras que el segundo pidió su revocación y el dictado de una condena. El tribunal de impugnación revocó la absolución del imputado y lo condenó a la pena de prisión perpetua. Para decidir de esa manera, sostuvo que se habían valorado de manera indebida las pruebas aportadas. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso ante la Corte de Justicia de la provincia de Salta. Entre otras cuestiones, afirmó que el tribunal de impugnación carecía de competencia para dictar una sentencia condenatoria. En ese sentido, sostuvo que, de conformidad con la ley procesal local, debía haber anulado la sentencia absolutoria y devuelto las actuaciones para la realización de un nuevo juicio.; La Corte no hizo lugar a la impugnación y confirmó la sentencia condenatoria. Así, afirmó que la intervención del tribunal de impugnación se fundaba en un vicio in iudicando y no en uno in procedendo, lo que lo habilitaba a casar la sentencia y aplicar la ley de manera directa. Entonces, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal, que fue denegado y motivó una queja. Allí, señaló que se había privado a su asistido de la realización de un nuevo juicio y ocasionó una lesión a las garantías constitucionales del debido proceso y juicio previo.
6-may-2024CLO (causa N° 74191)Dos hombres interceptaron a otro en la vía pública con el objeto de apoderarse de su cámara fotográfica. Ante su resistencia, le efectuaron varias puñaladas en el pecho y huyeron. Al escuchar el pedido de auxilio efectuado por la víctima, tres vecinos persiguieron y detuvieron a quien tenía la cámara. Al intentar recuperarla, se produjo un forcejeo entre las cuatro personas. En ese momento arribó al lugar otra persona que se identificó como policía y dio la voz de alto. El hombre reinició su huida, por lo que el policía efectuó siete disparos, dos de los cuales impactaron en el cuerpo del hombre y ocasionaron su muerte. El tribunal oral condenó al policía imputado a la pena de dos años de prisión de ejecución en suspenso por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido en exceso del cumplimiento de un deber e inhabilitación especial para desempeñarse en funciones operativas con la utilización de armas de fuego y para el uso de armas de fuego. Contra esa decisión, se interpusieron una serie de impugnaciones. Entre ellas, la defensa del policía condenado presentó un recurso de casación y solicitó su absolución. La defensa sostuvo, entre otras cosas, que no existió en la sentencia una mayoría sustancial de fundamentos en torno al hecho atribuido al imputado, puesto que los tres jueces del tribunal oral interviniente habían presentado distintas versiones de lo sucedido. En este sentido, consideró que el primer juez había valorado que seis de los siete disparos se habían realizado por un intento de ataque y el último para hacer cesar la huida del agresor. Por otra parte, el segundo magistrado había sostenido que cuatro disparos habían estado dirigidos a cesar la fuga, precedidos de otros tres disparados al aire con el fin de intimidar. El tercer juez, por su parte, había considerado que tres disparos habían sido dirigidos al aire para intimidar y otros cuatro habían sido realizados al interpretar de manera errónea un ataque inminente.