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Fecha | Título | Resumen |
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24-feb-2015 | Pappalardo, Víctor Facundo c. Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA | En el marco de un reclamo por un accidente de trabajo ocurrido con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Riesgos del Trabajo, el actor solicitó la aplicación del índice RIPTE (el artículo 17, inc. 6 de la ley 26.773) para el cálculo de la actualización de la prestación dineraria por la incapacidad permanente padecida por el trabajador. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda. La decisión fue apelada por ambas partes. |
29-sep-2017 | Informe sobre la equidad e inclusión en el derecho a la educación | En el marco de la 72ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Relatora Especial de la ONU sobre el Derecho a la Educación, Koumbou Boly Barry, dio a conocer su último informe, relacionado con la educación inclusiva, la equidad y la no discriminación. |
oct-2018 | Educación inclusiva: análisis normativo y jurisprudencial | En el presente trabajo nos referiremos al estado de situación actual de la llamada educación inclusiva en nuestro país. Como se verá, el marco normativo es abundante y claro en cuanto al reconocimiento del derecho a la educación de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás. Pero pese a ello, su efectivo cumplimiento suele presentarse como un reto para quienes trabajamos en el ámbito de la defensa pública. Bajo esta premisa, haremos un análisis de la normativa nacional e internacional más relevante en la materia, y presentaremos una selección de fallos en los que podrán vislumbrarse las respuestas de la justicia ante algunos casos que han ido presentándose durante los últimos años. |
4-abr-2019 | Bazán (causa Nº 4652) | Un juzgado en lo penal, contravencional y de faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un juzgado nacional de menores se declararon incompetentes para entender en una causa sobre los delitos de lesiones y daños. Por esa razón, se produjo un conflicto negativo de competencia y el expediente fue remitido a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. |
15-sep-2020 | MAI (causa N° 86952) | La señora M. y el señor D. tenían un acuerdo judicial de alimentos respecto de sus hijos. M. denunció el incumplimiento por parte de D. en el pago de los meses de junio, julio y agosto de 2020. Por su parte, D. opuso excepción de pago. En su presentación expresó que los hijos habían convivido con él hasta el 7 de agosto de 2020 y que había acordado verbalmente con M. que se haría cargo de la totalidad de los gastos de los niños sin abonarle la cuota alimentaria. |
4-mar-2021 | Vázquez y otros (causa N° 27987) | En agosto de 2014 una persona fue interceptada en la ruta por la Policía Caminera de la provincia de Córdoba. En el vehículo, los oficiales encontraron 913,25 gramos de clorhidrato de cocaína acondicionados en varios envoltorios debajo de la alfombra del acompañante. Por ese hecho, la persona fue imputada por el delito de transporte de estupefacientes. Durante el transcurso del proceso, permaneció en libertad. El 22 de octubre de 2019, se suscribió un acuerdo de juicio abreviado. En la audiencia de visu la defensa particular peticionó la imposición de una pena por debajo del mínimo correspondiente a la escala legal aplicable al delito imputado. De esta manera, pretendía solicitar su cumplimiento en suspenso. El representante del Ministerio Público Fiscal no objetó esta solicitud y dejó a criterio del tribunal la cuestión planteada. El Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba condenó a la persona a la pena mínima estipulada para el delito de transporte de estupefacientes, es decir, cuatro años de prisión y multa. La defensa interpuso un recurso de casación contra este pronunciamiento. |
4-mar-2021 | Vázquez (causa N° 27987) | En agosto de 2014 una persona fue interceptada en la ruta por la Policía Caminera de la provincia de Córdoba. En el vehículo, los oficiales encontraron 913,25 gramos de clorhidrato de cocaína acondicionados en varios envoltorios debajo de la alfombra del acompañante. Por ese hecho, la persona fue imputada por el delito de transporte de estupefacientes. Durante el transcurso del proceso, permaneció en libertad. El 22 de octubre de 2019, se suscribió un acuerdo de juicio abreviado. En la audiencia de visu la defensa particular peticionó la imposición de una pena por debajo del mínimo correspondiente a la escala legal aplicable al delito imputado. De esta manera, pretendía solicitar su cumplimiento en suspenso. El representante del Ministerio Público Fiscal no objetó esta solicitud y dejó a criterio del tribunal la cuestión planteada. El Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba condenó a la persona a la pena mínima estipulada para el delito de transporte de estupefacientes, es decir, cuatro años de prisión y multa. La defensa interpuso un recurso de casación contra este pronunciamiento. |
14-abr-2021 | NN (Causa 10943-2014) | Una mujer con autismo, trastorno generalizado del desarrollo y retraso mental severo estaba alojada en una residencia para personas con discapacidad. A partir de esta situación, su hermano solicitó que fuera incluida en el plan de vacunación contra el Covid-19. En ese sentido, manifestó que si su hermana presentara alguno de los síntomas que presumían la enfermedad, no podría manifestarlos y constituiría un peligro para su salud. |
26-may-2021 | Falcon Rojas y otra (causa N° 162) | En 2017 una pareja había sido imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el proceso judicial, comenzaron a tener una participación relevante en actividades sociales de su barrio y consiguieron un trabajo estable. Al momento de realizarse el debate oral, ambos asumieron su responsabilidad por el hecho y manifestaron que lo habían cometido porque se encontraban en una situación de vulnerabilidad económica. En ese sentido, su defensa solicitó una adecuación del mínimo legal de la escala penal aplicable para el delito imputado en base a criterios de justicia y equidad. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal no objetó esta solicitud. |
sep-2022 | Reforma de la ley 24.660. Pensando alternativas para evitar la aplicación de la ley 27.375 | El comentario aborda la problemática que produjo la sanción de la ley 27.375, la cual modificó la ley de Ejecución de la pena privativa de libertad (24.660). Sabido es que las reformas introducidas por la ley 27.375 se dirigen a obstaculizar el acceso a la libertad anticipada por parte de las personas privadas de libertad. En particular, nos referimos a los regímenes de salidas transitorias, libertad condicional y libertad asistida. El sistema elegido por el legislador ha sido el de enumerar una serie de delitos, y definir que las personas condenadas por ellos que daban excluidas de los institutos señalados precedentemente. Tal como veremos, la constitucionalidad de la mencionada reforma constituye una cuestión de permanente discusión. |
22-feb-2023 | HSA (Causa N° 11301) | En julio de 2017 un hombre solicitó un crédito hipotecario al Banco de la Nación Argentina con el fin de adquirir una vivienda. En el acto intervino una mujer, en carácter de codeudora. El contrato preveía un mecanismo de actualización de la deuda en virtud del proceso inflacionario que atravesaba el país. De esa forma, cada cuota del préstamo se actualizaba según la unidad de valor adquisitivo (UVA). Ese valor era publicado por el Banco Central de la República Argentina de manera periódica. En septiembre de ese año el hombre realizó el pago de la primera cuota, que representó alrededor de un tercio de sus ingresos. Sin embargo, a partir de enero de 2018 hubo una escalada inflacionaria mayor a la que había sido prevista al momento de la contratación. Frente a esa situación, el gobierno declaró la emergencia pública. En junio de 2021 la cuota del crédito representaba más de la mitad de los ingresos del hombre. En ese contexto, demandó a la entidad bancaria. En su presentación, solicitó que se readecuara el contrato y que se fijara un índice de actualización de acuerdo a la realidad económica de los consumidores. En particular, pidió que se implementara una tasa fija y que se tomara como base de actualización el monto que se había pactado al inicio. En ese sentido, sostuvo que se le dificultaba pagar las cuotas, por lo que corría riesgo de perder su vivienda y de quedar aún más endeudado. También solicitó una medida cautelar para que la demandada limitara el valor de las cuotas en función de las variaciones de los salarios. El juzgado hizo lugar a lo requerido y ordenó al Banco de la Nación Argentina que el cobro de la cuota no excediera el 30% del haber neto de los ingresos del actor. Luego, la Cámara Federal confirmó ese pronunciamiento. Con posterioridad, el banco solicitó el rechazo de la demanda. Entre sus argumentos sostuvo que al momento de celebrar el contrato se había tenido en cuenta la capacidad de pago tanto del cliente como de la codeudora. Agregó que se habían contemplado las expectativas inflacionarias. De esa manera, negó que correspondiera una readecuación del contrato. |