Buscar por Voces TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES

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FechaTítuloResumen
3-jun-2015Duarte Salinas, YdalisLa Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Chaco, había revocado la resolución por la que se excarceló a una persona imputada por la comisión del delito de transporte de estupefacientes. La defensa interpuso recurso de casación contra esa decisión.
8-jul-2015Gómez, Analía VerónicaEl Juez Federal había procesado a la imputada en orden al delito previsto en el artículo 5º, inciso e), segunda parte, agravado por el artículo 11, ambos de la ley 23.737, en grado de tentativa. La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza revocó la decisión. A tal fin, sostuvo que, si bien existía sospecha cierta de que la sustancia estupefaciente que portaba al ingresar a la penitenciaria iba dirigida a su concubino, el suministro no tuvo principio de ejecución, por lo que solo existió una tentativa de introducción de dicha sustancia a la unidad carcelaria, conducta que no se encuentra reprimida por la ley. Contra esa decisión, el Fiscal ante aquella Cámara interpuso recurso de casación.
3-sep-2015Almonacid, Gustavo MartínEl Juzgado de instrucción había entendido que resultaba aplicable a un caso de tenencia de estupefacientes en el ámbito carcelario la doctrina elaborada por la CSJN en el caso “Arriola”. En consecuencia, sobreseyó al imputado. A tal efecto, explicó que el lugar y el modo en que fue encontrada la sustancia estupefaciente (oculta dentro de un termo en el marco de un procedimiento de requisa), sumado a su escasa cantidad, permitían inferir que la tenencia tenía por objeto su consumo personal y que esa conducta era propia de la esfera íntima del imputado. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la decisión. En razón de ello, el fiscal interpuso recurso de casación.
2-feb-2016F A IEl tribunal oral, por mayoría, había condenado a A. I. F. a una pena de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Las drogas fueron secuestradas en la vivienda de los padres del imputado, donde, de acuerdo con lo informado por la policía, también residía él. Sin embargo, F. siempre postuló que, en realidad, vivía con su novia en otro lugar y que no tenía conocimiento de la existencia del estupefaciente secuestrado. Contra aquella decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
26-feb-2016Cabrera, Ricardo ArielSe había procesado a una persona por el delito de transporte de estupefacientes. Frente a esto, se interpuso recurso de apelación cuestionando, entre otras, la calificación jurídica escogida por el juez de instrucción. Se requería, en consecuencia, que el hecho sea calificado como tenencia simple de estupefacientes. En este punto, la fiscalía adhirió al planteo de la defensa.
15-mar-2016Almonacid, Gustavo Martín (CSJN)La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado el sobreseimiento de una persona imputada por la tenencia de estupefacientes en un establecimiento carcelario por aplicación de la doctrina del caso “Arriola”. Contra aquella decisión, el Fiscal General interpuso un recurso extraordinario que fue concedido por la Cámara. Allí, el acusador público sostuvo que “…las circunstancias en las que se materializó la tenencia de estupefacientes que se le reprocha a Almonacid (quien tenía en su poder marihuana dentro de una unidad de detención de la Alcaidía Policial de Comodoro Rivadavia) claramente permite diferenciar la coyuntura judicial que se analiza con aquella que fue objeto de tratamiento y resolución por parte de la Corte Suprema en el precedente [“Arriola”], pues en el caso se advierte que ha existido un peligro concreto de generar un daño a derechos o bienes de terceros”.
6-abr-2016Suárez, Jorge Luis y otroDos personas habían sido requeridas a juicio por el delito de tenencia de estupefacientes (artículo 14 primera parte de la ley 27.737) al haberse encontrado en la celda que compartían dinero, papel para armar cigarrillos, y 19 unidades de marihuana compactada. En el acuerdo de juicio abreviado, el fiscal general modificó la calificación legal que se le asignó al hecho que se les atribuía. La acusación entendió que se trataba de una tenencia de estupefacientes para consumo personal, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 14, segundo párrafo, de la ley mencionada y la absolución de los imputados. Una de las personas implicadas en el caso –Oviedo– no se presentó a la audiencia de visu, motivo por el cual se dispuso su rebeldía, captura y la suspensión de las actuaciones a su respecto.
27-abr-2016VJSDurante una requisa de rutina en un establecimiento carcelario, se le habían encontrado 5,7 gramos de marihuana a una persona detenida. El juzgado federal lo sobreseyó por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal. Ante la apelación del fiscal, la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó la decisión. La defensa interpuso recurso de casación contra esa resolución.
may-2016Tenencia de EstupefacientesJurisprudencia sobre tenencia de estupefacientes para consumo personal y tenencia de estupefacientes en establecimientos carcelarios.
16-may-2016RIAS (causa N° 11457)Un adolescente de dieciséis años fue hallado en la vía pública con dos envoltorios de 346 gramos de marihuana. Además, se le secuestraron una balanza de precisión y dos teléfonos celulares. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Dada la edad del imputado, se elaboraron informes médicos y sociales que fueron incorporados a su legajo tutelar. Allí, se indicó que el joven provenía de una familia desintegrada con graves dificultades de sustento y vivienda. Además, se señaló que había retomado sus estudios, se había presentado en una entrevista de orientación psicológica de la SEDRONAR, y esperaba un hijo con su pareja afectiva. Al celebrarse un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía tuvo en consideración lo que se desprendía de los informes y solicitó su absolución.
31-may-2016Gómez y otro (causa Nº 6587)Un policía realizaba tareas de prevención cuando advirtió que dos hombres intercambiaban un objeto en el interior de un vehículo. Por ese hecho, se estacionó detrás del rodado e hizo sonar la sirena. En ese instante, quien se encontraba del lado del acompañante, intentó descender y emprender la huida. Sin embargo, fue detenido. Una vez identificados, se procedió a la requisa. Fue así que se hallaron cien pastillas de éxtasis, dinero, chips de celulares, marihuana, LSD, y tarjetas de ingreso a fiestas electrónicas y pulseras a boliches bailables. Ante esas circunstancias, dada la gran cantidad de material estupefaciente, se dispuso el allanamiento de las moradas de los dos hombres. En ese procedimiento, secuestraron más de 1500 pastillas, 2 envoltorios de nylon con sustancia similar al clorhidrato de cocaína y 2 frascos de marihuana. Asimismo, se encontraron balanzas y cuadernos con anotaciones. Además, se advirtió una suerte de laboratorio en la morada por lo que se procedió a su franjado a la espera del arribo de personal especializado en la materia. De esa manera, los dos hombres fueron procesados con prisión preventiva en calidad de coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso ideal con el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de autor material.
21-jun-2016ASNE (causa Nº 51445)Una mujer de diecisiete años extrajo un objeto de una bolsa blanca y se lo entregó a otra persona. Luego, ambas se acercaron a un tercero y le dieron un paquete. Esas maniobras fueron observadas por personal policial. La mujer fue detenida y los otros dos sujetos huyeron. Efectuada una requisa sobre sus pertenencias, se secuestraron veintiséis envoltorios con cocaína y dinero en efectivo. Por tal razón, fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Posteriormente, no fue sometida a ningún tipo de tratamiento tutelar. De los informes elaborados a su respecto, se concluyó que se habían cumplido los objetivos del artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Al celebrarse un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía tuvo en consideración esos informes y solicitó la absolución de la imputada.
3-ago-2016FT y otrosDos personas habían sido acusadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y, una tercera, por el delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa. En el último caso, una embarcación había descargado bolsas junto a dos personas que huyeron ante la voz de alto dada por la Prefectura Naval. En el lugar se detuvo al acusado y se secuestraron 135,725 kilos de marihuana en paquetes.
8-ago-2016SLA (causa N° 6347)A través de una denuncia anónima, se informó que un grupo de jóvenes realizaría un saqueo a un supermercado. Al ser interceptados por personal policial, uno de ellos arrojó una bolsa. De su interior se secuestraron 60 gramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El joven no poseía antecedentes condenatorios y fue sometido a un tratamiento tutelar durante tres meses, hasta alcanzar la mayoría de edad. Luego, comenzó a trabajar. Durante la audiencia de juicio, la fiscalía solicitó que se le impusiera una pena de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa tuvo en consideración la edad de su representado al momento de cometer el hecho que se le atribuía y requirió que se lo eximiera de pena. La defensoría de menores, además, solicitó su absolución.
9-ago-2016Molina, Juan AlfredoDos personas fueron detenidas durante un operativo en la vía pública. A raíz de ello se encontraron siete plantas de marihuana dentro del vehículo en el que circulaban. A su vez, luego de la detención y requisa, otra persona se presentó en el lugar e indicó que las plantas eran de su propiedad. La conducta de los tres fue calificada, provisoriamente, como cultivo de estupefacientes (art. 5° inc. a, ley 23.737). La defensa solicitó que se modifique la calificación a cultivo para consumo personal (art. 5, inc. a, penúltimo párrafo ley 23.737). De la misma forma, en el entendimiento de que dicha norma guarda el mismo espíritu que el segundo párrafo del art. 14 (tenencia para consumo personal), requirió se declare su inconstitucionalidad de conformidad con lo resuelto por la CSJN en el precedente "Arriola”.
12-ago-2016CNB (causa N° 3384)Varias personas fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el debate, una de las imputadas solicitó prestar declaración en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. Allí, reconoció el hecho y aportó datos y una fotografía de un agente policial involucrado en el delito investigado. En oportunidad de alegar, la defensa consideró que, si bien su asistida había declarado en la etapa de juicio, debía tenerse en cuenta la relevancia de su colaboración. En particular, solicitó que se la eximiera de pena. La fiscalía rechazó el planteo y propuso la reducción de un año de prisión.
16-sep-2016GFA (causa N° 7039)Tres personas fueron imputadas por la tenencia de 1,4 gramos de cocaína y 0,7 gramos de marihuana. Una de ellas tenía dieciséis años. Durante la instrucción, no se dispuso un tratamiento tutelar a su respecto. En la etapa de juicio, la defensa planteó la nulidad de las actuaciones por considerar que se había infringido el artículo 4 de la ley N° 22.278. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable.
26-sep-2016Balali, Edgardo GabrielUna persona fue acusada por dos hechos vinculados con infracciones a la ley 23.737 por los que, finalmente, fue absuelto. En primer término, se le atribuía la tenencia simple de estupefacientes. El imputado Había sido detenido en la vía pública con quince envoltorios con cocaína y un cigarrillo de armado casero. Durante el debate, el representante del Ministerio Público Fiscal alegó que se trataba de un caso de tenencia para consumo personal y solicitó la desestimación de la acción penal. El Tribunal Oral –por aplicación de la doctrina del fallo “Tarifeño” de la CSJN– absolvió al imputado. En segundo lugar, se le atribuía el delito de transporte de estupefacientes. El proceso se inició por un control vehicular de un micro. En ese marco, uno de los policías reconoció entre los pasajeros –por sus antecedentes judiciales– a al imputado. Luego de hacer descender a todos los pasajeros del vehículo y solicitarles que retiren sus valijas, se requisó el equipaje de una adolescente que viajaba junto a él. Entonces, se secuestraron 584 gramos de marihuana. La defensa planteó, entre otras cuestiones, la nulidad del procedimiento. A tal fin, resaltó que no había mediado orden judicial para proceder a la detención y requisa de su asistido y que no concurrieron circunstancias que justificaran el actuar del personal policial en los términos del art. 230 del CPPN.
2-nov-2016A, DEUna persona fue detenida por personal de la Gendarmería Nacional en la vía pública con el objeto de que se identifique y exhiba el contenido de su mochila. Los agentes observaron “a simple vista” que el imputado tenía en su poder varios envoltorios y dinero en efectivo. Por este motivo, lo requisaron, y secuestraron sesenta y tres envoltorios de cocaína y tres de marihuana. La defensa solicitó la nulidad del procedimiento y de todo lo actuado con posterioridad. Argumentó, entre otras cuestiones, que en el caso no existieron circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente permitieran justificar la detención y requisa efectuadas por el personal policial, en los términos del art. 230 bis del CPPN.
2-dic-2016G, MN (dictamen)Una persona fue requisada por el Servicio Penitenciario provincial al visitar a su concubino en un establecimiento carcelario. Allí le solicitaron que se sacara la vestimenta y se incline hacia adelante. De esta manera, se observó que llevaba un envoltorio en su vagina. Luego se comprobó que el envoltorio contenía estupefacientes. A la persona se le imputó la tentativa del delito de comercialización de estupefacientes agravado por cometerse en el interior de un establecimiento carcelario. La defensa planteó la nulidad del procedimiento por resultar contrario a la intimidad y a la dignidad de las personas. El Fiscal General adhirió a dicha impugnación. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán consideró que no se había demostrado el perjuicio a la imputada y rechazó el planteo. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal y la defensa presentaron, respectivamente, recursos de casación.