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FechaTítuloResumen
31-jul-2012Furlan y familiares v. ArgentinaEn el año 1988, Sebastián Furlan, quien por entonces tenía 14 años de edad, recibió el impacto de un travesaño que cayó sobre su cabeza y le ocasionó una fractura de cráneo y daños cerebrales graves. En ese momento, se encontraba jugando con otros niños en un campo de entrenamiento militar abandonado por el Ejército, en la localidad de Ciudadela, provincia de Buenos Aires. El padre de Sebastián, Danilo Furlan, inició una acción de daños y perjuicios contra el Estado Nacional a fin de obtener el resarcimiento por los daños sufridos por su hijo y obtener los medios necesarios para una adecuada rehabilitación. El referido proceso civil demoró aproximadamente 12 años y tres meses y fijó una indemnización en pesos. Sin embargo, por aplicación de la ley 23.982 sobre consolidación de deudas, dicho crédito fue cancelado mediante la suscripción de bonos cuyo monto total recién se podía cobrar en el año 2016.
18-ago-2010PLJM c IOMAEl curador definitivo de una persona con discapacidad inició una acción de amparo contra el Instituto de Obra Médico Asistencial con el objeto de obtener una cobertura integral de la prestación “Formación Laboral, Jornada Doble” sin limitaciones temporales. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción de manera parcial y ordenó al IOMA suministrar al amparista la continuidad de las prestaciones, conforme con la normativa aplicable. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, rechazó el recurso. El accionante interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley.
18-dic-2008Saviny v. UcraniaLos peticionarios, marido y mujer, eran ciegos desde su infancia. Dieron a luz a siete hijos. Cuatro de ellos fueron llevados a los servicios sociales en 1998. Los otros tres fueron puestos en la misma situación en virtud de una sentencia judicial de 2006. Las autoridades nacionales alegaron que la falta de medios financieros y las cualidades personales de los peticionarios ponían en peligro la vida, la salud y la educación moral de todos sus hijos. Los peticionarios apelaron la sentencia sin éxito.
4-jul-2006Ximenes Lopes v. BrasilEn la época de los hechos, Damião Ximenes Lopes tenía 30 años de edad y vivía con su madre en la ciudad de Varjota, situada aproximadamente a una hora de la ciudad de Sobral, sede de la Casa de Reposo Guararapes (institución médica). Durante su juventud, desarrolló una discapacidad mental de origen orgánico, proveniente de alteraciones en el funcionamiento de su cerebro y, debido a ello, presentaba esporádicamente dificultades y necesidades específicas. En el año 1995 fue internado por primera vez en la institución médica mencionada, durante un período de dos meses. El 1 de octubre de 1999, Ximenes Lopes fue admitido en la Casa de Reposo Guararapes, como paciente del Sistema Único de Salud, en perfecto estado físico. Al momento de su ingreso no presentaba señales de agresividad ni lesiones corporales externas. El 3 de octubre de 1999 tuvo una crisis de agresividad y se encontraba desorientado. Entró a un baño en la institución médica y se negaba a salir de ahí, por lo que fue contenido y retirado a la fuerza por un auxiliar de enfermería y por otros dos pacientes. Esa misma noche, tuvo un nuevo episodio de agresividad. En razón de ello, volvió a ser sometido a contención física entre la noche del domingo y el lunes por la mañana. El 4 de octubre de 1999, la madre de Damião fue a visitarlo a la Casa de Reposo Guararapes y lo encontró sangrando, con hematomas, con la ropa rota, sucio y oliendo a excremento, con las manos amarradas hacia atrás, con dificultad para respirar, agonizante, gritando y pidiendo auxilio a la policía. Ximenes Lopes seguía sometido a la contención física que le había sido aplicada desde la noche anterior, ya presentaba excoriaciones y heridas y lo dejaron caminar sin la adecuada supervisión. Falleció el mismo día, aproximadamente dos horas después de haber sido medicado por el director clínico del hospital y sin ser asistido por médico alguno. Sus familiares interpusieron una serie de recursos judiciales. Sin embargo, no se realizaron mayores investigaciones ni sancionaron a los responsables.