Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/653
Título : | S, AM c UP |
Fecha: | 13-mar-2015 |
Resumen : | En este caso, la actora, en representación de sus hijos -dos jóvenes con discapacidad- demandó a su obra social a fin de obtener la cobertura de las prestaciones de asistencia personal las 24 horas, atención médico asistencial coordinada, cobertura de estudios genéticos familiares, y se les otorgue un lugar habitacional o algún subsidio para resolver temporalmente el problema de vivienda que impide llevar a cabo los tratamientos respectivos. El juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar requerida. Posteriormente, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la decisión de primera instancia y ordenó a la obra social y al Estado Nacional otorgar el apoyo económico necesario –hasta tanto se dicte el fallo definitivo de la causa- destinado a abonar en forma íntegra el alojamiento que permita a los actores con discapacidad vivir con su grupo familiar y recibir el tratamiento médico y asistencial que requieren en condiciones de dignidad. Esta obligación fue impuesta en un 20% a la referida obra social y en el 80% restante a cargo del Estado Nacional, y se estableció que debería ser satisfecha en el término de diez días. Sin embargo, lo resuelto no fue cumplido por los obligados. |
Argumentos: | La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó lo resuelto y fijó el monto que ambas demandadas deberán poner mensualmente y en forma regular a disposición de la actora para cubrir de manera oportuna un alquiler. Asimismo, dispuso que el 80% de ese importe estará a cargo del Estado Nacional, y el 20% restante, a cargo de la obra social. Para decidir así, el tribunal señaló que "...la atención médica de los jóvenes [con discapacidad] y la preservación de su derecho a la vida familiar exige continuidad y estabilidad, lo cual no se satisface solamente con una orden judicial sino que exige el compromiso de todos los sujetos –obligados y beneficiarios- en avanzar hacia la ejecución de una solución integral que permita a los actores recibir el tratamiento social, médico y humano que requieren". |
Tribunal : | Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala I |
Voces: | ACCION DE AMPARO MEDIDAS CAUTELARES OBRAS SOCIALES NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES PERSONAS CON DISCAPACIDAD DERECHO A LA SALUD VIVIENDA |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/S, AM c UP.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.