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26-jul-2018Dridi v. AlemaniaUn ciudadano alemán había sido procesado en el marco de una causa penal. El tribunal local requirió su comparecencia y, luego, lo condenó. Entonces, la persona solicitó contar con asistencia técnica. La defensa propuesta no contaba con título de abogado. Sin embargo, al momento de los hechos, la legislación local permitía esa situación siempre que mediara autorización del tribunal. Luego de que el tribunal aprobara su designación, la defensa y el representante del Ministerio Público Fiscal recurrieron la sentencia condenatoria. Tiempo después, el imputado se mudó a España y puso a disposición del tribunal su nueva dirección. La defensa solicitó que se liberara a la persona de la obligación de comparecer a la audiencia de apelación. Sin embargo, el tribunal rechazó la petición y envió la notificación al domicilio de España. A su vez, mediante notificación pública, informó la fecha fijada para la audiencia de apelación y se dejó sin efecto la decisión que autorizaba la intervención del defensor. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta que no contaba con título de abogado. Un día antes de la fecha establecida, el defensor tomó conocimiento de la situación. De ese modo, solicitó que se dejara sin efecto el apartamiento, se reprogramara la audiencia y se pusiera a su disposición la documentación del caso –en particular, el recurso de apelación interpuesto por el fiscal. La Cámara rechazó los planteos y, debido a la incomparecencia de la persona imputada, también rechazó el recurso de apelación. El peticionario solicitó que se restableciera la situación statu quo ante. Sin embargo, el tribunal rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que la circunstancia de que el imputado no viviera en el país justificaba que citación se cursara mediante notificación pública.
30-ago-2017Trabajo Rueda v. EspañaTrabajo Rueda dejó su computadora portátil en un establecimiento informático para que fuera reparada. Al realizar el arreglo, el técnico constató que la máquina contenía archivos con pornografía infantil, por lo cual denunció los hechos a la policía e hizo entrega del ordenador. Los agentes policiales examinaron el contenido de la computadora y, luego, lo entregaron a los expertos en informática de la policía judicial. A continuación, se informó de la investigación a un juez de instrucción. El imputado fue detenido al presentarse a retirar su ordenador en el establecimiento de técnica informática. Rueda fue condenando a una pena de cuatro años de prisión por posesión y difusión de imágenes de menores de carácter pornográfico. Al impugnar la decisión, alegó que se había vulnerado su derecho a la intimidad personal y la presunción de inocencia. Sin embargo, la decisión fue confirmada en todas las instancias locales. Por ese motivo, interpuso una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra el Reino de España.
27-abr-2017Schmidt v. LetoniaEn el año 1970 la peticionaria había contraído matrimonio con A.S. Desde 1980 y, al menos, hasta 1986, la pareja convivió en un departamento alquilado en Hamburgo (Alemania). En 1992 se mudaron a Riga (Letonia), donde adquirieron una vivienda. Ella regresó a Alemania en 1999 y la pareja mantuvo contacto, únicamente, por vía telefónica. A.S. inició un proceso de divorcio ante un tribunal de Riga en diciembre de 2003. Manifestó que había conversado telefónicamente con la peticionaria, que se negó a discutir la división de los bienes que tenían en común. Asimismo, informó que el último domicilio que conocía de ella era el que compartieron en Letonia. El tribunal le envió una notificación a ese sitio; sin embargo, el Correo informó que la mujer ya no vivía allí. Entonces, se la citó a una audiencia por medio del Boletín Oficial. El juzgado concedió el divorcio a comienzos de abril del año 2004. Poco tiempo después, A.S. contrajo matrimonio con otra mujer y, al día siguiente, falleció. La peticionaria tomó conocimiento del divorcio el día que arribó a Riga para asistir al funeral de A.S. Ante estos hechos, la peticionaria reclamó judicialmente. Sostuvo que vivía en Alemania y que no tuvo conocimiento del proceso judicial de divorcio que se había sustanciado. El tribunal superior de Riga sostuvo que, dado que no conocía la dirección de la demandada, su accionar se había adecuado a las normas que rigen el procedimiento civil.
14-feb-2017P?tra?cu v. RumaníaEn febrero de 2007, en el marco de una investigación policial por tráfico de estupefacientes, un oficial encubierto se acercó a una persona en un club nocturno y le preguntó si podía conseguir drogas. Ante el pedido, este sujeto expresó que podría conseguirlas y que lo llamaría luego. En abril de ese año, el fiscal para la investigación del crimen organizado inició un proceso judicial para la investigación de ese delito. A su vez, el juez del condado autorizó la intercepción del teléfono del imputado. Ese mismo día, el fiscal autorizó el uso de un agente encubierto para determinar los hechos del caso, identificar a los delincuentes y obtener prueba. Luego de que el oficial encubierto se comunicara en reiteradas oportunidades con la persona investigada, se coordinó la entrega de los estupefacientes. En esa oportunidad, el fiscal y diez policías intervinieron y arrestaron al imputado, que fue procesado y condenado a la pena de seis años de prisión por tráfico de estupefacientes. La condena se fundó –principalmente– en las conversaciones telefónicas grabadas. La decisión fue apelada. La Cámara de Apelaciones y, posteriormente, el Alto Tribunal de Casación y Justicia consideraron que al momento de autorizar la operación encubierta existían motivos serios de sospecha y rechazaron la impugnación.
1-sep-2016Wenner v. AlemaniaWenner presentaba una adicción a la heroína desde el año 1973. El peticionario intentó superar su adicción a través de distintos tipos de tratamientos médicos, como la terapia de sustitución de drogas. Sin embargo, el tratamiento fue interrumpido contra su voluntad al momento de ser arrestado bajo sospecha de traficar estupefacientes. En el marco de ese proceso, fue condenado a la pena de seis años de prisión. El tribunal de primera instancia ordenó su traslado a un centro de rehabilitación luego de cumplir un período de seis meses de detención. En 2009 fue trasladado y se sometió a un tratamiento basado en la abstinencia, sin tratamiento adicional de sustitución. Al año siguiente, el tribunal ordenó su retorno a la prisión. Wenner impugnó la decisión pero su presentación fue rechazada por la Cámara de Apelaciones de Munich. En 2011, el peticionario solicitó a las autoridades de la prisión su tratamiento con sustitutivos de heroína y, alternativamente, requirió que un médico externo especialista en adicciones dictamine sobre la necesidad de este tipo de tratamiento. Las autoridades rechazaron su solicitud. Luego de ser liberado en 2014, el peticionario fue examinado por un doctor que le prescribió un tratamiento de sustitución de drogas.
6-jun-2016Frumkin v. RusiaEl presente caso fue iniciado por el señor Yevgeniy Frumkin, ciudadano ruso que había organizado y participado de una manifestación política en la plaza Bolotnaya, sita en Moscú, el 6 de mayo de 2012. Dicha manifestación se realizó con el fin de protestar contra el gobierno en razón de los procesos electorales que se llevaron a cabo en 2011. El evento comenzó pacíficamente y terminó con enfrentamientos entre la policía y los manifestantes. El peticionario fue trasladado a una comisaría donde se lo acusó de obstrucción del tráfico y por desobedecer las órdenes de la policía. Quedó en custodia policial hasta que, el 8 de mayo de 2012, fue condenado a 15 días detención administrativa. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo en marzo de 2015.
29-mar-2016Pai? v. CroaciaZoran Pai?, de nacionalidad croata, fue interrogado en septiembre de 2005 por un juez de instrucción bajo sospecha de haber robado el teléfono móvil de una turista checa, ER. El peticionario negó los cargos. No obstante, en junio de 2006, por medio de un pedido de asistencia jurídica internacional, se exhortó a las autoridades judiciales de la República Checa para que le tomaran declaración a ER, quien manifestó que el imputado había sido el autor del robo. En el marco del juicio oral, el peticionario reiteró la declaración que había brindado ante el juez de instrucción y rechazó la imputación. Sin embargo, el tribunal oral admitió como prueba la grabación del interrogatorio de la testigo y lo condenó a la pena de cuatro meses de prisión, suspendida por un año. La condena se fundó única-mente en la declaración de ER.
23-mar-2016Blokhin v. RusiaEl peticionario fue detenido e interrogado en una comisaría rusa cuando tenía 12 años, acusado de extorsionar a un vecino de 9 años. En ese marco, sin estar acompañado de su tutor, psicólogo o abogado, confesó el delito que se le atribuía. Horas más tarde, cuando su abuelo se presentó en la comisaría, se retractó y señaló que era inocente. Por su parte, la presunta víctima y su madre declararon en la comisaría. En esa oportunidad, volvieron a acusar al peticionario por la extorsión. De acuerdo con su historial médico, el peticionario sufría un trastorno psiquiátrico; fue examinado por dos especialistas que le recetaron medicamentos y sugirieron que un médico lo revisara regularmente. Con anterioridad, se lo había acusado de cometer otros delitos. Sin embargo, no se lo imputó penalmente debido a su edad. Un tribunal ordenó que se lo internara con el fin de corregir su conducta. En el debate de esa decisión, no intervino la presunta víctima ni su madre. La detención se prolongó durante 30 días. Durante los meses siguientes, el abuelo y tutor del peticionario presentó varias quejas para que se volviera a examinar el caso. A tal efecto, argumentó que su detención había sido ilegal e incompatible con el estado de salud de su nieto. Sin embargo, en mayo de 2006 un tribunal reexaminó el asunto y rechazó el planteo.
22-mar-2016Bo?tin? v. RumaniaEl peticionario, Marius Bo?tin?, es el padre de un niño nacido el 2 de mayo de 2010 de su matrimonio con B.A.M. En el año 2011, la mujer solicitó el divorcio y el ejercicio unilateral de la responsabilidad parental sobre el niño a su cargo ante el tribunal de primera instancia. Ese mismo año, el juzgado interviniente hizo lugar a los pedidos y fijó el derecho de comunicación de padre e hijo en el domicilio donde el niño vivía con la madre. A pedido del padre, el tribunal de primera instancia ordenó la ejecución de la resolución del año 2011. En varias oportunidades, durante agosto de 2011, el peticionario se presentó en la casa del niño, en compañía del oficial de justicia y una trabajadora social, para ejercer su derecho en la forma establecida por la resolución de 2011. Esas visitas no pudieron realizarse porque la madre estaba fuera del domicilio o se oponía a que el peticionario se llevara al niño. El 20 de agosto de 2011, el peticionario pudo ver a su hijo durante unos minutos en la sede de la policía. Luego, la madre solicitó que se suspenda el cumplimiento de la sentencia. El tribunal hizo lugar al pedido con fundamento en la corta edad del niño que, a su criterio, justificaba la presencia permanente de su madre y un programa y un entorno estable para su desarrollo. En el año 2012, el tribunal departamental aplicó las disposiciones del nuevo Código Civil rumano –que había entrado en vigor recientemente– y otorgó el ejercicio de la responsabilidad parental a ambos progenitores, fijó el domicilio del niño en la casa de su madre y reconoció el derecho de comunicación entre el padre y su hijo en el domicilio del padre. Unos meses después, la Corte de Apelación hizo lugar a un recurso de la madre y confirmó la resolución del año 2011 (que establecía el ejercicio de la responsabilidad parental solo a cargo de la madre y las visitas del padre en el domicilio del niño).
25-feb-2016Klinkenbuss v. AlemaniaEn el presente caso, el peticionario había sido condenado en 1983 por intento de violación, ataque sexual y tentativa de homicidio. En razón de ello, se le impuso la pena de cinco años de prisión. El juzgado ordenó, asimismo, su internación en un hospital psiquiátrico de acuerdo a la ley criminal para menores de edad. Ello, por considerar que había actuado con responsabilidad criminal disminuida dados sus trastornos de consciencia y las tendencias sexuales sádicas demostradas en sus actos. A finales del año 1990, al permitírsele salir en libertad, el peticionario atacó a otra mujer. En virtud de ello, se lo internó nuevamente. El tribunal interno revisó periódicamente la detención y consideró en 2011 que correspondía mantener la internación. Para ello, invocó los informes psiquiátricos que indicaban que su patología no podían ser curada y que existía un alto riesgo de que cometiera nuevamente ofensas contra la vida e integridad sexual de otras personas.