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12-dic-2023Lenguaza Noguera (causa N° 2191)Una mujer trans de nacionalidad paraguaya fue imputada por los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual en seis hechos en concurso real, cometidos contra cinco víctimas, dos de los cuales fueron con engaño y uno cuando la víctima se encontraba embarazada. Todas fueron con la agravante del aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad y de haberse consumado la explotación. La mujer estuvo detenida dos años, dos meses y veintiocho días en la cárcel “La Emboscada” en la República del Paraguay. Durante ese período, no hubo control por parte de los tribunales argentinos acerca de las condiciones de su detención. Luego, se pidió su extradición y estuvo detenida poco más de dos meses en el Complejo Penitenciario Federal N° IV de Ezeiza. Finalmente, se le concedió la prisión domiciliaria en el “Hogar Madre Teresa de Calcuta”. En total, estuvo detenida cuatro años, dos meses y veintidós días.; Durante la audiencia de juicio oral, la imputada declaró que en las unidades penitenciarias de Paraguay no había pabellones destinados a la población trans. Luego, explicó que las mujeres trans eran alojadas en cárceles de varones, donde no tenían celdas ni lugares asignados por lo que dormían en los pasillos o debajo de las escaleras. Además, no recibían comida, agua ni seguridad. En ese sentido, contó que debían ejercer la prostitución para poder alimentarse y debían pagar “peajes” para pasar las rejas ante los guardias de seguridad. Por otro lado, narró que sufrían violaciones en grupo. Al momento de los alegatos, la fiscalía y la Defensoría de Víctimas solicitaron la pena de ocho años de prisión. En cuanto al modo de cumplimiento, entendieron que en función de la pena ilícita sufrida en la cárcel paraguaya y el tiempo de detención que tuvo en Argentina, correspondía tener por cumplida la pena impuesta y disponer su inmediata libertad. Sin embargo, la Defensoría de Víctimas solicitó una reparación económica de $ 15.000.000 por el daño ocasionado a una de las víctimas. Por otro lado, el defensor de la imputada alegó que podía plantear cuestiones referidas a la no punibilidad del artículo 5 de la ley N° 25.364 pero, a pedido de su asistida, consentía la condena y solicitaba que se tuviera por cumplida la pena con el tiempo que había estado detenida.
17-nov-2023Bio Lazzari D´Almeida (Causa N° 10109)En el marco de un procedimiento de control vehicular, personal policial detuvo un auto con patente brasilera en el que viajaban ocho personas. En la parte trasera del vehículo, los efectivos observaron varias cajas de cartón con mercadería de origen extranjero valuada en aproximadamente seiscientos mil pesos, sin el aval aduanero correspondiente. Por estos hechos, se inició una investigación por el delito de contrabando contra una de las personas que se encontraba en el interior del auto y era la titular de las mercaderías .
3-nov-2023ITE (Causa N° 6543)Un hombre con síndrome de Down tenía una discapacidad psicosocial. Luego de finalizar el secundario, con el apoyo de su familia y equipo profesional que lo atendía, decidió continuar con sus estudios universitarios en la carrera de turismo. Por ese motivo, el neurólogo que lo trataba le indicó un acompañante terapéutico que lo acompañara durante las cinco horas diarias de cursada, de lunes a viernes, mientras durara el ciclo lectivo. En consecuencia, el hombre solicitó la referida prestación a su cobertura de salud. Sin embargo, el pedido fue rechazado pues la entidad consideró que debía estar a cargo de la universidad. Por su parte, la institución educativa había capacitado al plantel docente, adaptado el plan de estudios y contratado a un profesor para que acompañara al hombre en su proceso de aprendizaje. En ese marco –con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo de Posadas¬– inició una acción de amparo contra su cobertura de salud. En su presentación, pidió que se le otorgara la cobertura total de acompañante terapéutico. Luego, la parte demandada reiteró que la universidad a la que asistía el actor debía brindar la cobertura, dado que lo solicitado no estaba regulado en la Ley Nº 24.901 de Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de Personas con Discapacidad.
1-nov-2023Aplicación del decomiso sin condena en la colaboración eficaz (art. 41 ter, inc. I, CP)Este artículo explora la aplicación del decomiso sin condena en la colaboración eficaz, (art. 41 ter inc. 1º CP), una figura que ha adquirido especial relevancia en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y la criminalidad económica compleja. En ese sentido, analiza los fundamentos y características del decomiso sin condena, su carácter real y las críticas y argumentos a favor de su implementación. Finalmente, examina la relación entre este tipo de decomiso y la figura del arrepentido, así como los posibles beneficios y desafíos de optar por esta medida en casos de criminalidad organizada.
27-oct-2023Cifarelli (Causa N° 49884)Tres varones y una mujer iban a bordo de un vehículo, detuvieron la marcha y dos de los hombres descendieron para amenazar a una mujer y a su hijo. Luego de hacer ademanes de tener armas entre las ropas, le sacaron un celular de sus manos y tiraron de la cartera que llevaba cruzada sobre su torso. Ese accionar provocó que la víctima cayera al piso y resultara golpeada a fin de quitarle sus pertenencias. Entonces corrieron hacia el vehículo en el que los aguardaban sus compañeros y se dieron a la fuga. Veinticinco minutos más tarde fueron detenidos. En el interior del rodado se encontraron el celular y un monedero de cuero que pertenecía a la víctima. En la etapa de juicio oral, fueron condenados por el delito de robo en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
25-oct-2023ASN (Causa N°734)Un hombre y una mujer que tenían una hija en común se separaron. En esa época, la mujer había denunciado por violencia de género al hombre y había obtenido en sede judicial medidas de protección que se encontraban vigentes. En ese marco, ambos presentaron ante el juzgado de primera instancia interviniente un plan de parentalidad con relación a la niña. Luego, mientras estaba pendiente de homologación ese convenio, la mujer denunció el incumplimiento del régimen de comunicación acordado por parte del progenitor. En ese contexto, el hombre realizó una publicación en sus redes sociales que involucraba al conflicto familiar. En esa oportunidad, difundió la imagen de su hija y divulgó información relativa al proceso judicial. Por ese motivo, el defensor oficial –en representación de la mujer– denunció como hecho nuevo esas publicaciones. En su presentación, acompañó las capturas de pantalla como prueba y un informe psicológico de la niña.
24-oct-2023Rodríguez Catalan (Causa Nº 7639)Un hombre de sesenta y cuatro años, de nacionalidad chilena, fue procesado con prisión preventiva como coautor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por el número de intervinientes. Al momento de su detención, el hombre se identificó correctamente y se constató su domicilio, el cual compartía con una persona también chilena, al que se le había concedió el arresto domiciliario en el marco de la misma causa y que estaba imputado por ser el organizador de la estructura delictiva. Su defensa solicitó la excarcelación bajo caución juratoria y en subsidio las medidas previstas en el art. 210 del CPPF. Argumentó que el hombre tenía problemas de salud (atrofia prostática benigna) y que debía prestarse especial atención a su condición de adulto mayor. El Juzgado rechazó la solicitud. Para ello, ponderó las características del hecho, la pena en expectativa y la existencia de personas no identificadas y de medidas de prueba pendiente de producción. Además, destacó que la Oficina Central Nacional Interpol Santiago de Chile informó que el acusado registraba antecedentes policiales por los delitos de hurto, robo con fuerza en las cosas y robo cometidos en Chile. La defensa apeló esa decisión. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes confirmó la resolución. Para decidir de esa manera, entendió que la pena que se esperaba como resultado del procedimiento no admitiría posibilidad de condena condicional. Además, indicó que como el acusado tenía arraigo domiciliario en el mismo lugar que otro de los imputados, la prisión preventiva resultaba la única vía idónea para neutralizar los riesgos procesales, y que su dolencia podía ser tratada en la dependencia del Servicio Penitenciario Federal en la que se encontraba alojado. Contra esa decisión, su defensa presentó un recurso de casación.
23-oct-2023Castillo (causa N° 5397)Un hombre, junto a otras dos personas no identificadas, se acercó a una mujer que estaba con sus hijos y le dijo que le diera su automóvil. Ante la resistencia de uno de sus hijos que forcejeó con el hombre, le exhibieron un cuchillo, le sustrajeron la llave del vehículo a la mujer y se dieron a la fuga en contramano. El hombre fue imputado y condenado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma a la pena de cinco años de prisión y a la pena única de nueve años de prisión. Además, fue declarado reincidente. Contra esa sentencia, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, se agravió por la errónea aplicación del inciso 2° del artículo 166 del Código Penal.
20-oct-2023DMF (Causa N° 70859)Un hombre y una mujer que tenían hijos en común se separaron. Cuando finalizó la convivencia, el hijo menor quedó al cuidado de su progenitora. En ese contexto, ambos continuaron viviendo en el inmueble familiar. Por su parte, el hombre tenía un empleo informal y abonaba una cuota alimentaria que era insuficiente para solventar las necesidades de su hijo. Por ese motivo, la mujer –por sí y en representación del niño– inició un juicio. En su presentación, solicitó que se le atribuyera el uso de la vivienda familiar. En ese sentido, pidió que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 526 del Código Civil y Comercial. Entre otras cuestiones, la norma preveía que la atribución no podía exceder los dos años contados desde el cese de la convivencia. Además, establecía la posibilidad de fijar una renta compensatoria a favor del ex conviviente al que no se la hubiera atribuido la vivienda. El juzgado interviniente admitió el pedido de la actora por el plazo de dos años. Sin embargo, rechazó el planteo de inconstitucionalidad, pues consideró que las partes debían dirimir el conflicto en una causa por división de condominio que tramitaba ante otro tribunal. Contra lo decidido, la mujer interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, reiteró que la cuota alimentaria que abonaba el demandado era inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil y que no le alcanzaba para afrontar los costos de un alquiler. Por lo tanto, requirió que no se fijara un plazo para la atribución o bien que se mantuviera hasta que su hijo alcanzara la mayoría de edad.
18-oct-2023Barrera Carranza (Causa N° 3595)Un hombre de nacionalidad peruana había sido condenado en dos oportunidades, por los delitos de hurto simple y robo en grado de tentativa. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el plazo de ocho años. Para resolver de esa manera, aplicó la causal de expulsión del artículo 29, inciso c de la ley N° 25.871. Contra esa decisión, la persona –asistida por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación– interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia lo desestimó. Entre sus argumentos, expresó que la reiteración de los delitos cometidos encuadraba en los impedimentos previstos por la normativa para permanecer en el país. La Cámara confirmó la sentencia de la anterior instancia. Contra esa decisión, el actor interpuso recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible. Por lo tanto, presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese incidente, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de segunda instancia. Asimismo, ordenó que volvieran los autos al tribunal de origen para que se dictara un nuevo fallo.