Buscar


Filtros actuales:
Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 25.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
28-oct-2021Cruz y otro (causa Nº 7154)En el marco de un proceso sustanciado por la presunta comisión del delito de comercio de estupefacientes, se investigó a la pareja de uno de los imputados y luego se la desvinculó del proceso por considerarse que no había participado en el ilícito. Sin embargo, los dos hombres involucrados en el caso fueron condenados por aplicación del artículo 5, c de la ley 23.737. A su vez, el tribunal ordenó el decomiso de un automóvil. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Respecto del decomiso, sostuvo que la titular del vehículo era la pareja de uno de los imputados.
28-oct-2021DCD (Causa nº 4995)En el marco de una causa penal, se investigaba una serie de maniobras defraudatorias presuntamente efectuadas por una persona y que afectaron a la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional y a clubes de fútbol que habían operado con el grupo “C”. En este contexto, la defensa del imputado solicitó a la jueza de instrucción que se convocara a una audiencia de conciliación que incluyera a todos los damnificados. Sin embargo, la magistrada resolvió convocar a una audiencia sólo al imputado y al representante del Ministerio Público Fiscal. Fundamentó su decisión en que los representantes de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo de la Nación y los representantes de los clubes de fútbol no podían ser considerados víctimas. En este mismo sentido, argumentó que todavía se investigaba la posible vinculación de funcionarios que se habían desempeñado en la Jefatura de Gabinete en las maniobras investigadas. Contra esa decisión, la defensa del imputado interpuso un recurso de apelación.
27-may-2021Salvatierra (causa Nº 17409)Un hombre almacenaba y trasportaba droga. Para realizar esta actividad utilizaba un vehículo que pertenecía a su pareja. El hombre fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes en concurso real con el de almacenamiento de estupefacientes. Durante el proceso penal, las partes firmaron un acuerdo de juicio abreviado. La propuesta del representante del Ministerio Público Fiscal incluía el decomiso de los bienes secuestrados, entre los que se encontraba el vehículo. En la audiencia de visu, el imputado manifestó como único deseo que el rodado sea devuelto a su propietaria. En ese sentido, explicó que el auto era de su ex mujer, que ella no tuvo que ver con los hechos investigados y que el vehículo le resultaba indispensable para el cuidado de sus hijos. En particular, destacó que uno de los niños tenía problemas de salud. El tribunal interviniente condenó al hombre por los delitos atribuidos y ordenó el decomiso del automóvil. Contra esta resolución, la defensa de la mujer interpuso un recurso de casación.
17-feb-2021Jiménez (causa N° 22058)Seis personas fueron imputadas por distintos delitos regulados en la ley N° 23.737 según el grado de su presunta participación. Todas las personas acordaron sus penas con la representante del Ministerio Público Fiscal en un único juicio abreviado. Entre los montos de las penas acordadas se encontraban condenas de prisión efectiva de seis años y medio, siete y ocho años. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero homologó el acuerdo. Una de las personas presentó un recurso in pauperis. Luego, la defensa desarrolló los fundamentos de la impugnación. En ese sentido, consideró que la resolución había otorgado validez a un acuerdo que establecía una pena superior a la prevista en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación y solicitó su nulidad.
16-dic-2020Silvero Ybarra (causa N° 49004962)Un hombre había sido condenado a la pena única de 20 años y 9 meses de prisión. Durante la ejecución de su condena, en el marco de una visita familiar, comenzó una discusión con el personal penitenciario. Ante esta situación, fue trasladado a una celda de aislamiento. En el lugar, recibió golpes, le retiraron sus prendas y le introdujeron un elemento en el ano. Por este hecho, cuatro agentes penitenciarios fueron procesados en calidad de autores del delito de torturas en concurso ideal con abuso sexual agravado. Luego de este suceso, en diversas oportunidades, el hombre sufrió traslados, torturas y amenazas. La defensa solicitó la modificación del cómputo de la pena impuesta en los términos del artículo 504 del CPPN. A su vez, requirió que se adelantara a su asistido en el régimen de progresividad de la pena a fin de que pudiera acceder a la libertad condicional. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó en favor de la propuesta de la defensa. Sin embargo, el juez de ejecución del tribunal oral interviniente no hizo lugar al pedido de la defensa. Por este motivo, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-nov-2020De Vido y otros (causa Nº 9608)En noviembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la ley Nº 27.304 que había modificado el artículo 41 ter del Código Penal. Esa modificación amplió el catálogo de delitos que autorizaban la utilización de la figura de “arrepentido”. En el marco de una investigación penal, un grupo de personas se acogió a esta figura y prestaron declaraciones que incriminaban a funcionarios del Estado por delitos de corrupción. Fue así que se suscribieron acuerdos de colaboración con el representante del Ministerio Público Fiscal. Los documentos fueron homologados por el juzgado y se remitieron copias digitalizadas de las actas y de los acuerdos de colaboración celebrados. A partir de sus declaraciones, varias personas fueron imputadas por hechos ocurridos entre los años 2008 y 2015. Durante el proceso, las defensas plantearon la inconstitucionalidad de la Ley del Arrepentido. El tribunal interviniente rechazó los planteos. Por ese motivo, las defensas impugnaron la decisión. Ante un nuevo rechazo, interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, sostuvieron que la norma violaba las garantías de prohibición de autoincriminación, igualdad ante la ley y debido proceso. En ese sentido, afirmaron que una vez que el imputado “arrepentido” declaraba en esos términos, si se desdecía o mentía debía afrontar una imputación en los términos del artículo 276 bis del Código Penal. Entonces, argumentaron que esa situación derivaba en una violación a la garantía de no autoincriminación. Así, plantearon que la ley Nº 27.304 no podía aplicarse de manera retroactiva porque no resultaba más benigna que la vigente al momento de la supuesta comisión de los hechos investigados. Por último, las defensas criticaron la forma en que las declaraciones de los imputados “arrepentidos” habían sido tomadas ya que no se habían registrado por un medio técnico idóneo que garantizara su posterior contralor. Por ese motivo, solicitaron la nulidad de las declaraciones de los imputados “arrepentidos”.
23-dic-2019Minnicelli (reg. Nº 529 y causa Nº 2307)Un hombre que sufría una afección cardiovascular se encontraba detenido en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. Entonces, el Tribunal Oral ordenó la elaboración de informes médicos. El Cuerpo Médico Forense indicó que el hombre requería controles periódicos clínicos y cardiológicos. Además, sostuvo que debía alojarse en un lugar que contara con un sistema de rápida respuesta ante emergencias para poder ser trasladado a un centro de alta complejidad. El director de Sanidad del SPF expuso que el mejor lugar para la atención del imputado era la Unidad Nº 31. Por tal razón, el hombre fue trasladado. El Tribunal Oral rechazó el pedido de prisión domiciliaria, por considerar que en ese establecimiento el hombre podía ser atendido de manera adecuada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-oct-2019Denier (Reg. N° 1794 y causa Nº 5830)En diciembre de 2015 un hombre fue imputado por los delitos de transporte y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso material con el delito de tenencia de arma de guerra sin autorización. En octubre de 2017 fue condenado a la pena de siete años y seis meses de prisión. En 2019 la defensa solicitó su promoción al período de prueba y su incorporación al régimen de salidas transitorias. El tribunal rechazó el requerimiento. Por un lado, consideró que la incorporación al período de prueba era una facultad administrativa del servicio penitenciario. Por otra parte, sostuvo que el imputado no cumplía con los requisitos exigidos por la ley Nº 24.660, reformada por ley Nº 27.375 en 2017, para acceder a las salidas transitorias. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, la defensa planteó que no correspondía la aplicación del régimen establecido por la ley N° 27.375, por cuanto resultaba más perjudicial que la norma vigente al momento de los hechos. En tal sentido, consideró que la resolución impugnada era violatoria de los principios de legalidad y de ley penal más benigna.
21-may-2019Internos U4 del SPFLa dirección de la Unidad 4 del Servicio Penitenciario Federal había decidido, entre otras medidas, colocar camas cuchetas en celdas originalmente previstas como unicelulares. La Procuración Penitenciaria presentó una acción de habeas corpus colectivo y correctivo. El Juzgado la rechazó y la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó la decisión. Contra esa decisión, la Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso un re-curso de casación.
18-oct-2018Martínez Hassan (reg. Nº 1103 y causa Nº 7158)Una mujer boliviana intentó cruzar la frontera de Villazón–La Quiaca a través de un paso no habilitado. Allí fue interceptada por personal de la Gendarmería Nacional, que le solicitó que exhibiera su documentación y el contenido de la mochila que transportaba. La mujer mostró su cédula de identidad y, al abrir la mochila, los agentes observaron en su interior paquetes con 6 kilos de cocaína. La mujer se angustió y explicó que el bolso no le pertenecía y que su vida corría peligro. Finalmente, fue detenida e imputada por el delito de contrabando de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización. Al declarar en las etapas de instrucción y de juicio oral, la mujer manifestó que su hijo se encontraba enfermo y necesitaba una operación. En tal sentido, explicó que carecía de los medios económicos para afrontar la intervención y que, por tal razón, se le ofreció ejercer la prostitución. En tal sentido, relató que viajó desde La Paz a Villazón, donde fue recibida por un hombre que la alojó en una habitación. Al manifestar su deseo de regresar a su ciudad, el hombre le manifestó que había generado gastos de traslado, comida y alojamiento que debía compensar. En ese contexto, fue trasladada a la frontera con Argentina, donde le indicaron que –para saldar la deuda– debía entregar una mochila y, luego, regresar a Bolivia. La defensa planteó que su asistida había sido coaccionada por una red de prostitución y tráfico de estupefacientes que se había aprovechado de su situación de vulnerabilidad. En tal sentido, consideró aplicable el artículo 5 de la Ley de Trata de Personas (N° 26.364) y solicitó su absolución. El Tribunal Oral condenó a la mujer a la pena de seis años de prisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el relato de la imputada resultaba falaz, mendaz y absurdo. Además, entendió que la imputada había contado con libertad ambulatoria y que no se habían configurado los medios comisivos necesarios para demostrar que había sido víctima del delito de trata de personas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.