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FechaTítuloResumen
18-nov-1997Informe Nº 55-97 Juan Carlos Abella v. ArgentinaEl 23 de enero de 1989, 42 personas armadas protagonizaron un ataque al cuartel militar del Regimiento de Infantería Mecanizada No. 3 "Gral. Belgrano" (RIM 3) localizado en La Tablada, Provincia de Buenos Aires. Se generó un combate de aproximadamente 30 horas entre los atacantes y fuerzas de seguridad de Argentina, que provocó la muerte de 29 de los atacantes y varios agentes del Estado. Muchos de los atacantes eran miembros del Movimiento Todos por la Patria (MTP). El cuartel del RIM 3 contaba con un arsenal, de donde los atacantes tomaron armas que utilizaron para defender sus posiciones luego de haber ingresado. Luego del combate en el cuartel, los agentes del Estado incurrieron en la ejecución sumaria de cuatro de los atacantes capturados, la desaparición de seis más, y la tortura de todos los prisioneros, tanto dentro del cuartel como en dependencias policiales. Con posterioridad, fueron capturados cinco miembros del MTP en las inmediaciones del cuartel, y otros dos más se presentaron voluntariamente a las autoridades y fueron detenidos. Estas siete personas fueron torturadas física y psicológicamente, y junto con trece atacantes capturados en el cuartel fueron juzgados y condenados por la Ley No. 23.077, denominada de "defensa de la democracia" recibiendo condenas a prisión que variaban desde diez años hasta cadena perpetua. De acuerdo a lo previsto en dicha ley, el juicio se inició ante un tribunal de segunda instancia, cuya sentencia condenatoria fue objeto de un recurso extraordinario que fue rechazado. La defensa recurrió en queja ante la Corte Suprema, que rechazó este recurso el 17 de marzo de 1992. El 14 de Septiembre de 1992, agotada la vía interna se presentó la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
11-mar-1997Informe Nº 2-97 Informe sobre prisión preventiva (Argentina)Desde octubre de 1993 hasta el momento de la emisión del informe, la Comisión recibió una numerosa cantidad de denuncias contra el Estado argentino por la duración excesiva de la prisión preventiva de personas con procesos criminales sin sentencia.
10-oct-1996HO (Causa N° 40)En 1993, un hombre reclamó a la ANSES el reajuste de su haber jubilatorio. Sin embargo, el organismo rechazó su solicitud. De esa forma, le comunicó que había calculado la movilidad que le correspondía según las leyes vigentes. Frente a esa respuesta, el hombre apeló ante la entonces Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social. En marzo de 1995 –mientras aún tramitaba su recurso– entró en vigencia la Ley N° 24.463 que introdujo reformas al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En ese contexto, el actor planteó la inconstitucionalidad del artículo 24 de la nueva norma, que disponía la conversión inmediata del procedimiento en aquellas causas en trámite ante la cámara. En ese sentido, el hombre destacó que lesionaba el principio de preclusión y su derecho de defensa, ya que suponía iniciar un nuevo juicio ante los juzgados de primera instancia. Luego, la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional a esa norma. Sostuvo que los beneficios previsionales tenían carácter alimentario y cubrían riesgos de subsistencia y ancianidad. Por lo tanto, entendió que la norma cuestionada retrotraía el trámite del proceso a una instancia concluida, lo que afectaba el debido proceso. Contra esa decisión, tanto la ANSES como el fiscal interpusieron recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, señalaron que bajo el régimen anterior debían aceptar las sentencias de la cámara, pues no tenían la posibilidad de probar la legalidad de los actos administrativos. Al respecto, ANSES indicó que los jueces fijaban haberes exorbitantes que colocaban al sistema previsional al borde del colapso financiero. Agregó que, mediante la ley 24.463 los litigantes solo debían adaptar los recursos que hubieran presentado a una demanda por reajuste de haber, bajo las reglas del proceso sumario. Por su parte, el fiscal opinó que la ley 26.463 era de orden público y materia federal, por lo que debía aplicarse de inmediato a los expedientes en trámite. Sobre ese aspecto, sostuvo que el actor no había obtenido una sentencia definitiva al momento de la sanción de la ley.
22-dic-1994Daray, Carlos ÁngelPersonal policial detuvo a una persona que circulaba en un automóvil. A pesar de presentar la documentación correspondiente, la persona fue trasladada a una sede policial. En la comisaría, el hombre declaró que sus hijos poseían “vehículos de industria extranjera con patentes colocadas diplomáticas”. Entonces, personal policial se dirigió al lugar señalado por el detenido. Luego, los oficiales comunicaron la detención al juez de la causa, solicitando la orden de allanamiento para el lugar donde se encontraban los automóviles. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza declinó su competencia para seguir con el hecho, lo que dio lugar a que el caso llegara a instancias de la Corte Suprema.
4-abr-1994Toonen v. AustraliaNicholas Toonen –ciudadano del Estado de Tasmania, Australia, y miembro destacado del Grupo de Reforma de leyes relativas a las personas homosexuales– impugnó dos disposiciones del Código Penal de Tasmania que criminalizaban diversas formas de contacto sexual entre hombres, aún cuando hubiesen tenido lugar de forma consentida y en privado. Dicha normativa facultaba a la policía a investigar aspectos íntimos de la vida privada de las personas y detenerlas si contaban con motivos para creer que participaron en actividades sexuales ilícitas. Por todo esto, Toonen denunció que Australia había violado, en su perjuicio, el párrafo 1 del artículo 2 y de los artículos 17 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
23-ene-1989Florida v. RileyLa policía del estado de Florida, Estados Unidos recibió una denuncia anónima respecto de un hombre que estaba cultivando marihuana en un invernadero dentro de su propiedad. El lugar denunciado estaba cercado y cubierto por árboles, arbustos y por la casa del hombre. Esta situación le impidió a la policía observarlo desde el nivel del suelo. Por ese motivo, un policía circuló la vivienda en helicóptero a una altura de 120 metros. Desde allí, observó a través de una apertura en el invernadero unas plantas que parecían de marihuana. En base a sus observaciones, obtuvo una orden de allanamiento y se encontraron cultivos de marihuana en el lugar. Durante el proceso penal, el hombre imputado requirió que se excluyera la prueba obtenida. El tribunal hizo lugar al pedido. Contra esta decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones de Florida hizo lugar a la impugnación y admitió la evidencia. Sin embargo, solicitó a la Corte Suprema de Florida que se pronunciara sobre la legalidad de las inspecciones policiales realizadas desde helicópteros. Sobre este aspecto, señaló la necesidad de interpretar la situación de acuerdo con el derecho a la privacidad consagrado en la Cuarta Enmienda. La Corte Suprema de Florida hizo lugar al requerimiento y revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones. Para decidir así, sostuvo que la observación del invernadero constituyó una ‘pesquisa’ en los términos de la Cuarta Enmienda. Asimismo, consideró que la inspección policial sin orden judicial era inconstitucional y excluyó la prueba obtenida. Ante esa resolución, el Estado de Florida presentó un writ of certiorari que dio intervención a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos.
23-ene-1989Florida v. RileyLa policía del estado de Florida, Estados Unidos recibió una denuncia anónima respecto de un hombre que cultivaba marihuana en un invernadero dentro de su propiedad. El lugar denunciado estaba cercado y cubierto por árboles, arbustos y por la casa del hombre. Esta situación le impidió a la policía observarlo desde el nivel del suelo. Por ese motivo, un policía circuló la vivienda en helicóptero a una altura de 120 metros. Desde allí, observó a través de una apertura en el invernadero unas plantas que parecían de marihuana. En base a sus observaciones, obtuvo una orden de allanamiento y se encontraron cultivos de marihuana en el lugar. Durante el proceso penal, el hombre imputado requirió que se excluyera la prueba obtenida. El tribunal hizo lugar al pedido. Contra esta decisión, la fiscalía inter-puso un recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones de Florida hizo lugar a la impugnación y admitió la evidencia. Sin embargo, solicitó a la Corte Suprema de Florida que se pronunciara sobre la legalidad de las inspecciones policiales realizadas desde helicópteros. Sobre ese aspecto, señaló la necesidad de interpretar la situación de acuerdo con el derecho a la privacidad consagrado en la Cuarta Enmienda. La Corte Suprema de Florida hizo lugar al requerimiento y revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones. Para decidir así, sostuvo que la observación del invernadero constituyó una ‘pesquisa’ en los términos de la Cuarta Enmienda. Asimismo, consideró que la inspección policial sin orden judicial era inconstitucional y excluyó la prueba obtenida. Ante esa resolución, el Estado de Florida presentó un writ of certiorari que dio intervención a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos.
19-nov-1987Francomano (Fallos: 310:2384)Dos personas fueron condenadas a siete años de prisión por el delito de asociación ilícita calificada y a tres años de prisión por el delito de tenencia de material subversivo. La sentencia se basó en pruebas obtenidas a partir de la manifestación espontánea de un detenido. El procedimiento policial que dio origen a dichas pruebas se llevó a cabo sin orden judicial ni circunstancias excepcionales que lo justificaran. Posteriormente, la imputada declaró en sede policial. Dicha declaración fue incorporada a la causa, aunque luego la negó ante el juez. La defensa cuestionó la validez del ingreso al domicilio, del secuestro de los elementos y de la declaración prestada. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la condena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, al ser denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
19-nov-1987Francomano (Fallos: 310:2402)Una persona fue condenada a cinco años de prisión como coautora del delito de asociación ilícita calificada. El juzgado de primera instancia sostuvo su decisión en pruebas obtenidas a partir de una declaración espontánea de otra persona, quien ya había sido condenada. La defensa apeló la resolución, pero la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la condena. La Cámara consideró que la sentencia se basó en pruebas válidas, pese a los cuestionamientos de la defensa sobre la fundamentación. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, al ser denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
17-sep-1987RuizUn grupo de tres personas ingresó a robar a una farmacia. En ese contexto, personal policial detuvo a uno de ellos. Los dos hombres restantes intercambiaron disparos contra la policía, lo que resultó en la fuga de uno y en el fallecimiento del segundo. Posteriormente, la persona detenida prestó declaración indagatoria ante el personal policial, bajo presuntos apremios ilegales, y manifestó que tenía antecedentes penales, gozaba de libertad condicional y había cometido otros dos delitos previos. Esa declaración permitió identificar su participación en otros hechos. Luego, la causa fue elevada a juicio oral. El juzgado de primera instancia condenó al imputado por el delito de robo agravado y unificó la sanción en una pena única de nueve años de prisión. En contra de esa resolución, su defensa presentó un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, confirmó la sentencia. Para ello, la Cámara sostuvo que, aunque los presuntos apremios ilegales invalidaban la declaración extrajudicial, no afectaban las demás pruebas. Finalmente, la defensa presentó un recurso de extraordinario federal en el que sostuvo que la individualización de los testigos, que luego reconocieron a su asistido en rueda de personas, se había obtenido a partir de su declaración extrajudicial rendida bajo tormentos, por lo que debía ser descartada como prueba de cargo.