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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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23-ago-2023 | Isassi y otros (Causa N° 52035) | Un grupo de policías desarrollaba tareas de investigación a bordo de un móvil sin identificación en un barrio de emergencia. En ese contexto, los efectivos persiguieron un vehículo en el que viajaban cuatro adolescentes y efectuaron dispararos contra ellos, provocando la muerte de uno de los jóvenes. Luego, los preventores detuvieron a los tres sobrevivientes en la vía pública. En ese contexto, otros efectivos policiales se sumaron al procedimiento. En particular, uno de ellos profirió frases amenazantes y discriminatorias contra los adolescentes en base a su supuesta pertenencia al barrio de emergencia y a su perfil racial. Finalmente, algunos de los preventores realizaron maniobras para acusar falsamente a los jóvenes por la comisión de un supuesto delito. Por estos hechos, se inició una investigación judicial contra distintos policías por sus diversos aportes en el operativo. Entre otros delitos, los funcionarios intervinientes en la persecución del vehículo fueron imputados por el homicidio quíntuplemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, con alevosía, por odio racial, con el concurso premeditado de dos o más personas y abusando de sus funciones por ser integrantes de las fuerzas de seguridad en concurso real con el delito de privación ilegítima de la libertad por abuso de sus funciones. Asimismo, otro policía fue imputado por el delito de torturas. De manera posterior, la causa se elevó a juicio oral. |
22-ago-2023 | INTERNAS DEL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL IV (Causa N° 17647) | La Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso una acción de habeas corpus en favor de la todas las personas que requirieron atención médica en el Complejo Penitenciario Federal N° IV de Ezeiza. En la presentación, denunció un agravamiento en las condiciones de detención de las detenidas y, en particular, irregularidades en la asistencia médica. Durante la audiencia oral, la Procuración Penitenciaria de la Nación destacó la falta de contratación de profesionales médicos, de ambulancias y de equipos para diagnósticos por imágenes. Asimismo, durante la apertura a prueba, se lograron constatar diversas falencias de índole edilicio y demoras en las atenciones médicas. |
22-ago-2023 | Álvarez v. Argentina | Dos jóvenes se encontraban imputados por varios delitos en un proceso llevado ante un tribunal oral de menores. Uno de ellos había designado defensores particulares. Sin embargo, unos días antes de la fecha fijada para la audiencia de debate, revocó el patrocinio y solicitó un plazo para nombrar nueva asistencia letrada. El tribunal hizo lugar al pedido, pero dispuso que el imputado fuera representado por la defensa pública oficial que ya intervenía en representación de su coimputado. Esa resolución fue notificada al joven el mismo día de la audiencia de debate, que solo pudo reunirse con su defensa una hora antes del inicio del juicio oral. Pese a que se requirió la suspensión del debate para elaborar una adecuada estrategia de defensa, el tribunal denegó la solicitud y dispuso continuar con el debate. El joven fue condenado a la pena única de reclusión perpetua y a la pena accesoria de reclusión por tiempo indeterminado, en los términos del artículo 52 del Código Penal.; El juzgado de ejecución realizó el cómputo del tiempo de detención y fijó el límite temporal de la pena en treinta y siete años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. La defensa presentó diversas impugnaciones referidas a la vulneración al derecho de defensa y a la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la pena de reclusión por tiempo indeterminado. A la fecha, continúa pendiente un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por ese último asunto. |
22-ago-2023 | Observación General N° 26 | El Comité de los Derechos del Niño emitió una observación general sobre la amenaza que representa el cambio climático para el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En el documento, resaltó la necesidad de abordar los efectos adversos de la degradación ambiental y de promover una visión holística de los derechos en juego. En este sentido, dio cuenta del alcance de los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño. |
22-ago-2023 | GL (Causa N° 61048) | En 2012 una mujer se separó de su conviviente, con quien había tenido dos hijos. Tiempo después, el hombre comenzó a abonar los alimentos de los niños en forma irregular. En consecuencia, la mujer inició un proceso judicial que tramitó por diez años. Sin embargo, durante ese período, solo en dos ocasiones se aumentó la cuota. Ante esa situación, solicitó que se convocara a su ex pareja a una mediación, a fin de llegar a un acuerdo económico. Luego de la mediación, el demandado no volvió a abonar los alimentos. Así, la actora planteó que, si bien tenía dos trabajos, se le hacía imposible afrontar el mantenimiento de sus hijos ya adolescentes por entonces. Asimismo, expuso que ambos jóvenes pasaban más tiempo en la casa de su progenitor pues él se ocupaba de sus gastos diarios. En ese contexto, pidió que se fijaran alimentos provisorios con urgencia, de acuerdo a lo que establecía el artículo 544 del Código Civil y Comercial de la Nación. La Defensoría de Menores e Incapaces interviniente acompañó el pedido. Con posterioridad, el juzgado convocó a las partes a una audiencia. En esa oportunidad, el progenitor señaló que solventaba todos los costos porque la progenitora no contaba con ingresos estables ni con un empleo registrado. Agregó que la vivienda familiar en la que vivía la accionante con otra pareja y un hijo más pequeño era de su propiedad. A su vez, indicó que sus hijos elegían transcurrir más tiempo con él dado que en su inmueble contaban con más espacio. Por su parte, el juzgado citó a los adolescentes. Ellos coincidieron en que en el domicilio paterno tenían más comodidades que en el materno. Añadieron que su progenitor cubría sus necesidades económicas cotidianas a través de una billetera electrónica o en efectivo. Manifestaron que alternaban los pernoctes y que no había conflicto al respecto. En ese marco, el juzgado rechazó la solicitud de alimentos provisorios. Para decidir de esa manera, valoró que las necesidades de los jóvenes se encontraban satisfechas por el progenitor. Contra lo resuelto, tanto la actora como la Defensoría de Menores e Incapaces apelaron. En ese momento, la hija de la accionante –que había alcanzado la mayoría de edad– se presentó en el expediente y acompañó el recurso. Por último, la Defensoría de Menores e Incapaces ante la Cámara –entre sus argumentos– destacó que debían admitirse sin demoras los alimentos provisorios porque permitían cubrir las necesidades de las personas involucradas hasta tanto se dictara una sentencia definitiva. |
22-ago-2023 | María y otros v. Argentina | María era una niña de 12 años que vivía con su madre en una situación de pobreza y de violencia familiar. Un día, acudió a un centro de maternidad pública, donde le diagnosticaron un embarazo de 28 semanas de gestación. El personal de la maternidad la presionó para que diera en adopción al bebé. Así, María y su madre firmaron sin asistencia letrada un escrito donde manifestaba su voluntad “libre e informada” de dar en guarda preadoptiva con fines de adopción al niño por nacer. Por ese motivo, la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes solicitó el inicio de un procedimiento de guarda con fines de adopción. El tribunal interviniente ordenó por auto no motivado la entrega del niño, que fue entregado a una familia adoptiva el día posterior a su nacimiento. Durante su embarazo y en los meses posteriores al parto, María manifestó en reiteradas oportunidades su voluntad de no dar en adopción a su hijo ante diferentes funcionarios judiciales, de trabajo social y de salud mental. Asimismo, miembros de su familia se ofrecieron a colaborar con el cuidado del bebé. Sin embargo, los pedidos fueron desoídos. A través de la presentación de distintos recursos, la niña y su madre solicitaron la restitución del bebé, que fueron rechazados. En paralelo, María pidió la vinculación con su hijo, acompañada por la Junta Especial de Salud Mental. Un año más tarde, se estableció un régimen de contacto entre María y Mariano. Sin embargo, el régimen de visitas se caracterizó por su rigidez y por la existencia de múltiples obstáculos que dificultaron la vinculación. Después de ocho años, todavía no se ha resuelto de manera definitiva la situación de adoptabilidad del hijo de María. A la fecha aún se encuentra pendiente de resolución un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. |
18-ago-2023 | Centurión Bernal (causa N° 4374) | En abril de 2014, un hombre fue imputado por el delito de contrabando de estupefacientes. En marzo de 2017, el tribunal oral interviniente condenó al hombre a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito que le había sido imputado, en grado de tentativa. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar de manera parcial al planteo de la defensa, declaró la inconstitucionalidad del artículo 872 del Código Aduanero, anuló parcialmente la sentencia y remitió la causa al tribunal de origen para que se designara a nuevos magistrados a los fines de fijar el monto de la pena. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que volvieran los autos al tribunal de casación para que dictara una nueva sentencia. En agosto de 2022, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia emitida por el tribunal oral en marzo de 2017 y devolvió las actuaciones para que la persona sea notificada en su domicilio, previo a resolver conforme el artículo 288 del CPPN, lo que significaba que podía ser detenido para comenzar a cumplir su condena. En esa oportunidad, la defensa realizó una presentación al tribunal en la que explicó que el hombre imputado había regresado a Paraguay por cuestiones laborales, que trabajaba como chofer de camiones, residía en el país vecino con su familia desde febrero de 2021 y que, durante el tiempo que se había extendido el proceso, había sido padre de dos hijos de 5 y 3 años edad. Asimismo, la defensa manifestó que desde la fecha del hecho habían pasado más de nueve años y aproximadamente seis desde el dictado de la sentencia. Entre otras consideraciones, la defensa solicitó que se declarara la insubsistencia de la pena impuesta contra el hombre por entender que se había violado su derecho a ser juzgado en un plazo razonable. |
18-ago-2023 | Jaimes Gutierrez (causa N° 25427) | En mayo 2023, una joven concurrió a un hospital público y manifestó estar con fuertes cólicos y sangrado vaginal. Los profesionales la evaluaron y dispusieron que debía ser intervenida quirúrgicamente. En ese contexto, la mujer expresó que el sangrado había comenzado en su domicilio luego de haber expulsado un cuerpo de color morado, que no lloraba y que parecía sin vida. Asimismo, refirió que en octubre de 2022 había accedido a una interrupción voluntaria del embarazo mediante el uso de comprimidos de misoprostol y que, de manera posterior, se le había colocado un implante subdérmico como método anticonceptivo. Por esa razón, la joven explicó que desconocía estar embarazada, que durante los meses anteriores había continuado presentando sangrados que asoció a su ciclo menstrual y que no había tenido en su cuerpo signos externos que dieran cuenta de su estado de gravidez. En ese contexto, la médica de guardia denunció a la mujer a la policía y el juzgado interviniente dispuso el allanamiento de su domicilio, en el que encontraron el cuerpo de un recién nacido sin vida. Entonces, se inició una investigación en sede judicial contra la joven. De manera posterior, se realizó una autopsia que consignó como causa de muerte un edema pulmonar y que constató que el cuerpo no mostraba lesiones externas. Por otra parte, se tomaron declaraciones testimoniales a vecinos y a familiares convivientes que acreditaron que la mujer no presentaba ningún signo externo de embarazo y que nadie había percibido cambios en su aspecto físico. |
15-ago-2023 | ZMMD (Causa N° 46694) | En una causa penal un hombre fue sobreseído por inimputabilidad. En esa oportunidad, se le impuso una medida de seguridad y se ordenó que cursara una internación involuntaria por motivos de salud mental. En ese marco, se resolvió que el control de la medida quedaría a cargo del juzgado de ejecución penal. Sin embargo, se remitieron copias de las actuaciones al fuero civil para que tomara intervención y evaluara si era necesario restringir su capacidad jurídica. Así, la Defensoría de Menores e Incapaces solicitó el inicio de un proceso de determinación de la capacidad jurídica. En base a ese dictamen, el juzgado hizo lugar al pedido y ordenó la apertura a prueba. Asimismo, se encontraba interviniendo la Unidad de Letrados Art. 22 Ley 26.657 de la Defensoría General de la Nación que había asumido la defensa técnica del hombre en el marco de la internación. En virtud de ello, el defensor público coadyuvante interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la decisión de abrir el proceso a prueba. En su presentación, sostuvo que lo dispuesto no resultaba acorde a la normativa de derechos humanos que amparaba la presunción de capacidad jurídica y que sólo admitía la apertura de esos procesos en beneficio de la persona involucrada. El defensor enfatizó que la restricción de la capacidad jurídica tenía como únicos fines el respeto de los derechos y la promoción de la autonomía personal de la persona. Entre sus argumentos, señaló que debía realizarse un interpretación constitucional y convencional de las normas procesales y sustantivas aplicables. En este sentido indicó, por un lado, que no se había dado cumplimiento con los requisitos del artículo 624 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para establecer la apertura de la etapa probatoria. Por el otro, expuso que la exigencia de dos certificados médicos no se ajustaba al actual paradigma que requería evaluaciones de carácter interdisciplinario, según lo establecía el artículo 31 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley Nº 26.657 de Salud Mental. De esa manera, el aporte exclusivo de la disciplina médica era insuficiente para promover su inicio. Sobre esa cuestión, destacó que se había sometido a su asistido a transitar un proceso judicial en el que se investigaba sobre su salud mental y se indagaba sobre su autonomía. Resaltó que tampoco se habían expuesto ante la autoridad competente hechos que motivaran el inicio de las actuaciones. En ese aspecto, advirtió sobre el peligro que constituiría la equiparación entre la internación y la noción de incapacidad o la restricción de la capacidad jurídica. Por último, el defensor señaló que no se le había dado participación a su asistido desde el comienzo, lo que contrariaba su derecho a ser oído y a la defensa en juicio. |
15-ago-2023 | Un lugar donde vivir con dignidad para todos: hacer la vivienda asequible | La Relatoría Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el derecho de no discriminación a este respecto publicó un informe que aborda el problema de la falta de accesibilidad de la vivienda. Allí, remarcó que la asequibilidad es un elemento integrante del concepto de vivienda digna y llamó a los Estados a elaborar estrategias para combatir la crisis habitacional y sus repercusiones sobre los derechos humanos. |