Buscar
Añadir filtros:
Usa los filtros para afinar la busqueda.
Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 9-ago-2016 | Molina, Juan Alfredo | Dos personas fueron detenidas durante un operativo en la vía pública. A raíz de ello se encontraron siete plantas de marihuana dentro del vehículo en el que circulaban. A su vez, luego de la detención y requisa, otra persona se presentó en el lugar e indicó que las plantas eran de su propiedad. La conducta de los tres fue calificada, provisoriamente, como cultivo de estupefacientes (art. 5° inc. a, ley 23.737). La defensa solicitó que se modifique la calificación a cultivo para consumo personal (art. 5, inc. a, penúltimo párrafo ley 23.737). De la misma forma, en el entendimiento de que dicha norma guarda el mismo espíritu que el segundo párrafo del art. 14 (tenencia para consumo personal), requirió se declare su inconstitucionalidad de conformidad con lo resuelto por la CSJN en el precedente "Arriola”. |
| 9-ago-2016 | Silva (causa N° 16001248) | Una persona había sido imputada por el delito de contrabando agravado por tratarse de estupefacientes. El expediente se había iniciado en el año 2007. En el año 2008 se dictó su procesamiento y en 2009 la fiscalía formuló el requerimiento de elevación a juicio. En 2010 el expediente fue elevado a un tribunal oral y en agosto de 2011 se citó a las partes a juicio. Entonces, la fiscalía propuso un acuerdo de juicio abreviado que preveía la imposición de una pena de seis años de prisión. En 2016, la defensa planteó la prescripción de la acción penal. En esa línea, entendió que si bien no se cumplían los plazos legales para la aplicación de tal instituto, el trámite del expediente –que había durado 9 años– resultaba excesivo. |
| 8-ago-2016 | SLA (causa N° 6347) | A través de una denuncia anónima, se informó que un grupo de jóvenes realizaría un saqueo a un supermercado. Al ser interceptados por personal policial, uno de ellos arrojó una bolsa. De su interior se secuestraron 60 gramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El joven no poseía antecedentes condenatorios y fue sometido a un tratamiento tutelar durante tres meses, hasta alcanzar la mayoría de edad. Luego, comenzó a trabajar. Durante la audiencia de juicio, la fiscalía solicitó que se le impusiera una pena de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa tuvo en consideración la edad de su representado al momento de cometer el hecho que se le atribuía y requirió que se lo eximiera de pena. La defensoría de menores, además, solicitó su absolución. |
| 5-ago-2016 | Informe provisional del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (ONU) | Informe provisional del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (A/71/298) del 5 de agosto de 2016. |
| 5-ago-2016 | B, JL | Una persona fue trasplantada dos veces por padecer síndrome urémico hemolítico. Con posterioridad, se le prescribió una medicación complementaria que se le suministró hasta 2015, momento en el que se le dejó de renovar el certificado de discapacidad. A partir de esa fecha, su obra social comenzó a hacerse cargo sólo de una parte del tratamiento. En consecuencia, interpuso una acción de amparo contra su obra social y requirió, como medida cautelar, la cobertura íntegra de los medicamentos que se le indicaron. |
| 4-ago-2016 | García, Armando c. ANSES | El actor obtuvo su jubilación según la Ley de Solidaridad Previsional (ley 18.037), en el marco de un convenio celebrado entre asociaciones de Trabajadores de Luz y Fuerza y la Secretaria de Seguridad Social, que fue dejado sin efecto por resolución 21/96 y luego restablecido por acta acuerdo 4/2006. El actor promovió un reclamo administrativo ante la ANSES a fin de que se abstuviera de aplicarle la escala de deducción prevista por el artículo 9, apartado segundo de la ley 24.463, en atención a que su beneficio se encontraba comprendido en aquel convenio. Además, se quejó de la quita confiscatoria sobre su haber que superaba ampliamente el porcentaje del 15%, conforme la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en "Actis Caporale" (Fallos: 323:4216). ANSES desestimó el planteo. En virtud de ello, el actor interpuso demanda a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad del citado artículo 9 de la ley 24.463 y, en consecuencia, la liberación de los topes allí previstos. El juez de primera instancia ordenó que se calcule nuevamente el haber inicial mediante la utilización del Índice Nivel General de Remuneraciones y la movilidad según la doctrina de los casos "Sánchez" (Fallos: 328: 1602 y 2833) y "Badaro" (Fallos: 330:4866). Respecto de la normativa objetada y la invocación del precedente "Actis Caporale", el juez se limitó a señalar que la aplicación de topes máximos sería legítima en tanto no provocara una merma superior al 15% de los haberes. Apelado el fallo por el jubilado, la Sala 1 de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso (conf. Art. 265 del CPCCN). El actor interpuso recurso extraordinario que, denegado, dio origen a la queja ante el máximo tribunal. |
| 4-ago-2016 | TP y AT v. Hungría | El 20 de mayo de 2014 el Tribunal Europeo se pronunció en el caso “László Magyar” contra el Estado de Hungría respecto de la posibilidad de que personas condenadas a prisión perpetua accedan a una revisión de sus sentencias. A partir de esa resolución, se sancionó en ese país una nueva legislación. Esta normativa introdujo un mecanismo de revisión automática de la prisión perpetua después de cuarenta años de cumplimiento de pena (“clemency”). Los peticionarios del presente caso, TP y AT, se encontraban detenidos desde 2006 y 2010 respectivamente; ambos fueron condenados a prisión perpetua por el delito de homicidio. |
| 3-ago-2016 | FT y otros | Dos personas habían sido acusadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y, una tercera, por el delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa. En el último caso, una embarcación había descargado bolsas junto a dos personas que huyeron ante la voz de alto dada por la Prefectura Naval. En el lugar se detuvo al acusado y se secuestraron 135,725 kilos de marihuana en paquetes. |
| 3-ago-2016 | BB | Un juez de primera instancia resolvió hacer lugar a la restricción de la capacidad y designó como sistema de apoyo jurídico al hermano de la persona involucrada en el caso para que la asista en todos los actos de administración y disposición de sus bienes. Asimismo, de acuerdo con la resolución, su hermano y su cuñada debían prestarle colaboración, como apoyo, para supervisar los actos de su vida cotidiana. La causa se elevó en consulta a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil conforme el artículo 633 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. |
| 2-ago-2016 | Monteverde Ángela | La actora solicitó, en virtud del fallecimiento de su esposo, el beneficio de pensión en su condición de viuda. Con posterioridad, se presentó la cónyuge divorciada del causante y pidió ser incluida en aquella prestación en esa calidad, lo que fue concedido el 30 de abril de 1999. La actora promovió una demanda contra la Gendarmería Nacional con el objeto de que se la reconociera como única esposa del causante y, en consecuencia, se le pagara íntegramente el haber de pensión. El Juzgado Federal de Primera Instancia de la 1º nominación de Rosario hizo lugar a la demanda. La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la sentencia. La tercera interesada –cónyuge divorciada del causante– interpuso recurso extraordinario contra tal pronunciamiento. |
