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FechaTítuloResumen
15-oct-2015Lohle, María Teresa Inés c. ANSESEn este caso, en el marco de un juicio por reajuste de una pensión, la parte actora reclamó –ante la alzada– que en el cálculo del haber inicial se computen ciertas remuneraciones que no se habían tenido en cuenta y por las que efectuó los correspondientes aportes. Para ello, solicitó que no se aplique el límite al cómputo de remuneraciones para el cálculo previsional, establecido en los arts. 9, 24 y 25 de la ley 24.241 y el decreto reglamentario 679/95. La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó un nuevo cálculo de la pensión de la actora. Ambas partes dedujeron sendos recursos extraordinarios.
15-oct-2015S, M c. DRT, GEn este caso, el juez de grado ordenó poner en conocimiento del demandado el divorcio solicitado por la parte actora, por el plazo de noventa días en virtud de los arts. 437 y 438 del Código Civil y Comercial y 158 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Contra dicha resolución, la accionante interpuso recurso de apelación.
15-oct-2015Morganti Carabajal (reg. Nº 560 y causa Nº 5143)Una persona fue condenada a una pena de prisión. Cumplido el requisito temporal previsto en el artículo 13 del Código Penal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe positivo y el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó a favor de la concesión del instituto. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que no había tenido un buen desempeño laboral. Además, valoró de forma negativa los problemas de adicción de la persona. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-oct-2015GM c. ZJALa parte actora inició una demanda por liquidación de una sociedad de hecho con la intención de que los bienes adquiridos durante su vigencia fueran partidos y divididos. Dicha sociedad tuvo por causa la convivencia que mantuvo junto al demandado desde enero del año 1998 hasta inicios de 2004. Tanto la justicia civil y comercial como la justicia civil en familia y sucesiones se declararon incompetentes para intervenir en las actuaciones.
14-oct-2015Domiján, Paola MaríaEn este caso, el Ministerio Público Fiscal inició una investigación a raíz de la denuncia realizada por la hermana del imputado. El Juez de Instrucción, sin embargo, declaró la nulidad de la denuncia en cuestión y de todas las actuaciones posteriores por haber infringido la prohibición que contempla el artículo 178 CPPN. La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán revocó la resolución de primera instancia. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. El representante del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal se pronunció de manera favorable a petición de la defensa.
14-oct-2015BDRA (causa Nº 2109)Cuatro hombres se apoderaron del calzado de otra persona. Para eso, aprovecharon que se encontraba en estado de ebriedad y que dormía en la vía pública. A raíz de los gritos de la víctima, un policía observó que uno de los sujetos intentaba sustraerle una de las zapatillas y que tenía la otra en su poder. Ante la intervención del agente, los hombres se dispersaron. Sin embargo, detuvo al individuo que se hizo de las zapatillas. El damnificado no se presentó al debate oral ni se incorporó por lectura el testimonio que prestó en sede policial. Por su parte, el imputado afirmó que el calzado era suyo y que sólo quería recuperarlo. No obstante, el Tribunal Oral lo condenó a la pena de dos años de prisión por considerarlo coautor del delito de robo en poblado y en banda tentado. Para decidir de esa manera, tuvo en consideración la versión de los hechos brindada por el agente policial. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-oct-2015MIEl médico de un niño con discapacidad, a los fines de contar con un lenguaje alternativo y favorecer su rehabilitación, solicitó la utilización de una tablet para su tratamiento. Sus padres solicitaron a la obra social la compra del dispositivo. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron una medida cautelar. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo solicitado, lo cual fue confirmado por segunda instancia. En consecuencia, la demandada interpuso un recurso de apelación.
13-oct-2015SH v. ItaliaSH –nacida en Sacile, Italia– es la madre de tres niños. En la época de los hechos, vivía con el padre de sus hijos. La mujer sufría depresión y realizaba, en consecuencia, un tratamiento farmacológico. En el mes de agosto de 2009, los niños fueron hospitalizados debido a la ingesta accidental de medicamentos. A raíz de ese suceso, un tribunal local ordenó la separación de los niños de la familia y su ingreso a una institución a cargo de los servicios sociales. Los progenitores manifestaron que podían ocuparse de manera adecuada de sus hijos con la ayuda de los servicios sociales y de un abuelo de los niños. La peticionaria manifestó que reconocía su problema de salud y que estaba haciendo un tratamiento. Ambos progenitores solicitaron la puesta en marcha de un proyecto de apoyo que permitiera el regreso de los niños a la familia. En enero de 2010 se hizo lugar a su petición. Sin embargo, ese proyecto fue interrumpido en marzo de 2010 y los niños fueron separados nuevamente de su grupo familiar dado que la madre fue hospitalizada al agravarse su enfermedad, el padre dejó el hogar familiar y el abuelo estaba enfermo. En octubre de 2010, un tribunal local ordenó que un experto realizara un informe acerca de la situación de la familia. De allí surgió que ambos progenitores estaban en condiciones de ejercer los roles materno y paterno y que estaban dispuestos a aceptar las intervenciones necesarias para mejorar su relación con los niños. En virtud de ello, el experto sugirió un plan de revinculación entre los progenitores y los niños con una intensificación de encuentros y una revisión semestral de la situación. Solo dos meses después, en marzo de 2011, contrariamente a lo indicado por el experto, el tribunal declaró a los niños en estado de adoptabilidad y ordenó la interrupción del vínculo con su familia. La decisión fue apelada por los padres con fundamento en que no existía la situación de abandono que requiere la ley para declarar el estado de adoptabilidad de los niños y que dicha decisión es de última ratio. Asimismo, se sostuvo que la enfermedad de la madre era transitoria y podía superarse con el apoyo de los trabajadores sociales. En julio de 2011, el tribunal ordenó que los niños se fueran a vivir con distintas familias.
13-oct-2015EJC (S2)En 2011, el Tribunal Oral le había concedido al imputado la suspensión del juicio a prueba por dos años. Sin embargo, en 2012 revocó la probation por incumplimiento de la reparación ofrecida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En 2013, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y remitió las actuaciones nuevamente al tribunal. A tal fin, argumentó que el control de las reglas impuestas es competencia del juez de ejecución. Luego, en 2014, el Juzgado de Ejecución dispuso la extinción del término de la suspensión. No obstante, en febrero de 2015 el tribunal revocó la probation por la misma razón que motivó la resolución anterior. Tanto el fiscal de ejecución como su par con actuación ante el Tribunal Oral habían dictaminado de modo favorable a la extinción. La defensa interpuso un recurso de casación. La Sala 3 de la CNCCC hizo lugar al recurso y remitió las actuaciones al TOC para una nueva resolución. En junio de 2015 el tribunal revocó una vez más la suspensión del juicio a prueba. Para llegar a esa conclusión sostuvo que el imputado había cometido un delito durante el período de cumplimiento. En efecto, aquél fue condenado en mayo de 2015 por sentencia firme por un hecho cometido en 2012 dentro del período de dos años por el que se había concedido la suspensión. Contra la revocación, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-oct-2015DdeCESUna persona que había sido imputada por el delito de defraudación agravada solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se opuso a su concesión. A tal fin, consideró que la suma ofrecida en concepto de reparación del daño no era suficiente. Con fundamento en el dictamen fiscal, el Tribunal Oral rechazó la solicitud. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.