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FechaTítuloResumen
2-nov-2016RGAEn ambos casos, la policía había constatado maniobras compatibles con la venta de estupefacientes y, en consecuencia, allanó dos domicilios. Sus habitantes fueron detenidos e imputados por el delito de comercialización de estupefacientes. En el primer caso, se secuestraron 7 gramos de cocaína, 23 de marihuana y la suma de $220. El Juzgado de Garantías convirtió en prisión preventiva la detención que se le había impuesto al imputado. En el segundo caso, se secuestraron 44 gramos de marihuana y 15 de cocaína, teléfonos celulares y la suma de $446. Al calificar este hecho, se aplicó la agravante prevista en el art. 11 inc. e), pues la vivienda allanada se encontraba en las inmediaciones de cuatro centros educativos/ asistenciales. La defensa solicitó, en este marco, la morigeración de la prisión preventiva. El tribunal oral rechazó el pedido. En los dos casos, la defensa interpuso recurso de apelación.
2-nov-2016A, DEUna persona fue detenida por personal de la Gendarmería Nacional en la vía pública con el objeto de que se identifique y exhiba el contenido de su mochila. Los agentes observaron “a simple vista” que el imputado tenía en su poder varios envoltorios y dinero en efectivo. Por este motivo, lo requisaron, y secuestraron sesenta y tres envoltorios de cocaína y tres de marihuana. La defensa solicitó la nulidad del procedimiento y de todo lo actuado con posterioridad. Argumentó, entre otras cuestiones, que en el caso no existieron circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente permitieran justificar la detención y requisa efectuadas por el personal policial, en los términos del art. 230 bis del CPPN.
1-nov-2016P, GHCuatro personas habían sido imputadas por el delito de usurpación. El Juzgado Federal de Río Cuarto dictó su sobreseimiento. En un caso consideró que la acción estaba prescripta y en los demás entendió que no había mediado ninguno de los medios comisivos requeridos por la figura penal. Asimismo, el juez ordenó el desalojo de los imputados de los lugares en cuestión. Contra esa disposición, la defensa interpuso un recurso de apelación. Allí, argumentó que el desalojo debía ser tratado en otra jurisdicción, de acuerdo al trámite previsto en el art. 679 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial.
1-nov-2016ACCGSe le atribuía a una persona la comisión de los delitos de amenazas coactivas mediante el uso de armas y portación de arma. El Tribunal Oral consideró que el imputado no había podido comprender la criminalidad del acto ni dirigir sus acciones. Por esa razón, lo declaró inimputable y dispuso su absolución. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación, revocó la decisión y reenvió la causa al tribunal de origen. Para ese entonces, uno de los jueces que había intervenido en el juicio ya no integraba el Tribunal Oral. La defensa planteó la excepción de falta de acción y solicitó el sobreseimiento de su representado. Entre otras cosas, sostuvo que no era posible dar cumplimiento a la resolución de la CFCP debido a que uno de los jueces que integraba el TOC no había participado del debate. En ese sentido, consideró que el dictado de una nueva sentencia demandaría la realización de un nuevo juicio oral, lo que implicaría una afectación del principio ne bis in idem. El Fiscal General se pronunció de acuerdo con la defensa.
nov-2016Revista del MPD N° 11. Personas con discapacidad psicosocialEste número 11 de la Revista del Ministerio Público de la Defensa está dedicado a la defensa de las personas con discapacidad psicosocial, tanto en el ámbito civil como penal. Con esta edición, se pretende fortalecer la doctrina y la jurisprudencia que mejor receptan una mirada interdisciplinaria, orientada a la inclusión social de aquellas personas con algún padecimiento mental, conforme el paradigma de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
nov-2016CNCCC - Informes anualesJurisprudencia del año 2016 y finales de 2015 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (informes anuales).
31-oct-2016GPN (causa N° 2164)Una mujer despachó dos encomiendas con destinos internacionales. En el marco de un control rutinario realizado en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, los envíos fueron inspeccionados por personal policial. En el interior de los paquetes se hallaron treinta y un bolsas de nylon con cocaína. Por esa razón, la mujer fue detenida. Al prestar declaración indagatoria, la imputada explicó que desconocía el contenido de las encomiendas y que las había despachado a pedido de su pareja. Entre otras cuestiones, aportó datos y fotografías del hombre y manifestó que no había recibido pago alguno por los envíos. El juzgado la procesó por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización. En etapa de debate, la fiscalía consideró que la imputaba había actuado, “al menos”, con dolo eventual. Por ese motivo, solicitó que se la condenara a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. La defensa entendió que la mujer había actuado sin dolo y, en consecuencia, solicitó su absolución.
31-oct-2016RMJL (dictamen PGN)Un joven fue imputado por el delito de robo, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. En particular, la defensa sostuvo que el instituto solicitado podía constituir una solución alternativa al proceso en los términos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Por tal razón, entendió que la decisión del tribunal resultaba arbitraria. La CFCP, con base en el plenario “Kosuta”, consideró que la probation no era aplicable al caso, por cuanto el máximo de la pena del delito reprochado superaba los tres años de prisión. En esa línea, declaró mal concedida la impugnación. Por tal razón, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
28-oct-2016C, RAUna mujer había denunciado a su esposo por agresiones violentas y lesiones ante la Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN. Dicha oficina, a su vez, remitió las actuaciones al juzgado penal de turno. Desde la primera citación, y en sucesivas ocasiones, la denunciante manifestó su voluntad de no continuar con el proceso ya que no se habían producido nuevos hechos de violencia. Sin embargo, el Juzgado Nacional en lo Correccional condenó al imputado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso casación. Entre otros argumentos, sostuvo que la Oficina de Violencia Doméstica no es una autoridad competente para recibir denuncias.
28-oct-2016S, PLMUn grupo de policías se dirigieron al domicilio de una persona con el fin de diligenciar una cédula de notificación. En el domicilio se encontraban tres personas –una de ellas, destinataria de la notificación–. Ante la llegada de los oficiales, el requerido se negó a notificarse y comenzó a insultarlos. Posteriormente, se retiró en su vehículo a alta velocidad. Los policías informaron que el imputado “se había dado a la fuga”. Ante esta situación, fue interceptado por otro móvil y detenido. El Juzgado Federal de Paso de los Libres, Corrientes lo condenó a la pena de seis meses de prisión como autor del delito de resistencia a la autoridad. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.