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FechaTítuloResumen
1-jul-2018Mesa (causa N° 57387)Una persona se fracturó un dedo del pie por un golpe contra los carros mal dispuestos de un mercado. Por este motivo inició, una demanda de daños y perjuicios contra el establecimiento. El juzgado de primera instancia rechazó la acción porque consideró que la actora no acreditó el hecho ni el riesgo o vicio de la cosa con la que sufrió el accidente. Ante esta resolución, el demandante interpuso un recurso de apelación.
jul-2018Un mapeo de la jurisprudencia de la CFCP sobre la tenencia de estupefacientes para consumo personalEste trabajo plantea analizar el modo en que la Cámara Federal de Casación Penal ha interpretado y aplicado la doctrina contenida en el caso “Arriola”, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A tal efecto, se indagará acerca del criterio con el que los jueces de la CFCP determinan si una tenencia de estupefacientes –en este caso, de marihuana– se encuentra amparada en el artículo 19 CN.
jul-2018Estímulo educativoJurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre estímulo educativo: “Acumulación” y “equivalencia”
1-jul-2018RCAM (CAUSA Nº 24011)La niña A. fue declarada en situación de adoptabilidad. En ese contexto, sus padres solicitaron que se ampliara su participación en el proceso y, a ese efecto, requirieron que se fijara una audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 609 inc. b) del CCyCN. Dicha norma establece que es obligatoria la entrevista personal del juez con los padres, si existieran, y con el niño, niña o adolescente cuya situación de adoptabilidad se tramita. El juzgado de primera instancia consideró que existieron otras instancias de intervención de los progenitores y que el pedido era abundante. Por tal motivo, estimó que correspondía rechazar el pedido. Contra esa decisión, el Defensor Público Tutor interpuso un recurso de apelación.
jul-2018Análisis constitucional del artículo 268 (2) del Código Penal a la luz del caso 'Alsogaray'Este artículo afronta un estudio constitucional del artículo 268 (2) del Código Penal con base en la sentencia dictada en el caso “Alsogaray” de la Sala IV de la CFCP. En particular, se reflexiona acerca del modo en que la norma mencionada pone en tensión los principios de legalidad, lesividad e inocencia.
29-jun-2018ZCF (causa N° 41474)Una persona libró dos cheques de pago diferido. Luego, efectuó una contraorden de pago y, al ser presentados al cobro, fueron rechazados. Por tal razón, fue imputada por el delito previsto en el artículo 302, inciso 3°, primera hipótesis, del Código Penal. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo con el damnificado. En dicha oportunidad, se pactó el pago de un monto de dinero en carácter de reparación integral. Además, se ofreció la donación de veinte mil pesos a Cáritas. En tal sentido, la defensa solicitó que se declarara la extinción de la acción penal y se declarara el sobreseimiento de su asistido. La representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al planteo.
29-jun-2018FL y otros (causa Nº 8644)El 22 de mayo de 2011 un grupo de personas detenidas provocaron un incendio en el pabellón 8 de la Alcaldía Policial de la ciudad de Resistencia. Como consecuencia de ello, una persona que se encontraba alojada allí, fue internada con lesiones graves por quemaduras y tiempo después murió. Por este motivo, el padre y los hermanos de la víctima, iniciaron una demanda por daño moral contra la provincia de Chaco.
28-jun-2018Boza Pozo (causa Nº 868)Una persona denunció el robo de un celular. Sobre la base de esa denuncia, la policía detuvo a un individuo. Sin embargo, no se encontró que tuviera el objeto sustraído. En la declaración indagatoria, el imputado negó el hecho. Por su parte, la víctima indicó que creía haber visto que el imputado le había dado el celular a otro sujeto que pasaba a su lado. Entonces, el Juzgado procesó al imputado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
28-jun-2018TdeBMA (causa Nº 3526)Una persona había sido imputada por el delito de contrabando de exportación. En la etapa de juicio, solicitó que se le concediera la suspensión del proceso a prueba. En la audiencia, propuso entregar la suma de $15.000, realizar tareas comunitarias y autoinhabilitarse respecto a las sanciones previstas en el artículo 876 del Código Aduanero. El Tribunal Oral hizo lugar a la solicitud y concedió la probation. Contra esa decisión, la Dirección General de Aduanas –en su carácter de parte querellante– interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y revocó la decisión del tribunal por entender que, en virtud del artículo 76 bis del Código Penal, el pago mínimo de la multa constituía una condición necesaria para la concesión de la probation. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
28-jun-2018PLM (causa Nº 11069)Dos personas fueron imputadas por el delito de robo cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa. En la etapa de juicio, suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se les impusiera una pena de dos años de prisión. El Tribunal Oral condenó a los imputados a la pena de un año y seis meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, se cuestionó la constitucionalidad de la figura prevista en el artículo 167, inciso 2°, del Código Penal. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, declaró inadmisible la impugnación. Para decidir de esta manera, consideró que el tribunal no se había apartado de lo pactado en el acuerdo y que, por lo tanto, no existía un agravio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal cuyo rechazo motivó la interposición de un recurso de queja. En esa oportunidad, sostuvo que se había desconocido el derecho de revisión de la condena y de la pena, previsto en los artículos 8, inciso 2º, apartado h, de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14, inciso 5º, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.