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7-mar-2017Polyakova y otros v. RusiaCuatro personas de nacionalidad rusa fueron condenadas por diversos delitos a penas de prisión que iban de diez años a prisión perpetua. Luego de que sus sentencias adquirieran firmeza, fueron trasladados a complejos carcelarios en lugares remotos de Rusia. La decisión fue tomada por el servicio penitenciario de ese país de acuerdo a las atribuciones delegadas por el Código de Ejecución de Condenas Penales. Los detenidos no fueron consultados ni se evaluaron sus circunstancias personales o familiares. Las personas implicadas en el caso y sus familiares solicitaron su traslado a centros penales cercanos a sus domicilios. Entre otras cuestiones, alegaron la severa dificultad —por cuestiones socio económicas o de salud— de viajar entre 2.000 y 8.000 kilómetros a visitarlos. Dos de los penados eran padres de niños pequeños, mientras que otro tenía una madre anciana a la que le resultaba imposible recorrer esa distancia. Este último solicitó estar presente durante las audiencias judiciales. Todas las peticiones fueron rechazadas por los tribunales rusos. Para decidir de ese modo, las autoridades argumentaron que las víctimas debían cumplir la totalidad de su condena en un mismo complejo penitenciario, y que el derecho a recibir visitas no guardaba relación con la ubicación de los centros penales. Por otra parte, sostuvieron que no había inconveniente en examinar el caso en ausencia de las víctimas, si éstas habían sido notificadas de la fecha y el lugar de las audiencias y no comparecieron por encontrarse cumpliendo una condena.
7-mar-2017LSHUna persona robó un local comercial mediante la exhibición una pistola plástica y huyó. Miembros de la policía detuvieron a un individuo a pocas cuadras del lugar y secuestraron en su poder el elemento plástico mencionado. El imputado contaba con un antecedente condenatorio por el que había permanecido en prisión seis meses. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de dos años de prisión por tentativa de robo con arma de utilería –art. 166, tercer párrafo del CP– y lo declaró reincidente. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
7-mar-2017JAFAUna persona arribó a Argentina desde Uruguay. Personal policial halló un revólver en su valija y diecisiete municiones en su bolsillo. El pasajero manifestó que el arma era de su propiedad y que la utilizaba cuando trabajaba con ganado. En esa línea, sostuvo que desconocía que el revólver se encontrara dentro de la valija y que, por esa razón, no contaba con la documentación pertinente. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de contrabando en grado de tentativa. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación
6-mar-2017A, WMUna persona detenida en el CPF CABA se negó a reingresar al pabellón luego de una visita. En dicha oportunidad, informó que había sido amenazada por otros detenidos y solicitó que se la aloje en otro sitio. Por tal razón, se dispuso su traslado a otro pabellón. Sin embargo, el celador expuso que la negativa del detenido no estaba justificada. En consecuencia, se le impuso una sanción disciplinaria de acuerdo a los arts. 17 inc. b y e del decreto 18/97 (Reglamento de Disciplina para Internos). El cumplimiento de la medida fue dejada en suspenso. La defensa solicitó la nulidad de lo actuado y la declaración de inconstitucionalidad del decreto 18/97. El juzgado de instrucción rechazó los planteos y confirmó la sanción. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de apelación.
6-mar-2017J, R c. ANSESUna mujer era beneficiaria de una pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. No obstante, dijo que se encontraba impedida de continuar percibiendo la jubilación anticipada prevista en la ley Nº 25.944 porque el Poder Ejecutivo instruyó a la ANSES para que, a partir del 23/10/2006, estableciera los mecanismos necesarios para priorizar el acceso a esas prestaciones previsionales. El organismo administrador dispuso que las personas inscriptas en la moratoria prevista en la ley Nº 25.865 que percibían otro beneficio debían cancelar la deuda pendiente para adquirir el nuevo derecho. En consecuencia la actora presentó una acción declarativa de certeza para que cese el estado de incertidumbre que esas normas generaban. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y declaró que la actora tenía derecho a que se restablezca el beneficio suspendido. Contra dicha resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación.
6-mar-2017D, B, ALa madre de un niño con discapacidad intelectual inició un proceso de determinación de capacidad y solicitó ser designada como apoyo.
6-mar-2017VBOEl Tribunal Oral había revocado la suspensión del juicio a prueba concedida a una persona. A tal fin, argumentó que el probado no había cumplido con la regla que lo obligaba a someterse al control del Patronato de Liberados. Sin embargo, el tribunal había omitido la vista al fiscal y la realización de la audiencia regulada en el artículo 515 del CPPN. Contra la resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-mar-2017González (Causa n°53654)Un hombre ingresó a la fuerza a la casa su ex pareja, la insultó, la tomó del cuello y la increpó manifestándole de forma violenta que estaba en pareja con otro hombre. Luego, le sustrajo su teléfono celular y se retiró. De forma inmediata, la mujer denunció lo acontecido a personal policial que se encontraba en la zona, que procedió a detenerlo. El hombre fue imputado por el delito de robo en grado de tentativa. Asimismo, se certificó que registraba antecedentes penales. Al momento de prestar declaración indagatoria, el hombre negó haber actuado de forma agresiva y sostuvo que al momento de los hechos se encontraba bajo el efecto de estupefacientes. Una vez elevada la causa a juicio, su defensa presentó un acuerdo realizado con la víctima en el que el imputado ofrecía a modo de reparación integral el monto de trescientos pesos. Asimismo, solicitó la extinción de la acción penal por aplicación del instituto de reparación integral. En el marco de la audiencia, la damnificada expresó cómo fueron las circunstancias del hecho y que el hombre imputado la había ahorcado de forma previa a sustraerle el teléfono celular.
2-mar-2017CE, E (Amparo)Una persona que padecía una disminución progresiva de la visión inició una acción de amparo contra el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación (Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales) con el objeto de que se declare inaplicable e inconstitucional el artículo 1 inciso e. del decreto 432/97 (modificado por el decreto 582/2003), reglamentario del artículo 9 de la ley 13.478 y, en consecuencia, se le otorgue una pensión por invalidez. La normativa en cuestión establecía que los extranjeros debían contar con veinte años de residencia mínima continuada en el país para que se les conceda la pensión. El Juzgado Federal de Primera Instancia de Bell Ville no hizo lugar a la petición porque estimó que no había resolución del órgano competente que deniegue el pedido de pensión no contributiva solicitado. El amparista interpuso un recurso de apelación.
2-mar-2017Talpis v. ItaliaUn hombre y una mujer tuvieron un hijo y una hija en el marco de su matrimonio. En ese momento, el hombre comenzó a presentar signos de alcoholismo. A su vez, en distintas oportunidades, golpeó a su pareja y a su hija. La esposa denunció los episodios ante la policía. Durante su intervención, los oficiales constataron las heridas ocasionadas. Sin embargo, no se inició un proceso judicial. Un mes más tarde, la mujer fue víctima de un nuevo ataque. Ante una nueva denuncia, la policía sólo comprobó la identidad del hombre y le ordenó alejarse de ella. La mujer abandonó su hogar y, a través de una organización que asistía a las víctimas de violencia de género, presentó una denuncia por malos tratos y violencia. En su presentación, solicitó a las autoridades una acción rápida que protegiese a ella y a sus hijos. La organización puso a su disposición una vivienda. Luego de tres meses, el servicio social local informó que no contaba con recursos suficientes para proteger a la víctima en ese sitio y que debía abandonarlo. No obstante, señaló que antes de contar con la asistencia, debía realizar una presentación ante el servicio social local. La mujer comenzó a vivir en la calle hasta que una amiga le hospedó. Posteriormente, consiguió trabajo. Siete meses después de realizar la presentación a través de la organización, la mujer fue interrogada por la policía por primera vez. En esa oportunidad, cambió sus declaraciones. Señaló que su marido era un buen padre de familia y que, más allá de su adicción al alcohol, la situación en su hogar era calma. De esa manera, la investigación judicial fue finalizada. Luego de algunos meses, una nueva denuncia de violencia fue recibida por la policía. El marido fue detenido en estado de intoxicación y se lo liberó a las pocas horas. El hombre volvió al hogar y con un cuchillo hirió a su hijo. El joven murió. Las investigaciones fueron reabiertas. El hombre fue condenado a prisión perpetua por el homicidio de su hijo y los malos tratos hacia la mujer y su hija.