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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 6-ago-2018 | Romanyk (reg. Nº 909 y causa Nº 56623) | Una persona había sido imputada por la comisión de un delito constitutivo de violencia de género. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional. A su vez, dispuso que se abstuviera de todo contacto y acercamiento a la víctima. Luego, el juzgado de ejecución dio intervención al Patronato de Liberados de la provincia de Buenos Aires. La defensa interpuso un recurso de reposición y, en subsidio, planteó la nulidad de la medida. Entre sus argumentos, señaló que esa disposición no había sido prevista por el tribunal de origen. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable a la impugnación. En particular, indicó que la medida había sido dispuesta sin haber mediado su requerimiento. El juzgado rechazó los planteos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 6-ago-2018 | Florentín (Causa Nº 55578) | Un hombre, FHA, fue acusado de haber agredido a su pareja, JM. Según la acusación la había tomado por los brazos y la empujó contra la pared al mismo tiempo que le amenazaba de muerte, la arrojó al suelo y la golpeó en la cabeza. La denuncia fue realizada en la Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN. Allí se realizó un informe interdisciplinario sobre la base de entrevistas mantenidas con JM; un informe en el que se plasmó el examen médico, y copias que reflejan la atención médica que recibió al día siguiente del hecho. La mujer declaró durante la instrucción, antes de que se haya notificado al acusado de la imputación en su contra. En el juicio oral, la víctima no pudo ser hallada para declarar y la fiscalía solicitó que se incorporen por lectura sus declaraciones y el legajo de la OVD. La defensa se opuso. El Tribunal, antes de resolver, intentó ubicar a la víctima y para ello requirió a la defensa el domicilio de la madre y a la fiscalía que extreme las diligencias a su alcance. Sin embargo, no pudo ser hallada. El Tribunal resolvió incorporar el legajo de la OVD porque entendió que reunía las características necesarias para ser valorado como prueba documental, pero no hizo lugar a la incorporación por lectura de la declaración testimonial de la mujer ante el juez de instrucción, porque aquella había sido prestada cuando el acusado aún no había sido imputado y, por ello, no había podido controlarla. El hombre fue condenado por el delito de lesiones leves agravadas por haber mantenido con la víctima una relación de pareja en concurso ideal con amenazas simples. Para decidir de esa manera, el Tribunal valoró la declaración de JM ante la OVD. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 2-ago-2018 | CF y otra (causa N° 19700) | ASB libró y puso en circulación dos cheques de pago diferido que fueron entregados por CF en concepto de pago por la compra de una camioneta. Luego, ASB expidió una contraorden de pago y ambos fueron imputados en los términos del artículo 302 del Código Penal; la víctima, además, se presentó en calidad de querellante. En la etapa de juicio, ASB suscribió un acuerdo de conciliación de acuerdo a lo previsto por el artículo 59, inciso 6° del Código Penal y pagó el monto de dinero adeudado. Por tal razón, la víctima desistió de su rol querellante. Entonces, la defensa interpuso una excepción de falta de acción. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal consideró que el instituto remitía a leyes procesales que no se encontraban vigentes y que, en consecuencia, no podía ser aplicado. |
| 1-ago-2018 | DEA (Causa Nº8717) | Una mujer –madre de dos niños de 5 y 6 años– se encontraba detenida en una unidad penitenciaria. Su defensa solicitó se le concediera el arresto domiciliario para cuidarlos. La requirente, sin embargo, desistió del pedido porque ambos niños habían comenzado a vivir con su progenitor. Posteriormente, una comunicación remitida por la Dirección General del Régimen Correccional hizo saber que la mujer reunía las condiciones necesarias para ser incorporada al “Programa de Asistencia de Personas bajo vigilancia electrónica y otras modalidades de egresos anticipados”. Entonces, su defensa solicitó nuevamente que continúe su detención en su domicilio particular bajo vigilancia electrónica. El tribunal rechazó el pedido por considerar que no aplicaba ninguno de los supuestos del artículo 10 del Código Penal. Contra esta decisión la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 1-ago-2018 | Vargas (reg. N° 884 y causa N° 34987) | Un hombre había sido imputado por el delito de robo en grado de tentativa. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. En la audiencia prevista en el artículo 41 del Código Penal, el imputado expresó que era adicto a los estupefacientes y que tenía intenciones de someterse a un tratamiento de rehabilitación. Luego, el Tribunal Oral homologó el acuerdo y condenó al hombre a la pena de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento y a la pena única de dos años y nueve meses de prisión. Además, le impuso, como medida curativa, la obligación de realizar un tratamiento de rehabilitación para el consumo de estupefacientes, sujeto a un informe médico que determinara su necesidad. Para decidir de esa manera, explicó que debía aplicarse el artículo 16 de la Ley de Estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Luego de que se lo declarara inadmisible, interpuso un recurso de queja en donde se agravió de la imposición del tratamiento de rehabilitación. En ese sentido, sostuvo que el tribunal carecía de jurisdicción para disponer esa medida ya que excedía el marco del acuerdo celebrado entre las partes. |
| ago-2018 | El continuum de violencias contra el colectivo travesti y trans a la luz del fallo de Diana Sacayán | En el mes de junio de 2018, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 llevó adelante el juicio por el asesinato de Diana Sacayán. Por mayoría, sus jueces condenaron a uno de los perpetradores, a la pena de prisión perpetua en orden al delito de homicidio agravado. En su sentencia, los jueces, por mayoría, nombraron a este hecho como un travesticidio: el resultado final de un continuum de violencias que afecta especialmente a las personas travestis. De este modo, la decisión cristalizó un concepto útil para visibilizar las violencias sufridas por este colectivo. Para ello, se valió de diversos instrumentos aportados por organismos nacionales e internacionales, muchas veces nutridos por la labor de los organismos de la sociedad civil. Ante la falta de sistematización de esta información, el artículo se propone ordenar y analizar estas herramientas desde distintas perspectivas a fin de acercarse a una compresión integral de la vulnerabilidad del colectivo travesti y trans. |
| ago-2018 | Cannabis medicinal | Jurisprudencia nacional sobre el uso medicinal del Cannabis. |
| 31-jul-2018 | FJG (Causa Nº 37443) | Dos jóvenes le quitaron las pertenencias a una persona que dormía en la vía pública. El chofer de un colectivo observó la situación y describió el aspecto de los jóvenes a un agente policial. Unos minutos después, el policía detuvo a dos personas que coincidían con la descripción y le secuestró a uno de ellos un teléfono celular. Entonces, se comunicó con el juzgado de turno, que le ordenó la toma de fotografías y el peritaje del aparato. El policía extrajo el chip, lo colocó en su propio teléfono y llamó a un número telefónico de la agenda de contactos, con el objeto de ubicar al damnificado. El juzgado dictó el procesamiento con prisión preventiva del joven por el delito de robo. La defensa solicitó la nulidad de la inspección del celular y de todo lo obrado en consecuencia, por considerar que el chip se había obtenido sin autorización judicial. En consecuencia, solicitó que se dispusiera el sobreseimiento de su asistido. El juzgado rechazó el pedido. En tal sentido, entendió que se habían cumplido las exigencias que habilitaban al personal policial a actuar sin orden judicial. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
| 31-jul-2018 | BMM (Causa Nº15056) | Un hombre de la provincia de Tierra del Fuego tenía una hija de 2 años y 6 meses. La niña vivía con su madre y era cuidada por su padre todas las tardes. Además, el hombre convivía hace un año con su pareja y sus dos hijos, de 6 y 9 años. La mujer trabajaba durante el día y él se ocupaba de trasladarlos a la escuela y a sus actividades deportivas. El hombre fue condenado por el delito de violación de correspondencia a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento. Además, se le impuso la pena única de un año y un mes de prisión y se declaró su reincidencia. Durante su detención, trabajaba con el propósito de ayudar económicamente a su familia. La defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario, con el objeto de que pudiera ejercer su rol paterno respecto de los tres niños. Subsidiariamente, solicitó la aplicación del instituto de semidetención. La fiscalía se expidió de manera desfavorable. En tal sentido, consideró que la única hija biológica del condenado vivía con su madre, por lo cual no se encontraba bajo su cuidado directo. Además, señaló que el vínculo con los hijos de su pareja era reciente. |
| 31-jul-2018 | DGL (causa N° 75736) | Una mujer sufría violencia de género por parte de su pareja. En una oportunidad, se encontraban con unos amigos tomando alcohol, cuando el hombre comenzó a golpear a la mujer en la cara. Luego, agarró un palo que utilizó para lesionar a su pareja. En ese momento, la mujer sacó un cuchillo de entre sus prendas y lo hirió en el lado izquierdo del tórax, causándole la muerte. Por ese hecho la mujer fue imputada por el delito de homicidio calificado. En la etapa del juicio oral, la acusada declaró que habían consumido estupefacientes y alcohol durante varios días. Al momento del hecho el hombre la celaba y la golpeó para que no mirara a otros varones. Explicó que, en un primer momento, el cuchillo lo tenía él y cuando le pegó se le cayó de la cintura por lo que ella lo tomó y lo guardó para protegerse. Entonces, comenzó a golpearla con un palo y para defenderse le clavó el cuchillo. Agregó que no quería hacerle daño, que convivía con él desde que tenía quince años y que peleaban mucho. Por otra parte, del informe psicológico surgía que la mujer tenía un tono de voz disminuido y una marcada inestabilidad emocional junto a una gran cantidad de ira acumulada originada por las situaciones de estrés y consumo de sustancias tóxicas. Asimismo, señaló que la mujer había sufrido un sometimiento físico y psicológico de su pareja. El Tribunal Oral condenó a la imputada a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio calificado por el vínculo mediando circunstancias de atenuación. Para decidir de esa manera, el Tribunal sostuvo que la mujer había actuado “movida por la bronca” que le tenía a su pareja debido a tantos años de maltrato. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones planteó que su asistida se encontraba en un estado de vulnerabilidad porque era adolescente cuando inició su relación de pareja y resultó ser víctima de violencia de género. En varias oportunidades la había amenazado con matar al hijo que tenían en común y la obligaba a prostituirse para solventar sus adicciones. Por esa razón explicó que el encuadre jurídico impuesto por el Tribunal se alejaba de toda perspectiva de género y que no alcanzaba con hablar de circunstancias extraordinarias de atenuación para reducir la pena. |
