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FechaTítuloResumen
18-jun-2019Ortiz Castillo (Causa N° 996)En horas de la madrugada, personal policial realizaba tareas de prevención en un vehículo sin identificación, y visualizaron a dos ciclistas que se pasaron una mochila en la vía pública. A poca distancia, los ciclistas se separaron y tomaron direcciones distintas. La policía optó por seguir al que tenía la mochila. Una vez detenido, se requisó su mochila y se hallaron 4,124 kilogramos de cocaína. Cuatro horas más tarde la secretaria del juzgado consultó al juez sobre lo sucedido y éste ordenó el allanamiento en el domicilio de la persona detenida. Como resultado de la medida, se secuestraron semillas de marihuana y un arma de fuego. Ante esa situación, el hombre fue procesado por los delitos de guarda de semillas para producir estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil condicional, en concurso real. Durante los alegatos, la defensa solicitó la absolución.
14-jun-2019Rodríguez Duarte (Causa N° 17185)Una mujer, con la participación de una joven menor de dieciocho años y un hombre que no pudo ser identificado, interceptó a dos personas y les exigió la entrega de sus pertenencias. Luego, personal policial detuvo a la mujer y a la joven, y les secuestraron los elementos sustraídos. Por ese hecho, fue procesada. En la etapa de juicio oral resultó condenada a la pena de cuatro años de prisión por el delito de robo doblemente agravado por su comisión en poblado y en banda con la participación de un menor de dieciocho años. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En el plazo de término de oficina, el defensor ante la cámara introdujo como nuevo agravio la agravante genérica de “intervención de menores de edad” prevista en el artículo 41 quater del Código Penal. En particular, criticó que esa agravante exigía que hubiera habido por parte de la imputada una utilización del menor de edad para descargar su responsabilidad aprovechándose de esa condición.
13-jun-2019IMC (Causa Nº2091)En un control de pre embarque aeroportuario, personal de la PSA halló tres paquetes con cocaína disimulados en la vestimenta de una mujer que se dirigía a tomar un vuelo con destino a Río Gallegos. Al ser detenida, indicó que en el mismo avión viajaba la persona a quien ella tenía que entregarle el material estupefaciente cuando arribaran a destino. En su declaración indagatoria, la mujer manifestó que había aceptado realizar el transporte por su extrema situación de pobreza. En tal sentido, relató que estaba desempleada y tenía a su cargo a sus dos hijos y a su nieto menor de edad. Por su parte, la defensa acompañó un informe elaborado por el Programa de Atención a las Problemáticas Sociales de la Defensoría General de la Nación en el que se dio cuenta de la situación de extrema pobreza y vulnerabilidad en el que se encontraba la imputada. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de transporte de estupefacientes. A través de tareas de investigación realizadas con posterioridad, se verificó la existencia de una organización criminal dedicada al tráfico de estupefacientes que utilizaba a personas en situación de vulnerabilidad para su transporte. Además, se confirmó que la mujer había sido captada para el traslado de la droga a cambio del pago de diez mil pesos.
12-jun-2019Ortega (Causa Nº15427)Un hombre le sustrajo a una persona una cadena de oro. Por ese hecho, se desarrolló un proceso bajo el procedimiento de flagrancia en el cual el hombre fue imputado por el delito de robo. Elevada la causa a juicio, el imputado ofreció el pago de un monto de dinero en concepto de reparación integral que fue aceptado por el damnificado. La suma de dinero fue depositada y la defensa solicitó la extinción de la acción penal en los términos del artículo 59 inciso 6 del Código Penal. El tribunal hizo lugar al planteo de la defensa y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Consideró, entre otras cuestiones, que el inicio del debate clausuraba la posibilidad de plantear la reparación integral.
11-jun-2019B. S. A.Una empresa había sido imputada por la omisión de depósito de las retenciones al Impuesto a las Ganancias correspondientes a los períodos agosto 2016 y septiembre 2016. Ese hecho fue calificado en los términos del artículo 6° de la ley N° 24.769. En ese contexto, el presidente de la sociedad regu-larizó las obligaciones evadidas y solicitó que se declarara la extinción de la acción penal y su conse-cuente sobreseimiento. Fundó su petición con base en la previsión del artículo 59, inciso 6, del Códi-go Penal. El juzgado interviniente rechazó el planteo. Para decidir de esa manera, explicó que ese mecanismo de extinción de la acción penal no resultaba aplicable al caso porque no era compatible con la legislación tributaria. En consecuencia, indicó que debía prevalecer el régimen penal tributario por sobre lo previsto en el artículo 59, inciso 6, del Código Penal. Contra esa decisión, la defensa in-terpuso un recurso de apelación.
11-jun-2019Bittel (causa Nº 38439)En la provincia de Santa Fe, un hombre recibió un disparo en un local comercial de su propiedad. Cuando el personal policial se presentó en el lugar el hombre declaró que había tenido una discusión con otra persona, que le disparó y escapó. Antes de ser trasladado al hospital, le entregó las llaves del negocio a una empleada y le pidió que lo cerrara. En ese marco, la policía dispuso la realización de un estudio criminalístico en el lugar. Entonces, la madre de la víctima le dio las llaves a la empleada y le pidió que lo abriera a ese efecto. En el interior del negocio, la policía encontró y secuestró sustancia estupefaciente. Por ese hecho, el hombre fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Del informe criminalístico se desprendía que el personal policial había sido convocado por un robo. En tal sentido, se dejó constancia de que, una vez finalizada la búsqueda de los elementos solicitados, se requirió colaboración a la comisaría para que se constatara si había algún faltante. La defensa planteó la nulidad del allanamiento por haber procedido sin contar con orden judicial y no haberse verificado ninguna de las hipótesis que habilitaban a la policía a proceder sin ella, ni existir consentimiento por parte del titular del derecho de exclusión. El juzgado hizo lugar a la solicitud y sobreseyó al imputado. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, sostuvo que el procedimiento realizado no había configurado un allanamiento.
11-jun-2019Mignone (Causa N° 30983)Un hombre circulaba con su vehículo por la calle. Durante su recorrido giró a la izquierda en una intersección. En ese momento, chocó con una persona que atravesaba la calle a varios metros de la senda peatonal. Luego, la víctima fue trasladada a un hospital donde murió. Por este hecho, el conductor fue procesado por homicidio culposo. Sin embargo, su defensa técnica interpuso un recurso de apelación.
10-jun-2019Constantín (reg. N° 1189 y causa N°60000615)En diciembre del 2007 cinco agentes penitenciarios intervinieron en una pelea entre personas detenidas en el Módulo II del CPF I de Ezeiza. Los policías JEP y VDS del Módulo III fueron advertidos de la pelea, por lo que se trasladaron al Módulo II, esposaron a dos de ellos y los trasladaron a la “leonera”, donde fueron arrojadas al piso. Allí, los agentes SHG y PAJ les retiraron su calzado, los insultaron, patearon y golpearon con bastones en la cabeza, los pies, tobillos y pantorrillas. Todos los hechos fueron consentidos por el jefe de turno del establecimiento, RC. Tres días después, el médico de la Procuración Penitenciaria efectuó un informe en el que constató las lesiones. El defensor de las víctimas denunció el hecho y describió los golpes que observó en sus cuerpos y la dificultad que tenían para caminar, moverse y sentarse. Además, señaló que uno de ellos tenía un golpe en la cabeza. Por último, indicó que ambos se encontraban muy afligidos y doloridos y no querían efectuar la denuncia por miedo a recibir represalias. Al prestar declaración en sede judicial, las víctimas se expidieron en el mismo sentido y la causa fue archivada. El caso fue analizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, en el año 2013, dispuso, entre otras cosas, que el Estado debía investigar los hechos de tortura denunciados para que se determinaran las eventuales responsabilidades penales y se aplicaran las sanciones correspondientes. El caso fue reabierto. En ese marco, el Tribunal Oral condenó a RC por el delito de torturas a la pena de seis años de prisión. Además, condenó a SHG y PAJ a cinco años de prisión. Las penas fueron determinadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 7, inciso f, del Estatuto de Roma. Además, el tribunal absolvió a JEP y DVS por considerar trabajaban en el módulo III del complejo y que, en consecuencia, no se había logrado acreditar su intervención en los hechos. Contra esa sentencia, la defensa y la fiscalía interpusieron recursos de casación.
10-jun-2019Orden por la que se deniega la solicitud de una orden de registro (Causa N° 4-19-70053)Dos personas fueron investigadas por su presunta participación en un caso de "sextorsión", utilizando Facebook Messenger para amenazar a una víctima con la distribución de un video íntimo si no pagaba. Debido a esta situación, la Fiscalía solicitó una orden de registro con el propósito de incautar elementos relacionados con el presunto delito. En su solicitud, la Fiscalía requirió que se incluyeran dispositivos electrónicos, en un domicilio ubicado en Oakland, California. Contra ese pedido, la defensa solicitó una contrarréplica de lo requerido por la Fiscalía. Para ello, sostuvo que la exigencia de desbloquear dispositivos electrónicos mediante huella dactilar o reconocimiento facial eran contrarias a las Enmiendas Cuarta y Quinta de la Constitución de Estado Unidos que protegen contra registros y secuestros irrazonables y garantizan el derecho contra la autoincriminación, respectivamente. Además, que la exigencia de desbloquear dispositivos mediante métodos biométricos constituiría un testimonio autoincriminatorio protegido por la Quinta Enmienda, ya que revelaría información personal que podría utilizarse en su contra en un proceso penal. Finalmente, que la medida requerida era intrusiva y desproporcionada, toda vez que el desbloqueo biométrico trascendía los límites de la evidencia física, afectando la esfera privada y la protección de datos personales.
7-jun-2019CPC (reg. Nº 726 y causa Nº 15995)CPC mantuvo relaciones sexuales en reiteradas oportunidades con su hija de 15 años en el domicilio en el que convivían. La niña quedó embarazada y el hombre le indicó que debía abortar. A las nueve semanas de embarazo le introdujo cuatro pastillas de Oxaprost en su vagina y ella ingirió otras dos. En ese momento, comenzó a tener fuertes dolores de panza y pérdidas de sangre, por lo que fue trasladada a un hospital. La niña fue internada y se le introdujeron dos pastillas de la misma droga que provocaron la expulsión del feto. A partir de la historia clínica, se efectuó una pericia médico-forense que concluyó que el feto había muerto antes de ingresar al hospital y que no podían precisarse el momento ni las causas del deceso. El hombre fue imputado por los delitos de estupro agravado por haber sido cometido por un ascendiente y con provecho de la situación de convivencia, en concurso real con los delitos de aborto con consentimiento de la mujer y desobediencia. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de diez años de prisión. Para decidir de ese modo consideró, entre otras cuestiones, que el feto se encontraba con vida al momento de efectuarse la maniobra abortiva. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.