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30-abr-2020Plata (causa N° 133323)Un hombre había sido condenado en 2010 a la pena de diez años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por la condición de ascendente y por haber sido el encargado de la guarda y tutor legal de la víctima, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal. El imputado tenía 78 años y se encontraba alojado en el Complejo Penitenciario V del Servicio Penitenciario Federal. Además, se encontraba dentro del listado confeccionado por el SPF de personas en riesgo ante un eventual contagio de COVID-19. Por esa razón, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El juzgado de ejecución rechazó el pedido. En tal sentido, sostuvo que el instituto requerido era ajeno a la progresividad de la pena y operaba para aquellos supuestos específicos en los cuales el encierro pudiera constituir una grave afectación. Además, señaló que las autoridades penitenciarias habían asegurado la posibilidad de mantener vigentes los protocolos de prevención de contagio y propagación de la pandemia y que no existía un riesgo de que el imputado pudiera contagiarse. Por otra parte, hizo referencia a la gravedad del hecho por el que había sido condenado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, indicó que la resolución impugnada establecía una diferenciación entre la vida y la salud de unas personas por sobre otras de acuerdo al tipo de delito imputado. En ese sentido, sostuvo que de modo independiente a dicha circunstancia, la persona que se hallaba en un establecimiento penitenciario se encontraba en peores condiciones para evitar el contagio y tratar la enfermedad.
30-abr-2020Ferreira (causa n° 19781)Un hombre había sido condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión por el delito de transporte de estupefacientes. El hombre se encontraba detenido en la Unidad Penitenciaria N° 4 del Servicio Penitenciario Federal en Santa Rosa. Su familia estaba compuesta por su pareja y sus tres hijos de 8, 6 y 2 años, quienes residían en una localidad a más de trescientos kilómetros de la unidad. La pareja carecía de un trabajo formal y debido a la distancia y la falta de recursos económicos no podía ir a visitarlo con sus hijos. El hombre había alcanzado el requisito temporal para acceder al régimen de salidas transitorias y, frente a la declaración de emergencia sanitaria, solicitó in pauperis que se le concediera la prisión domiciliaria. Luego, su defensa fundamentó el pedido y la fiscalía lo rechazó.
30-abr-2020Quiroga Torrico (causa n° 154036)Un hombre que había sido condenado por la comisión de un delito se encontraba detenido en la Unidad N° 30 del Servicio Penitenciario Bonaerense. Luego, el hombre fue trasladado al Complejo Penitenciario Federal I y más tarde a la Unidad N° 12 del Servicio Penitenciario Federal de Viedma. En 2018, el hombre alcanzó el requisito temporal para acceder a la libertad condicional y su defensa realizó el pedido al tribunal. Entonces, el Consejo Correccional se pronunció en contra de su concesión por entender que era reciente su ingreso al establecimiento penitenciario. El juzgado de ejecución rechazó el pedido y, contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la resolución y reenvió la causa para que el SPF emitiera nuevos informes que tomaran en consideración el tratamiento del hombre durante todo su encierro carcelario. El SPF incumplió lo ordenado y, en 2019, su defensa volvió a pedir que se le concediera la libertad condicional. El juzgado de ejecución rechazó por segunda vez la solicitud y su defensa interpuso un nuevo recurso de casación. En marzo del 2020, el hombre tenía 65 años de edad y tenía una insuficiencia cardíaca. Frente a la declaración de la emergencia sanitaria, el Servicio Penitenciario Federal lo incluyó en el listado de personas que se encontraban en riesgo ante un eventual contagio del Covid-19.
29-abr-2020Flores (causa n° 661)Una mujer fue detenida e imputada por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. La mujer se encontraba alojada en el Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza y registraba una condena de tres años de prisión en suspenso. Además, tenía tres hijos, una de catorce y mellizos de cuatro años. Luego de su detención los niños quedaron al cuidado de su abuela, de 85 años. Frente a la declaración de la emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le otorgara la morigeración de la prisión preventiva y que se le concediera la prisión domiciliaria a fin de cuidar a sus hijos. La fiscalía se opuso a la solicitud.
28-abr-2020Aguilar Fernández (causa N° 18051)Un hombre que se alojaba en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza tenía una infección crónica en las amígdalas y presentaba antecedentes de epilepsia. Su familia estaba conformada por su concubina y sus tres hijos menores de edad. La mujer había sido intervenida por una afección ginecológica y tenía anemia y artritis. Además, uno de los niños poseía Síndrome de Asperger y un retraso madurativo leve y otra hija tenía una hernia en su pierna que debía ser intervenida quirúrgicamente. Por esa razón, el hombre solicitó in pauperis que se le concediera el arresto domiciliario para hacerse cargo del cuidado de sus hijos. La defensa fundamentó el pedido y agregó que la situación de emergencia sanitaria implicaba un mayor esfuerzo para la mujer frente a cualquier traslado que debiera efectuarse para la atención y el cuidado de los niños. Por su parte, la Unidad Funcional para la Asistencia de Menores de 16 años señaló que debía otorgarse la prisión domiciliaria en función del interés superior del niño. Además, sostuvo que los destinatarios del artículo 32, inciso f, de la ley N° 24.660 eran los niños, por lo que el término “madre” no debía interpretarse de manera literal. Por último, el representante del Ministerio Público Fiscal prestó su consentimiento.
28-abr-2020Godoy (causa N° 18051)Un hombre fue detenido en noviembre del 2019 e imputado por los delitos de abuso sexual y amenazas, en concurso real. Al momento de su detención se encontraba en situación de calle y brindó un domicilio que, al ser constatado, dio resultado negativo. Además, registraba una sentencia condenatoria a tres años de prisión en suspenso. Su defensa solicitó su excarcelación y refirió que su asistido podía vivir en el domicilio de su madre. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de esa manera señaló que, en virtud de sus antecedentes, en caso de ser condenado la pena no podía ser dejada en suspenso. Además, señaló que no tenía suficiente arraigo y consideró que no resultaba desproporcionado el tiempo que había estado en detención. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-abr-2020Gutierrez (causa N° 34336)La Procuración Penitenciaria de la Nación presentó una acción de habeas corpus colectivo en el que se denunciaba la falta de líneas telefónicas bidireccionales en los pabellones y áreas educativas del Complejo Penitenciario Federal II de Marcoz Paz. En particular, se señaló que dicha circunstancia limitaba la comunicación de las personas detenidas con sus familias y defensorías. Con motivo de la emergencia sanitaria, la Procuración Penitenciaria se presentó junto a la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación y la defensoría de Morón y requirió que se hiciera lugar a la acción de habeas corpus y se instalaran líneas telefónicas en la modalidad indicada.
28-abr-2020Brandenburg (causa Nº 63)La señora AMB tenía 83 años y una discapacidad (demencia no especificada). Por prescripción de su médico, ingresó a un hogar de tercera edad. La empresa de medicina prepaga se negó a cubrir la prestación. Entonces, la hija de AMB, en su representación, interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar que se ordenara su cobertura. El juzgado hizo lugar de manera parcial a la medida y ordenó a la demandada que otorgase la cobertura de un sistema alternativo al grupo familiar. Además ordenó que brindase, bajo la modalidad “Hogar Permanente”, las prestaciones necesarias para la atención de las patologías de la mujer mediante servicios propios o contratados al 100% de su valor. Por último, dispuso que, en caso de optar por su permanencia en el hogar, la demandada debía cubrir el valor equivalente al fijado por el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad en la categoría “A” de Hogar Permanente. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios expresó que la mujer no tenía indicación de un tratamiento médico o de rehabilitación y que el hogar en cuestión estaba fuera de sus efectores.
28-abr-2020Reyes (causa N° 69495)Una mujer provenía de un contexto social de extrema vulnerabilidad y había sufrido violencia por motivos de género desde muy joven. Además, tenía un consumo problemático de alcohol y estupefacientes de larga data y tenía un hijo de dos meses. El niño se encontraba institucionalizado en un hogar de guarda desde su nacimiento. En el marco de una investigación penal, la mujer fue detenida en el Complejo Penitenciario Federal N° IV. La defensa solicitó su prisión domiciliaria en los términos del inciso f) del artículo 32 de la Ley de Ejecución Penal. El juzgado interviniente rechazó el pedido. Sin embargo, estableció que la imputada debía realizar un tratamiento de rehabilitación por sus adicciones y estudios psicológicos a fin de recuperarse y reestablecer el vínculo con su hijo. Tiempo después la defensa reiteró la solicitud, a la que sumó el supuesto del inciso a) del artículo 32 de la misma ley. En esa oportunidad, sostuvo que su defendida no recibía un tratamiento adecuado en su lugar de detención. Esa situación además le impedía comenzar un proceso de revinculación con su hijo. Por su parte, se presentaron informes de parte que daban cuenta de la necesidad de abordar la problemática de la mujer desde una perspectiva integral de salud mental. Asimismo, el Complejo Penitenciario Federal N° IV informó que no contaba con instalaciones ni programa activo en el área de “drogadependencia”. Del mismo modo, la defensa dejó constancia de que el Servicio Penitenciario Federal no había cumplido con los traslados dispuestos para comenzar un tratamiento extramuros. El juzgado interviniente rechazó nuevamente de nuevo el pedido. Para así decidir, sostuvo que los argumentos expuestos no tenían entidad suficiente para modificar el criterio ya sostenido. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación.
27-abr-2020GFM (causa N° 40788)La señora M. y el señor T. compartían un régimen de comunicación respecto a su hija Z. El acuerdo consistía en que Z. tuviese su centro de vida junto a su progenitor y visitase a su madre los días martes y jueves. A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y aislamiento social obligatorio, el régimen se interrumpió. En ese contexto, el Ministerio de Desarrollo Social dictó la resolución N° 132/2020. El artículo 2 de la norma estableció como supuesto de excepción al aislamiento,el traslado de un niño, niña o adolescente al domicilio en el que se encontrase su centro de vida. Dicho traslado debía ser realizado por una única vez. La señora M. denunció que el día en que se había decretado el aislamiento, el Sr. T. había ingresado en su domicilio, retirado a Z. e impedido el pernocte que le correspondía según lo acordado. Además, señaló que desde ese momento T. incumplió en su totalidad el régimen de comunicación. Por último solicitó la ampliación del régimen vigente.