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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 3-mar-2022 | Abregú (Causa N° 32678) | Una persona había sido condenada a una pena de prisión por el delito de robo con arma de fuego en concurso real con el de portación ilegítima de arma de guerra sin autorización legal. Ante un planteo de la defensa, el juzgado de ejecución penal interviniente declaró la inconstitucionalidad del art. 56 bis, inc. 5, de la ley 24.660 incorporado por la ley 27.375. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de casación. |
| 31-mar-2022 | Quiroga (causa N° 1765) | Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, por el uso de un arma de utilería y de un arma de fuego cuya aptitud para producir disparos no se pudo tener por acreditada. El hombre, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y no se encontraba anotado con otros nombres en el Registro Nacional de Reincidencia. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para decidir de esa manera, señaló que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 por remisión del art. 317, inc. 1° del Código Procesal Penal, las características del hecho conducían a pronosticar que la eventual pena a imponer sería de cumplimiento efectivo. Además, ponderó que el imputado había intentado quitarle su arma reglamentaria a uno de los efectivos policiales que procuró detenerlo. También consideró que en caso de recuperar su libertad, el imputado podría intimidar a las víctimas del hecho, pues tenía las llaves del edificio donde se desempeñaban laboralmente. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación. |
| 31-mar-2022 | RGM (Causa N° 6061) | Una mujer dio a luz a una niña, que fue reconocida por su pareja. Tiempo después, un hombre inició una acción judicial a fin de impugnar ese reconocimiento y ser emplazado como padre de la niña. En su presentación, manifestó ser el padre biológico y acompañó un estudio de ADN que lo corroboraba. Luego, la madre se presentó y solicitó el rechazo de lo solicitado. Por su parte, el progenitor demandado destacó que se había dedicado a la crianza de la niña desde su nacimiento y admitió que era el padre afín. Frente a dichos planteos, el juzgado interviniente ordenó que se practicara un nuevo examen genético, que confirmó la paternidad del actor. En consecuencia, hizo lugar a la acción, desplazó al demandado y emplazó al accionante como progenitor de la niña. Asimismo, dispuso la inscripción de la partida de nacimiento únicamente con el apellido materno. Ambos accionados apelaron la decisión y pidieron que se declarara la inconstitucionalidad de la parte final del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación. En ese sentido, requirieron el reconocimiento del vínculo socio-afectivo entre la niña y el padre demandado, de manera tal que no se lo desplazara del estado filial. A su vez, solicitaron se adicionara el apellido del actor a la partida de nacimiento de su hija. |
| 31-mar-2022 | Troncoso (Causa N° 10237) | Una mujer se encontraba detenida. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo de juicio abreviado. Era madre de dos menores de edad. En este contexto, su defensa solicitó el arresto domiciliario. El tribunal, sin haber dado intervención al asesor de menores, rechazó el pedido. Entre sus argumentos sostuvo que la solicitud no encuadraba en ninguno de los supuestos de los artículos 10 y 32 de la ley N° 24.660, sus hijos de se encontraban al cuidado de su padre y de la familia paterna, la imputada no gozaba de antecedentes médicos de importancia y tenía varios antecedentes condenatorios y una causa en trámite en la cual se había declarado su rebeldía. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 31-mar-2022 | Mendoza, Beatriz s/ejecución de sentencia | En 2008, la Corte Suprema de Justicia de la Nación condenó a la ACUMAR y a los Estados Nacional, de la Provincia y la Ciudad de Buenos Aires a la ejecución de un programa para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la cuenca Matanza-Riachuelo. Como consecuencia de ello, en 2010 los Estados condenados suscribieron el Plan Federal de Villas y Asentamientos Precarios con el objetivo de dar solución habitacional a 17.771 familias. Sin embargo, transcurridos trece años de la sentencia, solo se alcanzó el 30% del objetivo propuesto. Además, la información proporcionada por ACUMAR y AySA sobre el estado de planificación y ejecución del Plan era incompleta o difícil de comprender debido a los tecnicismos utilizados en el informe. Un alto número de viviendas finalizadas o en estado avanzado no contaban con servicios de agua o cloaca. En aquellas viviendas que contaban con acceso a servicios, a las familias relocalizadas se les dificultaba afrontar los nuevos costos. Por otra parte, en los barrios “Los Ceibos” en La Matanza y “Néstor Kirchner” en Lanús existían plantas de tratamiento que por falta de mantenimiento o por una operación defectuosa no se encontraban en funcionamiento. Por este motivo, en el marco de la ejecución de la sentencia, el Equipo de trabajo de la causa Matanza-Riachuelo de la Defensoría General de la Nación, junto con la Defensoría Federal Nº 2 de Morón y la Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires, solicitaron que se informe en términos claros y sencillos sobre la planificación y situación actual de ejecución de las obras de infraestructura de redes de agua, redes cloacales y desagües. |
| 30-mar-2022 | Cepeda (causa N° 35894) | Un hombre que era funcionario policial fue detenido y procesado por el delito de delitos de asociación ilícita y de hurto doblemente agravado por haber sido cometido por integrantes de una fuerza de seguridad, reiterado en dos oportunidades, en concurso real. En la etapa de preparación del juicio oral, la defensa solicitó su excarcelación y la morigeración de la prisión preventiva. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional no 11 rechazó los pedidos. Para decidir de esa manera, consideró que aunque la escala penal del concurso de delitos imputados permitía la imposición de una pena en suspenso, el representante del Ministerio Público Fiscal había manifestado previamente que dicha modalidad de ejecución sería inviable por las características de los hechos atribuidos. Además, concluyó que en caso de recuperar su libertad, debido a las características del hecho (integrar una organización conformada por personal de una fuerza de seguridad, dedicada a la comisión de numerosos delitos en perjuicio de personas de edad avanzada, y en ocasiones mediante un alto grado de violencia), el imputado podría intentar fugarse o entorpecer la investigación. También estimó que el tiempo de detención no era desproporcionado y que la morigeración de la prisión preventiva era insuficiente para asegurar la continuación del proceso. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, consideró que no se había considerado que el hombre tenía una familia compuesta por una pareja, cinco hijos y suegros, y una carrera profesional de diecisiete años sin denuncias previas. |
| 30-mar-2022 | Russo (causa N° 21128) | Un hombre fue detenido y luego imputado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por ser en poblado y en banda con utilización de un arma cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada y uso de llave falsa. La persona, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía ni causas en trámite, no registraba inconductas procesales, contaba con domicilio constatado y la contención familiar de su hermana. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazó a la solicitud. Para decidir de esa manera, entendió que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 por remisión del art. 317, inc. 1° del Código Procesal Penal, se verificaban riesgos procesales. Con relación al riesgo de fuga, señaló que el imputado había aportado un domicilio en el que ya no vivía desde hacía más de veinte años,y también desestimaron el domicilio que brindó durante la declaración indagatoria porque correspondía a un alquiler mensual. Además, ponderó la posibilidad de amedrentar a las víctimas porque conocía el domicilio y los movimientos. Finalmente, indicó que el tiempo de detención no era desproporcionado por la naturaleza del hecho imputado. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación. |
| 30-mar-2022 | Frete (FSA 3656/2022) | Un hombre fue acusado de los delitos de violación de secreto (art. 157 del CP) y de incumplimiento de deberes de funcionario público (art. 248 del CP). En la audiencia de formalización de la investigación penal preparatoria la defensa se opuso a la pretensión del fiscal por no haber tenido acceso al legajo fiscal. La jueza de garantías no hizo lugar al planteo. La defensa impugnó la resolución en los términos del artículo 360 del CPPF. |
| 30-mar-2022 | Ruíz (FSA 3224/2022) | Una persona era investigada por el representante del Ministerio Público Fiscal. Previo a la formalización de la investigación, la defensa requirió acceso al legajo y la fiscalía se lo negó. De la misma forma, el juez de garantías rechazó la petición y estableció un plazo de cinco días para que la acusación formalice la investigación. La defensa impugnó la decisión. Argumentó que se había efectuado una interpretación asistemática del CPPF, limitando el análisis de forma arbitraria a los artículos 230 y 65 del CPPF e ignorando otras normas que garantizan el derecho de defensa desde el inicio del proceso. Además, sostuvo que la distinción que hizo la jueza entre “investigado” e “imputado” para fundamentar el rechazo era errónea. Alegó que impedir el acceso al legajo previo a la formalización anula el ejercicio de una defensa eficaz y marca una desventaja para desarrollar una estrategia y recolectar pruebas de descargo. |
| 29-mar-2022 | Arias (Causa N° 1586) | La Defensoría de Menores de Viedma presentó una acción de habeas corpus colectivo. De acuerdo a la presentación, la policía local de Rio Negro detenía de manera sistemática a niños y niñas sin sospecha de actividad criminal ni orden judicial previa. Sobre este aspecto, la defensa sostuvo que el único argumento de las fuerzas de seguridad giraba en torno a la situación de desamparo de las personas menores de edad involucradas. La Cámara Criminal de Viedma admitió la acción. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro hizo lugar a la impugnación y revocó la decisión. Para resolver de ese modo, tuvo en cuenta el derecho a la libertad personal de los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, al momento de analizar la práctica denunciada, aludió a las detenciones como un modo de protegerlos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario. Ante su rechazó, presentó un recurso de queja. Entre sus argumentos, señaló que la decisión había realizado una interpretación arbitraria de las leyes que regían el caso. |
