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6-sep-2024VBD (Causa Nº 14245)Un hombre sufrió un accidente en el año 2011 que le produjo graves lesiones y una discapacidad psicofísica. Como consecuencia de ello, se inició un proceso de determinación de su capacidad jurídica en la ciudad de San Lorenzo, Santa Fe. En ese marco, se nombró a su progenitora como curadora provisoria. En ese marco, esta en representación de su hijo demandó por daños y perjuicios a los responsables del accidente en la jurisdicción de Necochea. Previo al dictado de la sentencia definitiva en el proceso de daños, la Asesora de Menores e Incapaces solicitó que se oficiara al juzgado de San Lorenzo en el que tramitaba la restricción de la capacidad jurídica para que informara el estado actual de ese expediente. Por su parte, el juez hizo lugar al pedido. Luego, se informó que el actor se había mudado a Necochea, por lo que iba a solicitar la remisión del expediente de restricción de la capacidad jurídica al fuero de familia de esa ciudad. En consecuencia, pidió la suspensión de plazos mientras realizaba el trámite. El juez lo tuvo presente, pero no se expidió con respecto a la suspensión de plazos. Un año después, uno de los demandados solicitó la caducidad de la instancia y el juez la decretó sin dar previa vista a la Asesora.
5-sep-2024LVB (Causa N° 2024)En el marco de un proceso de alimentos, se fijó una cuota a favor de una niña que debía abonar su progenitor. Sin embargo, el hombre nunca cumplió con el pago. Por ello, la madre de la niña solicitó la fijación de una cuota provisoria a cargo del tío paterno, por una suma equivalente al 20% de sus haberes, hasta tanto el padre cumpliera con su obligación. En su presentación, la actora explicó que vivía con su hija en una propiedad familiar y que trabajaba como empleada en una empresa de limpieza. Indicó que se encontraba en un estado económico desesperante, puesto que debía cubrir todos los gastos vinculados con la vivienda y con la crianza de la niña. Señaló que el progenitor no realizaba ningún aporte ni se ocupaba de las tareas de cuidado. Añadió que no conocía los ingresos del hombre y tampoco su situación laboral, porque no contaba con empleos registrados. A su vez, informó que la abuela paterna percibía una jubilación mínima. Por todos esos motivos, explicó que tuvo que accionar contra el tío paterno de su hija, quien trabajaba en relación de dependencia. A su turno, el demandado argumentó que no se habían agotado los medios para obligar a su hermano a pagar lo adeudado. En ese sentido, expuso que no se había respetado el orden establecido en el artículo 537 del Código Civil y Comercial de la Nación para el reclamo de alimentos entre parientes. Remarcó que su madre –abuela paterna de la niña– además de su jubilación tenía un empleo formal; en cambio, él sólo percibía un salario, con el que sostenía a su pareja y a sus dos hijos. En consecuencia, pidió que se rechazara la demanda.
4-sep-2024Leite de Souza y otros v. BrasilDesde hace varias décadas, se registra en Brasil la existencia de milicias integradas por agentes estatales vinculados a la violencia contra sectores vulnerables y marginalizados de la población. En ese contexto, en 1990 ocurrió la “Masacre de Acari”, en la que once jóvenes afrodescendientes de una favela fueron secuestrados y desaparecidos por personas que se identificaron como policías. Desde el comienzo de la investigación penal, las autoridades catalogaron a los jóvenes como ‘criminales’ y atribuyeron a ello sus desapariciones. Las familiares de las víctimas formaron el grupo “Madres de Acari” y denunciaron ante las autoridades judiciales la participación policial en las desapariciones. Al poco tiempo, dos de ellas fueron asesinadas. Asimismo, otras familiares denunciaron que en sus labores de búsqueda y demanda de justicia fueron maltratadas por las autoridades por ser afrodescendientes y residir en favelas. Las tareas de investigación relativas a las desapariciones y homicidios se realizaron de forma tardía e inconsistente, por lo que al día de hoy los hechos permanecen impunes.
3-sep-2024Medidas razonables para el cumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parentalEl presente boletín recopila jurisprudencia nacional sobre medidas razonables para exigir el cumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental, conforme lo dispone el artículo 553 del CCyCN.
3-sep-2024Tacunan Plaza (Causa N° 16733)Una persona había denunciado el robo de su automóvil Citroën C3 blanco. Tiempo más tarde, personal policial identificó un vehículo similar en la vía pública. En ese contexto, se acercó al auto y advirtió que le faltaba la chapa patente delantera y solo contaba con la trasera. En ese marco, el oficial interviniente consultó el sistema y advirtió que la patente correspondía a una persona distinta a la que denunció el robo del automotor. En consecuencia, las fuerzas de seguridad esperaron a que el joven que manejaba el vehículo se acercara y cuando intentó abrirlo lo detuvieron. A continuación, requisaron al joven y al vehículo y encontraron dinero en efectivo, las llaves del auto y la documentación de la chapa patente. Luego, advirtieron que la patente había sido colocada y que correspondía a otro rodado con número de chasis y motor distinto al secuestrado. Además, identificaron que el detenido tenía antecedentes penales en el ámbito de la justicia penal juvenil. Durante la instrucción, confesó que sabía que el vehículo era robado y estaba muy arrepentido. Por esos hechos lo imputaron por el delito de encubrimiento.
2-sep-2024AEE (Causa N° 61040)Una mujer y sus dos hijos estaban afiliados a la obra social de su marido. Tras la muerte del hombre, su familia permaneció en la cobertura de salud de forma gratuita por tres meses. Luego, la mujer solicitó continuar con la afiliación mediante los aportes y contribuciones que le hubieran correspondido a su marido, como estaba regulado en la Ley N° 23.660. En consecuencia, la obra social le otorgó la afiliación en esos términos. Tiempo después, la mujer recibió la pensión por fallecimiento de su esposo y la obra social le informó que se daría de baja su afiliación por contar con otra prestación. Por ese motivo, la mujer pidió a la obra social que mantuviera las afiliaciones de sus hijos que no contaban con otra cobertura. En especial, requirió que se continuara con el tratamiento de uno de sus hijos que había sido diagnosticado con retardo de crecimiento intrauterino sin catch up. Hasta ese momento, la obra social había solventado la totalidad del tratamiento farmacológico para el niño. No obstante, la entidad de salud rechazó su pedido. En consecuencia, la mujer solicitó la asistencia de la defensa pública. En esa oportunidad, la defensoría reiteró el pedido a la obra social y obtuvieron una respuesta favorable. Con posterioridad, la obra social solicitó que se le enviara un oficio a la Superintendencia de Servicios de Salud para que informara si los niños debían inscribirse en la obra social de su madre. En ese marco, ante la negativa de la obra social de continuar con la afiliación, la mujer inició una acción de amparo.
28-ago-2024Caso Hidalgo y otros v. EcuadorUna persona intentó ingresar a una fiesta pública, pero los organizadores no lo permitieron. Luego, llegaron al lugar cuatro agentes policiales y, ante el intento de detenerlo, se inició un altercado. La persona se resistió y los agentes lo golpearon y arrastraron por la vía pública hasta la comisaría. El hermano de la persona arribó al lugar y encontró a su hermano ensangrentado, boca abajo, en el calabozo. Ante esa situación, mandó a llamar a un médico que le confirmó que su hermano había fallecido. El hecho fue investigado por la justicia local. En ese sentido, se tomaron declaraciones testimoniales y se designaron peritos. Sin embargo, el proceso duró diez años y, al momento de dictarse sentencia, la acción penal fue declarada prescripta. Esta decisión fue confirmada por la Corte Superior de Justicia de la jurisdicción. En simultáneo, la madre de la persona interpuso un recurso de amparo con el objetivo de que se declarara la responsabilidad del Estado ecuatoriano. De todos modos, el tribunal interviniente denegó la acción y, luego, el Tribunal Constitucional confirmó la decisión.
27-ago-2024Delitos económicos y perspectiva de géneroEl uso de mujeres para llevar a cabo maniobras de delincuencia económica –en las que, en rigor de verdad, ellas no intervienen– es una práctica cada vez más extendida que requiere la debida atención. En ese contexto, este trabajo abordará las circunstancias en las que ello sucede. Asimismo, brindará un panorama sobre el concepto, reconocimiento y alcance de la perspectiva de género en nuestro país.
27-ago-2024La maestra que no podía dar clases y los plazos de caducidad registral de las condenasEl presente artículo propone un análisis en torno a la razonabilidad de los plazos de caducidad registral de las sentencias condenatorias que dispone el Código Penal de la Nación (CP) en su artículo 51.
27-ago-2024Agüero (causa N° 518)Una persona había sido condenada a la pena de cuatro años y siete meses de prisión por el delito de contrabando de estupefacientes destinados a la comercialización, en grado de tentativa. Contra esa decisión su defensa interpuso un recurso de casación. La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucional el artículo 872 del Código Aduanero, que equiparaba la pena de la tentativa de contrabando a la del delito consumado. En consecuencia, la Cámara anuló de manera parcial la sentencia y remitió el caso a un nuevo tribunal para la determinación de la pena. No obstante, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario contra esa resolución. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó que se dictara una nueva decisión. Entonces, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal anuló en forma parcial la sentencia en cuanto a la pena de prisión efectiva. En ese sentido, el tribunal consideró que la persona había mantenido una conducta conforme a derecho durante casi siete años en libertad y que imponer una pena de prisión efectiva después de un tiempo prolongado sería contrario a los objetivos del principio de reinserción social. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación de un recurso de queja.