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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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30-may-2022 | MMV (Causa Nº 61949) | Un hombre no cumplía con el pago de los alimentos a favor de su hijo menor de edad. Por su parte, la progenitora del niño estaba desempleada y tenía otros hijos a su cargo. En ese marco, la mujer inició un expediente por alimentos. Informó que el demandado contaba con ingresos ya que trabajaba en un comercio. Luego, el juzgado fijó una cuota provisoria. Frente al incumplimiento reiterado, la actora solicitó que se le impusiera al hombre una medida sancionatoria de acuerdo a lo que preveía el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En concreto, pidió que se embargara la cuenta de Mercado Pago que utilizaba para su actividad comercial y que se retuvieran de allí los fondos correspondientes. |
30-may-2022 | Acosta (Causa nº 18.467) | Un hombre había sido acusado de encubrimiento en el marco de una causa penal en la que se investigaban hechos de violencia de género. Durante la etapa de instrucción, su defensa solicitó la aplicación del instituto de reparación integral y presentó un acuerdo al que había arribado con la víctima. El mismo consistía en el pago en favor de la víctima de la suma de setecientos mil pesos ($700.000) pagaderos en dos cuotas iguales y consecutivas de trescientos cincuenta mil pesos ($350.000). Sin embargo, el juzgado interviniente no hizo lugar al planteo. Para así decidir, sostuvo que el artículo 28 de la ley 26.485 disponía la prohibición de efectuar audiencias de mediación o conciliación en casos de violencia de género. En la etapa de juicio oral, la defensa del hombre insistió con el planteo. El representante del Ministerio Público Fiscal adhirió a la solución propuesta. En su dictamen, sostuvo que, si bien los fundamentos brindados oportunamente por la instrucción eran correctos, la situación del imputado que proponía el acuerdo era distinta a la de los coimputados dado que su conducta había sido calificada como encubrimiento. Asimismo, hizo hincapié en la insistencia de la víctima en celebrar dicho acuerdo. En consecuencia, se convocó a una audiencia entre todas las partes. Allí la víctima hizo saber que el acuerdo era la expresión de su libre voluntad. Una vez abonadas las sumas de dinero, la defensa del hombre solicitó su sobreseimiento. |
30-may-2022 | OC 29-22 | El 25 de noviembre de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se expidiera sobre la necesidad de adoptar medidas o enfoques diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad. En ese sentido, presentó una serie de preguntas para determinar las obligaciones internacionales de los Estados a fin de garantizar la igualdad de condiciones y la no discriminación de estos grupos particulares. |
27-may-2022 | González Villalba (Causa N° 15728) | La Dirección Nacional de Migraciones había ordenado la expulsión de una persona migrante. Por este motivo, la persona interpuso un recurso de revisión judicial. En 2020, luego de que transcurra el plazo de tres meses previsto en el artículo 310 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la Dirección Nacional de Migraciones solicitó la caducidad de la instancia. Para fundar la solicitud, expuso que la actora no había realizado actos para impulsar el proceso. La defensa solicitó el rechazo del pedido de caducidad. Entre sus argumentos, expuso que la caducidad de instancia era un modo anormal de poner fin a un proceso civil y/o comercial, y que resultaba inaplicable al procedimiento migratorio. En ese sentido, sostuvo que la interpretación de este instituto debía ser de carácter restrictivo. A su vez, agregó que la actora no había abandonado la instancia recursiva, sino que el proceso se había adaptado a las medidas tomadas por el Poder Judicial en función de la pandemia del virus COVID-19. Entre estas medidas, destacó la feria extraordinaria y su prorrogación durante el 2020. |
27-may-2022 | Martins y otros (Causa N° 15147) | Un grupo de jóvenes privados de la libertad había producido daños en el pabellón en el que estaban alojados. En el marco del proceso penal, su defensa presentó un acuerdo conciliatorio en los términos del artículo 59, inciso 6, del Código Penal. En ese acuerdo, los imputados ofrecieron reparar el daño mediante una compensación económica y la realización de un curso virtual. Por su parte, la Interventora y los apoderados del Servicio Penitenciario Federal aceptaron el ofrecimiento. La representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció a favor de la homologación del acuerdo. |
27-may-2022 | J.C.R (Causa N° 34115) | Un hombre de 88 años había sufrido una fractura de fémur y, ante la imposibilidad de que sus hijas lo cuidaran, aceptó su traslado a una residencia geriátrica. Tiempo después, sus hijas decidieron iniciar un proceso de determinación de la capacidad jurídica de su padre en los términos del artículo 32 del Código Civil y Comercial de la Nación. En esa oportunidad, manifestaron que el hombre se encontraba imposibilitado de tomar sus propias decisiones en tanto presentaba un deterioro cognitivo que le impedía conducir su persona y administrar sus bienes. El hombre se presentó con su abogada patrocinante y la asistencia de la defensa pública. En el marco de una audiencia el hombre manifestó que no quería vivir en un geriátrico. En ese sentido, agregó que una de sus hijas le ofreció la posibilidad de albergarlo en su hogar. Además, solicitó ser evaluado por un equipo interdisciplinario a fin de determinar si requería medidas de apoyo para el ejercicio de sus derechos. Asimismo, destacó que la vejez no era sinónimo de enfermedad. De acuerdo con la voluntad del hombre, la defensa pública solicitó el rechazo de la acción. Entre sus argumentos, sostuvo que la vejez no era motivo suficiente para que se iniciara una causa sobre determinación de la capacidad jurídica. Por último, agregó que las limitaciones propias de la edad podían ser afrontadas con la colaboración de su familia. |
27-may-2022 | Martins (Causa nº 15147) | Un grupo de jóvenes privados de la libertad había producido daños en el pabellón en el que estaban alojados. En el marco del proceso penal, su defensa –con la intervención del Programa de Resolución de Conflictos de la Defensoría General de la Nación– presentó un acuerdo conciliatorio en los términos del artículo 59, inciso 6, del Código Penal. En ese acuerdo, los imputados ofrecieron reparar el daño mediante una compensación económica y la realización de un curso virtual. Por su parte, la Interventora y los apoderados del Servicio Penitenciario Federal aceptaron el ofrecimiento. La representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció a favor de la homologación del acuerdo. |
27-may-2022 | MBA (causa N° 3139) | Una persona había sido detenida luego de que se realizara un allanamiento en su vivienda. En el lugar se secuestraron 500 kilogramos de marihuana y 5 kilogramos de cocaína, dinero y un teléfono marca Iphone. El juez interviniente dispuso su procesamiento con prisión preventiva por considerarla autora del delito de almacenamiento de estupefacientes (art. 5 inc. “c” de la ley N° 23.737 y 45 del CP). A su vez, con el fin de poder individualizar a otras personas en la cadena de tráfico, requirió el aporte voluntario de la clave de desbloqueo del teléfono celular que había sido secuestrado y, en el caso de no acceder a la petición, autorizó a que se efectúe un procedimiento de forma compulsiva y con la utilización de la mínima fuerza pública necesaria para obtener el patrón de desbloqueo de origen dactilar o de iris. De esa manera, ordenó que se realizara un peritaje integral del dispositivo secuestrado. La defensa se manifestó en oposición a la utilización de la pupila como medio de prueba y la compulsión física dispuesta. En ese sentido, interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Asimismo, solicitó la nulidad y su consecuente exclusión probatoria. Sobre ese aspecto, sostuvo que la persona imputada se oponía expresamente a un procedimiento violatorio de sus derechos y garantías constitucionales y calificó a la medida como irrazonable, inidónea, desproporcionada e innecesaria. Por último, consideró que atentaba contra el derecho a la intimidad y privacidad, el derecho de defensa de la imputada y la garantía que prohíbe la autoincriminación (arts. 18, 19 y 33 CN). Por otra parte, sostuvo que de llevarse a cabo el procedimiento, debía realizarse en el Juzgado Federal con presencia del magistrado y no en una sede de la Gendarmería Nacional. De esa manera, se minimizaban las lesiones a los derechos de la persona imputada. Con base en el informe de Gendarmería Nacional, indicó que la imposibilidad de acceder al móvil se debe a la desactualización del sistema UFED, por lo que debían procurarse los medios para actualizarlo y no utilizar su pupila como objeto de prueba. Asimismo, cuestionó la amplitud de la orden de extracción de datos del celular y criticó la aplicación analógica de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que trataban cuestiones distintas como la extracción de huellas dactilares y ADN. En ese sentido, señaló que lo concerniente a la era digital escapaba a la legislación, la doctrina y la jurisprudencia de antigua data que no daba cuenta de las nuevas tecnologías. |
26-may-2022 | B.M. (Causa Nº 3362) | Una pareja convivió durante veinte años en un inmueble que era propiedad del hombre. En el 2014, el hombre falleció y sus hijos iniciaron un juicio sucesorio a fin de ser declarados herederos de ese bien. Luego, intimaron a la mujer a desocupar el inmueble. Ante su negativa, instaron una acción de desalojo. Entre sus argumentos, manifestaron que era una simple tenedora y que, por lo tanto, no tenía derecho a vivir en el lugar. A su vez, agregaron que la mujer percibía una pensión por la muerte de su padre y que contaba con recursos económicos. En ese sentido, señalaron que alquilaba departamentos ubicados en el fondo del lote. El juez hizo lugar a la demanda, ordenó el desalojo y la restitución del bien a los herederos. En consecuencia, la mujer interpuso un recurso de apelación. En su presentación, sostuvo que mantuvo un proyecto de vida en común con el causante y que durante la convivencia contribuyó con sus ingresos a las refacciones de la vivienda, así como a la construcción de los departamentos ubicados en el inmueble. De esa manera, consideró que la resolución judicial resultó discriminatoria en tanto le había negado su condición de poseedora por haber sido conviviente del causante. |
26-may-2022 | Torres (Causa N° 12832) | Una persona había sido condenada a una pena única de prisión perpetua por el delito de homicidio criminis causae. La defensa solicitó su incorporación al régimen de libertad asistida. Sin embargo, el tribunal oral no hizo lugar al pedido. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta el impedimento que presenta la ley N° 24.660 en torno al acceso al instituto solicitado para los homicidios agravados. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación en el que cuestionó la afectación al principio de progresividad en las penas privativas de la libertad. |