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Fecha | Título | Resumen |
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4-may-2022 | Ramos (causa Nº 46568) | Una mujer fue detenida y luego procesada con prisión preventiva. Ella era madre de una niña de un año de edad. La defensa solicitó su detención en la modalidad domiciliaria. En el marco del proceso, el Equipo Psicosocial de la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica elaboró un informe que concluía que la imputada estaba en condiciones de ingresar al programa. A su vez, el Equipo interdisciplinario de la Defensoría General de la Nación y el titular de la Unidad Función para la Asistencia de menores indicaron que no había objeciones para que se haga lugar a la medida de detención domiciliaria. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 3 rechazó el pedido de la defensa. Para resolver tuvo en cuenta la gravedad de los hechos y la pena en expectativa que le podría corresponder. Asimismo, entendió que el manejo de la red social Facebook y el uso de dispositivos electrónicos para lograr desapoderar de dinero a la víctima mostraba que la imputada tenía un conocimiento que permitiría intimidar al damnificado y a testigos con el objeto de obstaculizar la realización del juicio oral. Además ponderó la opinión de la víctima, quien había señalado que la imputada o algún socio habían continuado comunicándose con ella y con sus familiares. También señaló que continuaba la investigación para determinar la existencia de otros damnificados y que la libertad de la imputada podía entorpecer el correcto avance del proceso. Finalmente, destacó que la hija menor de edad de la imputada se encontraba bajo la guarda de su abuela materna y que tiene hermanos mayores de edad que viven en ese lugar. Frente a esto, su defensa interpuso un recurso de casación. |
3-may-2022 | Palacios | Luego de una discusión con su pareja, una mujer presentó quemaduras en su cuerpo y su novio solicitó auxilio médico para asistirla. Una vez en el hospital, la mujer indicó que el responsable de las lesiones había sido su pareja. Luego, la víctima se retractó y planteó que había sido ella la que se había autolesionado producto de un estado de intoxicación por consumo de sustancias estupefacientes y de alcohol. En la etapa de juicio oral, la fiscalía endilgó al hombre la responsabilidad por las lesiones y solicitó que se lo condenara por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género, en grado de tentativa. Por su parte, la defensa solicitó su absolución y ofreció, dentro de otras pruebas, el testimonio ofrecido por la víctima en el marco del debate oral. En ese sentido, la mujer reiteró su propia responsabilidad en las quemaduras. Además, agregó que el hombre había sido quien apagó el fuego en su cuerpo y solicitó la ayuda médica. Por último, la defensa ofreció como prueba el testimonio de las médicas del área de salud mental que atendieron a la víctima. Sobre ese aspecto, las profesionales indicaron el cuadro de la mujer al momento de los hechos y respaldaron que la víctima no había indicado que el hombre fuera responsable de los hechos. |
3-may-2022 | Verbitsky (causa N° 117445) | En 2005, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en el caso “Verbitsky”. Entre otras cuestiones, ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y al resto de los tribunales de la jurisdicción que hicieran cesar toda situación de agravamiento de las condiciones de detención que implicase tratos crueles, inhumanos y degradantes. En ese sentido, consideró que la sobrepoblación carcelaria afectaba los derechos a la vida y a la integridad física de las personas privadas de la libertad. En 2014, integrantes del Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires se presentaron ante la Suprema Corte de Justicia en el legajo de ejecución del fallo y denunciaron el agravamiento de la situación de hacinamiento y el incumplimiento de los estándares impartidos por la CSJN en 2005. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires desestimó el planteo, lo que motivó la interposición de un recurso extraordinario federal que, una vez denegado, suscitó la presentación de un recurso de queja. En 2021, la CSJN, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso y revocó la sentencia impugnada. Entre otras cuestiones, ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires completar la ejecución de la sentencia. |
3-may-2022 | Herrera (Causa Nº 5153) | Luego del fallecimiento de su hermana, una mujer de la comunidad Wichi se había hecho cargo del cuidado de su sobrina adolescente y de la hija que su sobrina tenía. A partir de ese momento, la mujer comenzó el trámite de tutela de su sobrina ante el fuero de familia de Tartagal. Su grupo familiar era numeroso y su único recurso económico provenía de una pensión no contributiva. En ese marco, solicitó a la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) a favor de su sobrina. Sin embargo, un agente de ANSES rechazó en forma verbal el pedido y le denegó el inicio del expediente administrativo para su obtención. Entre sus argumentos, señaló que no contaba con la sentencia de guarda. La mujer, con la asistencia de la Defensoría Federal, envió a la ANSES las constancias del expediente de tutela, pero no obtuvo respuesta. Por ese motivo, inició una acción de amparo contra el organismo. En su presentación, sostuvo que su hermana cobraba la referida asignación, por lo que la suspensión luego de su muerte era una conducta arbitraria que afectaba los derechos a la seguridad social de su sobrina. La ANSES se presentó y planteó que había cumplido en informar a la actora que debía acreditar la correspondiente sentencia de tutela para obtener la AUH. A su vez, agregó que no resultaba posible percibir ese beneficio y una pensión no contributiva de manera conjunta, según lo establecido por el artículo 9 del decreto 1602/2009 que incorporaba el subsistema no contributivo de asignación universal por hijo. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. En consecuencia, la amparista interpuso un recurso de apelación. |
2-may-2022 | Rodríguez y otra (causa N° 13321) | Una persona adulta mayor viuda que necesitaba asistencia para su vida diaria tenía como única familiar a una hermana que vivía en otro país. En 2018 le solicitó a una mujer de su confianza que fuera su apoderada para el cobro de su jubilación ante ANSES. En 2019, ante su deterioro físico, la mujer decidió internarla en una clínica geriátrica. En ese contexto, la persona mayor le extendió ante una escribana un poder general de administración y disposición de sus bienes. Así, la mujer puso en alquiler su departamento y administraba su jubilación. Con ese dinero, hizo frente a los gastos de manutención hasta su fallecimiento. Por esos hechos, se imputó a la apoderada por los delitos de defraudación mediante circunvención de incapaz y estafa en concurso real. Además, la escribana fue imputada por el delito de defraudación mediante circunvención de incapaz. En el marco del proceso penal, se llevó a cabo un peritaje que demostró que la víctima padecía de ceguera bilateral y un síndrome confusional que le imposibilitaba otorgar actos jurídicos. Entonces, el juzgado interviniente dictó su procesamiento. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dictó la falta de mérito y ordenó al juzgado que solicitara información al geriátrico, al inquilino y a ANSES. Realizadas las diligencias, se constató que la imputada había dirigido las sumas obtenidas del alquiler y jubilación a solventar la internación en la clínica geriátrica. Sin embargo, el juzgado interviniente procesó de nuevo a las imputadas. Contra esa resolución, la defensa presentó un recurso de apelación. |
2-may-2022 | Ramos (causa N° 9154/2017) | Una persona había robado un comercio. Al momento de abandonar el local, realizó dos disparos que ocasionaron la muerte de la víctima. El tribunal oral interviniente condenó a la persona por el delito de homicidio ‘criminis causae’, en concurso real con robo agravado por haber sido con arma de fuego. |
29-abr-2022 | Ancers | Una empresa y su presidente fueron acusados por la falta reiterada de depósito de los montos rete-nidos a sus dependientes en concepto de aportes al Sistema Único de la Seguridad Social, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencidos los plazos para ingresarlos. Por esos cincuenta y cuatro hechos fueron imputados por los delitos previstos en el artículo 9 de la ley N° 24.769 y el ar-tículo 7 del Régimen Penal Tributario según ley N° 27.430. Esos hechos fueron cometidos de manera reiterada en 54 oportunidades y concurrían materialmente entre sí. En ese contexto, el juzgado in-terviniente decretó la inhibición general de bienes hasta cubrir la suma de $15.000.000. La defensa solicitó que se aplicara el inciso 6° del artículo 59 del Código Penal. El juzgado hizo lugar a la petición y suspendió la acción penal hasta tanto se abonara la totalidad de las cuotas de los planes de facilida-des bajo apercibimiento de reanudar el trámite del proceso y llevar a cabo el juicio. Luego, la defensa solicitó el levantamiento de todas las medidas cautelares dictadas. |
28-abr-2022 | Garrido y otra (causa Nº 3977) | En el marco de una investigación, se llevó a cabo un allanamiento en un domicilio en el que vivía una pareja. En consecuencia, se secuestraron 42 gramos de marihuana en una caja de cartón que estaba sobre una heladera y 280 gramos de la misma sustancia en un paquete de nylon. Además, se halló una balanza de precisión. Por ese hecho, la pareja fue convocada a prestar declaración indagatoria. En esa oportunidad, el hombre manifestó que usaba los estupefacientes hallados el día del procedimiento para consumo personal y que su pareja no tenía conocimiento de lo que tenía. A su turno, la mujer declaró que ignoraba que su pareja poseía sustancias ilícitas arriba de la heladera. |
28-abr-2022 | Valakkevicus (Causa N° 63044/2014) | Un hombre (IAV) fue acusado de robarle el teléfono celular a GEP, junto a otras dos personas, luego de exhibirle un arma de fuego. GEP declaró en sede policial y en instrucción y reconoció a IAV como su agresor con unas fotografías que le mostraron. Además, el preventor que intervino en la detención (RRZ) declaró que secuestró el teléfono celular en poder de IAV. En el juicio oral, GEP negó poder reconocer al acusado como uno de sus atacantes y no pudo aportar datos o características para individualizarlo. Por su parte, en el juicio oral, el preventor RRZ señaló que había secuestrado un arma y un teléfono celular a las tres personas pero no pudo precisar en poder de quién de los tres estaba cada elemento. El hombre fue condenado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego a la pena de seis años y ocho meses de prisión. Para decidir de esa manera el tribunal valoró las declaraciones que GEP y el preventor RRZ brindaron en sede policial, pero éstas últimas no se incorporaron por lectura en el debate. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
28-abr-2022 | Gutierrez Choque (causa N° 5051) | Una mujer, madre de dos niños menores de edad se encontraba detenida por el delito de transporte de estupefacientes. Por ese motivo, los niños estaban a cargo de una tía en Bolivia. Sin embargo, debido a la difícil situación económica que atravesaba la tía, una abuela con un estado de salud delicado y una situación socio económica compleja había tomado responsabilidad sobre uno de los niños. Su defensa solicitó la expulsión anticipada de la persona. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad. Asimismo, destacó que pese a no contar con el requisito temporal para que procediera su extrañamiento, resultaba necesaria la expulsión anticipada en resguardo del interés superior del niño y por razones humanitarias, a favor de sus padres adultos mayores. Por último, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida. Por su parte, tanto el Asesor de Menores como el representante del Ministerio Público Fiscal se pronunciaron en favor de lo solicitado. |