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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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24-may-2022 | HCM (Causa Nº 114755) | Una mujer trans había realizado un tratamiento hormonal para adecuar su cuerpo a su identidad de género autopercibida. Luego, solicitó a su obra social la cobertura integral de una cirugía de reasignación genital (vaginoplastía). Sin embargo, la entidad de salud le exigió un resumen de su historia clínica. La mujer impugnó ese requisito. En su presentación, consideró que excedía lo establecido por la Ley de Identidad de Género debido a que para ese tipo de prácticas solo era necesario el consentimiento informado. La afiliada reiteró la solicitud, pero la obra social respondió que debía dirigirse al área correspondiente. Sin embargo, nunca le especificó de qué sector se trataba. Unos meses después, la mujer acompañó su historia clínica junto con una nota en la que pidió el pronto despacho de las actuaciones. No obstante, la obra social no se expidió. Ante esa situación, la persona interpuso una acción de amparo con el objeto de que la obra social cubriera la totalidad de intervención quirúrgica en forma cautelar. Entre sus argumentos, sostuvo que el silencio de la demandada había sido un acto discriminatorio por motivo de identidad de género. Asimismo, luego de que la obra social paralizara el expediente administrativo por un período de tiempo prolongado, denunció una situación de violencia institucional contra las mujeres. Por su parte, la demandada manifestó que había requerido la historia clínica a fin de evitar un daño en la salud de la afiliada. |
24-may-2022 | Roggenbau (causa Nº 6082) | En 1995 se había iniciado un proceso penal en que se investigaron maniobras contra la administración pública por parte de funcionarios públicos, cometidas entre noviembre de 1993 y febrero de 1995. Previo al debate oral y durante su desarrollo, las defensas solicitaron en reiteradas oportunidades la extinción de la acción penal en virtud del cumplimiento del plazo previsto en el artículo 62, inciso 2, del Código Penal. En 2017, el tribunal interviniente condenó a seis hombres como coautores del delito de asociación ilícita. Asimismo, dos de los imputados también fueron condenados como partícipes necesarios de una pluralidad de defraudaciones contra la administración pública. Para decidir de esa manera, el tribunal entendió que el régimen de prescripción de la acción penal aplicable a los hechos era el que estaba en vigor al momento de su comisión. Por esa razón, consideró que la fijación de la audiencia del debate constituía “secuela de juicio” capaz de interrumpir la prescripción. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, plantearon que había sido mal aplicado el régimen de prescripción y se había violado la garantía de ser juzgado en un plazo razonable. Con respecto a la prescripción, sostuvieron que debía considerarse el régimen establecido por la ley Nº 25.990 que preveía una lista taxativa de actos procesales interruptivos. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó las impugnaciones. En ese sentido, uno de los jueces entendió que los delitos en los que habían intervenido funcionarios públicos siempre resultaban imprescriptibles. El segundo magistrado postuló la extinción de la acción solo de algunos de los hechos. Por último, el tercer juez interviniente señaló que no correspondía declarar la prescripción de la acción. Sobre este aspecto, dedujo su solución de la lectura textual del artículo 36 de la Constitución Nacional y concluyó que eran imprescriptibles las acciones derivadas de delitos graves dolosos contra el Estado que conllevaran enriquecimiento, sin referencia a la calidad de sus autores. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos extraordinarios federales. Entre otras cuestiones, se agraviaron porque la coincidencia sobre la imprescriptibilidad no resultaba de fundamentos convergentes. Así, explicaron que los jueces habían motivado sus votos en normas distintas basadas en premisas diversas que solo tenían en común una pretensión de interpretación o argumentación constitucional. |
20-may-2022 | Vivo (Causa N° 51720) | Un hombre había sido imputado por el delito de robo con armas en grado de tentativa. Previo a la clausura de la etapa de instrucción, la defensa requirió la intervención de un tribunal colegiado mediante un escrito que no contaba con la firma del imputado. En la etapa de juicio oral, el hombre ratificó su voluntad de ser juzgado por un tribunal colegiado. Sin embargo, el tribunal oral denegó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que faltaba la firma en la primera presentación. Ante esa situación, la defensa interpuso un recurso de reposición. Entre otras cuestiones, explicó que el artículo 349 del Código Procesal Penal de la Nación no exigía la firma de la persona imputada e indicó que agregar ese requisito implicaba un excesivo rigor formal. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal coincidió con la defensa. Sin embargo, el recurso fue rechazado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación, que fue denegado por el tribunal oral. Entonces, presentó un recurso de queja. |
19-may-2022 | Almada (causa N° 845) | El 17 de junio del 2021 una mujer fue detenida y luego procesada con prisión preventiva por los delitos de asociación ilícita en carácter de miembro, robo agravado por haberse cometido con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada y en poblado y en banda en calidad de coautora y robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda en calidad de coautora, todos ellos en concurso real. Durante el proceso, su domicilio fue debidamente constatado y se acreditó que poseía vivienda propia y que vivía allí hace más de diez años junto a su familia. En la etapa de preparación del juicio oral, su defensa volvió a solicitar su excarcelación bajo caución juratoria y, en subsidio, solicitó la morigeración de su detención preventiva mediante su vigilancia a través de un dispositivo electrónico de rastreo o posicionamiento de su ubicación física. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal opinó que debía concederse la excarcelación. El Tribunal Oral denegó los pedidos. Entre sus fundamentos, ponderó distintos elementos vinculados a la naturaleza y gravedad de los hechos imputados, y estimó que éstos hacían presumir que la pena, en caso de recaer condena, se alejaría del mínimo legal y no podría ser dejada en suspenso. Por ello, concluyó que esas circunstancias eran una pauta objetiva para presumir que en caso de recuperar su libertad la acusada intentaría fugarse. Además, estimó que el solo transcurso del tiempo no había modificado las razones que se esgrimieron en otras instancias para rechazar los pedidos de excarcelación anteriores. Finalmente, explicó que la aplicación de medidas alternativas no iban a ser suficientes para asegurar su sujeción al proceso y la seguridad de las víctimas. La defensa interpuso un recurso de casación contra esa decisión. |
17-may-2022 | López (causa N° 760070454) | En marzo de 2011 un hombre habría cometido un hecho delictivo. En marzo de 2012 fue convocado a prestar declaración indagatoria. En mayo de 2014 el representante del Ministerio Público Fiscal y el acusador privado formularon el requerimiento de elevación a juicio por el delito de lesiones culposas. En diciembre de ese año las partes fueron citadas a juicio. Luego, en julio de 2016, el hombre resultó condenado a la pena de seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial como coautor del delito de lesiones culposas graves. En mayo de 2019 la condena fue confirmada de manera parcial por un tribunal casatorio. En ese sentido, modificó la calificación jurídica por la de lesiones culposas, redujo la pena a tres meses de prisión en suspenso y mantuvo la inhabilitación. Por su parte, la defensa solicitó la extinción de la acción penal por prescripción. El tribunal interviniente rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que la decisión del tribunal revisor que había confirmado la condena tenía carácter interruptivo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala I de la CNCCC decidió apartarse del precedente “Farina” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y rechazó la impugnación. Sobre ese aspecto, sostuvo que los sustentos fácticos de los casos diferían y no resultaba apropiado extraer una doctrina de un único precedente del máximo tribunal. De ese modo, explicó que muchas causas de delitos con penas “leves” finalizarían con un sobreseimiento por prescripción producto de las demoras que conllevan las instancias recursivas y generaría graves consecuencias político criminales. La defensa dedujo un recurso extraordinario federal. Ante su denegación, presentó un recurso de queja. |
16-may-2022 | Cardoso (Causa n° 53010068) | Un hombre creó un grupo empresario para comercializar cereales. El hombre era el jefe y dentro de la organización incorporó a diferentes personas dentro de las que estaban sus dos hijas. Para designarlas como presidentas de los directorios de las empresas y debido a la edad de las jóvenes, el hombre las emancipó. La empresa evadía el pago de tributos mediante la utilización de los datos de personas de bajos recursos y en situación de vulnerabilidad. A partir de una denuncia anónima, se inició una investigación penal en contra de los miembros del grupo empresario. La causa fue elevada a juicio y el tribunal oral condenó a las personas imputadas por el delito de asociación ilícita para cometer delitos tributarios. En particular, las hijas del jefe del grupo empresario fueron condenadas a una pena de cuatro años de prisión por su participación en calidad de coautoras. Contra esa decisión, las defensas de las mujeres presentaron recursos de casación por considerar, entre otras cuestiones, que la pena aplicada resultaba desproporcionada. |
16-may-2022 | LHIE (Causa N° 9478) | Desde enero de 2019, una mujer percibía la Asignación Familiar por Hijo (SUAF) por sus tres hijos menores de edad dado que su progenitor tenía un trabajo en relación de dependencia. En julio de 2020 la mujer se separó de su pareja por motivos de violencia de género. En ese contexto, la mujer no tenía trabajo. Por ese motivo, solicitó ante la ANSES el “formulario Madres” para que el cobro de la asignación lo obtuviera ella que estaba al cuidado exclusivo de sus hijos. Hasta octubre de 2020 percibió la asignación de manera ininterrumpida y luego, dejó de cobrarla sin aviso. En consecuencia, presentó un oficio a la ANSES para que le informaran lo que había sucedido. En marzo de 2021, la entidad contestó que había dejado de liquidar la asignación dado que el padre de los niños superaba el haber máximo individual. Desde entonces, la mujer no recibió ninguna prestación social. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que le otorgara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) por sus tres hijos menores de edad. Asimismo, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la resolución 11/2019 de la ANSES que regulaba los requisitos de la AUH por considerarla irrazonable y arbitraria. Asimismo, resaltó que para denegarse la prestación se estaba teniendo en cuenta la situación laboral del progenitor que ya no formaba parte del grupo familiar. Agregando que, la AUH se presentaba como el único modo en que podía garantizar la subsistencia de sus hijos. Por su parte, la ANSES contestó la demanda y señaló que la mujer no tenía derecho a lo peticionado dado que el progenitor de los niños trabajaba en relación de dependencia. |
13-may-2022 | Arabel Zeta (Causa N° 7113) | En 2019, una mujer madre de dos hijos había sido condenada a una pena de cuatro años de prisión y una multa de ciento treinta y cinco mil pesos. Luego, fue condenada a una pena de seis años de prisión y una multa de cuarenta y cinco unidades fijas. Ante esa situación, en 2021, el tribunal oral interviniente unificó las condenas e impuso una pena única de seis años de prisión y una multa de cuarenta y cinco unidades fijas. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, anuló la decisión y remitió la causa al tribunal de origen para que dictara un nuevo pronunciamiento.; El tribunal oral convocó a una audiencia para dar cumplimiento con lo ordenado por la cámara. En esa oportunidad, la mujer manifestó que había sido víctima de abuso sexual y que, en su adolescencia, tuvo problemas de consumo de estupefacientes y ejerció la prostitución como medio de subsistencia. A su vez, contó que había sufrido episodios de violencia de género por parte del padre de sus hijos. Por último, recordó que durante su detención fue víctima de abuso sexual por parte de un agente penitenciario. Por esos motivos, el tribunal consideró que ameritaba mantener la pena unificada en los términos ordenados con anterioridad. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un nuevo recurso de casación. Sin embargo, el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió del recurso. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta las condiciones personales de la condenada y concluyó que era acertada la decisión del tribunal. |
12-may-2022 | LMDL (Causa Nº 5869) | Un hombre mendocino había realizado distintos tratamientos de rehabilitación por su consumo problemático de drogas. A su vez, se le había diagnosticado diabetes. Su equipo tratante consideró necesaria su internación en una comunidad terapéutica cerrada. Debido a que en su ciudad no había instituciones de salud con las características indicadas, su madre inició una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de Mendoza. En consecuencia, se ordenó la internación del hombre en una comunidad terapéutica en la provincia de Buenos Aires. El pago del tratamiento quedó a cargo de la provincia de Mendoza. Un año después, durante su internación, el hombre se suicidó mientras se encontraba aislado en una habitación que funcionaba como celda de castigo. Las condiciones edilicias del lugar eran deficientes. Por ese motivo, su progenitora demandó por daños y perjuicios al centro terapéutico y al Estado provincial. Luego, amplió el reclamo contra los directores médicos, terapéuticos y contra las autoridades de la fundación que administraba el establecimiento. Entre sus argumentos, destacó que los profesionales no habían cuidado al paciente ni controlado su salud psicofísica. En ese sentido, señaló que el día del hecho no le habían suministrado la insulina que necesitaba por su diagnóstico de diabetes. Además, manifestó que habían obrado de manera negligente al haber dejado al alcance de su hijo elementos idóneos para lesionarse o atentar contra su vida. Por otra parte, la actora sostuvo que el Estado provincial –que había otorgado la habilitación a la comunidad terapéutica– había incumplido su obligación de fiscalización permanente de las condiciones edilicias y del servicio que allí se prestaba. Con posterioridad, se presentó la fundación y señaló que el deceso había sido exclusiva culpa de la víctima, que había tenido recaídas en el consumo y un prolongado cuadro de depresión. Por su parte, la Provincia de Buenos Aires opuso la excepción de falta de legitimación pasiva. En su presentación, expuso que la comunidad terapéutica era una entidad privada y, por ende, ajena a su ámbito de control. |
12-may-2022 | Loiacono (Causa Nº 31358) | En 1953 un hombre ingresó al país junto a su familia, provenientes de Italia. Tiempo después, obtuvo la residencia permanente. Luego, fue condenado a veinte años de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo. En 1992, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) ordenó su expulsión. Para decidir así, consideró que el hombre había permanecido en Argentina desde 1980 y que no había motivos que lo exceptuaran de lo resuelto. Con posterioridad, el hombre obtuvo la libertad condicional y fijó un domicilio en el que vivía con sus hermanos. No obstante, en 2011 la DNM solicitó en sede judicial que se retuviera al hombre. Pese a que el hombre –con la asistencia de la defensa pública – presentó un recurso administrativo, el organismo lo rechazó. En ese marco, el hombre pidió al juez interviniente que dispusiera la nulidad de las resoluciones de la DNM. Remarcó que había podido tramitar el documento nacional de identidad y una jubilación. El juzgado hizo lugar a lo requerido. En ese sentido, evaluó el largo período de residencia del hombre en el país. Por su parte, la DNM interpuso un recurso de apelación. |