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6-jul-2020Moreno Núñez (causa Nº 40744)Una mujer convivía con su pareja y sufría violencia de género por parte del hombre. Hacia el final de la relación, la mujer se mudó, con el consentimiento de ambos, a otro departamento que era propiedad de su pareja. La mujer comenzó a experimentar ansiedad, por lo que inició un tratamiento psiquiátrico. Luego, el hombre la intimó por carta documento para que desocupara el departamento. Vencido el plazo para retirarse, la mujer publicó en sus cuentas de twitter y facebook que su expareja la había acosado, hostigado y extorsionado. Además lo denunció en la Oficina de Violencia Doméstica, lo que generó un proceso civil y otro en el fuero contravencional. Por su parte, la fiscalía sostuvo que el envío de una carta documento no constituía una intimidación y que las actuaciones debían ser archivadas. Por las publicaciones realizadas en sus redes sociales, la mujer fue imputada por el delito de injurias. En la etapa de juicio, la defensa aportó una carta escrita por la expareja en la que asumía haber llevado a cabo conductas que encuadraban en las descripciones de violencia contenidas en la ley N° 26.485. Además, la imputada explicó el contexto de violencia de género en el que se había visto inmersa durante su vínculo de pareja y las consecuencias que había traído en su vida.
2-jul-2020Quispe (causa N° 13439)Una mujer acompañó a su pareja en un vehículo desde la provincia de Jujuy hacia Salta para despachar dos bolsos en una empresa de transporte con destino a la ciudad de Córdoba. Al momento del pesaje de la encomienda, la mujer se acercó a la balanza. Luego, personal policial halló en su interior material estupefaciente que fue reemplazado con harina. Los bolsos fueron reacondicionados y continuaron a destino bajo la modalidad de entrega vigilada. El hombre viajó a la ciudad de Córdoba para retirarlos. A partir de la intervención de las líneas telefónicas de la pareja surgió que ambos habían continuado comunicándose luego del envío de la encomienda. Por ese hecho, la mujer fue detenida e imputada por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes. Durante el juicio declaró que su pareja le había pedido que viajaran juntos a la provincia de Salta con el fin de comprar repuestos para una máquina e indicó que se habían trasladado en un vehículo que era de su propiedad. Durante el viaje, el hombre había descendido del auto y había recibido los bultos por parte de otra persona. Por otro lado, su defensa aportó un informe psicológico que explicaba que la mujer mantenía una relación de pareja en la que existía un vínculo de subordinación con respecto al varón. Además, señaló que era madre de cuatro niños y abuela, y era el único sustento económico familiar. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la mujer se había acercado a la balanza al momento de pesar los bultos con el fin de controlar el peso del estupefaciente. De ese modo, consideró que la mujer debía ser condenada como coautora del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de estupefacientes y solicitó que se le impusiera la pena de tres años y tres meses de prisión de efectivo cumplimiento. Por otra parte, la defensa sostuvo que la mujer se había aproximado a la balanza por una cuestión de celos ya que pensaba que la destinataria era otra mujer. Por esa razón, señaló que la mujer había sido una partícipe no necesaria del delito imputado y solicitó que se impusiera la pena de tres años de prisión en suspenso.
29-may-2020Sosa (causa N° 316)Una persona había sido procesada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia modificó la calificación legal por la de tenencia simple de estupefacientes. Entonces, la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Entre sus argumentos sostuvo que la decisión de la cámara no era vinculante para el titular de la acción penal y mantuvo la imputación por el delito de tenencia de estupefaciente con fines de comercialización. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado rechazó la concesión del instituto. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación se agravió del aval que el juez de instrucción había realizado de la calificación propuesta por la fiscalía luego del cambio realizado por la cámara. A su vez, sostuvo que la resolución violaba el principio de congruencia y afectaba las garantías procesales del debido proceso.
15-may-2020Lutz (causa N° 4444)Una persona se encontraba detenida bajo prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en la Unidad 7 (Prisión Regional del Norte). Transcurridos dos años y un mes de detención, su defensa solicitó su excarcelación. Entre sus argumentos, señaló que su asistido había cumplido el requisito temporal máximo previsto por el ordenamiento para la prisión preventiva. Además, tuvo en cuenta la situación de emergencia sanitaria dispuesta por la pandemia del Covid-19. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó de manera favorable al planteo.
11-may-2020Palavecino y Balbuena (causa N° 19233)Un hombre y una mujer intentaron asaltar a un taxista con un arma de fuego mientras circulaba en su auto por Mataderos. Sin embargo, el taxista logró escapar y enseguida dio aviso a un policía que se encontraba en la zona. El agente detuvo a los dos individuos a partir de la descripción que brindó el taxista. Luego, un rastrillaje policial permitió localizar el arma denunciada por la víctima a escasos metros del lugar del hecho. En este escenario, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que no correspondía aplicar el procedimiento de flagrancia, sin explicitar los motivos de su decisión. Ambos imputados permanecieron privados de su libertad desde la fecha de los hechos. El hombre fue liberado al cabo de algunas semanas, sin embargo la mujer continuaba detenida al momento de la elevación de la causa a juicio.
22-abr-2020Bartolini (causa N° 12958)A través de una cámara de seguridad del Centro de Monitoreo Urbano se observó a un hombre que le arrebató un objeto a una persona que se encontraba en la vía pública. Dos horas más tarde, se lo vio vestido de modo diferente y acompañado de una mujer. Una hora después, personal policial los detuvo y requisó. Entre sus pertenencias sólo se halló indumentaria. Al labrar el acta de detención, les solicitó que aportaran sus domicilios. Ambos dieron la misma dirección. En ese sentido, indicaron que eran pareja y que tenían cuatro niños, los que se encontraban al cuidado de la mujer. Por ese hecho el juzgado dispuso su procesamiento, con prisión preventiva, por el delito de robo. Para decidir de ese modo, tuvo en consideración el monto de la pena en expectativa y el riesgo de entorpecer la investigación. Además, fundamentó la participación de la mujer en la circunstancia de que era la pareja del hombre. En el requerimiento de elevación a juicio, la fiscalía acusó al hombre de haberse apoderado de un tele?fono celular cuyas caracteri?sticas y titular se desconocían y a la mujer de haber cooperado. El expediente fue elevado a juicio.
12-feb-2020Campanerutto (reg. N° 164 y causa N° 35853)Un hombre mantenía una relación amorosa con una mujer. En una oportunidad, el varón atacó con golpes de martillo en la cabeza a su amante y luego huyó del lugar. Por ese hecho fue condenado a la pena de doce años de prisión por el delito de homicidio agravado por haber mantenido una relación de pareja con la víctima en grado de tentativa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Ente otras cuestiones, planteó que la aplicación del artículo 80, inciso 1°, del Código Penal resultaba incorrecta. En ese sentido, explicó que la “relación de pareja” era un vínculo de carácter singular, público, notorio, estable y permanente entre dos personas que convivieran y compartieran un proyecto de vida común. De ese modo sostuvo que su asistido y la víctima eran amantes por lo que no se configuraba el elemento objetivo del tipo. Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal impugnó la decisión del Tribunal Oral en torno a la exclusión de la aplicación del inciso 11 del artículo 80 del Código Penal.
29-ago-2019Cattani (causa N° 56758)En noviembre de 2014 una persona fue condenada a la pena de tres meses de prisión en suspenso (causa Nº 3885). En enero de 2018 cometió otro hecho y en agosto del 2019 fue condenada a la pena de cinco meses de prisión y a la pena única de seis meses de prisión (causa Nº 5571). En agosto de 2019 cometió un nuevo hecho por el que suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se le impusiera la pena de seis meses de prisión y que se unificara con la pena de tres me-ses dictada en 2014.
31-jul-2019Fernández (causa Nº 45815)Dos personas que registraban antecedentes intentaron apropiarse de un monopatín eléctrico que se encontraba en la vía pública. Por ese hecho fueron detenidas e imputadas por el delito de hurto. En la etapa de juicio oral suscribieron un acuerdo conciliatorio con el representante de la empresa damnificada. Luego, se realizó ante el juez la audiencia de control del acuerdo de conciliación presentado por las partes. En esa oportunidad, el apoderado de la empresa ratificó el acuerdo y solicitó su homologación. Por su parte, la fiscalía rechazó el planteo de la defensa. Entre otras cuestiones, sostuvo que, por tratarse de un vehículo destinado al traslado de personas, no era solo propiedad de la empresa sino un servicio prestado a la sociedad. Asimismo, la fiscalía se refirió a los antecedentes condenatorios de los imputados. Por estos motivos, expuso que por razones de política criminal no era conveniente la aplicación del instituto en este caso en particular.
25-abr-2019Aliaga Zamora (causa Nº 35722)Una mujer fue condenada a la pena de un año y ocho meses de prisión en suspenso por el delito de tenencia de estupefacientes, cometido en el año 2012. Luego, en 2017 la mujer le sustrajo el teléfono celular a una persona que caminaba en la vía pública. Por ese hecho fue imputada por el delito de hurto simple. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo conciliatorio con la víctima, que fue presentado antes de la audiencia de debate. El día del juicio la defensa solicitó que se realizara la audiencia de conciliación y se extinguiera la acción penal de su asistida. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al acuerdo por considerar, entre otras cuestiones, que el instituto no se encontraba vigente y que si lo estuviese el pedido resultaba extemporáneo porque debía presentarse antes de la elevación a juicio o al momento de ofrecer la prueba. Además, sostuvo que por los antecedentes penales que registraba la imputada había una razón de política criminal suficiente para que no se disponga la extinción de la acción penal por conciliación.