Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 51-60 de 4720.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
31-may-2024RAM (Causa N° 147)Un hombre convivía con su esposa y la hija de ésta, desde que tenía tres años. En ese momento, la niña no tenía relación con su padre biológico. Con el transcurso del tiempo, el hombre comenzó a desarrollar un fuerte lazo socioafectivo con la hija de su pareja. Ante esa situación, solicitó la adopción por integración de la adolescente. En su presentación, el hombre requirió que se concediera bajo los efectos propios de la adopción plena. Sostuvo que había participado en su rol paterno en todos los actos de la vida de la adolescente. En esa oportunidad, el hombre manifestó que ya tenía tres hijos de su anterior relación. En consecuencia, iniciado el proceso judicial, se fijó una audiencia para escuchar a los hijos biológicos del hombre. Con posterioridad, la asesora de familia consideró que no estaban reunidas las condiciones para la adopción. Entre sus argumentos, expuso que el hombre no cumplía con los deberes derivados de la responsabilidad parental respecto a sus hijos biológicos, tanto con relación al pago de alimentos como al régimen de comunicación. Asimismo, expuso que el hombre no comunicó en forma previa a sus hijos la acción de adopción de integración de la adolescente, lo que generó angustia, temor y malestar en los ellos. Por lo tanto, entendió que no acreditó la idoneidad para cumplir con las tareas de cuidado de la hija de su pareja.
30-may-2024Reincidencia y exclusión de la progresividadJurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre reincidencia y exclusión de la progresividad
30-may-2024Corach (causa N° 40834)Un hombre y una mujer se divorciaron tras doce años de vínculo matrimonial. Al año siguiente, el hombre se acogió al régimen de la Ley de Blanqueo N° 27.260, con el propósito de incorporar a su patrimonio diversas participaciones societarias y activos no declarados previamente. Entonces, se inició una investigación en su contra por posible ocultamiento fraudulento de patrimonio en perjuicio de la sociedad conyugal. El juzgado de primera instancia interviniente sobreseyó a la persona por considerar, entre otras cuestiones, aplicable la excusa absolutoria prevista en el artículo 185 inciso 1° del Código Penal. Contra esa decisión, la fiscalía y la querella apelaron la decisión.
30-may-2024AMFJN (Causa N° 17861)La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) promovió una demanda. En concreto, pidió que se declarara inconstitucional el artículo 4 de la Ley N° 6.452 que permitía plantear un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la CABA (TSJ) contra las sentencias definitivas que dictaran los tribunales de la Justicia Nacional de la Capital Federal. Asimismo, solicitó una medida cautelar a fin de que se suspendiera la aplicación de la norma durante el proceso. A su vez, requirió que se citara como tercero al Estado Nacional. Afirmó que la norma habilitaba al TSJ de CABA a revisar las sentencias definitivas dictadas por la justicia nacional con asiento en la Ciudad de Buenos Aires. En ese sentido, consideró que la Ciudad se apropió de modo unilateral de una jurisdicción que la Nación reservó para sí, ya que las sentencias dictadas por las cámaras nacionales de apelaciones solo podían ser recurridas ante la CSJN. Además, sostuvo que la norma violaba la garantía del juez natural, porque habilitaba un tribunal local incompetente a revisar lo sentenciado por las cámaras nacionales y extendía así los procesos en perjuicio del derecho a un plazo razonable. Por su parte, el GCBA requirió que se rechazara el planteo de la actora. Entre sus argumentos, señaló que correspondía a cada provincia legislar y dictar leyes procesales, como la que se cuestionaba. Expresó también que la competencia del fuero federal era excepcional, por lo que intervenía cuando el Estado Nacional era parte en el pleito y la pretensión estaba regida por el derecho administrativo. Añadió que las competencias jurisdiccionales de los tribunales nacionales ordinarios correspondían a la CABA. Remarcó que la incompleta transferencia de competencias provocaba un desequilibrio en el sistema federal que requería esfuerzos de las autoridades para consolidar la autonomía jurisdiccional de CABA. Luego, el juzgado hizo lugar a la medida cautelar y a la citación del Estado Nacional como tercero. En su presentación, el Estado Nacional indicó que, a diferencia de las provincias que conservaban todo el poder originario no entregado a la Nación, la Ciudad debía recibir las facultades por delegación de la Nación para ejercer su autonomía. Subrayó que pertenecían a la jurisdicción de la Ciudad las materias de vecindad, contravencional y de faltas. En consecuencia, la jurisdicción y competencia de la justicia nacional ordinaria de CABA quedaban a cargo del Poder Judicial de la Nación. Por ese motivo, entendió que la CABA se arrogó prerrogativas de los tribunales nacionales. A su turno se declaró la conexidad de otros expedientes que con el mismo objeto que la Asociación Civil Gente de Derecho, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación habían promovido contra el GCBA.
28-may-2024Ruiz (causa N° 334) (acuerdo N° 3/2024)En una causa penal en trámite en la jurisdicción de Salta, la defensa particular de un hombre imputado presentó un recurso de casación. La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta denegó la presentación por considerar, entre otras cuestiones, que los artículos 54 y 350 del Código Procesal Penal Federal impedían a la Cámara Federal de Casación Penal revisar las decisiones dictadas por los jueces de revisión del artículo 53 del CPPF durante la etapa preparatoria e intermedia. Entonces, la defensa realizó una presentación para solicitar que la CFCP se reuniera en pleno para resolver si se encontraba habilitada para intervenir en las impugnaciones deducidas contra las resoluciones definitivas o equiparables a tales en las que estuvieran involucradas cuestiones federales o de arbitrariedad emitidas por las cámaras federales de apelaciones compuestas por jueces con funciones de revisión.
28-may-2024Magallanes (Causa N° 65136)Dos hombres fueron absueltos por el delito de homicidio simple y, contra esa decisión, la parte querellante presentó un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal casó la sentencia y los condenó a las penas de ocho y nueve años de prisión, respectivamente. La defensa de los hombres imputados interpuso un recurso extraordinario federal que motivó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación remitiera la causa a la CFCP para que otra sala del tribunal revisara la condena dictada en esa instancia. Entonces, la Cámara Federal de Casación Penal, con otra integración, confirmó la condena impuesta. Contra ese pronunciamiento, la defensa presentó un nuevo recurso extraordinario federal que, una vez denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. En esa oportunidad, la defensa planteó, entre otras consideraciones, que la CFCP había omitido tratar la vulneración de la garantía constitucional del juicio previo y de los principios de oralidad, contradicción, continuidad e inmediación. Además, expresó que se habían violado las garantías constitucionales de los imputados de defensa en juicio y de debido proceso, el derecho a ser juzgados en un plazo razonable y el principio de ne bis in idem.
28-may-2024Maidana (Causa N°1310)En una causa penal en trámite en la jurisdicción de Corrientes, una mujer fue condenada por el Tribunal Oral Penal n°1 de Corrientes a la pena de cuatro años de prisión por ser considerada autora del delito de robo en poblado y en banda, mientras que sus coimputados fueron absueltos. La defensa de la mujer condenada y el Ministerio Público Fiscal interpusieron un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Este último hizo lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal, revocó las absoluciones, y condenó a los imputados a la pena de seis años de prisión como coautores del delito de robo en poblado y en banda, en concurso real con el delito de pertenecer a una asociación ilícita. Contra dicha resolución, las defensas de las personas condenadas interpusieron un recurso extraordinario federal, y plantearon que el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes había revocado arbitrariamente las absoluciones dictadas por el Tribunal Oral Penal n°1 y había adoptado un temperamento que vulneró la garantía de la doble instancia de las personas imputadas.
28-may-2024Llanes (Causa N°117087)En 2008, un hombre fue condenado a una pena de diecisiete años de prisión por los delitos de homicidio en ocasión de robo y lesiones leves culposas. En 2017, mediante la sanción de la ley N° 27.375, se reformó la ley N° 24.660. Entre otras cuestiones, la ley introdujo en su artículo 56 quáter el instituto de régimen preparatorio para la liberación. Mediante este artículo, se estableció el mecanismo para que las personas condenadas por los delitos previstos en el artículo 56 bis pudieran solicitar, en caso de reunir diversos requisitos, ser incorporadas a un programa específico de carácter individual que les permitiera un mayor contacto con el medio libre. Una vez cumplido el requisito temporal, la defensa del hombre condenado solicitó la incorporación de su asistido al régimen preparatorio para la liberación en los términos del artículo 56 quáter, por la aplicación de la ley penal más benigna. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso.
28-may-2024DMA (Causa N° 12081)Una mujer era víctima de violencia de género por parte de su pareja, con quien tenía dos hijos. Por ese motivo, realizó una denuncia por violencia familiar. En ese marco, se dictaron medidas de cese de hostigamiento y prohibición de acercamiento. Con posterioridad, el denunciado incumplió lo dispuesto y continuó con el maltrato hacia la mujer. Debido a su desobediencia, el hombre cumplió una pena de ocho meses de prisión. No obstante, cuando recuperó su libertad, se presentó en el domicilio de la mujer. Ante una nueva denuncia, se amplió el perímetro de prohibición de acercamiento a un radio de treinta kilómetros. En ese contexto, los niños vivían con sus abuelos paternos por disposición del servicio local. Tiempo después, la mujer fue a visitar a sus hijos en ocasión del cumpleaños del abuelo paterno al que había sido invitada. Dado que existía una restricción perimetral vigente, entendió que su ex pareja no se encontraría allí. Sin embargo, apenas llegó, el hombre apareció y la encerró en una habitación de la casa. En ese momento, su ex pareja la atacó e intentó abusar de ella. Además, la obligó a permanecer toda la noche con él. Pese a que los abuelos paternos tenían conocimiento de esa situación, no intervinieron. Al día siguiente, los hijos de la mujer la encontraron encerrada en la habitación mientras su progenitor la estaba agrediendo. En ese escenario, la mujer intentó retirarse del domicilio con sus hijos, pero no se lo permitieron. Como consecuencia de lo vivido, realizó otra denuncia.
28-may-2024Casareto (Causa N° 21222)En el marco de un proceso penal, un hombre fue investigado por haber integrado una organización criminal dedicada a cometer delitos tributarios y fiscales. De forma posterior, se dispuso, entre otras medidas, la prohibición de su salida del país. Asimismo, el juez dictó la falta de mérito. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. La resolución fue confirmada por la alzada. Entonces, la defensa solicitó el levantamiento de la prohibición de salida del país. El juzgado rechazó el pedido por considerar que quedaban pruebas pendientes de producción, que no se había descartado completamente la vinculación del imputado en la investigación y que persistían riesgos procesales. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.