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FechaTítuloResumen
20-dic-2016C, C AUna persona se encontraba imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo y, de manera alternativa, por el delito de encubrimiento. El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 6 de San Isidro la condenó a la pena de cinco años y seis meses de prisión por el delito de encubrimiento agravado. Contra ese pronunciamiento, el Ministerio Público Fiscal y la defensa interpusieron recursos de casación. La Sala I del Tribunal de Casación Penal provincial rechazó el recurso presentado por la defensa e hizo lugar al de la fiscalía y condenó al imputado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado. Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires rechazó las impugnaciones de la defensa. Esto motivó la interposición de un recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que el rechazo no había sido suficientemente fundado y afectaba el derecho al recurso. Por esa razón, revocó la decisión de la Corte provincial y –por aplicación de la doctrina del caso “Mohamed”, de la CIDH– devolvió las actuaciones. A su vez, la Corte provincial –por aplicación de la doctrina del caso “Duarte”, de la CSJN– remitió el caso al Tribunal de Casación Penal a fin de que revisara la sentencia condenatoria. En esta instancia, la defensa interpuso un nuevo recurso de casación.
13-dic-2016RMA (causa Nº 39411)Una mujer denunció a su pareja por una serie de episodios de violencia de género. Los hechos incluían abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral en, al menos, tres oportunidades, todos en el interior de su casa. La víctima declaró que, luego del primer hecho, quedó embarazada; no obstante, el embarazo no llegó a término. El segundo evento tuvo lugar algunos días después de esta pérdida; entonces, volvió a quedar embarazada. El tercer hecho, sucedió una noche que su pareja regresó alcoholizado a su domicilio, le arrancó las prendas de vestir y la forzó a tener relaciones sexuales por vía oral y vaginal. En ese contexto, además, el hombre ejerció violencia física (golpes, zamarreos, tiradas de pelo) en su contra. La mujer había denunciado a su pareja con anterioridad por haberla dejado encerrada en su domicilio, oportunidad en la que se comunicó con sus vecinos a través de la puerta. Durante el debate oral, declaró la madre de la víctima. Manifestó que su hija le había dejado entrever la existencia de violencia económica, pero no física. Además, explicó que había convivido con la pareja durante el embarazo y que no había presenciado hechos de violencia física, aunque sí verbal. Asimismo, una vecina declaró que estaba sorprendida porque nunca había visto a la denunciante lastimada y agregó que escuchó discusiones en las que el hombre gritaba que la iba a matar. Por su parte, el psiquiatra que atendió a la mujer a lo largo de esos años explicó que vivía una situación de temor, pero que no había ningún dato que indicara un cuadro de mayor gravedad. De la historia clínica surgía que la mujer efectuó diversas consultas médicas; sin embargo, no registraron lesiones o indicios de haber sido abusada sexualmente. De la misma forma, la paciente no había realizado ninguna manifestación sobre este punto. Además, de los controles ginecológicos surgía que buscaba un embarazo. Por otro lado, los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense y la Oficina de Violencia Doméstica determinaron la existencia de diversas manifestaciones de violencia generadas por un vínculo disfuncional con violencia doméstica que derivó en una situación de riesgo para la víctima. El Tribunal Oral condenó a RMA a la pena de siete años y seis meses de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal reiterado al menos en tres oportunidades, y privación ilegítima de la libertad. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
20-sep-2016Hernández Royo v. EspañaEl caso refiere al reclamo efectuado dos personas a las que se les atribuía la comisión de los delitos de estafa y falsedad. Los dos imputados fueron condenados a la pena de nueve meses de prisión y al pago de una multa. Las condenas fueron confirmadas por el tribunal de apelación. Los peticionarios, sin embargo, reclamaron que se les negó la posibilidad de ser oídos en audiencia por el tribunal que resolvió sus recursos.
10-mar-2016O, ADLa Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Goya confirmó la denegatoria al pedido de guarda judicial formulado por el actor respecto de su sobrina y revocó el plazo de 24 hs. fijado para la restitución de la niña a su madre biológica. Así, la Cámara dispuso que la jueza de grado arbitre las medidas pertinentes para lograr la vinculación de la menor con su progenitora y su seno familiar, debiendo requerir los informes que sean necesarios sobre el desarrollo y avances de este proceso. El actor interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
11-feb-2016PA (Causa Nº 119.702)Una mujer, representada por una Defensoría de Pobres y Ausentes del Departamento Judicial de Pergamino, entregó a su hijo en guarda directa a un matrimonio asistido por una Defensoría Civil del mismo departamento. Con posterioridad, el matrimonio se presentó ante un juzgado de familia y solicitó la guarda con fines de adopción. La asesora de incapaces indicó que se trataba de un caso de entrega directa, expresamente prohibida por la legislación vigente. En consecuencia, el juez, después de tomar contacto personal con el matrimonio y el niño, decretó el cese de la convivencia y ordenó que el niño quedara a cuidado de la autoridad administrativa. Contra dicha resolución, el matrimonio interpuso un recurso de apelación. La cámara de apelaciones revocó la decisión. Por ello, la asesora de incapaces interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
21-may-2015R, AE c. B, PD.La actora inició el proceso en representación de su hija adolescente a fin de que se autorice el cambio de su apellido en los términos del artículo 15 de la ley 18.248 y se reemplace el paterno por el materno. La actora refirió que la adolescente no tiene un vínculo afectivo con su padre y que había manifestado su deseo de llevar el apellido materno. El juez de primera instancia rechazó el pedido. Contra esa decisión se interpuso recurso de apelación.
13-may-2015Martínez, Diego RicardoUn hombre fue imputado en el año 2007 por el delito de robo agravado por la intervención de una persona menor de edad. Durante tres años el expediente no tuvo ninguna actuación relevante. Elevada la causa juicio, en 2014 la defensa planteó una excepción de falta de acción y requirió que se declarara la extinción de la acción penal por prescripción. La fiscalía se expidió de modo favorable. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Para decidir de ese modo, consideró que no habían transcurrido los plazos previstos para la prescripción del delito imputado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-mar-2015LCFGEl juzgado de primera instancia había rechazado la petición de una persona dirigida a suprimir su apellido paterno. Dicha solicitud se fundó en el abandono de su progenitor durante su niñez, lo que encuadraría –a criterio del requirente– en los “justos motivos” que contempla el artículo 15 de la ley 18.248 que permite la modificación del nombre por resolución judicial. Dicha decisión motivó la interposición de un recurso de apelación.
11-dic-2014P, AC (PGN)Con motivo de la internación por salud mental de A. C. y en virtud de la entrada en vigencia de la ley 26.657, la Defensora Pública de Menores e Incapaces requirió al juez de grado la designación de un Curador Público a fin de que ejerza su defensa técnica con los fines previstos por el artículo 22 de la ley 26.657 y por la resolución DGN nro. 1728/10. Esta petición fue denegada en virtud de la sentencia que en 1994 había declarado la incapacidad absoluta de A. C. P. y había designado un curador definitivo (en los términos de los artículos 54, inciso 3; 57 inciso 3; y 141 del Código Civil) como su representante legal, decisión que fue recurrida por la Defensa. La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la denegatoria y, en consecuencia, la Defensora Pública de Menores e Incapaces ante los Tribunales Nacionales de Segunda Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo interpuso recurso extraordinario.
30-nov-2014D. L. P., V. G. y Otro c. Registro del Estado Civil y Capacidad de las PersonasAnte la negativa del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a inscribir a un niño con el apellido de la madre seguido del correspondiente al padre, ambos progenitores iniciaron un amparo y solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 4 y 5 de la ley 18.248, por resultar contrarios al principio de igualdad ante la ley entre los integrantes del matrimonio. La pretensión fue desestimada por el juez de primera instancia con sustento en lo normado por la ley 18.248, que otorga al padre o jefe de la familia la posibilidad de que su hijo sea reconocido en sociedad como el suyo, previendo la norma jurídica que pueda adicionársele el apellido materno. En consecuencia, los actores interpusieron recurso de apelación.