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Título : C, C A
Fecha: 20-dic-2016
Resumen : Una persona se encontraba imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo y, de manera alternativa, por el delito de encubrimiento. El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 6 de San Isidro la condenó a la pena de cinco años y seis meses de prisión por el delito de encubrimiento agravado. Contra ese pronunciamiento, el Ministerio Público Fiscal y la defensa interpusieron recursos de casación. La Sala I del Tribunal de Casación Penal provincial rechazó el recurso presentado por la defensa e hizo lugar al de la fiscalía y condenó al imputado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado. Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires rechazó las impugnaciones de la defensa. Esto motivó la interposición de un recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que el rechazo no había sido suficientemente fundado y afectaba el derecho al recurso. Por esa razón, revocó la decisión de la Corte provincial y –por aplicación de la doctrina del caso “Mohamed”, de la CIDH– devolvió las actuaciones. A su vez, la Corte provincial –por aplicación de la doctrina del caso “Duarte”, de la CSJN– remitió el caso al Tribunal de Casación Penal a fin de que revisara la sentencia condenatoria. En esta instancia, la defensa interpuso un nuevo recurso de casación.
Argumentos: La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires declaró procedente la impugnación y absolvió al imputado. Para llegar a esta conclusión, el juez Violini –a cuyo voto adhirieron los jueces Ordoqui y Carral– consideró que “…si la solución [de condena] adoptada […] no se deriva de forma automática y lineal del análisis probatorio realizado en forma previa, ese ‘vacío’ argumental […] lleva a considerar que la sentencia impugnada ostenta una fundamentación ausente”. De acuerdo a este criterio, el magistrado señaló que “…las reglas que rigen la valoración de la prueba en función del principio de inocencia determinan que en estos casos, ante prueba completamente contradictoria entre sí, y sin elementos que permitan superar esa dicotomía, resulta ilegítima cualquier conclusión que se pretenda hacer valer en perjuicio del acusado, y por ello, la solución adoptada en origen, en cuanto consideró no acreditado que el cuerpo hubiera sido maquillado o peinado, resulta ajustada a derecho”. A su vez, el juez puntualizó que “[p]ese a las irregularidades detectadas con la tarea de limpieza de las manchas de sangre y los consecuentes peritajes, sus resultados, en cuanto se procedió a identificar y cotejar ADN, dieron todos resultados negativos con respecto [al imputado]”. En ese sentido, el magistrado indicó que “…desconocida la identidad del homicida, resulta harto difícil afirmar que el justiciable encubrió, pues como todo delito, éste también requiere que se cometa de modo doloso y libre, toda vez que no resulta punible quien calla por temor”. En relación a la actuación del fiscal y la prueba requerida por ese Ministerio, el magistrado entendió que “…aunque éste tenga todo el derecho de defender su tesis, lo que no tiene permitido, y más aún, tiene expresamente prohibido, es obstinarse con ella, porque su labor es, por ley, ‘objetiva’ […] si el fiscal opera en defensa de legalidad […] no es posible aceptar que al momento de argumentar su pedido de condena se desentienda de la prueba que él mismo produjo, sólo porque resulta favorable al acusado”. Por último, el juez Violini concluyó que la “…alternatividad entre el homicidio y el encubrimiento […] podría llevar al acusado a la disyuntiva de tener que autoincriminarse, pues en ausencia de pruebas concretas y autónomas para cada delito, la negación de uno de los cargos obliga al imputado a brindar explicaciones que automáticamente se utilizan en su contra en el delito subsidiario”.
Tribunal : Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, Sala I
Voces: HOMICIDIO
ENCUBRIMIENTO
APRECIACION DE LA PRUEBA
SENTENCIA ABSOLUTORIA;#94
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Mohamed v. Argentina
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/C, C A.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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