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FechaTítuloResumen
18-abr-2017FFJA y otrosVarias personas armadas se presentaron en la casa de la presunta víctima y su familia, casa 75 manzana 1 del Barrio Esperanza, y la intimaron a abandonar su vivienda antes de las 17 hs. de la tarde de ese día. De lo contrario, la incendiarían. La familia tenía, a su vez, otra casa en el barrio, la número 77. Por estos hechos, el Tribunal Oral condenó a tres personas como coautoras del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra en concurso ideal con amenazas agravadas por haber tenido como propósito compeler a una persona a abandonar su residencia habitual. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación y, entre otras cosas, cuestionó la calificación legal aplicada.
12-abr-2017Guadamarra (causa N° 75003391)La Unidad Fiscal de Investigaciones de delitos cometidos en el a?mbito de actuacio?n del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSPJ) y su Programa de Asistencia Me?dica Integral denunciaron a tres personas por la realización de un doble pago de un servicio médico en el an?o 2006. Una de ellas era un médico oftalmólogo y las otras dos trabajaron en el INSSPJ hasta el 2007. Las tres fueron imputadas por los delitos de administracio?n fraudulenta y estafa agravados por haber sido cometido en perjuicio de la administración pública. En mayo del 2013 fueron citados a prestar declaración indagatoria. En el año 2014, sus defensas plantearon la extinción de la acción penal por prescripción. El juzgado rechazó los planteos. Contra esas resoluciones, se interpusieron recursos de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario hizo lugar a las impugnaciones, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó por prescripción a los imputados. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. En tal sentido, sostuvo que dos de los imputados revestían calidad de funcionarios públicos y, durante el tiempo en que habían ocupado sus cargos, se había suspendido el curso de la prescripción. En consecuencia, entendió que la acción penal se hallaba vigente.
21-mar-2017CGA (causa N° 17770)Tres hombres armados interceptaron a una familia e ingresaron a su domicilio. Allí, sustrajeron –entre otras cosas– cincuenta mil dólares y huyeron. Tiempo más tarde, dos de ellos fueron detenidos e imputados por el delito de robo con armas. Durante la etapa de instrucción, uno de los imputados explicó que, al momento del hecho, una persona les había informado que la víctima se dedicaba a operaciones cambiarias. Asimismo, manifestó que esa misma persona recibió el dinero del robo y lo repartió entre todos los participantes. El imputado aportó su nombre y varios datos para su identificación. Durante el debate, la defensa solicitó que se aplicara una reducción en la pena de su asistido por considerar que había declarado como arrepentido. En particular, argumentó que si bien delito de robo no se encontraba entre los previstos en la ley Nº 27.304, correspondía realizar una interpretación analógica del instituto.
7-mar-2017LSHUna persona robó un local comercial mediante la exhibición una pistola plástica y huyó. Miembros de la policía detuvieron a un individuo a pocas cuadras del lugar y secuestraron en su poder el elemento plástico mencionado. El imputado contaba con un antecedente condenatorio por el que había permanecido en prisión seis meses. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de dos años de prisión por tentativa de robo con arma de utilería –art. 166, tercer párrafo del CP– y lo declaró reincidente. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-feb-2017AL, PR (PGN)Una persona extranjera fue condenada a la pena de un año y medio de prisión en suspenso por el delito de robo agravado en grado de tentativa. Por ese motivo y en cumplimiento del inciso c del art. 29 de la Ley Nacional de Migraciones, la DNM dispuso su expulsión del territorio argentino. El juzgado de primera instancia dejó sin efecto la resolución. La DNM recurrió la decisión. La Cámara de Apelaciones hizo lugar a la impugnación y confirmó la expulsión. A tal fin, los camaristas identificaron dos causales diferenciadas para impedir el ingreso y permanencia de extranjeros en el país en el inc. c del art. 29. Por un lado, haber sido condenado o cumplir condena en la Argentina o en el exterior; por otro, tener antecedentes por delitos que merezcan una pena privativa de libertad de tres años o más en la legislación argentina. La defensa interpuso un recurso extraordinario federal contra la sentencia de la cámara de apelaciones.
25-oct-2016SCMEl Tribunal Oral condenó a una persona a una pena única de treinta y cinco años de prisión. Para decidir de ese modo, si bien tuvo en cuenta que los hechos juzgados eran previos a la modificación del art. 55 CP (que estableció el máximo de pena en cincuenta años), se remitió al artículo 227 ter CP y sostuvo que la pena de prisión máxima aplicable era de treinta y siete años y seis meses. En ese sentido, señaló que esa norma aumentaba el máximo de las penas en un medio y sostuvo que si se tenía en cuenta la pena máxima prevista para el delito de homicidio (veinticinco años) se alcanzaba ese tope. La defensa interpuso un recurso de casación contra la sentencia de condena. Entre sus argumentos señaló que la reforma introdujo agravantes que no podían exceder el máximo previsto en el CP para la especie de pena de que se trate. Asimismo, explicó que la posición sostenida por el tribunal generaba incongruencias en relación con otros institutos del Código (la libertad condicional, la tentativa y la participación) debido a que convierte las penas perpetuas en sanciones de menor gravedad que las penas divisibles. Por último, consideró que la normativa internacional establecía una restricción en veinticinco años de la pena máxima de prisión que podía imponerse.
13-oct-2016RREMUna persona había sido imputada por el delito de robo en poblado y en banda agravado por la intervención de un menor de edad. Durante el debate oral, la fiscalía modificó la calificación legal y excluyó la aplicación de la agravante prevista en el art. 41 quater CP. Por este motivo, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el pedido por extemporáneo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-sep-2016Seballos (reg. N° 717 y causa N° 64476)En febrero de 1999 una persona fue condenada a la pena de cinco años y once meses de prisión (causa N° 615). Luego, en octubre de 2005, fue condenada por un tribunal de San Isidro a la pena de seis años de prisión (causa N° 6), cuyo vencimiento operó en julio de 2007. En febrero de 2008 fue condenado por otro hecho a la pena de dieciocho años de prisión y a la pena única de veinticuatro años de prisión (causa N° 64476). Para decidir de esa manera, el tribunal consideró que se habían dictado dos sentencias firmes contra un mismo imputado sin haberse observado las reglas previstas en los artículos 55 a 57 del Código Penal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que las reglas de unificación debían aplicarse siempre y cuando las condenas no estuviesen vencidas; circunstancia que no había sucedido con la pena impuesta por el tribunal de San Isidro (causa N° 6).
16-ago-2016MMUna persona que trabajaba como auxiliar de portería de una escuela pública había sido imputada penalmente. Su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal dictaminó favorablemente. Sin embargo, el Tribunal Oral denegó la probation. Para llegar a esa conclusión, argumentó que la imputada revestía calidad de funcionaria pública y, por ende, no era posible la aplicación del instituto. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-nov-2015SM, NF c. FV, CRLa actora apeló la decisión del Juzgado de primera instancia que ordenó que se pusiera en conocimiento del otro cónyuge la petición de divorcio y la propuesta de regulación de los efectos derivados de la disolución del vínculo matrimonial en los términos de los arts. 437, 438 y 439 del Código Civil y Comercial de la Nación.