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21-mar-2018Ramírez Zambrano (reg. Nº 268 y causa Nº 46387)Un hombre había sido condenado a la pena de un año y nueve meses de prisión. Luego, fue imputado y detenido por el delito de robo tentado, hurto tentado y hurto, en concurso real entre sí. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. Allí se pactó la imposición de la pena de un año y seis meses de prisión y la pena única de dos años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento. Luego del acuerdo, el hombre fue excarcelado en los términos del artículo 317, inciso 5º, del Código Procesal Penal de la Nación. En tal sentido, se le impuso la obligación de presentarse a un patronato, fijar residencia, realizar un tratamiento curativo de adicciones y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas. Al realizar el cómputo de pena, el tribunal no tuvo en cuenta el lapso durante el cual el hombre había permanecido excarcelado. Por esa razón, la defensa lo impugnó. El tribunal rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
2018Saavedra y Otro c/ Administración Nacional de Parques Nacionales (Causa N° 18805)La UNESCO declaró a la localidad de Lozano como Reserva de Biósfera de las Yungas. Debido a que, en la zona se estaban realizando explotaciones de petróleo en el yacimiento Caimancito, situado dentro del Parque Nacional Calilegua, un grupo de vecinos presentó un amparo colectivo en los términos del artículo 30 de la ley 25.675 que regula la legitimación de las acciones colectivas para la recomposición del ambiente dañado. La acción se interpuso contra la Administración de Parques Nacionales, el Estado Nacional, la provincia de Jujuy, YPF S.A., la Unión Transitoria de Empresas Petróleos Sudamericanos y el municipio de Yuto. Entonces, se requirió que se declarara la inconstitucionalidad de la continuidad de la explotación petrolera. Además, pidieron que se ordenara el cese de las conductas generadoras del daño ambiental colectivo y que se impusiera a los responsables el deber de recomponer progresiva y gradualmente el ambiente. Por su parte, el Juzgado Federal N° 2 de Jujuy se declaró incompetente. Para decidir así, expresó que el proceso debía tramitar ante la instancia originaria de la Corte dado que se encontraba demandada una provincia y las pretensiones constituían una cuestión de naturaleza federal.
22-nov-2017ZMJL (causa nº 5000005292)En febrero del año 2005, dos personas –una de ellas menor de edad– habían intentado robar una cadena de oro a un peatón y fueron detenidas por la policía. El proceso se desarrolló en el marco del artículo 353 bis del CPPN, que establecía la instrucción sumaria en caso de delitos cometidos en flagrancia. La audiencia de debate, que había sido fijada para mediados del año 2006, fue suspendida. En agosto del 2008, el tribunal se declaró incompetente y remitió la causa a un Tribunal Oral de Menores. Ocho años después, se ordenó la actualización de los antecedentes de los imputados. De los informes surgía que, durante ese tiempo, una de las personas había registrado antecedentes condenatorios. El tribunal declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de quien no poseía antecedentes. A su vez, declaró su incompetencia para continuar el proceso contra el otro imputado y remitió la causa a un Tribunal Oral en lo Criminal. Ese tribunal fijó fecha de debate para febrero de 2017. La defensa planteó una excepción de falta de acción. El Tribunal Oral rechazó la presentación por considerar que los antecedentes condenatorios que registraba el imputado habían interrumpido el curso de la prescripción de la acción penal. A su vez, sostuvo que la ley no preveía otras causales de extinción de la acción penal que se relacionaran con el transcurso del tiempo o la duración del proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
31-oct-2017Niz Garcia (causa N° 32117)En el año 2009, una persona extranjera (la sentencia no indica la nacionalidad) fue condenada a la pena de un año y nueve meses de prisión por un tribunal oral y a la pena de cinco meses de prisión por otro. La Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su ingreso por el término de ocho años. Agotada la vía administrativa, el juzgado confirmó la decisión por considerar que el accionante había incurrido en la falta prevista en el artículo 29 inciso c) de la ley 25.871. Entonces, el accionante apeló la decisión. Conferida la vista, la fiscalía interpretó que la situación no se encontraba alcanzada por la causal de impedimento de permanencia invocada.
17-oct-2017Fernandez (causa N° 4781)Un joven se dirigió a un kiosco que estaba cerca de su casa. Frente al lugar, se encontraba un policía vestido de civil junto a otras personas y comenzaron a tirarle piedras al joven. Entonces, volvió a su casa y le pidió a su hermano que lo acompañara para hablar con los agresores. En ese momento, el policía le dijo “ya te vamos a agarrar a vos” y arribó una camioneta de la policía de la provincia de Corrientes con dos oficiales a bordo. El joven comenzó a correr, mientras el móvil policial lo siguió hasta alcanzarlo en el fondo de un terreno. En ese contexto, los policías aprehendieron al joven y le propinaron una golpiza. Luego, debido a que le sangraba la nariz, los agentes lo subieron a la camioneta y lo trasladaron a un hospital. En el lugar, fue atendido y permaneció internado durante ese día. El médico que lo atendió elaboró un informe en el que constató la existencia de lesiones. Por ese hecho, los funcionarios policiales que se encontraban en servicio fueron imputados por el delito de apremios ilegales. Durante la etapa de instrucción, el policía que se encontraba de civil fue sobreseído.
17-oct-2017Medrano (causa N° 2218)Una persona había intentado cortar con una pinza una cadena que sujetaba una bicicleta a un poste de luz. La situación fue advertida por un transeúnte que intervino y evitó que se la llevara. En ese contexto, la persona se subió a otra bicicleta y huyó por la calle. Sin embargo, fue capturada por el dueño de la bicicleta hasta que llegó la policía. Por ese hecho, resultó condenada por el delito de robo de un vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de casación.
6-oct-2017Meza Linarello (causa N° 30084)En febrero de 2017 Meza Linarello fue condenado por un tribunal a la pena de nueve meses de prisión en suspenso (causa Nº 4857). Dos meses más tarde, fue condenado por otro tribunal a la pena de dos años y cuatro meses de prisión en suspenso y a la pena única de tres años de prisión en suspenso (causa Nº 8175). Luego, otro tribunal lo condenó a la pena de un año y ocho meses de prisión en suspenso (causa Nº 4486) y a la pena única de dos años y dos meses de prisión en suspenso, comprensiva de la primera condena (causa N° 4857). El representante del Ministerio Público Fiscal requirió que se unificaran la totalidad de las penas y se condenase al imputado a la pena única de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que se trataba de un concurso real de delitos, por lo que debía efectuarse una unificación de condenas sin sumar las penas fijadas en cada una.
2-oct-2017MMDV (Causa N° 603017)Una mujer cursaba el cuarto mes de embarazo y se encontraba con presión alta y hemorragias. En consecuencia, decidió concurrir al hospital. Así pues, fue atendida por un médico en la guardia. Asimismo, la mujer relató haber sufrido maltrato verbal y prácticas agresivas sin su consentimiento. Ante esta situación, solicitó el traslado a otro centro médico, pero no recibió respuesta. En consecuencia, se dirigió por sus propios medios a un nuevo hospital en el que le indujeron el parto. El bebé nació con vida, pero falleció horas después. Por este motivo, la mujer denunció al Hospital P.F. y al médico ginecólogo tratante por la violencia obstétrica que sufrió. Entonces, intervino el Juzgado de Violencia Familiar y de Género 1° Nominación de Salta.
16-ago-2017García (reg. N° 699 y causa N° 37624)En el año 2005, un hombre había sido condenado a la pena de 4 años y 6 meses de prisión. En el marco de ese proceso, estuvo detenido tres años. En 2010, fue condenado por otro hecho a la pena única de 5 años, comprensiva de la anterior. En septiembre del mismo año, la pena venció. Luego, en julio del 2013, cometió un nuevo hecho delictivo por el que fue condenado en marzo del 2014 a la pena de siete años de prisión. La defensa recurrió la sentencia de condena. En 2016, la CFCP hizo lugar a la impugnación, casó de manera parcial la resolución y remitió el expediente a un nuevo tribunal con el objeto de que se determinara la nueva pena. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. Al constatar el rechazo del REF, el Tribunal Oral fijó la pena de seis años y ocho meses de prisión y declaró reincidente al imputado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, sostuvo que no correspondía la declaración de reincidencia, toda vez que desde el cumplimiento de la primera pena había transcurrido el plazo de cinco años previsto en el artículo 50 del Código Penal.
2-jun-2017Martinez (causa N° 55649)Un automotor fue utilizado por los autores de un robo para desplazarse, interceptar al damnificado y, luego de cometer el hecho, darse a la fuga. El vehículo fue incautado con un dominio colocado y con partes no originales frente al domicilio de un hombre. El tribunal interviniente lo condenó como autor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, en calidad de partícipe necesario. Por este motivo, la defensa presentó un recurso de casación. Dentro de sus fundamentos, solicitó que se reformule la calificación legal del hecho por la del delito de encubrimiento simple.